La Comisión Europea acusa a Meta de usar su posición dominante para favorecer a Facebook en los anuncios online

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En junio del año pasado la Comisión Europea puso en marcha una investigación para determinar si Meta, para entonces Facebook, había violado las normas antimonopolio de la Unión Europea al utilizar datos de otros anunciantes para competir contra ellos en el mercado publicitario en línea, y evaluar si la compañía vinculaba su servicio de anuncios clasificados de Facebook Marketplace con la red social. Las pesquisas han resultado ser positivas, así que Bruselas ya tiene su caso antimonopolio y Meta un pliego de cargos.

Durante su investigación, la Comisión ha determinado que Meta opera desde una posición dominante en el mercado de las redes sociales mediante Facebook y en el de la publicidad gráfica en línea en las redes sociales con Facebook Marketplace. En concreto, el ejecutivo sostiene que Meta abusó de sus posiciones dominantes de las dos siguientes maneras:

Primero, Meta vincula su servicio de anuncios clasificados en línea Facebook Marketplace con su red social Facebook. “Esto significa que los usuarios de Facebook tienen acceso automáticamente a Facebook Marketplace, lo quieran o no”, dice la Comisión Europea en su comunicado. A Bruselas le preocupa especialmente que los competidores de Facebook Marketplace puedan ser excluidos, ya que en caso de igualdad el servicio de la red social siempre tendrá una ventaja en la distribución que sus rivales no podrán igualar.

En segundo lugar, la Comisión Europea cree que “Meta impone unilateralmente condiciones comerciales injustas a los servicios de anuncios clasificados online de la competencia que se anuncian en Facebook o Instagram”. En este caso, al ejecutivo comunitario le preocupan los términos y condiciones que autorizan a Meta a utilizar datos relacionados con los anuncios de sus competidores en beneficio de Facebook Marketplace. En su comunicado, la Comisión describe los términos y condiciones como “injustificados, desproporcionados e innecesarios” para la prestación de servicios de publicidad en Facebook.

De confirmarse, estas prácticas infringirían el artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea que prohíbe la explotación abusiva de una posición dominante en el mercado comunitario. Ahora Meta debe decir la suya. En caso de que no consiga convencer a la Comisión Europea con sus explicaciones y existan suficientes pruebas de la infracción, el castigo puede incluir la obligación de cambiar la conducta y una multa de hasta el 10 % de los ingresos anuales de la compañía.