El conocido abogado
Carlos Sánchez-Almeida publica en elmundo.es un
interesante análisis sobre la situación legal actual del intercambio de archivos en España. En él aclara una vez más que no es delito mientras no haya ánimo de lucro y que, aunque tras la última
reforma de la L.P.I. podría ser considerado una infracción civil, las garantías constitucionales impiden identificar a los posibles infractores.
Gracias a Heku por el aviso.