Chipspain se rinde ante Nintendo y pactan una pantomima contra los cartuchos flash

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La venta y utilización de cartuchos flash para cargar software casero, juegos de importación o copias de seguridad en las consolas portátiles de Nintendo no suponen ningún delito contra la propiedad intelectual o industrial (al menos de momento), según reconocen numerosas sentencias absolutorias. Entre ellas destacan la libre absolución de AleChip, para quien Nintendo pedía 840.000€ de indemnización y 23 años de cárcel, y la reciente absolución de dos tiendas madrileñas, apoyándose el juez en la sentencia del Tribunal Europeo que declaraba legal desactivar la protección de consolas para fines lícitos.

Sin embargo, hoy hemos amanecido con la noticia de una supuesta sentencia ganada por Nintendo en un juicio contra la conocida tienda Chipspain por la importación y venta de "cartuchos o tarjetas R4 y dispositivos similares". Ante una noticia de este tipo, que contradice toda la jurisprudencia conocida, debemos poner todas las alertas para conocer lo que realmente ha sucedido, y es así como el diario El Mundo nos da la clave de esta pantomima.

Según informa el periodista Pablo Romero no se trata de una sentencia normal, sino de un pacto entre las partes, lo que en derecho civil (pues es una demanda civil, no penal) se denomina allanamiento: Terminación anormal de un proceso [...] supone la declaración expresa de voluntad del demandado de no formular oposición, de conformarse con la pretensión planteada por el demandante y, en consecuencia, de que se dicte sentencia estimatoria. Se entienden por tanto ahora las sorprendentes declaraciones de los responsables de Chipspain, que según la nota de prensa distribuida por Nintendo afirman lo siguiente:

J.G.F. de Chipspain escribió:El uso de estos dispositivos es saltarse las medidas de seguridad desarrolladas por Nintendo para que nuestros clientes puedan jugar con copias pirata de videojuegos en la consolas [sic] Nintendo DS. Por tanto, Chipspain reconoce que la importación y la venta de cartuchos R4 es ilegal bajo la legislación española cuando son utilizados con el principal fin de utilizar copias piratas. La venta de estos dispositivos y el suministro de copias pirata de videojuegos causan un daño y un perjuicio, no solamente a multinacionales como Nintendo, sino también a muchos otros actores en la industria del videojuego.

Además de renunciar a su legítima defensa y contribuir a la campaña de propaganda de Nintendo contra los cartuchos flash (ya que esta sentencia pactada no implica ningún tipo jurisprudencia), los demandados han aceptado pagar una indemnización total a Nintendo de 22.669,78 euros.