Importar flashcards de Nintendo DS sin software añadido no es delito

Ricardo Cambre
El Juzgado de lo Penal número 5 de Sevilla ha absuelto tras seis años de proceso a un ciudadano denunciado por Nintendo a razón de la importación de cartuchos R4 para la consola portátil Nintendo DS. El juez ha determinado que los flashcards intervenidos no podían funcionar al no contener copias de obras bajo la titularidad de Nintendo o software añadido para desbloquear las medidas de protección de la consola.

En la operación que precede al caso se incautaron 1.000 cartuchos R4 Revolution, adaptadores de tarjetas de memoria, adaptadores USB para tarjetas y fundas protectoras importadas de China. El fallo establece que "es imprescindible dotar al dispositivo importado por el acusado del software necesario para hacer funcionar la consola Nintendo, pues […] en las condiciones en que fueron intervenidos los cartuchos, […] los dispositivos no funcionan".

Los informes periciales citados en la resolución aseguran además que el diseño de los cartuchos R4 se puede diferenciar a simple vista de los cartuchos originales de Nintendo, manifestando que el material es falso. Los peritos añaden también que la finalidad de estos dispositivos contempla en sus funciones la "ejecución de juegos y de aplicaciones de libre distribución".

El juez determina con esto que los productos importados "no están específicamente diseñados para desproteger juegos originales", un propósito único necesario para violar el artículo 270.3 del Código Penal. La sentencia cita además a un auto de la Audiencia de Valencia que acreditó que los chips instalados en consolas PlayStation permiten ejecutar juegos no originales pero también títulos bloqueados por región.

La decisión del Juzgado de Sevilla llega poco después de que la tienda Chipspain renunciara a su defensa legal ante Nintendo tras un trato que rompe con toda la jurisprudencia anterior en este asunto. De hecho, hace unos pocos meses el Tribunal Europeo declaraba legal desactivar la protección de consolas para fines lícitos, un texto que se citó el pasado abril en una sentencia que absolvía a los dueños de dos tiendas madrileñas por "piratear" consolas con cartuchos flash.
Fuente: El Mundo
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