“Con el inicio de la investigación en España y la participación en el grupo de trabajo europeo, la AEPD actúa en paralelo en el marco de sus potestades y competencias como autoridad nacional de supervisión y control, además de en coordinación con sus homólogas europeas a través del Comité”, dice el regulador español. “La Agencia aboga por el desarrollo y la puesta en marcha de tecnologías innovadoras como la inteligencia artificial desde el pleno respeto a la legislación vigente, ya que considera que sólo desde ese punto de partida puede llevarse a cabo un desarrollo tecnológico compatible con los derechos y libertades de las personas”.
La investigación debe determinar si el servicio de inteligencia artificial ChatGPT ha violado de alguna forma el Reglamento General de Protección de Datos. La AEPD considera que los tratamientos globales que pueden tener un importante impacto sobre los derechos de las personas requieren de acciones armonizadas y coordinadas a nivel europeo, motivo por el cual se ha formado un grupo de trabajo. El objetivo del Comité Europeo de Protección de Datos (EDPB, por sus siglas en inglés) es fomentar la cooperación e intercambiar información sobre las acciones llevadas a cabo por las autoridades de protección de datos.
ChatGPT es una inteligencia artificial cuyas técnicas de aprendizaje se nutren en parte de datos disponibles en Internet, que pueden o no ser personales. Cuando Italia decidió bloquear ChatGPT, el regulador afirmó que no existía ninguna base legal para justificar “la recopilación y el almacenamiento masivo de datos personales con el fin de 'entrenar' a los algoritmos en los que se basa el funcionamiento de la plataforma”. También comentó que el servicio no dispone de una forma para verificar la edad de los usuarios, lo que expone a los menores a “respuestas absolutamente inadecuadas en comparación con su grado de desarrollo y conciencia”.