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vpc1988 escribió:@RealChrono
Tengo un amigo que siempre me suelta el mismo discurso racista/populista.
"Los inmigrantes vienen aqui a hacer el vago, y, con mis impuestos, vienen a quitarnos las pagas".
Y mi respuesta suele ser:
"Las pagas se dan a quien cumple requisitos, no es hasta X solicitudes".
El proximo dia que me venga con ese discurso, lo que le contestare es:
"Los inmigrantes vienen aqui a trabajar en trabajos que nosotros no queremos hacer, pero, los que vienen a quitarte algo son los inversores extranjeros, que vienen a quitarte tu casa, y, probablemente, la de los inmigrantes tambien"
Mrcolin escribió:Inmigrantes “pobres” que compran casa, ok. Inmigrantes ricos que compran casa, a la hoguera.
Luego aqui no hay nadie clasista… noooo, que va. Solo un poquito de urticaria al que tiene dinero, pero nada mas.
GXY escribió:sujetos que ya tienen la vida mas que hecha, que ya tienen al menos una vivienda en propiedad, que les sobra el dinero y que parte de esa sobra la quieren utilizar en criar billetitos a traves de negocios inmobiliarios.
GXY escribió:por eso decimos algunos que se necesita una regulacion / cambio legislativo sistematico, que intervenga en el meollo del asunto.
voy a poner otra analogia, a ver si se entiende.
el mercado inmobiliario español, a dia de hoy, es esto:
la propuesta de ustedes es: no toquemos nada de lo que ya hay. construyamos otra habitacion con las mismas reglas que la primera.
la propuesta mia y de unos pocos que piensan parecido a mi: ¿primero no habra que ordenar el desaguisado que hay ??
pero no no, el problema no es que haya tres quintales de mierda por el suelo y por todas partes, es que la habitacion es pequeña. lo que se necesita es mas espacio para llenarlo de mierda.
Mrcolin escribió:@ale210 me parece estupendo que la gente vaya donde hay trabajo, pero las casas no. Y hoy por hoy en esas zonas faltan casas aunque en otras sobren.
Mrcolin escribió:Inmigrantes “pobres” que compran casa, ok. Inmigrantes ricos que compran casa, a la hoguera.
Luego aqui no hay nadie clasista… noooo, que va. Solo un poquito de urticaria al que tiene dinero, pero nada mas.
GXY escribió:de nada sirve que haya viviendas no accesibles al uso requerido, por el motivo que sea.
de ahi que reclamemos cambios normativos, legislacion, regulacion, etc. que impida esos "barbechos improductivos".
GXY escribió:tambien hay mucha vivienda vacia (o con otros usos diversos / situaciones irregulares) en la españa llenada por mucho que te empeñes en hacer que eso no tiene relevancia porque (segun tu) son cuatro casos contados.
te recuerdo que un 2% de 800.000 es una cantidad mayor que el 20% de 40.000
y tu eres mucho de hablar del segundo mientras minimizas la importancia del primero para al fin y al cabo decir "que la media no te sirve".
la media de precios si que te sirve ¿verdad?aiiiissss....
Findeton escribió:@RBH companion Estoy de acuerdo en que la "solución" del gobierno es insuficiente. Cuál es tu solución?
RBH companion escribió:City skylines II.
Mrcolin escribió:@RBH companion
- no mas de 2 casas: ¿si se heredan, se expropian?
- controlar la inmigracion: ¿te refieres desde fuera de España? Ya se ha dicho que todos los de la UE tienen libre circulacion.
- limitar pisos turisticos: ya estan limitados. Por ejemplo Madrid solo tiene 1100 licencias. Si hay mas (creo que se calcula que hay casi 15.000… anda que se les escapa 1 o 2 xD) es porque la administracion publica (esa a la que le quereis dar plenos poderes), lo permite.
LynX escribió:Lo de las 2 casas es para partirse el culo.
A ver mis abuelos trabajaron toda su vida como unos cabrones para poder tener su casa y un chalet en el pueblo X.
Mis padres los heredaron, cuando mueran tendría la casa de mis padres, el chalet de mis padres heredado de mis abuelos, mi casa y la de mi tía que murió soltera.
¿Me estás diciendo que con lo que han tenido que currar para poder comprarse sus viviendas ahora he de regalar 2?
Estás que sí xD.
GXY escribió:
el objetivo final es eliminar los plazos de cumplimiento y poder echar al inquilino en menos de 30 dias, aunque este al corriente de pago y no haya dado ni un problema. y a eso, lo llaman "libertad". libertad de que como inquilino estes con el culo al aire y te den una patada en el cuando el propietario lo considere adecuado. ... o en otras palabras: igualar las condiciones de la relacion propietario-inquilino con las de la relacion jefe-trabajador. es decir, aumentar drasticamente la precariedad y volatilidad en el alquiler de vivienda.
GXY escribió:tambien son omaginaciones mias que el contrato puede especificar menos de 5 años y que si el inquilino lo firma "es valido" porque la LAU que esta llena de imprecisiones de estas
GXY escribió:tambien son omaginaciones mias que el propietario puede reclamar la liquidacion del contrato y devolucion de la vivienda aduciendo una situacion de necesidad que no tiene porqué demostrar en el acto en el que efectua la reclamación (que es mas bien exigencia, porque no suele dar margen a negociacion ninguna, de hecho es lo que corresponde hacer para denotar urgencia y por tanto justificar la propia reclamacion ) (con lo cual, es tan facil para el propietario recuperar el inmueble, como tomarse la molestia de hacer la reclamacion en la forma y momento adecuados, lo cual, tambien dependiente de como se haya redactado el contrato, suele ser al vencimiento de 1 año).
GXY escribió:establecimiento de clausulas abusivas y muchas muchas muchas otras (que es tan facil para el propietario como incluirlas en el contrato, que lo haga no contraviniendo la LAU y que el candidato a inquilino trague y firme)
vpc1988 escribió:@Aragornhr
son omaginaciones mias o los alquileres temporales estan creciendo como setas?
en esos, te pasas la LAU por el forro.
si todos fueramos totalmente libres, el propietario meteria las clausulas que le diera la gana.
total, si no lo firma uno, lo firmara otro.
GXY escribió:omaginaciones mias, claro... claro...
tambien son omaginaciones mias que el contrato puede especificar menos de 5 años y que si el inquilino lo firma "es valido" porque la LAU que esta llena de imprecisiones de estas, no dice que no lo sea (con lo cual es tan facil para el propietario saltarse la exigencia de los 5 años como especificarlo en contrato y que el candidato a inquilino trague y firme... y desde que lo hagan todos entonces lo que ponga la ley sera papel mojado). tambien son omaginaciones mias que el propietario puede reclamar la liquidacion del contrato y devolucion de la vivienda aduciendo una situacion de necesidad que no tiene porqué demostrar en el acto en el que efectua la reclamación (que es mas bien exigencia, porque no suele dar margen a negociacion ninguna, de hecho es lo que corresponde hacer para denotar urgencia y por tanto justificar la propia reclamacion) (con lo cual, es tan facil para el propietario recuperar el inmueble, como tomarse la molestia de hacer la reclamacion en la forma y momento adecuados, lo cual, tambien dependiente de como se haya redactado el contrato, suele ser al vencimiento de 1 año). tambien son omaginaciones mias que los propietarios en gran cantidad de casos se saltan normativas y especificaciones de la LAU como la cobertura de daños en el inmueble, gestion y devolucion de las fianzas, gestion y pago de servicios de la vivienda o proporcionados por terceras empresas - tales como los seguros frente a impago -, gestion y pago de los recibos de comunidad (en otras palabras: repercutirle al inquilino pagos que corresponden al propietario), establecimiento de clausulas abusivas (como las famosas clausulas anti-animales, anti-niños, anti-ruidos, anti-agujeros de taladro, etc) y muchas muchas muchas otras (que es tan facil para el propietario como incluirlas en el contrato, que lo haga no contraviniendo la LAU y que el candidato a inquilino trague y firme).... y para no cansar, tambien son omaginaciones mias que la desproteccion del propietario es un argumento de puta madre para justificar las subidas salvajes de precio de los ultimos años... cuando el marco legislativo no ha variado significativamente en mas de 40 años.... pero no. es ahora cuando los propietarios estan super facultados a poner precios estratosfericos a sus viviendas para filtrar inquilinos indeseables suponiendo que un forrado de dinero es menos probable que te pegue el pufo (teoria de unicornios volantes, o de mezclar churras con meninas, elige la que mas te guste
)... hace 10+ años no lo estaban, pero ahora si. ... claaaaro... claaaaaro.... (nota: si lo estaban, pero ahora al abrigo de esa corriente de opinion y de la situacion social y economica, se han desmelenado aun mas) (y de nuevo, es tan facil para el propietario, como todo lo demas indicado, como establecerlo unilateralmente a previas, y que el candidato a inquilino trague y firme... cosa que evidentemente va a ocurrir en un entorno de mercado cada vez mas precario y donde las garantias dadas por ley al inquilino son una quimera cosa que ya sucede en todo momento que el propietario quiera, siempre que se haya tomado la molestia previa de redactar el contrato correctamente. (para lo cual tienen ayudas patronales, ya sea por parte de las propias inmobiliarias, de abogados especializados o incluso de ellos mismos organizados como lobby).
omaginaciones mias todo. por supuesto. los propietarios son seres de luz y los inquilinos somos agentes del caos.
a la proxima firma de contrato me presento vestido de enfermera y maquillado como el joker, para completar el cuadro.
ilmater64 escribió:@dinodini
La ley es muy bonita, la realidad es otra.
Igual que decimos que la ley supuestamente sacaria a un okupa de una vivienda, y no lo hace, la ley supuestamente la tiene que cumplir el arrendador, y no es asi.
A mi me pasó exactamente lo que comentas.
El arrendador, sin trabajo y agobiado por la hipoteca y gastos, se fue a casa de sus padres a vivir, y nos alquiló su piso.
Cuando se cumplía el año, nos avisó con dos meses de antelacion, que necesitaba recuperar para venderla e irse a otra ciudad. Cuando le dije que eso no era asi por ley, se puso chulo, amenazando de pegarme y de echarnos a palos. Medió la madre, y se descubrió la verdad: que no se soportaban padres e hijo y queria volver a su casa. Tuvimos que irnos, porque de que vale quedarse, aguantar que te vengan a pegar dia y noche, a hacerte la vida imposible(un tipo loco y en paro sin nada que perder), para que, para denunciar, esperar años a que un juez te de la razon, y luego el otro sin trabajo, no te va a indemnizar nada.Eso si te da la razon.
Y luego, no se si vive alli o no, porque a que vecinos preguntas. ¿Como lo haces? ¿Te esperas abajo en la entrada del piso, y les abordas, cual papparazzi, a preguntar si el otro energumeno vive alli?
ilmater64 escribió:@Aragornhr
Como se nota que no has estado en dichas situaciones.
Como cuando te explota la empresa, y si, puedes denunciar de manera anonima, pero asume las consecuencias, porque obviamente van a saber que has sido tu.
Que te vengan a pegar y amenazar, con tu mujer y tu bebe, a ver si es plato de buen gusto. Y mientras donde te metes, porque si tu denuncias, la otra parte denunciará inventandose lo que sea, y si resulta que te sacan de la casa, donde te metes.
Vivis en los mundos de yupi la verdad.
ilmater64 escribió:@dinodini
La ley es muy bonita, la realidad es otra.
Igual que decimos que la ley supuestamente sacaria a un okupa de una vivienda, y no lo hace, la ley supuestamente la tiene que cumplir el arrendador, y no es asi.
A mi me pasó exactamente lo que comentas.
El arrendador, sin trabajo y agobiado por la hipoteca y gastos, se fue a casa de sus padres a vivir, y nos alquiló su piso.
Cuando se cumplía el año, nos avisó con dos meses de antelacion, que necesitaba recuperar para venderla e irse a otra ciudad. Cuando le dije que eso no era asi por ley, se puso chulo, amenazando de pegarme y de echarnos a palos. Medió la madre, y se descubrió la verdad: que no se soportaban padres e hijo y queria volver a su casa. Tuvimos que irnos, porque de que vale quedarse, aguantar que te vengan a pegar dia y noche, a hacerte la vida imposible(un tipo loco y en paro sin nada que perder), para que, para denunciar, esperar años a que un juez te de la razon, y luego el otro sin trabajo, no te va a indemnizar nada.Eso si te da la razon.
Y luego, no se si vive alli o no, porque a que vecinos preguntas. ¿Como lo haces? ¿Te esperas abajo en la entrada del piso, y les abordas, cual papparazzi, a preguntar si el otro energumeno vive alli?
ajbeas escribió:No sería fácil una medida así?
- Primera vivienda: ITP o IVA tirado por los suelos.
- Segunda vivienda: ITP o IVA muy altos.
Así te quitas de los especuladores.
Segundo punto:
- Nacionalizados españoles. Mejores condiciones.
- No nacionalizados: imposibilidad de pagar la vivienda al contado (quien comprueba si ese dinero es negro o no?), mayores impuestos.
Así a bote pronto, desde la barra de bar y sin pensar mucho…
ajbeas escribió:Pues complicado entonces, porque el poder adquisitivo suele ser mayor en muchos países de la UE.
Lo que no sé si estarán sometidos a una presión y control fiscal tan exhaustivo como en España.
Findeton escribió:ajbeas escribió:Pues complicado entonces, porque el poder adquisitivo suele ser mayor en muchos países de la UE.
Lo que no sé si estarán sometidos a una presión y control fiscal tan exhaustivo como en España.
¿Has pensado que si se aumenta la oferta de vivienda lo suficiente no hace falta imponer controles autoritarios sobre quién puede comprar/alquilar?
En fin...
GXY escribió:tambien son omaginaciones mias que el contrato puede especificar menos de 5 años y que si el inquilino lo firma "es valido" porque la LAU que esta llena de imprecisiones de estas
Lo son. Por mucho que lo pongas en el contrato, este se renovará automáticamente hasta los 5 años, excepto que el arrendador te diga que lo necesita para el mismo (lo cual por cierto, tienes que hacer constar también en el contrato)
GXY escribió:tambien son omaginaciones mias que el propietario puede reclamar la liquidacion del contrato y devolucion de la vivienda aduciendo una situacion de necesidad que no tiene porqué demostrar en el acto en el que efectua la reclamación (que es mas bien exigencia, porque no suele dar margen a negociacion ninguna, de hecho es lo que corresponde hacer para denotar urgencia y por tanto justificar la propia reclamacion ) (con lo cual, es tan facil para el propietario recuperar el inmueble, como tomarse la molestia de hacer la reclamacion en la forma y momento adecuados, lo cual, tambien dependiente de como se haya redactado el contrato, suele ser al vencimiento de 1 año).
Volvemos al punto anterior, dicha clausula tiene que estar especificada en el contrato y tienes que avisar minimo con dos meses de antelación (que vamos, si la necesitas urgentemente te va de puta madre el asunto). Y si bien no tiene que demostrar inmediatamente (ya me contarás tu como se demuestra dicha necesidad), si no la ocupa en 3 meses, o bien puedes exigir que te vuelva a hacer el contrato con las mismas condiciones, o una indemnizacion por cada año que quede de contrato.
GXY escribió:establecimiento de clausulas abusivas y muchas muchas muchas otras (que es tan facil para el propietario como incluirlas en el contrato, que lo haga no contraviniendo la LAU y que el candidato a inquilino trague y firme)
Esto especialmente es una imaginación tuya. Como digo, el propietario (o tu empleador) puede poner una clausula que ponga que "te puede dar por el culo cuando quiera" pero las clausulas abusivas como esta no tienen ningún efecto, por mucho que las firmes.
Aragornhr escribió:Aquí esta lo de siempre. Habrá que ver que consideras tu "abusivo" porque para ti abusivo es que "no te dejen taladrar la pared"
dinodini escribió:Fijate lo que defiende la ley al propietario en este tema.
Aunque por ley viene que el propietario o familiar de primer grado puede recuperar la vivienda para su uso antes de los 5 años, esto tiene que venir estipulado en el contrato. O sea, no vale con que ya venga en la ley, si el contrato no lo pone no lo puedes llevar a cabo. De risa.
dinodini escribió:Tienes que justificar ante el inquilino la situacion sobrevenida que ha llevado a esa necesidad. Es decir, no puedes plantear que alquilo el piso y me voy a vivir por ej. al piso de mi hermano, pero dentro de 1, 2 años o lo que sea me voy a vivir a ese piso. No, eso no vale, tiene que ser una situación sobrevenida que tienes que justificar. Por ej. un divorcio o un traslado laboral y que no estaba previsto cuando se firmó el contrato. Si por ej. el juez estipula que usted cuando firmó el contrato sabía que el traslado a esa localidad era solo por 2 años, dará por nulo la ocupación de la vivienda por necesidad del titular o familair de primer grado.
dinodini escribió:El truco de echo al inquilino y lo alquilo a otro y gano mas dinero, y el anterior inquilino ya no se va a preocupar de comprobar de que yo he ocupado la vivienda (en solo 3 meses, y mínimo 3 años), es muy peligroso, porque si el anterior inquilino, con solo preguntar a los vecinos quien vive allí, descubre el pastel, tendrá dos opciones. O el propietario le vuelve a alquilar la vivienda con los años que aún le quedaba de contrato, o una segunda opción mas suculenta, el propietario le tiene que pagar los meses de alquiler de esos años que aun quedaban de contrato. El inquilino decide cual de las dos opciones prefiere, y muy seguramente será la segunda, porque recibir en mano el alquiler de x años es un pastón. Como para no tomarse la molestia el inquilino de comprobar si realmente el propietario ha ocupado la vivienda o no y como para no preocuparse un propietario si hacer o no este truco para volver a alquilar la vivienda a un precio mas alto..
dinodini escribió:Que el tipo sea violento te puede pasar con caseros, inquilinos o con el vecino de enfrente, eso no tiene nada que ver con que la legislación favorezca a los caseros o los inquilinos.
Saber si ha ocupado la viviena en 3 meses y en la cual tiene que vivir 3 años es tan fácil como pasarse a preguntar a los vecinos quien vive en el piso que ocupaste antes, si es el propietario u otro inquilino. Y si tienes el tlf de alguno ya ni falta hace desplazarse.
Si resulta que lo ha vuelto a alquilar, si lo denuncias le toca al casero pagarte en metalico el dinero de todos los meses o años que quedara aún de vigencia el contrato, y eso se un pastón. Que sea un casero con la cuenta a 0 ya es otra historia, pero es que el colectivo de caseros en paro e insolventes deben de ser una minuscula minoria para tener la mala suerte de que te toque uno.
Mrcolin escribió:@GXY que risa con una equivocacion de una letra que he tenido ja ja ja.
Una vez nos hemos reido todos, siento decirte que aunque el inquilino firme por 2 años, tiene posibilidad si el inquilino quiere de estar 5 años si es con particular, o 7 si es empresa.
La opcion de terminar antes el contrato (minimo 1 año) es solo para personas particulares (nada de empresas) si lo necesitan para ellos mismos o familiar directo siempre y cuando venga en el contrato (y haga uso de la vivienda posteriormente para dicho fin).
Para querer ejercer tus derechos, primero deberias saber cuales tienes.
Ahora saldras por la tangente para no reconocer tu equivocacion y hasta la proxima, como siempre.
Habras hechos muchos contratos de alquiler como aqui pregonas pero sigues sin saber los derechos que tienes… lo mismo por eso piensas que los propietarios tienen todas las ventajas.
dinodini escribió:El problema es que los miembros de la UE tienen que tener los mismos derechos que los españoles.
GXY escribió:
1.- si especifica una duracion menor de 5 años y el inquilino lo firma, para la LAU es valida porque es "acuerdo entre las partes" (es decir, que el propietario dispone y el inquilino puede firmar o irse caminando por la puerta)
Duración mínima de un contrato de alquiler y prórrogas
Como ya hemos dicho, a pesar de la duración del contrato establecida por la Ley de Arrendamientos Urbanos es posible pactar otra duración entre las partes. Aun así, es necesario tener en cuenta que, si se trata de un contrato de arrendamiento inferior a cinco años, al llegar el momento del vencimiento, se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta alcanzar la duración mínima de cinco años si el inquilino está de acuerdo. En el caso de empresas o sociedades esta renovación alcanzaría los siete años.
ajbeas escribió:No sería fácil una medida así?
- Primera vivienda: ITP o IVA tirado por los suelos.
- Segunda vivienda: ITP o IVA muy altos.
Así te quitas de los especuladores.
Segundo punto:
- Nacionalizados españoles. Mejores condiciones.
- No nacionalizados: imposibilidad de pagar la vivienda al contado (quien comprueba si ese dinero es negro o no?), mayores impuestos.
Así a bote pronto, desde la barra de bar y sin pensar mucho…
ajbeas escribió:Claro que lo he pensado.
Pero, quien va a asumir ese gasto? El de hacer viviendas me refiero.
Con los salarios que tenemos en España, y los trámites/burocracia sumado a los impuestos para construir, poco particular puede comprar terreno, obtener todas las licencias, pagar el proyecto de arquitecto, contratar constructor, amueblar, etc.
Y si luego de la vivienda social que prometen no se construye, pues…
Tu solución estaría bien, pero no se lleva a cabo. Así que… que habría que hacer?
Dartanyan escribió:Una persona que tiene dos viviendas es un especulador?