Herencias

1, 2, 3, 4, 5
Manint escribió:
TheDarknight75 escribió:El lunes llevo a CaixaBank el documento notarial de que ya esta pagada la plusvalía, impuesto de sucesion y todo lo que el notario nos ha cobrado una pasta…
Alguien sabe cuanto tardan estos en ingresarnos el dinero de la herencia de nuestra madre? Llevo seis meses. Estoy deprimido y con ansiedad. El 24 hace seis meses de la muerte de mi madre y además de que necesitamos mi hermano y yo el dinero, para pasar página parcialmente.
Esto es un calvario. Muy duro. Me apetece llorar. [facepalm]
La de mi abuela que fue hace un mes o así, fueron 5000€ entre varios nietos y en una mañana solucionado. Esto es mucho mas, lo se (seguros de vida y un piso, etc) Pero es como una carrera en que cada vez que llego a la meta me dicen “nooo, aún quedan 100 metros o 1 km” Y paga esto y esto…

No puedo mas


Es lógico que tarde 6 meses, lo normal, más aún si el dinero no es tangible (sino vía seguros y propiedades).

Pero lo que es el OK del banco tarda mucho? Mi abogado ha dicho dos o tres días. Y el que nos ha atendido en alguna ocasión en CaixaBank dice que en Bankia era una semana. Que ahora en CaixaBank… Miedo me dan estos
Tengo bajonera de la pasta que ya he pagado de notarios y abogado (adelantando yo parte de mi hermano) y ver que aún estamos vislumbrando la meta.
Que calvario esto de las herencias
@TheDarknight75 con el BBVA unos 10 días más o menos me tardó... con el Santander... aproximadamente 1 mes... incluído que el director de la sucursal pretendía que hiciera yo un viaje de 1800 kms entre ida y vuelta para firmarle documentos allí en su oficina (cuando podía enviármelos por valija interna que es lo que al final hizo).
A día de hoy... más de un año después aún me falta enviarles los documentos a un registro de la propiedad (heredé cosas en 3 comunidades autónomas diferentes).
AMSWORLD escribió:@TheDarknight75 con el BBVA unos 10 días más o menos me tardó... con el Santander... aproximadamente 1 mes... incluído que el director de la sucursal pretendía que hiciera yo un viaje de 1800 kms entre ida y vuelta para firmarle documentos allí en su oficina (cuando podía enviármelos por valija interna que es lo que al final hizo).
A día de hoy... más de un año después aún me falta enviarles los documentos a un registro de la propiedad (heredé cosas en 3 comunidades autónomas diferentes).

Gracias. Pues siendo La Caixa voy a pensar que una semana o un mes. A ver qué pasa…
@TheDarknight75 ánimo, es un juego de paciencia y burrocracia en el que primero pones tú el dinero y luego ya... ponte cómodo para esperar a que resuelvan los papeleos.
TheDarknight75 escribió:
Manint escribió:
TheDarknight75 escribió:El lunes llevo a CaixaBank el documento notarial de que ya esta pagada la plusvalía, impuesto de sucesion y todo lo que el notario nos ha cobrado una pasta…
Alguien sabe cuanto tardan estos en ingresarnos el dinero de la herencia de nuestra madre? Llevo seis meses. Estoy deprimido y con ansiedad. El 24 hace seis meses de la muerte de mi madre y además de que necesitamos mi hermano y yo el dinero, para pasar página parcialmente.
Esto es un calvario. Muy duro. Me apetece llorar. [facepalm]
La de mi abuela que fue hace un mes o así, fueron 5000€ entre varios nietos y en una mañana solucionado. Esto es mucho mas, lo se (seguros de vida y un piso, etc) Pero es como una carrera en que cada vez que llego a la meta me dicen “nooo, aún quedan 100 metros o 1 km” Y paga esto y esto…

No puedo mas


Es lógico que tarde 6 meses, lo normal, más aún si el dinero no es tangible (sino vía seguros y propiedades).

Pero lo que es el OK del banco tarda mucho? Mi abogado ha dicho dos o tres días. Y el que nos ha atendido en alguna ocasión en CaixaBank dice que en Bankia era una semana. Que ahora en CaixaBank… Miedo me dan estos
Tengo bajonera de la pasta que ya he pagado de notarios y abogado (adelantando yo parte de mi hermano) y ver que aún estamos vislumbrando la meta.
Que calvario esto de las herencias

Por lo que tengo entendido no es estrictamente necesario ir a un notario para aceptar una herencia, se puede hacer mediante un contrato privado entre los herederos, lo cual es mucho más barato ( a niveles de herencia habituales pagas mucho más de notaría que de impuestos) , aunque puede complicar luego gestiones si la herencia es complicada.
Gurlukovich escribió:Por lo que tengo entendido no es estrictamente necesario ir a un notario para aceptar una herencia, se puede hacer mediante un contrato privado entre los herederos, lo cual es mucho más barato ( a niveles de herencia habituales pagas mucho más de notaría que de impuestos) , aunque puede complicar luego gestiones si la herencia es complicada.

Por lo que yo he descubierto: con el cert de defunción ycon el reparto privado (sin notario) se puede pedir papeles al banco, a la aseguradora, al catastro, pagar los impuestos y demás (que los impuestos es lo que hay que hacer cuanto antes).
Si hay una propiedad por medio ya si que hay que ir a un notario, se puede hacer despues de lo dicho arriba para ahorrar costes, se debe elevar el reparto de bienes a público para poder hacer las escrituras de la propiedad, ya con las escrituras no es necesario registrar en la propiedades a no ser que se vaya a vender la propiedad de forma inmediata.

Algunas empresas de servicios de agua y luz para el cambio de nombre si que piden registro cosa que me parece ridiculo pero otras no.
AMSWORLD escribió:@TheDarknight75 ánimo, es un juego de paciencia y burrocracia en el que primero pones tú el dinero y luego ya... ponte cómodo para esperar a que resuelvan los papeleos.

Gracias. A ver si se resuelve pronto porque estoy ya como el corredor que ve la meta ya y se desploma cuando llega. Pero tengo miedo de que cuando llegue aún me pongan mas distancia (lo del banco, pagar. Lo que pueda tardar)
Un último esfuerzo

Es que ya lo he mencionado aquí: mi hermano tiene capacidad psíquica disminuida y por lo menos que ya reciba -y yo-su parte de la herencia me quita un peso enorme de encima. Luego ya vendrán otras cosas, pero eso es esencial. De pasta va apretado ya y yo cada veces menos…
TheDarknight75 escribió:El lunes llevo a CaixaBank el documento notarial de que ya esta pagada la plusvalía, impuesto de sucesion y todo lo que el notario nos ha cobrado una pasta…
Alguien sabe cuanto tardan estos en ingresarnos el dinero de la herencia de nuestra madre? Llevo seis meses. Estoy deprimido y con ansiedad. El 24 hace seis meses de la muerte de mi madre y además de que necesitamos mi hermano y yo el dinero, para pasar página parcialmente.
Esto es un calvario. Muy duro. Me apetece llorar. [facepalm]
La de mi abuela que fue hace un mes o así, fueron 5000€ entre varios nietos y en una mañana solucionado. Esto es mucho mas, lo se (seguros de vida y un piso, etc) Pero es como una carrera en que cada vez que llego a la meta me dicen “nooo, aún quedan 100 metros o 1 km” Y paga esto y esto…

No puedo mas

La plusvalía, el impuesto de sucesiones y lo que le has pagado al notario al banco le importa tres cojones... Para qué te piden eso??? Ellos lo que necesitan son las escrituras de herencia y ya está


Edito. Y por cierto dices que fuiste el lunes.., nosotros (mi madre y yo) el mismo día que fuimos con las escrituras donde el director de la sucursal hizo las transferencias en el momento... Que liquides el impuesto y pagues las plusvalías o al notario es problema tuyo.., no del banco
Torres escribió:
TheDarknight75 escribió:El lunes llevo a CaixaBank el documento notarial de que ya esta pagada la plusvalía, impuesto de sucesion y todo lo que el notario nos ha cobrado una pasta…
Alguien sabe cuanto tardan estos en ingresarnos el dinero de la herencia de nuestra madre? Llevo seis meses. Estoy deprimido y con ansiedad. El 24 hace seis meses de la muerte de mi madre y además de que necesitamos mi hermano y yo el dinero, para pasar página parcialmente.
Esto es un calvario. Muy duro. Me apetece llorar. [facepalm]
La de mi abuela que fue hace un mes o así, fueron 5000€ entre varios nietos y en una mañana solucionado. Esto es mucho mas, lo se (seguros de vida y un piso, etc) Pero es como una carrera en que cada vez que llego a la meta me dicen “nooo, aún quedan 100 metros o 1 km” Y paga esto y esto…

No puedo mas

La plusvalía, el impuesto de sucesiones y lo que le has pagado al notario al banco le importa tres cojones... Para qué te piden eso??? Ellos lo que necesitan son las escrituras de herencia y ya está


Edito. Y por cierto dices que fuiste el lunes.., nosotros (mi madre y yo) el mismo día que fuimos con las escrituras donde el director de la sucursal hizo las transferencias en el momento... Que liquides el impuesto y pagues las plusvalías o al notario es problema tuyo.., no del banco

Voy este lunes. Pero ya me han dicho que ellos lo transmiten a VidaCaixa. Por lo menos por lo del seguro de vida. Lo demás sí voy a preguntar si no es a cargo de la sucursal. Me has dado la idea. En la herencia de mi abuela hace un par de meses se hizo todo en la sucursal. Eso sí. 2 horas y media para 5000€ a repartir en dos partes.
Según ellos y mi abogado si hay que llevar liquidado impuestos de sucesiones y tal.
FrutopiA escribió:
Gurlukovich escribió:Por lo que tengo entendido no es estrictamente necesario ir a un notario para aceptar una herencia, se puede hacer mediante un contrato privado entre los herederos, lo cual es mucho más barato ( a niveles de herencia habituales pagas mucho más de notaría que de impuestos) , aunque puede complicar luego gestiones si la herencia es complicada.

Por lo que yo he descubierto: con el cert de defunción ycon el reparto privado (sin notario) se puede pedir papeles al banco, a la aseguradora, al catastro, pagar los impuestos y demás (que los impuestos es lo que hay que hacer cuanto antes).
Si hay una propiedad por medio ya si que hay que ir a un notario, se puede hacer despues de lo dicho arriba para ahorrar costes, se debe elevar el reparto de bienes a público para poder hacer las escrituras de la propiedad, ya con las escrituras no es necesario registrar en la propiedades a no ser que se vaya a vender la propiedad de forma inmediata.

Algunas empresas de servicios de agua y luz para el cambio de nombre si que piden registro cosa que me parece ridiculo pero otras no.

Lo absurdo de que el registro de la propiedad no pueda hacer lo mismo que un notario y viceversa, mientras la DGT te acepta un acuerdo privado si no recuerdo mal.
Mike Tyson, no va a dejar dinero de herencia a sus hijos: "Lo que les dejo es la enseñanza de trabajar duro y rezar mucho. No les ayudaría el dinero, les haría daño porque no les enseñaría a valerse por sí mismos, a sobreponerse a las adversidades y a ser trabajadores"


Otro grande
El otro día oí una frase de un economista: "Si cuando mueres te queda algo, es que has hecho mal las cuentas".
LLioncurt escribió:El otro día oí una frase de un economista: "Si cuando mueres te queda algo, es que has hecho mal las cuentas".


XD

Vaya crack. Hombre, depende como lo mires, puede tener razón.
adri079 escribió:Mike Tyson, no va a dejar dinero de herencia a sus hijos: "Lo que les dejo es la enseñanza de trabajar duro y rezar mucho. No les ayudaría el dinero, les haría daño porque no les enseñaría a valerse por sí mismos, a sobreponerse a las adversidades y a ser trabajadores"


Otro grande


Sobre todo en lo de rezar.., eso les va a ayudar muchísimo en la vida… [qmparto]

Que diga esas chorradas un boxeador manda cojones

LLioncurt escribió:El otro día oí una frase de un economista: "Si cuando mueres te queda algo, es que has hecho mal las cuentas".


Vamos que si tienes cuatro casas y tres coches tienes que vender todo el día antes de que pretendas morirte y gastarlo todo en pipas y que te dé tiempo a comerlas antes del día siguiente para llegar a tu fallecimiento sin nada.., supongo…
A rezar al pueblo🤣 yo me quedo con la herencia que me tocará muy gustosamente.
Torres escribió:
LLioncurt escribió:El otro día oí una frase de un economista: "Si cuando mueres te queda algo, es que has hecho mal las cuentas".


Vamos que si tienes cuatro casas y tres coches tienes que vender todo el día antes de que pretendas morirte y gastarlo todo en pipas y que te dé tiempo a comerlas antes del día siguiente para llegar a tu fallecimiento sin nada.., supongo…


Imagen

Te lo voy a plantear de otra forma:

Si te estás comiendo un bocadillo de lomo, y te das cuenta que te has acabado el lomo y aún te queda media barra de pan, has hecho mal las cuentas.

Lo que tú has dicho sería el equivalente a: "Entonces, si me doy cuenta que me queda media barra y un trocito minúsculo de lomo, ¿Me lo tengo que comer con todo el pan que me queda?"

No, ya has llegado tarde, significa que no te lo has repartido correctamente.
adri079 escribió:Mike Tyson, no va a dejar dinero de herencia a sus hijos: "Lo que les dejo es la enseñanza de trabajar duro y rezar mucho. No les ayudaría el dinero, les haría daño porque no les enseñaría a valerse por sí mismos, a sobreponerse a las adversidades y a ser trabajadores"


Otro grande

Elon Musk
“Se lo debo todo a mis hijos porque ellos no eligieron venir a este mundo”

Diferentes opiniones
@LLioncurt Nadie sabe cuándo va a morir. Si mueres con 50 años si vivir a tope te puede quedar mucha herencia. Si has exprimido todo pensando que ibas a morir a los 50 y vives hasta los 80 tienes 30 años de mal vivir. Me parece una gilipoyez tremenda esa teoría
adri079 escribió:Mike Tyson, no va a dejar dinero de herencia a sus hijos: "Lo que les dejo es la enseñanza de trabajar duro y rezar mucho. No les ayudaría el dinero, les haría daño porque no les enseñaría a valerse por sí mismos, a sobreponerse a las adversidades y a ser trabajadores"


Otro grande

Y morder orejas.

@LLioncurt
Seguro que el economista ese era keynesiano :p
TheDarknight75 escribió:Elon Musk
“Se lo debo todo a mis hijos porque ellos no eligieron venir a este mundo”

Diferentes opiniones


No estaría mal que aplicase algo mínimamente parecido con sus trabajadores.
ad-verso escribió:Rescato el hilo por si alguien ha vivido una situación similar o conoce del tema y puede orientarme.

La cosa es que los viejos venden su casa (primera vivienda) para irse a vivir a otra (acaban de arreglarla, será primera vivienda en breve). Ambas están pagadas, de modo que han decidido que una parte del dinero de la venta de la primera nos lo darán a mi hermana y a mi. Todos vivimos en comunidades diferentes.

Por un lado, ¿sería la "herencia" en vida una fórmula válida para hacer esto? ¿Donación sería más lógico?
Por otro, a efectos fiscales, ¿dónde podría mirar cómo tributa la operación, estando todos por ahí? ¿Alguna ayuda?
Caso de pedir asesoramiento a un profesional, ¿quién sería el más indicado? ¿Un gestor? ¿Un abogado? ¿El fisco?

Gracias anticipadas.


Donación (la donación mortis causa es lo que llamamos herencia, aquí sería inter vivos), la tributación depende de la Comunidad Autónoma donde se produzca. En muchas se ha puesto de moda bonificarla al máximo y pagarías una mierda.
@Ad-verso

La herencia en vida (o pacto sucesorio) es casi seguro la mejor fórmula, ya que tributa mortis causa, @Manint
y, por tanto, tributa igual que si se tratara de un fallecimiento.

El requisito es que tus padres deben residir (tener vecindad civil realmente) en una comunidad autónoma con derecho civil propio y que tenga la figura de los pactos sucesorios (País Vasco, Cataluña, Galicia o Baleares).

Vosotros tributaríais por sucesiones según las tarifas de la comunidad autónoma de vuestros padres.

Si lo hicierais como donación tributaríais según las tarifas de vuestras comunidades autónomas (hijos) para donaciones, que siempre suelen ser peores que para sucesiones.

En resumen, si vuestros padres pueden hacer pacto sucesorio casi seguro es lo que mejor os sale, pero hay otros detalles a tener en cuenta, ej. si fallecen en menos de 4 o 5 años se acumula lo "heredado" en el pacto sucesorio de cara a calcular la tarifa del ISD y detalles así que probablemente no os afecten pero hay que tener en cuenta, igual que las particularidades que pueda tener el pacto sucesorio en esa comunidad (ej. en alguna solo se puede hacer a favor de hijos). Que yo sepa, ninguno pone como requisito que los "herederos" residan en la misma comunidad, pero no conozco los detalles de los pactos sucesorios de todas esas comunidades, tendrías que decir en qué comunidad es.

Lo mejor si tienes dudas es consultar a un asesor, aunque si es un caso simple tampoco tiene mucho misterio. Si lo que te pasaran por pacto sucesorio fuera el piso en vez del dinero podría tener más variables.
ad-verso escribió:@Manint Cuando dices "donde se produzca" ¿te refieres a que tributaría al fisco (el impuesto de donaciones) según mi comunidad de residencia?

Gracias.


Al ser en vida sí, depende de donde tú (receptor de la donación) residas.
ad-verso escribió:Muchas gracias por las respuestas, @Manint y @Vavadi

Sobre lo que apuntas, @Vavadi , precisamente son esas comunidades: Cataluña (padres), Galicia (yo) y Baleares. Les comentaré que se informen (yo haré lo propio) sobre el pacto sucesorio, entonces.

Entiendo que puede referirse solo a esa parte de la "herencia", ¿verdad? Me refiero a que este pacto afecte solo al dinero que quieren repartir de la venta de su casa. La herencia por todo lo demás ya la tendrán estipulada en su testamento, que confío que será "efectivo" aún en un buen tiempo.


De nada [oki]

Los que conozco de primera mano no son los pactos sucesorios de Cataluña, tendrías que buscar información, pero generalmente sí, puedes "anticipar" parte de la herencia. Puede ser solo una vivienda de muchas, una cantidad X de dinero... Eso os lo confirman en la notaría, no hace falta pagar asesor.

Lo que os pasen tributará conforme a sucesiones de Cataluña.

PD: si es su vivienda actual la que van a vender y tienen más de 65 años, lo de repartir el dinero tras venderla está perfecto. Si no fuera la vivienda habitual o no tuvieran 65 años tendrías que ver en tu caso si compensa más en cuanto a IRPF que os pasen el 50% de la casa a cada uno (tendríais que esperar 5 años para venderla y que te contara como valor de adquisición el actual).
Manint escribió:
ad-verso escribió:Rescato el hilo por si alguien ha vivido una situación similar o conoce del tema y puede orientarme.

La cosa es que los viejos venden su casa (primera vivienda) para irse a vivir a otra (acaban de arreglarla, será primera vivienda en breve). Ambas están pagadas, de modo que han decidido que una parte del dinero de la venta de la primera nos lo darán a mi hermana y a mi. Todos vivimos en comunidades diferentes.

Por un lado, ¿sería la "herencia" en vida una fórmula válida para hacer esto? ¿Donación sería más lógico?
Por otro, a efectos fiscales, ¿dónde podría mirar cómo tributa la operación, estando todos por ahí? ¿Alguna ayuda?
Caso de pedir asesoramiento a un profesional, ¿quién sería el más indicado? ¿Un gestor? ¿Un abogado? ¿El fisco?

Gracias anticipadas.


Donación (la donación mortis causa es lo que llamamos herencia, aquí sería inter vivos), la tributación depende de la Comunidad Autónoma donde se produzca. En muchas se ha puesto de moda bonificarla al máximo y pagarías una mierda.


En Madrid cómo está el asunto?. Porque he leído curioseando hoy por ahí que si un familiar muere y vas a heredar varios chalets, pisos, cuentas bancarias, valores etc que primero toca abonar X y luego te lo dan.

Es decir, que si te corresponde heredar “3MEur” o lo que sea, no te restan el % que sea y cobras el resto (que ya podrían hacer eso, ya que te roban).
DarkMessiah escribió:
Manint escribió:
ad-verso escribió:Rescato el hilo por si alguien ha vivido una situación similar o conoce del tema y puede orientarme.

La cosa es que los viejos venden su casa (primera vivienda) para irse a vivir a otra (acaban de arreglarla, será primera vivienda en breve). Ambas están pagadas, de modo que han decidido que una parte del dinero de la venta de la primera nos lo darán a mi hermana y a mi. Todos vivimos en comunidades diferentes.

Por un lado, ¿sería la "herencia" en vida una fórmula válida para hacer esto? ¿Donación sería más lógico?
Por otro, a efectos fiscales, ¿dónde podría mirar cómo tributa la operación, estando todos por ahí? ¿Alguna ayuda?
Caso de pedir asesoramiento a un profesional, ¿quién sería el más indicado? ¿Un gestor? ¿Un abogado? ¿El fisco?

Gracias anticipadas.


Donación (la donación mortis causa es lo que llamamos herencia, aquí sería inter vivos), la tributación depende de la Comunidad Autónoma donde se produzca. En muchas se ha puesto de moda bonificarla al máximo y pagarías una mierda.


En Madrid cómo está el asunto?. Porque he leído curioseando hoy por ahí que si un familiar muere y vas a heredar varios chalets, pisos, cuentas bancarias, valores etc que primero toca abonar X y luego te lo dan.

Es decir, que si te corresponde heredar “3MEur” o lo que sea, no te restan el % que sea y cobras el resto (que ya podrían hacer eso, ya que te roban).


Si hay líquido suficiente, se pagan los impuestos dentro del mismo proceso con ese líquido. Siempre que sea suficiente tu parte para pagar tus impuestos.

Para sucesiones, Madrid tiene una calculadora bastante chula: https://www.comunidad.madrid/info/servi ... sucesiones

Las donaciones eran el 1% creo recordar.
Manint escribió:
DarkMessiah escribió:
Manint escribió:
Donación (la donación mortis causa es lo que llamamos herencia, aquí sería inter vivos), la tributación depende de la Comunidad Autónoma donde se produzca. En muchas se ha puesto de moda bonificarla al máximo y pagarías una mierda.


En Madrid cómo está el asunto?. Porque he leído curioseando hoy por ahí que si un familiar muere y vas a heredar varios chalets, pisos, cuentas bancarias, valores etc que primero toca abonar X y luego te lo dan.

Es decir, que si te corresponde heredar “3MEur” o lo que sea, no te restan el % que sea y cobras el resto (que ya podrían hacer eso, ya que te roban).


Si hay líquido suficiente, se pagan los impuestos dentro del mismo proceso con ese líquido. Siempre que sea suficiente tu parte para pagar tus impuestos.

Para sucesiones, Madrid tiene una calculadora bastante chula: https://www.comunidad.madrid/info/servi ... sucesiones

Las donaciones eran el 1% creo recordar.


Ok miraré lo de los impuestos, gracias.
Antes le prendo fuego que se lo lleva el estado.
Schwefelgelb escribió:Antes le prendo fuego que se lo lleva el estado.

Siempre se puede dejar a la iglesia o a una fundación. Yo sugiero la Fundación para la Ley y el Orden.
ad-verso escribió:@Gurlukovich Con lo de "Iglesia" habría que especificar si te refieres a la puta congregación de pedófilos católicos o a otra confesión distinta...

Hombre, si son católicos son universales.
Gurlukovich escribió:
Schwefelgelb escribió:Antes le prendo fuego que se lo lleva el estado.

Siempre se puede dejar a la iglesia o a una fundación. Yo sugiero la Fundación para la Ley y el Orden.


dejando aparte el momazo, solo puedes elegir heredero cuando no existen herederos forzosos.

excepto el tercio de libre disposicion, claro. ese puedes elegirlo siempre. por eso es la mayor fuente de conflictos en herencias.
GXY escribió:
Gurlukovich escribió:
Schwefelgelb escribió:Antes le prendo fuego que se lo lleva el estado.

Siempre se puede dejar a la iglesia o a una fundación. Yo sugiero la Fundación para la Ley y el Orden.


dejando aparte el momazo, solo puedes elegir heredero cuando no existen herederos forzosos.

excepto el tercio de libre disposicion, claro. ese puedes elegirlo siempre. por eso es la mayor fuente de conflictos en herencias.

Según derecho civil, en Cataluña creo que sólo un cuatro de legítima. Pero entiendo que si hay herederos no pasa al Estado. Impuesto revolucionario aparte.
si hay herederos no pasa al estado salvo que renuncien.

desconozco si hay disension entre CCAA en cuanto al % de legitima/mejora/libre disposicion. que yo sepa no la hay pero tampoco me sorprenderia, la verdad.

dicho todo esto es notable la cantidad de herencias que pasan al estado o quedan irresolutas. casi siempre es porque hay tantas o mas deudas que bienes pero en ocasiones es por otras causas.
GXY escribió:si hay herederos no pasa al estado salvo que renuncien.

A veces pasa incluso más si renuncias, porque hacienda te lo reclama igual, aunque parece que el supremo aun tiene algo de verguenza torera
https://www.65ymas.com/sociedad/deudas- ... 8_102.html

desconozco si hay disension entre CCAA en cuanto al % de legitima/mejora/libre disposicion. que yo sepa no la hay pero tampoco me sorprenderia, la verdad.

Son restos de los fueros.

dicho todo esto es notable la cantidad de herencias que pasan al estado o quedan irresolutas. casi siempre es porque hay tantas o mas deudas que bienes pero en ocasiones es por otras causas.

Si hay más deudas que bienes no hereda nadie, los deudores reclamarán lo que puedan y santas pascuas, que es supongo equivalente a pegarle fuego.
DarkMessiah escribió:
En Madrid cómo está el asunto?. Porque he leído curioseando hoy por ahí que si un familiar muere y vas a heredar varios chalets, pisos, cuentas bancarias, valores etc que primero toca abonar X y luego te lo dan.

Es decir, que si te corresponde heredar “3MEur” o lo que sea, no te restan el % que sea y cobras el resto (que ya podrían hacer eso, ya que te roban).


El impuesto tienes un tiempo para pagarlo.., así que podrás utilizar el dinero de esas cuentas bancarias para pagarlo
ad-verso escribió:@Gurlukovich Con lo de "Iglesia" habría que especificar si te refieres a la puta congregación de pedófilos católicos o a otra confesión distinta...


No metas en el mismo saco a todas las personas que pertenecen a una organización. Seguro que en tu barrio vive algún ex-convicto, o delincuente condenado por algo grave, y no por ello se puede afirmar que todas las personas de ese barrio, o que viven en el mismo edificio, son delincuentes.

Pero si lo que te interesa es la historia de la pederastia, tienes que ir a buscarla a la antigua Grecia.

https://es.wikipedia.org/wiki/Pederasti ... gua_Grecia


Sobre el tema de las deudas:

Si el fallecido dejó deudas, y se conocen con exactitud, y también se conoce el patrimonio a heredar, se puede aceptar la herencia sin más y pagar las deudas, y quedarse con el resto; pero si no se conocen las deudas bien, o no se conoce el patrimonio, las dos opciones que hay son: 1ª) renunciar a la herencia; 2ª) aceptar a beneficio de inventario, ante Notario.

En este segundo caso el Notario va a formar "inventario" y una vez que se tenga la relación de bienes del fallecido, se le restarán las deudas, y lo que queda, es lo que se hereda. El heredero en ningún caso tendrá que hacerse cargo de deudas con su patrimonio.

La aceptación a beneficio de inventario es laboriosa y poco común pero da la seguridad absoluta al heredero de que no cargará con deudas del fallecido.
Quintiliano escribió:
ad-verso escribió:@Gurlukovich Con lo de "Iglesia" habría que especificar si te refieres a la puta congregación de pedófilos católicos o a otra confesión distinta...


No metas en el mismo saco a todas las personas que pertenecen a una organización. Seguro que en tu barrio vive algún ex-convicto, o delincuente condenado por algo grave, y no por ello se puede afirmar que todas las personas de ese barrio, o que viven en el mismo edificio, son delincuentes.

Pero si lo que te interesa es la historia de la pederastia, tienes que ir a buscarla a la antigua Grecia.

https://es.wikipedia.org/wiki/Pederasti ... gua_Grecia


Sobre el tema de las deudas:

Si el fallecido dejó deudas, y se conocen con exactitud, y también se conoce el patrimonio a heredar, se puede aceptar la herencia sin más y pagar las deudas, y quedarse con el resto; pero si no se conocen las deudas bien, o no se conoce el patrimonio, las dos opciones que hay son: 1ª) renunciar a la herencia; 2ª) aceptar a beneficio de inventario, ante Notario.

En este segundo caso el Notario va a formar "inventario" y una vez que se tenga la relación de bienes del fallecido, se le restarán las deudas, y lo que queda, es lo que se hereda. El heredero en ningún caso tendrá que hacerse cargo de deudas con su patrimonio.

La aceptación a beneficio de inventario es laboriosa y poco común pero da la seguridad absoluta al heredero de que no cargará con deudas del fallecido.


Curioso, tenía pensado que era:

- Rechazar herencia
- Aceptarla (pero acarreando con las deudas, que vete a saber las que pudieran ser).

No sabía que estaba esa opción que comentas de que aceptas pero sin hacerte cargo de las deudas. Entonces si la herencia quedase en negativo y aún por deudas por pagar si coges la opción que comentas.... ahí volverías a aplicar el rechazo de herencia?.

En mi caso ni habrá deudas etc pero está bien saberlo.
DarkMessiah escribió:Curioso, tenía pensado que era:

- Rechazar herencia
- Aceptarla (pero acarreando con las deudas, que vete a saber las que pudieran ser).

No sabía que estaba esa opción que comentas de que aceptas pero sin hacerte cargo de las deudas. Entonces si la herencia quedase en negativo y aún por deudas por pagar si coges la opción que comentas.... ahí volverías a aplicar el rechazo de herencia?.

En mi caso ni habrá deudas etc pero está bien saberlo.


La aceptación "a beneficio de inventario" debe hacerse de forma solemne ante Notario y el Notario debe formar inventario. Sólo de esta manera estamos ante ese modo de aceptación. No serviría decir que aceptas a beneficio de inventario sin más, lo tienes que hacer ante Notario.

Una vez que se ha hecho esa declaración formal ante Notario, tu patrimonio personal está protegido, porque si hay deudas o acreedores del fallecido, sólo pueden pagarse con los bienes de la herencia, pero nunca pasarían a tu patrimonio personal.
Gurlukovich escribió:Si hay más deudas que bienes no hereda nadie, los deudores reclamarán lo que puedan y santas pascuas, que es supongo equivalente a pegarle fuego.


a ver, puede haber una casa y una deuda de 100mil euros, heredar la casa y heredar la deuda, e ir pagando la deuda teniendo la casa.

y tambien esta la formula de "a beneficio de inventario", que tiene varios usos, por ejemplo, pagar la deuda con los inmuebles. de hecho es el que se suele hacer en liquidaciones de empresas, y de este modo pagar las deudas vendiendo el "inmovilizado" (locales, etc).
Pero en ese caso se supone que la casa vale más que la deuda, mucho valor sentimental tiene que tener para que pagues más de su valor de mercado, y en todo caso el estado no se va a poner a pagar la hipoteca, se subasta y punto.
Gurlukovich escribió:Pero en ese caso se supone que la casa vale más que la deuda, mucho valor sentimental tiene que tener para que pagues más de su valor de mercado, y en todo caso el estado no se va a poner a pagar la hipoteca, se subasta y punto.


Eso es mucho suponer. La casa puede tener una hipoteca tradicional o una hipoteca inversa encima, o quizá necesita una reforma importante. Y puede tener impuestos impagados (IBI) de los años anteriores.
Buen tema, yo voy a "heredar" la mitad del piso de mi abuela, la otra mitad se la pagare a mis tios esta todo hablado, pero como el piso sigue a nombre de mi abuela y mi abuelo ( este ultimo lleva mas de 30 años muerto), hay que cambiar la escritura para que este sea de mi abuela y mis tios y formalizar la herencia y luego la venta...
Tengo cierta cantidad ahorrada sin tocar ( tengo que hacer obras y tal), pero como no se cuanto me van a terminar clavando entre pitos y flautas pues ahi esta la cosa.
Mencion aparte para la mierda de burocracia, que no encuentran el certificado de defuncion de mi abuelo, era marinero y murio en angola, asi que hasta que nos manden algo desde ese pais... la cosa va para largo.
Melkorian escribió:Buen tema, yo voy a "heredar" la mitad del piso de mi abuela, la otra mitad se la pagare a mis tios esta todo hablado, pero como el piso sigue a nombre de mi abuela y mi abuelo ( este ultimo lleva mas de 30 años muerto), hay que cambiar la escritura para que este sea de mi abuela y mis tios y formalizar la herencia y luego la venta...
Tengo cierta cantidad ahorrada sin tocar ( tengo que hacer obras y tal), pero como no se cuanto me van a terminar clavando entre pitos y flautas pues ahi esta la cosa.
Mencion aparte para la mierda de burocracia, que no encuentran el certificado de defuncion de mi abuelo, era marinero y murio en angola, asi que hasta que nos manden algo desde ese pais... la cosa va para largo.


Pero no se hizo herencia al fallecer tu abuelo?? Porque entonces entiendo que habría que pagar el impuesto de sucesiones para liquidar la herencia de tu abuelo y luego ya poneros a la nueva herencia. Por cierto a ti al no ser descendiente de primer grado creo recordar que te tocará pagar más impuesto del normal. Ya has mirado todo eso??
@Torres Me lo esta llevando un familiar que es abogado, es el que esta peleandose con luanda para que encuentren algun tipo de certificado de defuncion de mi abuelo.
Pero por si las moscas me ha dicho que ya ha hecho cambios en el testamento de mi abuela diciendo que me da su parte del piso ( por si la cosa se alarga y le ocurra algo).
Melkorian escribió:@Torres Me lo esta llevando un familiar que es abogado, es el que esta peleandose con luanda para que encuentren algun tipo de certificado de defuncion de mi abuelo.
Pero por si las moscas me ha dicho que ya ha hecho cambios en el testamento de mi abuela diciendo que me da su parte del piso ( por si la cosa se alarga y le ocurra algo).


Pero tú abuela ha fallecido y han hecho cambios en el testamento a posteriori?? O tu abuela está mal y estáis empezando a mover las cosas??

Piensa el tema de los impuestos. Porque lo mismo interesa más que hereden sus hijos y te lo vendan. Digo que lo calculéis porque realmente no tengo nidea los gastos que se pueden generar. Sólo lo decía porque tengo entendido que el impuesto cuando hay más de un grado de descendencia en las herencias sube bastante
227 respuestas
1, 2, 3, 4, 5