Declaración de la Renta (siempre leed el primer mensaje)

Señor Ventura escribió:Si no estás vivienda de alquiler con anterioridad al 2015 no puedes deducir nada por arrendamiento, ¿es así?.

Depende de la CCAA y de salarios, desempleo etc
Vamos que cada CCAA puede tener o no su propia deducción por alquiler con sus propios requisitos
Hice la simulación con TaxDown y me salió a devolver. Querían que pagara por sus servicios, y se pusieron pesados llamándome incluso para preguntar por qué no seguí con la declaración, pero entonces me metí en la declaración web y todos los cambios que hizo TaxDown estaban ya ahí. Ahora puedo enviar gratis y ya está.
Dym escribió:Hice la simulación con TaxDown y me salió a devolver. Querían que pagara por sus servicios, y se pusieron pesados llamándome incluso para preguntar por qué no seguí con la declaración, pero entonces me metí en la declaración web y todos los cambios que hizo TaxDown estaban ya ahí. Ahora puedo enviar gratis y ya está.


Vamos, que te hicieron la declaración (que es por lo que cobran) y ahora no quieres pagarles por el trabajo que te han realizado... Muy majo, tú...
Me están volviendo loco.

He metido los datos de la fecha y cantidad de compra de una vivienda, y los datos de la fecha y cantidad de venta de la misma, lo grabo, y en el apartado "datos fiscales" me sigue indicando que "no se han incorporado transmisiones patrimoniales urbanas".


¿Me estoy dejando algo?.


editado: 92000 euros de pérdida patrimonial con la casita de las pelotas, y el ayuntamiento todavía quería que le pagase 7000 euros de plusvalía.

Un aplauso.


Ratas.
Pregunta tonta:

- Se puede poner la cuenta bancaria a devolver que el titular sea otra persona?
haripoter escribió:Pregunta tonta:

- Se puede poner la cuenta bancaria a devolver que el titular sea otra persona?

Poder se puede. Quiero decir, que no te va a dar un error en el momento. Eso sí, es muy posible que no se haga la devolución.
En conclusión, evítalo
Buenas tardes,

envié la renta el dia 8 de abril y desde entonces todavia sigue en el estado "Su declaración se está tramitando", no ha cambiado a ningun otro estado. Es normal?

Saludos
Estoy igual, la hice el mismo dia 6 de Abril, creo que este años nos dejan para navidades.
ManelNight escribió:Buenas tardes,

envié la renta el dia 8 de abril y desde entonces todavia sigue en el estado "Su declaración se está tramitando", no ha cambiado a ningun otro estado. Es normal?

Saludos


Otro mas por aqui, tanto la mia como la de mi novia y sigue igual desde entonces y eso que tenemos que pagar mas de 400€.

Ellos sabran. Yo prisa ninguna, la presente dentro del plazo el dia 10 de abril, si encuentran algo erroneo ya lo corregiré segun me digan aunque este fuera de plazo.
SECHI escribió:
ManelNight escribió:Buenas tardes,

envié la renta el dia 8 de abril y desde entonces todavia sigue en el estado "Su declaración se está tramitando", no ha cambiado a ningun otro estado. Es normal?

Saludos


Otro mas por aqui, tanto la mia como la de mi novia y sigue igual desde entonces y eso que tenemos que pagar mas de 400€.

Ellos sabran. Yo prisa ninguna, la presente dentro del plazo el dia 10 de abril, si encuentran algo erroneo ya lo corregiré segun me digan aunque este fuera de plazo.

Si te toca pagar creo que la fecha era el 30 de junio... Si te devuelven puede ser en cualquier momento pero para pagar creo que era fecha fija
Torres escribió:
SECHI escribió:
ManelNight escribió:Buenas tardes,

envié la renta el dia 8 de abril y desde entonces todavia sigue en el estado "Su declaración se está tramitando", no ha cambiado a ningun otro estado. Es normal?

Saludos


Otro mas por aqui, tanto la mia como la de mi novia y sigue igual desde entonces y eso que tenemos que pagar mas de 400€.

Ellos sabran. Yo prisa ninguna, la presente dentro del plazo el dia 10 de abril, si encuentran algo erroneo ya lo corregiré segun me digan aunque este fuera de plazo.

Si te toca pagar creo que la fecha era el 30 de junio... Si te devuelven puede ser en cualquier momento pero para pagar creo que era fecha fija


Pero si esta presentada desde el dia 10 de abril. Que mas puedo hacer si ellos no la verifican?

Yo ya la he presentado, son ellos los que tienen que aceptarla o no. Que tengo que ingresar yo el dinero? Donde?

Creo que no es asi o te he entendido mal.

El ciudadano la presenta dentro del plazo indicando su cuenta corriente y ya no tiene que hacer nada mas, solo esperar a que se la acepten y le cobren en la cuenta corriente que indico.

Al menos ha sido asi toda la vida.
@SECHI si.., pero que te la cobrarán el 30 de junio digo
SECHI escribió:
Torres escribió:
SECHI escribió:
Otro mas por aqui, tanto la mia como la de mi novia y sigue igual desde entonces y eso que tenemos que pagar mas de 400€.

Ellos sabran. Yo prisa ninguna, la presente dentro del plazo el dia 10 de abril, si encuentran algo erroneo ya lo corregiré segun me digan aunque este fuera de plazo.

Si te toca pagar creo que la fecha era el 30 de junio... Si te devuelven puede ser en cualquier momento pero para pagar creo que era fecha fija


Pero si esta presentada desde el dia 10 de abril. Que mas puedo hacer si ellos no la verifican?

Yo ya la he presentado, son ellos los que tienen que aceptarla o no. Que tengo que ingresar yo el dinero? Donde?

Creo que no es asi o te he entendido mal.

El ciudadano la presenta dentro del plazo indicando su cuenta corriente y ya no tiene que hacer nada mas, solo esperar a que se la acepten y le cobren en la cuenta corriente que indico.

Al menos ha sido asi toda la vida.


Si la pagas por domiciliación, se cobra el 30 de junio. Y luego en octubre-noviembre el segundo pago. No se va a poner en "tramitada" hasta que se haya abonado la deuda por completo.

Si la querías pagar al presentarla, debiste seleccionar pago por tarjeta o transferencia.
De hecho es “normal” que salga en tramitación aún después de pagada.
Una cosa es que se haya presentado y pagado y otra cosa es que se estime conforme.
Si yo presento la renta diciendo que he ganado 50.000 euros y hago el ingreso correspondiente pero mi empresa dice que he ganado 100.000 euros, no va a salir “conforme” por mucho que yo pague la deuda por 50.000 euros.
martuka_pzm escribió:
haripoter escribió:Pregunta tonta:

- Se puede poner la cuenta bancaria a devolver que el titular sea otra persona?

Poder se puede. Quiero decir, que no te va a dar un error en el momento. Eso sí, es muy posible que no se haga la devolución.
En conclusión, evítalo



Esque mi madre está dada de alta con contrato pero le pagan el salario en efectivo.

No tiene cuenta bancaria porque no la usa ni necesita.
haripoter escribió:
martuka_pzm escribió:
haripoter escribió:Pregunta tonta:

- Se puede poner la cuenta bancaria a devolver que el titular sea otra persona?

Poder se puede. Quiero decir, que no te va a dar un error en el momento. Eso sí, es muy posible que no se haga la devolución.
En conclusión, evítalo



Esque mi madre está dada de alta con contrato pero le pagan el salario en efectivo.

No tiene cuenta bancaria porque no la usa ni necesita.

Juraría que se puede presentar escrito solicitando la devolución mediante cheque. El trámite exacto la verdad es que no lo sé, pero pediría cita para renta telefónica si aún hay que yo creo que sí y la persona lo sabrá o lo consultará en el momento y os indicará cómo hacerlo.
haripoter escribió:
martuka_pzm escribió:
haripoter escribió:Pregunta tonta:

- Se puede poner la cuenta bancaria a devolver que el titular sea otra persona?

Poder se puede. Quiero decir, que no te va a dar un error en el momento. Eso sí, es muy posible que no se haga la devolución.
En conclusión, evítalo



Esque mi madre está dada de alta con contrato pero le pagan el salario en efectivo.

No tiene cuenta bancaria porque no la usa ni necesita.


Un apunte, supongo que tu madre cobra menos de 1.000€, pero si cobrase más es ilegal hacerlo en efectivo.
Manint escribió:
SECHI escribió:
Torres escribió:Si te toca pagar creo que la fecha era el 30 de junio... Si te devuelven puede ser en cualquier momento pero para pagar creo que era fecha fija


Pero si esta presentada desde el dia 10 de abril. Que mas puedo hacer si ellos no la verifican?

Yo ya la he presentado, son ellos los que tienen que aceptarla o no. Que tengo que ingresar yo el dinero? Donde?

Creo que no es asi o te he entendido mal.

El ciudadano la presenta dentro del plazo indicando su cuenta corriente y ya no tiene que hacer nada mas, solo esperar a que se la acepten y le cobren en la cuenta corriente que indico.

Al menos ha sido asi toda la vida.


Si la pagas por domiciliación, se cobra el 30 de junio. Y luego en octubre-noviembre el segundo pago. No se va a poner en "tramitada" hasta que se haya abonado la deuda por completo.

Si la querías pagar al presentarla, debiste seleccionar pago por tarjeta o transferencia.


Ok al leer tu primer mensaje crei que era yo el que tenia que hacer algo.

En ese caso que ellos lo cobren cuando quieran, no tengo prisa.

Gratis por la info.
Juraría que se puede presentar escrito solicitando la devolución mediante cheque. El trámite exacto la verdad es que no lo sé, pero pediría cita para renta telefónica si aún hay que yo creo que sí y la persona lo sabrá o lo consultará en el momento y os indicará cómo hacerlo.[/quote]

Gracias, lo mirare.

Manint escribió:
haripoter escribió:
martuka_pzm escribió:Poder se puede. Quiero decir, que no te va a dar un error en el momento. Eso sí, es muy posible que no se haga la devolución.
En conclusión, evítalo



Esque mi madre está dada de alta con contrato pero le pagan el salario en efectivo.

No tiene cuenta bancaria porque no la usa ni necesita.


Un apunte, supongo que tu madre cobra menos de 1.000€, pero si cobrase más es ilegal hacerlo en efectivo.


Si, lo imaginaba. Pero en hosteleria funciona así el tema
Manint escribió:
Un apunte, supongo que tu madre cobra menos de 1.000€, pero si cobrase más es ilegal hacerlo en efectivo.



Esto es así?? Quiero decir.., ya sé que no se puede pagar en efectivo en una tienda más de 1.000 euros desde la última reforma..., pero un sueldo qué tiene que ver?? Si en tu nómina figura que te pagan 2.000 euros por qué no te los vana poder dar en efectivo?? Lo que quieren es que dejes rastro y que no vayas pagando de 2.000 euros en 2.000 las cosas anonimamente.., pero una nómina queda todo registrado.., no??
Torres escribió:
Manint escribió:
Un apunte, supongo que tu madre cobra menos de 1.000€, pero si cobrase más es ilegal hacerlo en efectivo.



Esto es así?? Quiero decir.., ya sé que no se puede pagar en efectivo en una tienda más de 1.000 euros desde la última reforma..., pero un sueldo qué tiene que ver?? Si en tu nómina figura que te pagan 2.000 euros por qué no te los vana poder dar en efectivo?? Lo que quieren es que dejes rastro y que no vayas pagando de 2.000 euros en 2.000 las cosas anonimamente.., pero una nómina queda todo registrado.., no??


Sí, cualquier pago, incluidos sueldos.

Esta cuestión ha tenido un cambio normativo recientemente, la Ley 11/2021 de 9 de Julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal

En la misma se limita a 1.000€ los pagos en efectivo, cuando una de las partes que participa es un empresario o profesional.

Esto quiere decir que las nominas superiores a un importe de 1.000€ ya no se pueden pagar en efectivo.

https://asepyme.com/

Manint escribió:
Torres escribió:
Manint escribió:
Un apunte, supongo que tu madre cobra menos de 1.000€, pero si cobrase más es ilegal hacerlo en efectivo.



Esto es así?? Quiero decir.., ya sé que no se puede pagar en efectivo en una tienda más de 1.000 euros desde la última reforma..., pero un sueldo qué tiene que ver?? Si en tu nómina figura que te pagan 2.000 euros por qué no te los vana poder dar en efectivo?? Lo que quieren es que dejes rastro y que no vayas pagando de 2.000 euros en 2.000 las cosas anonimamente.., pero una nómina queda todo registrado.., no??


Sí, cualquier pago, incluidos sueldos.


Pues mira no tenía nidea.., pensaba que al quedar reflejado en la nómina el pago se podía realizar de cualquier forma....

Que me río yo de lo de los pagos de más de mil euros.., en la tienda de apple les pregunté y me dijeron que podía darles los mil euros en efectivo y el resto pagarlo con tarjeta [qmparto]
Torres escribió:
Manint escribió:
Torres escribió:

Esto es así?? Quiero decir.., ya sé que no se puede pagar en efectivo en una tienda más de 1.000 euros desde la última reforma..., pero un sueldo qué tiene que ver?? Si en tu nómina figura que te pagan 2.000 euros por qué no te los vana poder dar en efectivo?? Lo que quieren es que dejes rastro y que no vayas pagando de 2.000 euros en 2.000 las cosas anonimamente.., pero una nómina queda todo registrado.., no??


Sí, cualquier pago, incluidos sueldos.


Pues mira no tenía nidea.., pensaba que al quedar reflejado en la nómina el pago se podía realizar de cualquier forma....

Que me río yo de lo de los pagos de más de mil euros.., en la tienda de apple les pregunté y me dijeron que podía darles los mil euros en efectivo y el resto pagarlo con tarjeta [qmparto]


Y un pago en comercio también se puede reflejar en una factura. ¿Verdad que desde tu perspectiva no hay garantías de que el salario no se pague con dinero negro?
@Manint hombre a la hora de hacer las cuentas tiene que cuadrar..., a eso me refería... Si tienes un empleado con un salario de 2.000 euros da igual cómo le ingreses el dinero porque queda registrado que tiene esa nómina, no??
Otro por aquí que la presentó la primera semana y sigue en tramitando.
Yo a pagar 2600€ y no puedo añadir ningún bonificación o descuentos comarcal ,en Catalunya.
Me aparece 3 pagadores
La empresa que me hecho en abril ( llevaba 6 años)
La ETT que me contrato hasta mayo de este año
Y una semana de paro.

No entiendo porque no tengo derecho a ninguna Bonificación.
El próximo 30 de junio se pasará la primera domiciliación del pago de deuda de IRPF. Recordad tener saldo en la cuenta para el 60% de la deuda.
Manint escribió:El próximo 30 de junio se pasará la primera domiciliación del pago de deuda de IRPF. Recordad tener saldo en la cuenta para el 60% de la deuda.

El 27 de junio no?? A mí me mandaron sms para ese día

Edito. Que es eso del 60%?? Habrá que tener todo no???

Edito 2: vale refieres a fraccionar pagos.., yo nunca he sido de fraccionar y tener cosas pendientes
juan66bcn escribió:Yo a pagar 2600€ y no puedo añadir ningún bonificación o descuentos comarcal ,en Catalunya.
Me aparece 3 pagadores
La empresa que me hecho en abril ( llevaba 6 años)
La ETT que me contrato hasta mayo de este año
Y una semana de paro.

No entiendo porque no tengo derecho a ninguna Bonificación.


En Catalunya esta la deducción autonómica por estar obligado a presentar renta por tener dos o más pagadores. Mira a ver si marcando la opción se te aplica.
Si la marco esa deducción autonómica pero me sigue dando mismo resultado, no me sale nada,se me queda en blanco esa casilla de deducción autonómica.
Debe ser que no cumples los requisitos. Esa deducion se aplica solo si estas obligado a presentar renta por tener dos o más pagadores siendo tus ingresos superiores a 14.000 e inferiores a 22.000.

Si tienes que presentar renta por cualquier otro concepto. Rentas inmobiliarias imputadas, ganancias o pérdidas patrimoniales, rendimientos del capital... No te deja.
Creo que es por eso,paso de 22000€ llegó a 30000
15000 de primera empresa
15000 de empresa a través de ETT
Y 500 de paro.
juan66bcn escribió:Creo que es por eso,paso de 22000€ llegó a 30000
15000 de primera empresa
15000 de empresa a través de ETT
Y 500 de paro.


30.000 serían si pagasen a la vez entiendo pero si tu tienes un trabajo que ascendia a 15.000 te vas a otra que son otros 15.000 digo yo que es la parte proporcional, sigues cobrando lo mismo que la anterior no se sumab ya que no pagan a la vez, vamos, entiendo que es así, ¿no?

A todo esto, a mi me devolvieron 100eur en la primera semana en cambio a la mujer que son 1000eur llevamos esperando hasta el día de hoy.
Shiniori escribió:
juan66bcn escribió:Creo que es por eso,paso de 22000€ llegó a 30000
15000 de primera empresa
15000 de empresa a través de ETT
Y 500 de paro.


30.000 serían si pagasen a la vez entiendo pero si tu tienes un trabajo que ascendia a 15.000 te vas a otra que son otros 15.000 digo yo que es la parte proporcional, sigues cobrando lo mismo que la anterior no se sumab ya que no pagan a la vez, vamos, entiendo que es así, ¿no?

A todo esto, a mi me devolvieron 100eur en la primera semana en cambio a la mujer que son 1000eur llevamos esperando hasta el día de hoy.

Si entre las dos empresas cobras 30.000 por qué te van a hacer la parte proporcional???
Torres escribió:
Shiniori escribió:
juan66bcn escribió:Creo que es por eso,paso de 22000€ llegó a 30000
15000 de primera empresa
15000 de empresa a través de ETT
Y 500 de paro.


30.000 serían si pagasen a la vez entiendo pero si tu tienes un trabajo que ascendia a 15.000 te vas a otra que son otros 15.000 digo yo que es la parte proporcional, sigues cobrando lo mismo que la anterior no se sumab ya que no pagan a la vez, vamos, entiendo que es así, ¿no?

A todo esto, a mi me devolvieron 100eur en la primera semana en cambio a la mujer que son 1000eur llevamos esperando hasta el día de hoy.

Si entre las dos empresas cobras 30.000 por qué te van a hacer la parte proporcional???


Yo entiendo que de la primera que son 15.000 al año no cobras todo el año porque te vas y te contrata otra que son 15.000 igual no cobras 30.000.

Creo que cobras 30.000 cuando pagan a la vez.
@Shiniori por qué entiendes eso?? Si dice que pasa de 30.000 porque una empresa le paga 15.000, la otra otros 15.000, y de paro 500 euros.., por qué lo anualizas y divides entre dos??

En la declaración de la renta declaras lo que ingresas
Torres escribió:@Shiniori por qué entiendes eso?? Si dice que pasa de 30.000 porque una empresa le paga 15.000, la otra otros 15.000, y de paro 500 euros.., por qué lo anualizas y divides entre dos??

En la declaración de la renta declaras lo que ingresas


Porque a veces no es correcto, solo que el compañero se lo mire bien.

Yo he estado en varias empresas y no se ha imputado lo que se acuerda si no lo que se gana y aún así me devolvieron 100eur.
julepe está baneado del subforo por "flames"
pues hala......
formalizada hace dos dias.....
a devolver
el que la vea [looco] [chulito]
ad-verso escribió:A mí ya me hicieron anteayer el cargo en cuenta por lo que me tocaba pagar... Sabía lo que se venía, pero siempre duele ver como se va de un plumazo todo ese dinerín :(( Y más cuando luego ves a los cabrones estafadores de mi pandilla (que los aprecio, pero no dejan de ser eso) autónomos o profesionales liberales ellos, defraudando todo lo que pueden y más (como el 95% de autónomos de este país), incluso ganando bastante más dinero que yo. Así es de miserable la vida del trabajador por cuenta ajena...


Y eso desde cuando?? Yo cuando estaba por cuenta ajena siempre me devolvían y desde que estoy de autónomo no hago más que soltar pastaca en las declaraciones de la renta…

No te retrendrían lo que te tenían que retener…
@ad-verso supongo que será lo de siempre…, si te crujen y puedes evitarlo lo evitas. Yo cuando era empleado aceptaba lo que fuese y ya está.., y por suerte siempre me devolvían… Ahora como autónomo intento en la medida de lo posible pagar lo menos posible y aún y todo siempre me toca pagar…

Por supuesto que cotizo por lo mínimo.., si para cuando me jubile si lo hago algún día no voy a ver un duro de lo que he puesto [qmparto] [qmparto] [qmparto] [qmparto]
julepe está baneado del subforo por "flames"
Pues ni tan mal .......
Ayer me lo ingresaron
¿Como va el tema de las donaciones?.

De padres a hijos tienes 30 días para declarar una donación, y computa a un porcentaje según la comunidad autónoma. Pasados esos 30 días pasa a computar a un porcentaje diferente, ¿cual es el tramo según la comunidad?.

En mi caso, al ser pagos para la construcción de una casa el dinero no ha pasado por mi, y han pasado mas de 30 días. ¿Como se contempla ese dinero?.
Señor Ventura escribió:¿Como va el tema de las donaciones?.

De padres a hijos tienes 30 días para declarar una donación, y computa a un porcentaje según la comunidad autónoma. Pasados esos 30 días pasa a computar a un porcentaje diferente, ¿cual es el tramo según la comunidad?.

En mi caso, al ser pagos para la construcción de una casa el dinero no ha pasado por mi, y han pasado mas de 30 días. ¿Como se contempla ese dinero?.

A qué te refieres exactamente?? Yo no recuerdo haber metido nada en la declaración de la renta cuando mis padres me hicieron una donación en vida en su día. Sólo se pagó el impuesto... Pero vamos que han pasado casi 10 años.., me puedo estar colando....
@Torres Exacto, hablo del impuesto. No es estrictamente hablando una cuestión de la declaración de hacienda porque es algo que tienes que declarar al momento, y no en el período de la declaración de la renta, pero igualmente es una declaración.

Según observo se paga un 1%, y por cada mes que pase se paga un 1% adicional hasta los 12 meses, a partir de ahí no se si se queda en un 12% hasta que lo pagues, o hasta que te pillen (si prescribe y no te lo han comunicado, pues ya nada).

Luego tienes un 15% de recargo sobre no se que cosa, aunque en este caso es un gasto muy menor. Tengo que informarme mejor.
julepe escribió:Pues ni tan mal .......
Ayer me lo ingresaron

Buf que bien, yo llevo 2 meses esperando, siempre me la han devuelto a la semana, pero esta vez la gestora tardó un poco mas en formalizarla y sigo esperando, la verdad es que la estamos esperando como agua de mayo
Yo la presente el primer dia que se podia ,y todavia sigo esperando mi ansiada devolucion :(
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