bender87 escribió:Bueno, la devolución de mi declaración ha sido aprobada, sin embargo pone la coletilla: "no obstante está siendo comprobada". Me da a mi que es porque tengo un trimestre del iva aplazado y me lo van a cobrar de ahí.
bender87 escribió:Bueno, la devolución de mi declaración ha sido aprobada, sin embargo pone la coletilla: "no obstante está siendo comprobada". Me da a mi que es porque tengo un trimestre del iva aplazado y me lo van a cobrar de ahí.
TheDarknight75 escribió:Ante todo feliz año. Alguien puede indicarme qué significa este mensaje?
Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted. No obstante, su devolución está siendo comprobada.
al comprobar el estado de la declaración de renta? Es la de mi madre que falleció a principios de 2021 y luego tuvimos que añadirla al impuesto de sucesiones tras haberlo tramitado como anexo (se nos pasó)
Me preocupa que al ser un copy and paste de la de 2020 (ambas hechas por la misma gestoría) hubiera algún dato que no corroboré, esté mal hecha (por la gestoría, aunque yo aporto los datos, eso sí. Ellos deben comprobar si esos datos están bien o es responsabilidad mía?) y nos caiga un palo
Gracias y de nuevo feliz año. Espero que sea mejor que el pasado. Uno de los tres peores años de mi vida. Espero que este sea bueno
TheDarknight75 escribió:Una duda: si Hacienda acepta una declaración un año y el siguiente son los mismos datos, pero detecta un error presente en ambas que pasa?
TheDarknight75 escribió:Ante todo feliz año. Alguien puede indicarme qué significa este mensaje?
Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted. No obstante, su devolución está siendo comprobada.
al comprobar el estado de la declaración de renta? Es la de mi madre que falleció a principios de 2021 y luego tuvimos que añadirla al impuesto de sucesiones tras haberlo tramitado como anexo (se nos pasó)
Me preocupa que al ser un copy and paste de la de 2020 (ambas hechas por la misma gestoría) hubiera algún dato que no corroboré, esté mal hecha (por la gestoría, aunque yo aporto los datos, eso sí. Ellos deben comprobar si esos datos están bien o es responsabilidad mía?) y nos caiga un palo
Gracias y de nuevo feliz año. Espero que sea mejor que el pasado. Uno de los tres peores años de mi vida. Espero que este sea bueno
EDITO: acabo de encontrar la respuesta.
Tu declaración ha sido cumplimentada correctamente pero tus deudas tributarias deben ser calculadas antes de autorizar la devolución. Si todavía no has pagado el IBI o el impuesto de circulación o si simplemente te han puesto una multa por exceso de velocidad, el importe a devolver será empleado para saldar tus deudas. Si después de pagar tus deudas con Hacienda sigue sobrando dinero, el importe restante será transferido a tu cuenta.
Puede ser que verifiquen si debo algo de impuesto de sucesión al añadirla a posteriori o que haya alguna irregularidad?
Una duda: si Hacienda acepta una declaración un año y el siguiente son los mismos datos, pero detecta un error presente en ambas que pasa?
TheDarknight75 escribió:@martuka_pzm Ya se tramitó el modelo H100
TheDarknight75 escribió:Acabo de recibir esto en mi email:
La Agencia Tributaria ha emitido una notificación dirigida a Sxxxxx Mxxxxx JOSE MANUEL con NIF XXX0303XX, que usted recibe en calidad de Titular
Por favor, no responda a este mensaje. Se trata de un envío automatizado desde una dirección de correo no atendida.
Bien? Cualquier cosa? Estoy jodido?
leonigsxr1000 escribió:bender87 escribió:Bueno, la devolución de mi declaración ha sido aprobada, sin embargo pone la coletilla: "no obstante está siendo comprobada". Me da a mi que es porque tengo un trimestre del iva aplazado y me lo van a cobrar de ahí.
Mi mujer tenía un aplazamiento de los seguros sociales (tiene una academia) y se lo compensaron de ahí, cualquier deuda que tengas con ellos se lo cobran de la devolución
Manint escribió:TheDarknight75 escribió:Acabo de recibir esto en mi email:
La Agencia Tributaria ha emitido una notificación dirigida a Sxxxxx Mxxxxx JOSE MANUEL con NIF XXX0303XX, que usted recibe en calidad de Titular
Por favor, no responda a este mensaje. Se trata de un envío automatizado desde una dirección de correo no atendida.
Bien? Cualquier cosa? Estoy jodido?
Joder, pues a la web de la AEAT (directamente sin enlaces del email) y comprueba dicha notificación.
TheDarknight75 escribió:Manint escribió:TheDarknight75 escribió:Acabo de recibir esto en mi email:
La Agencia Tributaria ha emitido una notificación dirigida a Sxxxxx Mxxxxx JOSE MANUEL con NIF XXX0303XX, que usted recibe en calidad de Titular
Por favor, no responda a este mensaje. Se trata de un envío automatizado desde una dirección de correo no atendida.
Bien? Cualquier cosa? Estoy jodido?
Joder, pues a la web de la AEAT (directamente sin enlaces del email) y comprueba dicha notificación.
Pide clave digital y cosas de esas no? He pedido cita mañana a las 10:15. Me llevo las sales por si hay desmayos?
Manint escribió:TheDarknight75 escribió:Manint escribió:
Joder, pues a la web de la AEAT (directamente sin enlaces del email) y comprueba dicha notificación.
Pide clave digital y cosas de esas no? He pedido cita mañana a las 10:15. Me llevo las sales por si hay desmayos?
Me imagino que si la notificación es para ti y te avisan al email es porque dispondrás de los datos necesarios para acceder a ella. No solo se accede por certificado digital, hay métodos con la declaración y determinada casilla o con el móvil.
Manint escribió:@TheDarknight75 Acceso a notificaciones: https://www2.agenciatributaria.gob.es/w ... 26aut%3DCP
Introduzca su DNI > Fecha de validez > ...
TheDarknight75 escribió:Manint escribió:@TheDarknight75 Acceso a notificaciones: https://www2.agenciatributaria.gob.es/w ... 26aut%3DCP
Introduzca su DNI > Fecha de validez > ...
Luego te pide darte de alta en cl@ve. Gracias. Mañana a las 10:15 con un bote de sales
EDITO: estaba pensando en algo de la renta de mi madre. PERO SI FUERA LA DE ELLA SUPUESTAMENTE EL DNI Y NOMBRE SERÍA EL SUYO. DEL EMAIL
Luego deduzco que es por mi declaración. No estaba obligado, me salía a pagar 286€ y estuve en erte una semana o dos máximo. Pero no fueron 1500€ del segundo pagador ni llegue a 19000€
Manint escribió:TheDarknight75 escribió:Manint escribió:@TheDarknight75 Acceso a notificaciones: https://www2.agenciatributaria.gob.es/w ... 26aut%3DCP
Introduzca su DNI > Fecha de validez > ...
Luego te pide darte de alta en cl@ve. Gracias. Mañana a las 10:15 con un bote de sales
EDITO: estaba pensando en algo de la renta de mi madre. PERO SI FUERA LA DE ELLA SUPUESTAMENTE EL DNI Y NOMBRE SERÍA EL SUYO. DEL EMAIL
Luego deduzco que es por mi declaración. No estaba obligado, me salía a pagar 286€ y estuve en erte una semana o dos máximo. Pero no fueron 1500€ del segundo pagador ni llegue a 19000€
¿Podrías indicar el remite de ese email?
TheDarknight75 escribió:Manint escribió:TheDarknight75 escribió:Luego te pide darte de alta en cl@ve. Gracias. Mañana a las 10:15 con un bote de sales
EDITO: estaba pensando en algo de la renta de mi madre. PERO SI FUERA LA DE ELLA SUPUESTAMENTE EL DNI Y NOMBRE SERÍA EL SUYO. DEL EMAIL
Luego deduzco que es por mi declaración. No estaba obligado, me salía a pagar 286€ y estuve en erte una semana o dos máximo. Pero no fueron 1500€ del segundo pagador ni llegue a 19000€
¿Podrías indicar el remite de ese email?
AgenciaTributaria@correo.aeat.es
TheDarknight75 escribió:@Manint Mi declaración de renta. Ponía el borrador NO OBLIGADO. Pero me habrán jodido por esos pocos días de ERTE
A ver de cuanto es la multa. Va del 5% al 150%
Eran 286€ a pagar
Empiezo bien el 2023
martuka_pzm escribió:OK Computer escribió:martuka_pzm escribió:Edito: una cosa que se me ha ocurrido aunque es un poco rebuscada. No tendrás una cuenta en el banco de esas que te devuelven una parte del importe de los recibos domiciliados verdad?
Si es eso, entiendo que esa es la retención que te practica el banco e ingresa en hacienda a cuenta de tu renta del año que viene. Es decir, te devuelve x de tus recibos y te retiene (porque la devolución no deja de ser un rendimiento para ti)
Es eso que dices, tal cual.
Aprovecho para preguntar.
1. Confirmé borrador con devolución a mi favor, y tras confirmar, caí en que no metí las cuotas del sindicato.
2. Hice una rectificación (la primera vez que he hecho algo así), metiendo las cuotas, pero al finalizar y enviar, el sistema me decía que tenía que aportar documentos para justificar la rectificación.
3. Así que hice una segunda rectificación, con otra cantidad, ya que no disponía de todos los extractos bancarios de las cuotas sindicales por motivos que no vienen al caso, y mi sindicato pasa de darme el certificado de cuotas pagadas.
El tema es que aún no me han devuelto ni un céntimo, sigue la declaración y las 2 rectificaciones en trámite. Estamos hablando de una devolución que no llega a 80€. Es la primera vez que tardan tanto en devolver, ¿Es normal que esté tardando tanto?.
Las rectificaciones suelen tardar bastante sí.
He visto algunas de hasta más de un año. Supongo que al ser tan poca cantidad no tardará tanto, pero sí, es algo que suele tardar.
Revisa en la web si tienes alguna notificación pendiente por si acaso, pero no te preocupes si no la tienes
TheDarknight75 escribió:@martuka_pzm Gracias. Os cuento mañana. En el borrador ponía NO OBLIGADO. Pero el borrador no es dogma de fe, no?
De todas maneras mucha casualidad principios de año, dirigido a mi, no a mi madre… Huele a mierda propia
Dark escribió:Es la primera vez que tengo interes en la Renta.
He comprado 1 piso a medias con mi pareja el año pasado….
En el borrador de este año deberia venir incluido?
Se sabe que % del valor del piso o iva pagado ascenderia si deberian devolverme?
Dark escribió:Es la primera vez que tengo interes en la Renta.
He comprado 1 piso a medias con mi pareja el año pasado….
En el borrador de este año deberia venir incluido?
Se sabe que % del valor del piso o iva pagado ascenderia si deberian devolverme?
Arcademania escribió:A final me quitaron todo el año el IRPF de las nominas 2022, por eso ahora tengo que pagar casi 200€ de mi nomina.
Lo que no se a que me afecta eso si pierdo un año de paro o solo pagar esa cantidad que no ha sido mi culpa, si no de la gestoría de la empresa.
Ahora tengo que declarar para que me lo devuelvan. Pero vamos, eso me daba igual, por que mis compañeros siempre ganan una media de 200€ en declarar y no les han quitado nada y siempre han tenido el IRPF en las nominas.
A mi solo me ha pasado en el 2022. Ahora espero que lo hagan bien.
¿Qué hago si no estoy obligado o cómo sé si lo estoy?
R: Siempre puedes comprobar el borrador cuando esté disponible. Podrás consultar el resultado y comprobar si estás obligado a presentarla, y así decidir si te conviene/debes o no. Consultar el borrador en sí no obliga a presentar la Declaración.
¿Quién está obligado a realizar la Declaración de la Renta?
R: Por norma general, todos aquellos ciudadanos residentes en España que perciban rendimientos por el trabajo superiores a 22.000€ anuales, sin embargo, aquellos que los hayan recibido por más de un pagador en el año correspondiente al ejercicio (habiendo recibido al menos 1.500€ del segundo pagador).
Arcademania escribió:En el 2022 me han pagado todos los meses el IRPF sin yo saberlo. En este mes del 2023 me han quitado casi 200€ de la nomina por no haber tenido el IRPF.
Para el paro me perjudica algo o no?
Teniendo en cuenta que lo he pagado.
Arcademania escribió:@Delian he trabajado todo el año. Es media jornada y no he faltado ni un día. Lo que pasa que tienen una mierda de asesoría y se le pasó ponérmelo o vete tú a saber. Y me lo pagaron todo el año. Ahora me han quitado casi 200€ de la nómina.
Espero que este año me lo quiten y salga IRPF. Sólo espero que no haya perdido un año de cotización. Si no se les cae el pelo.
Arcademania escribió:@Delian he trabajado todo el año. Es media jornada y no he faltado ni un día. Lo que pasa que tienen una mierda de asesoría y se le pasó ponérmelo o vete tú a saber. Y me lo pagaron todo el año. Ahora me han quitado casi 200€ de la nómina.
Espero que este año me lo quiten y salga IRPF. Sólo espero que no haya perdido un año de cotización. Si no se les cae el pelo.
rammdoom escribió:En julio del 22 hice un a novacion de mi hipoteca canbiando el tipo de variable a fijo. Siempre desgrave porque la compra es del 2006. Me dijeron que podía seguir haciendo o de los 9000€ al año. Pero es automático o tendré que presentar la ovaciona en hacienda?
La novación, subrogación o la sustitución de un préstamo por otro, según señala la DGT, implica únicamente la modificación de las condiciones de financiación inicialmente acordadas. Y, por tanto, no conlleva entender que en ese momento concluye el proceso de financiación. Ni agota las posibilidades de aplicar la deducción por adquisición de vivienda habitual. Siempre que el préstamo resultante se dedique efectivamente a la amortización del anterior.
No obstante, puntualiza la DGT, en caso de pactarse una ampliación del principal, no será posible deducir la parte proporcional de las cantidades que se correspondan con dicho incremento. Si se destinan a financiar conceptos diferentes a la propia adquisición de la vivienda. Resultando en todo caso imprescindible que se simultaneen la cancelación del préstamo anterior y la firma del nuevo. Y que el contribuyente acredite la conexión entre ambos créditos, así como que el destino de los mismos está vinculado a la vivienda.
Manint escribió:rammdoom escribió:En julio del 22 hice un a novacion de mi hipoteca canbiando el tipo de variable a fijo. Siempre desgrave porque la compra es del 2006. Me dijeron que podía seguir haciendo o de los 9000€ al año. Pero es automático o tendré que presentar la ovaciona en hacienda?La novación, subrogación o la sustitución de un préstamo por otro, según señala la DGT, implica únicamente la modificación de las condiciones de financiación inicialmente acordadas. Y, por tanto, no conlleva entender que en ese momento concluye el proceso de financiación. Ni agota las posibilidades de aplicar la deducción por adquisición de vivienda habitual. Siempre que el préstamo resultante se dedique efectivamente a la amortización del anterior.
No obstante, puntualiza la DGT, en caso de pactarse una ampliación del principal, no será posible deducir la parte proporcional de las cantidades que se correspondan con dicho incremento. Si se destinan a financiar conceptos diferentes a la propia adquisición de la vivienda. Resultando en todo caso imprescindible que se simultaneen la cancelación del préstamo anterior y la firma del nuevo. Y que el contribuyente acredite la conexión entre ambos créditos, así como que el destino de los mismos está vinculado a la vivienda.
https://aticojuridico.com/refinanciacio ... a-en-irpf/
Aun así conviene que valores tu caso específico con un asesor.
Delian escribió:Arcademania escribió:@Delian he trabajado todo el año. Es media jornada y no he faltado ni un día. Lo que pasa que tienen una mierda de asesoría y se le pasó ponérmelo o vete tú a saber. Y me lo pagaron todo el año. Ahora me han quitado casi 200€ de la nómina.
Espero que este año me lo quiten y salga IRPF. Sólo espero que no haya perdido un año de cotización. Si no se les cae el pelo.
A ver, si estas a media jornada, es posible que no llegues al minimo para hacer la renta (22.000€), entonces si no te han retenido IRPF, tendrias que pagarlo en la renta de este 2023 (Lo cual seria un buen pico), pero si no llegas a los 22K, no estasa obligado a hacerla.
Cuando llegue la epoca de la renta, tu saca el borrador (Sacar el borrador no te obliga a hacerla) y si te toca pagar y pone "no olbigado" pues no la eches y tan tranquilo.
Luego, respecto a lo que comentas de "perder un año de cotizacion", el IRPF no es la cotizacion a la Seg Social, eso es otro concepto en nomina.
Si quieres ver las cotizaciones que ha pagado la empresa, saca la vida laboral detallada, ahi te debe de venir mes a mes cuanto te ha cotizado la empresa
ad-verso escribió:¿Se puede ser más gilipollas? :
https://www.marca.com/tiramillas/televi ... n=SIN13703
En fin. Son los frutos de ese grupúsculo de de imbéciles funcionales cuya máxima aspiración es triunfar en redes sociales y/o televisión basura, y que tienen la misma conciencia social que las lampreas...
ManelNight escribió:Buenas, quería hacer una pregunta.
Este mes de Enero nos llegó la resolución y aceptación de una minusvalía de uno de nuestros hijos con fecha de reconocimiento del mes de mayo de 2022, cuando presentamos la documentación.
Ese reconocimiento ha hecho que aunque somos 4 en casa, al tener uno de los niños una minusvalía del 33% hemos pasado a ser familia numerosa, la solicite en enero y recibimos la resolución conforme somos familia numerosa.
Cuando hagamos la renta deberé indicar la minusvalía del niño ya que la reconocen desde mayo del 2022 pero entiendo que lo de familia numerosa no lo podré indicar hasta que haga la renta de 2023,correcto?
Saludos