Declaración de la Renta (siempre leed el primer mensaje)

Os está dando error al darle a servicio de tramitación de renta? Sale algo de desactivado temporalmente
QueTeCuro escribió:Os está dando error al darle a servicio de tramitación de renta? Sale algo de desactivado temporalmente

Yo no veo el enlace a renta web en pc...
En la app de aeat al darle también me salta un error diciendo que estará disponible el 8 de abril
Me sale inhabilitado las casillas que supongo que hasta las 00 no estará todo en funcionamiento. Eso sí, el borrador ya se puede consultar.
Anfitrión escribió:
debianero escribió:Me dice a devolver 176€ , pero tengo que meter el alquiler…

Alguna idea de cómo meter 6 meses de uno y 6 de otro?

Es que estuve el año pasado 6 meses en un piso y luego me mudé.

Cuando lo pones, en el autonómico al menos salen varias columnas, arrendamiento 1, arrendamiento 2..

Gracias!

Lo he añadido, tengo contrato y todos los pagos que envié por transferencia.

He leído que recomiendan tener el justificante de que el casero lo subiera el contrato a la junta de Andalucía (o la comunidad que corresponda).

Alguien sabe si esto es obligatorio? Alguna experiencia?

No sé si preguntarles a los que fueron mis arrendadores, a ver si pueden pasármelo… uno de ellos sí que sabía que tenía el contrato en la junta de Andalucía, el segundo ni idea… pero ese alquiler lo firmé mediante una inmobiliaria.
Ya está disponible. A pagar todos camaradas.
Me sigue apareciendo el siguiente mensaje:

"Casilla/s inhabilitada/s temporalmente por la tramitación de modificaciones en la normativa de la Comunidad Autónoma. Espere a que esté/n habilitada/s para presentar su declaración"

¿No debería de estar todo ya disponible al empezar la campaña hoy? No hacen ni una bien la verdad.
A mi me sale bien ya. Muy bien de hecho [fumando]
la hice ayer sobre las 18:00...

Estado de tramitación: Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted, sin perjuicio de las comprobaciones que pudieran realizarse posteriormente por la
Administración Tributaria.

Van rápidos.
Presentada. A devolver 1394. El año pasado fue algo más ¬_¬
El año pasado 489 a devolver. Este año 289.

Todo porque me he comprado un piso y al tener el 55% de su propiedad pues me quitan más.

Para flipar, uno hace un esfuerzo sobrehumano para comprar vivienda y te quitan más y encima luego a pagar IBI, qué pasada. cawento
Presentada. A devolver un buen pico, espero que este año sean mas rapidos
300 pavos me toca pagar a hacienda, pero... no estoy obligado [sonrisa]

Pues hacienda, lo sabrás, pero no los catarás XD XD XD
bromutu escribió:300 pavos me toca pagar a hacienda, pero... no estoy obligado [sonrisa]

Pues hacienda, lo sabrás, pero no los catarás XD XD XD

Deberías hacerla, piensa que ese dinero se usa para sostener el estado de bienestar. Además, has estado cobrando más de lo que te corresponde, no es justo.
@spaizor6 ¿Tú te aplicas alguna deducción en la tuya? Y si fuera así, ¿por qué no renuncias a esas deducciones y eres más solidario?

pd/ Si tus ingresos son escasos hasta el punto que no llegas siquiera al mínimo que te obliga a declarar... pues no hay más que hablar. "Has estado cobrando más de lo que te corresponde", con dos cojones. Moralinas absurdas creo que sobran.
ad-verso escribió:@spaizor6 ¿Tú te aplicas alguna deducción en la tuya? Y si fuera así, ¿por qué no renuncias a esas deducciones y eres más solidario?

pd/ Si tus ingresos son escasos hasta el punto que no llegas siquiera al mínimo que te obliga a declarar... pues no hay más que hablar. "Has estado cobrando más de lo que te corresponde", con dos cojones. Moralinas absurdas creo que sobran.


En esto estoy completamente de acuerdo.
Una duda que hace unos meses leí en algún sitio.
Mi madre vendió su piso en 2023. Con lo que cobró, saldó la hipoteca y se compró otro, cambio su vivienda habitual. Pago su plusvalía y lo que le salió en la renta.

Lo que comentaba, leí en algún sitio que antes no podías desgrabarte la hipoteca cuando la saldabas de golpe y se ve que ahora sí se podría.
La vivienda que vendió es anterior a 2013(2004).

Como puedo verificar si en 2023 no se desgrabo esto que comento?

Saludos
@ManelNight Hasta octubre de 2025, solo podías deducir por la inversión en vivienda habitual lo que pagabas cada mes por el préstamo hipotecario (con las limitaciones conocidas). Pero el TEAC corrigió el criterio de Hacienda en esa fecha (y esa resolución es doctrina) para indicar que también se puede aplicar la deducción sobre el importe destinado a la cancelación del préstamo.

En la declaración de 2024 no pudo hacerlo porque aún no existía este criterio, pero como aún está en plazo (s.e.u.o. son los cuatro últimos los ejercicios no prescritos) aún puede solicitar una rectificativa de la declaración de ese ejercicio para que se le incluya esa deducción. Sin olvidar que la base máxima son 9040 euros (de los que habrá que restar las mensualidades ya pagadas al banco, que sí se deducirían), que ya debía estar disfrutando de esas deducciones en ejercicios anteriores y que la cancelación se hace con parte del dinero obtenido por la venta (por lo que dices, es así).

Cualquier gestor competente (algunos te dirán aún hoy que no se puede) podrá realizar la solicitud de rectificación por cuatro chavos.
Hola, buenas tardes a todos:
Me meto en el borrador de Hacienda y solo me salen los rendimientos de cuentas bancarias, pero no aparecen los rendimientos del trabajo.
Lo cual significa que tengo que cargar los datos de rendimientos del trabajo y pulsar “hacer nueva declaración”, en la cual me pide poner el salario neto. Supongo que el salario neto será las retribuciones dinerarias directas menos las retenciones, ¿correcto?
Luego, como tengo una discapacidad del 33%, tengo dos trabajos:
El primero me lo deja poner correctamente.
En el segundo me da error, aunque lo estoy introduciendo bien.
No sé si en ese caso hay que ponerlo a cero o cómo se gestiona.
¿Alguien me puede ayudar?
Gracias
Gallofo escribió:Hola, buenas tardes a todos:
Me meto en el borrador de Hacienda y solo me salen los rendimientos de cuentas bancarias, pero no aparecen los rendimientos del trabajo.
Lo cual significa que tengo que cargar los datos de rendimientos del trabajo y pulsar “hacer nueva declaración”, en la cual me pide poner el salario neto. Supongo que el salario neto será las retribuciones dinerarias directas menos las retenciones, ¿correcto?
Luego, como tengo una discapacidad del 33%, tengo dos trabajos:
El primero me lo deja poner correctamente.
En el segundo me da error, aunque lo estoy introduciendo bien.
No sé si en ese caso hay que ponerlo a cero o cómo se gestiona.
¿Alguien me puede ayudar?
Gracias


¿Tienes los certificados que te debe haber proporcionado cada empresa para la declaración? Ahí sale punto por punto cada concepto a meter.
ad-verso escribió:@ManelNight Hasta octubre de 2025, solo podías deducir por la inversión en vivienda habitual lo que pagabas cada mes por el préstamo hipotecario (con las limitaciones conocidas). Pero el TEAC corrigió el criterio de Hacienda en esa fecha (y esa resolución es doctrina) para indicar que también se puede aplicar la deducción sobre el importe destinado a la cancelación del préstamo.

En la declaración de 2024 no pudo hacerlo porque aún no existía este criterio, pero como aún está en plazo (s.e.u.o. son los cuatro últimos los ejercicios no prescritos) aún puede solicitar una rectificativa de la declaración de ese ejercicio para que se le incluya esa deducción. Sin olvidar que la base máxima son 9040 euros (de los que habrá que restar las mensualidades ya pagadas al banco, que sí se deducirían), que ya debía estar disfrutando de esas deducciones en ejercicios anteriores y que la cancelación se hace con parte del dinero obtenido por la venta (por lo que dices, es así).

Cualquier gestor competente (algunos te dirán aún hoy que no se puede) podrá realizar la solicitud de rectificación por cuatro chavos.


Gracias por la información.

Saludos
Hola @Manint Sí, los tengo. Me pide el salario neto. Creo que el salario neto viene a ser, ya que nunca he hecho la declaración, las retribuciones dinerarias menos las retenciones. Ahí es donde tendré que poner el salario neto.
El problema que tengo es que, en una de las empresas me deja introducirlo correctamente, pero en la otra me da error. No sé cómo solucionarlo y por eso pregunto.



Error
En este ejercicio 2025 se pueden deducir las cuotas (15%) del gimnasio en varias comunidades como por ejemplo Andalucía... ¿Alguno sabe como se justifica? yo tengo los recibos domiciliados así que tengo forma de justificarlo, por lo demás, ¿apuntar la cantidad en la casilla correspondiente y ya?

creo que es 100€ por persona no?
Las deducciones de la C. Valenciana no funcionan, te sale un cartelito que estan inhabilitadas temporalmente, que raro [poraki]

A ver si con suerte los agonias la echan sin ponerlas y eso que se llevan, no tengo pruebas pero tampoco dudas


thedarkman escribió:En este ejercicio 2025 se pueden deducir las cuotas (15%) del gimnasio en varias comunidades como por ejemplo Andalucía... ¿Alguno sabe como se justifica? yo tengo los recibos domiciliados así que tengo forma de justificarlo, por lo demás, ¿apuntar la cantidad en la casilla correspondiente y ya?

creo que es 100€ por persona no?


solo las puedes deducir si estan domiciladas, o has pagado con tarjeta o transferencia, y si, solo pones la cantidad,pero creo que el maximo que te pueden devolver es 150, al menos aqui en la C valenciana,creo.

Esos i como ya he puesto antes misterriosamente no van las deducciones ,raro raro
Ashtyr escribió:Las deducciones de la C. Valenciana no funcionan, te sale un cartelito que estan inhabilitadas temporalmente, que raro [poraki]

A ver si con suerte los agonias la echan sin ponerlas y eso que se llevan, no tengo pruebas pero tampoco dudas


thedarkman escribió:En este ejercicio 2025 se pueden deducir las cuotas (15%) del gimnasio en varias comunidades como por ejemplo Andalucía... ¿Alguno sabe como se justifica? yo tengo los recibos domiciliados así que tengo forma de justificarlo, por lo demás, ¿apuntar la cantidad en la casilla correspondiente y ya?

creo que es 100€ por persona no?


solo las puedes deducir si estan domiciladas, o has pagado con tarjeta o transferencia, y si, solo pones la cantidad,pero creo que el maximo que te pueden devolver es 150, al menos aqui en la C valenciana,creo.

Esos i como ya he puesto antes misterriosamente no van las deducciones ,raro raro


si eso es así, las 2 cuotas las tenemos domiciliadas.
spaizor6 escribió:
bromutu escribió:300 pavos me toca pagar a hacienda, pero... no estoy obligado [sonrisa]

Pues hacienda, lo sabrás, pero no los catarás XD XD XD

Deberías hacerla, piensa que ese dinero se usa para sostener el estado de bienestar. Además, has estado cobrando más de lo que te corresponde, no es justo.


What?

Vamos, ni arto vino 🤣

Bastante me roban por otros lados, ahora me toca a mi
Ashtyr escribió:Las deducciones de la C. Valenciana no funcionan, te sale un cartelito que estan inhabilitadas temporalmente, que raro [poraki]

A ver si con suerte los agonias la echan sin ponerlas y eso que se llevan, no tengo pruebas pero tampoco dudas


thedarkman escribió:En este ejercicio 2025 se pueden deducir las cuotas (15%) del gimnasio en varias comunidades como por ejemplo Andalucía... ¿Alguno sabe como se justifica? yo tengo los recibos domiciliados así que tengo forma de justificarlo, por lo demás, ¿apuntar la cantidad en la casilla correspondiente y ya?

creo que es 100€ por persona no?


solo las puedes deducir si estan domiciladas, o has pagado con tarjeta o transferencia, y si, solo pones la cantidad,pero creo que el maximo que te pueden devolver es 150, al menos aqui en la C valenciana,creo.

Esos i como ya he puesto antes misterriosamente no van las deducciones ,raro raro


Algo puntual. En Andalucía se puede aplicar sin problemas tanto veterinario como gimnasio.
una pregunta un poco extraña,hay manera de saber cuanto te van descontar de multas y demás historias que estén por la vía ejecutiva
Manint escribió:Algo puntual. En Andalucía se puede aplicar sin problemas tanto veterinario como gimnasio.


entiendo que se mete la cantidad anual en la casilla y listo ¿no?

eso, y tener los justificantes de pago a mano por si un día les da por reclamar.
thedarkman escribió:
Manint escribió:Algo puntual. En Andalucía se puede aplicar sin problemas tanto veterinario como gimnasio.


entiendo que se mete la cantidad anual en la casilla y listo ¿no?

eso, y tener los justificantes de pago a mano por si un día les da por reclamar.


Así es, se revisa que se cumplen los criterios, se meten las cantidades en las casillas correspondientes y se guardan los justificantes por si hay requerimiento.
MoRaLIN escribió:una pregunta un poco extraña,hay manera de saber cuanto te van descontar de multas y demás historias que estén por la vía ejecutiva


Si de lo que te devuelven te descuentan alguna multa te mandan antes una notificación...
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