Declaración de la Renta 2020

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supermuto escribió:Chavalada, ayuda para un amigo.

Soltero sin hijos, 39 años, sólo tiene ingresos de su trabajo. Su situación no ha variado en NADA con respecto al año pasado. Su sueldo es el mismo, y en las retribuciones anuales hay una diferencia de unos 20 euros de un año para otro, es decir sus ingresos no han variado, ha cobrado las mismas nóminas de siempre con las mismas cantidades, y punto.

-Resultado 2018: a devolver 220 euros.
-Resultado 2019: 0, ni a ingresar ni a devolver.

¿Alguien pudiera intuir el motivo?.


Que coja la declaración del año pasado y compruebe casilla por casilla, si solo recibe salario y no tiene nada mas habrá pocas casillas rellenas y sera fácil de ver.

probablemente ha tributado menos que el año pasado.

xavi_bravo escribió:buenas! a partir de cuanto estas obligado a hacerla? gracias
https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/Ayuda/Ejercicios_anteriores_de_renta/Preguntas_frecuentes_2018/_Quien_tiene_obligacion_de_declarar/_Quien_tiene_obligacion_de_declarar.shtml

Pero al menos pide el borrador, la mayoria de la gente que no esta obligada en realidad suele tener derecho a devolucion. ojito con eso!!!
gracias! no estoy obligado entonces pero le echare un ojo
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xavi_bravo escribió:gracias! no estoy obligado entonces pero le echare un ojo
tu pide el borrador.

si tienes que pagar te olvidas, no lo confirmes y ya esta, pero igual te llevas una sorpresa.
A devolver 18 euros, el año pasado pague 360 euros.
me sale a pagar 433 jaja, si no hay el - delante es a pagar, no? desde que tengo hipoteca me suele salir a pagar, antes cuando estaba de alquiler siempre me devolvian. Gracias!
xavi_bravo escribió:me sale a pagar 433 jaja, si no hay el - delante es a pagar, no? desde que tengo hipoteca me suele salir a pagar, antes cuando estaba de alquiler siempre me devolvian. Gracias!


Hipoteca desde qué año?. Lo que pagáis sois los millonetis [sonrisa]
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xavi_bravo escribió:me sale a pagar 433 jaja, si no hay el - delante es a pagar, no? desde que tengo hipoteca me suele salir a pagar, antes cuando estaba de alquiler siempre me devolvian. Gracias!


Si, si es positivo te tocaría pagar.

Así que olvidate y no lo confirmes.
Aunque andarán con teletrabajo (supongo), lo mismo ahora es más jaleo para el tema de devoluciones de Hacienda también, no lo sé. Imagino que no estarán yendo a las oficinas como de costumbre y que quizás no vaya todo tan ágil como otros años.
DarkMessiah escribió:
xavi_bravo escribió:me sale a pagar 433 jaja, si no hay el - delante es a pagar, no? desde que tengo hipoteca me suele salir a pagar, antes cuando estaba de alquiler siempre me devolvian. Gracias!


Hipoteca desde qué año?. Lo que pagáis sois los millonetis [sonrisa]

2017 y de milloneti nada, al año 19.000, mas bien pobreti xD, imagino que al no tener hijos sale a pagar
Soy el unico al que le dice esto:

"De acuerdo con los datos que dispone la AEAT,usted ha mantenido flujos de fondos con operadores de criptomonedas.
Le recordamos que los beneficios generados en las operaciones realizadas con criptomonedas, constituyen rentas sujetas a IRPF, con la calificación de ganancias patrimoniales, que deben de incluirse en el apartado de "Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de otros elementos patrimoniales" (casilla 1624 y ss) de la declaración del Impuesto"
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Delian escribió:Soy el unico al que le dice esto:

"De acuerdo con los datos que dispone la AEAT,usted ha mantenido flujos de fondos con operadores de criptomonedas.
Le recordamos que los beneficios generados en las operaciones realizadas con criptomonedas, constituyen rentas sujetas a IRPF, con la calificación de ganancias patrimoniales, que deben de incluirse en el apartado de "Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de otros elementos patrimoniales" (casilla 1624 y ss) de la declaración del Impuesto"


Si es cierto es que te han cazado.
Por fin un año que me retienen bien. A pagar 50€.

Es que llevaba unos años pagando burradas porque no me retenían bien... 1700€ hace 2 años y 1000 el pasado.
xavi_bravo escribió:
DarkMessiah escribió:
xavi_bravo escribió:me sale a pagar 433 jaja, si no hay el - delante es a pagar, no? desde que tengo hipoteca me suele salir a pagar, antes cuando estaba de alquiler siempre me devolvian. Gracias!


Hipoteca desde qué año?. Lo que pagáis sois los millonetis [sonrisa]

2017 y de milloneti nada, al año 19.000, mas bien pobreti xD, imagino que al no tener hijos sale a pagar


Ah vale, yo es que la tengo desde 2012 y por eso puedo obtener deducción, sino también saldría a pagar algo.

Delian escribió:Soy el unico al que le dice esto:

"De acuerdo con los datos que dispone la AEAT,usted ha mantenido flujos de fondos con operadores de criptomonedas.
Le recordamos que los beneficios generados en las operaciones realizadas con criptomonedas, constituyen rentas sujetas a IRPF, con la calificación de ganancias patrimoniales, que deben de incluirse en el apartado de "Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de otros elementos patrimoniales" (casilla 1624 y ss) de la declaración del Impuesto"


Ni caso. El año pasado me salía también, pero vamos, como ni vendo... pues ahí están, aparte que con la pegada que metió Bitcoin, no es que haya beneficios precisamente. Lo meteré algún día, pero ahora desde luego pasando, además que tiene que ser un rollo interesante.
Pues yo este año no voy a poder hacer la declaración hasta que abran las citas telefónicas, porque no tengo ni idea de cómo hacerla.

Trabajo y vivo en Alemania, pero el sueldo me lo paga España. Por lo tanto, mi domicilio fiscal debe ser España, no Alemania.

La cosa está en que en España no tengo ningún tipo de vivienda, así que no tengo ninguna dirección que poner, y tampoco puedo saber en qué comunidad autónoma tributar.
A mí no me carga la página... Estoy intentando solicitar el número de referencia y lleva más de 10 minutos intentando cargarla...
Como todos los años, 6.000 € a devolver por ser administrador societario a pesar de tener el salario de convenio, todos los meses soy el trabajador al que menos dinero le entra en el banco, firmo que me devuelvan en Noviembre, gracias por esta gran ley Montoro.
danko2002 escribió:Presentada, el servidor estaba tremendamente lento, pero ya está.

No quiero ni pensar mañana como estará con muchos gestores trabajando remotamente.

¿Gestores? Y el 99% de la plantilla de la propia AEAT.
De hecho ya no deja entrar
LLioncurt escribió:Pues yo este año no voy a poder hacer la declaración hasta que abran las citas telefónicas, porque no tengo ni idea de cómo hacerla.

Trabajo y vivo en Alemania, pero el sueldo me lo paga España. Por lo tanto, mi domicilio fiscal debe ser España, no Alemania.

La cosa está en que en España no tengo ningún tipo de vivienda, así que no tengo ninguna dirección que poner, y tampoco puedo saber en qué comunidad autónoma tributar.


En serio te lo digo, vete a un asesor. Tu renta como te la haga alguien de Hacienda o te asesore la va a cagar.
LLioncurt escribió:Pues yo este año no voy a poder hacer la declaración hasta que abran las citas telefónicas, porque no tengo ni idea de cómo hacerla.

Trabajo y vivo en Alemania, pero el sueldo me lo paga España. Por lo tanto, mi domicilio fiscal debe ser España, no Alemania.

La cosa está en que en España no tengo ningún tipo de vivienda, así que no tengo ninguna dirección que poner, y tampoco puedo saber en qué comunidad autónoma tributar.


Estás seguro de eso? creo que si trabajas más de 183 días al año en Alemania y no tienes lazos económicos o familiares (esposa) con España deberías tributar allí independientemente de desde donde te lo paguen.
He entrado a primera hora de la mñn, 115 pavos le debo a hacienda.
Han cambiado todo, no? ¿Donde se ve lo que te devuelven o tienes que pagar?
@kneissel arriba a la derecha te sale “resultado de la declaración” dale y te sale. Como siempre.
LLioncurt escribió:Pues yo este año no voy a poder hacer la declaración hasta que abran las citas telefónicas, porque no tengo ni idea de cómo hacerla.

Trabajo y vivo en Alemania, pero el sueldo me lo paga España. Por lo tanto, mi domicilio fiscal debe ser España, no Alemania.

La cosa está en que en España no tengo ningún tipo de vivienda, así que no tengo ninguna dirección que poner, y tampoco puedo saber en qué comunidad autónoma tributar.


Cuando pones los datos de la vivienda hay 4 claves distintas.
La 4 es para inmuebles en el extranjero. Así que tienes que poner tu domicilio en el extranjero.

No obstante, te aconsejo que si tienes más compañeros en tu situación, les preguntes cómo lo hacen ellos. Aparte de eso, sí llamas para la atención telefónica, llamaría 2 veces por si acaso (esto para cualquier gestión me da igual el organismo público o privado).
Y si contactas con un asesor, del que tengas referencias, que hay mucho inútil por el mundo (no te digo que compares dos porque eso lo vas a tener que pagar).

Yo me quedaré con la copla de tu situación, aunque no creo que me entre ningún caso así.
Al poner en número de refenrecia me lleva a la página siguiente:

Consulta de Datos Fiscales 2019

A continuación, se muestran los datos fiscales que le constan a la Agencia Tributaria en este momento.


Y ahí me sale lo del trabajo, vivienda, etc... pero no sé si es ahí donde se puede ver lo que me tienen que pagar o debo pagar..
kneissel escribió:Al poner en número de refenrecia me lleva a la página siguiente:

Consulta de Datos Fiscales 2019

A continuación, se muestran los datos fiscales que le constan a la Agencia Tributaria en este momento.


Y ahí me sale lo del trabajo, vivienda, etc... pero no sé si es ahí donde se puede ver lo que me tienen que pagar o debo pagar..

Tienes que darle a Borrador/Renta Web, no a consulta de datos fiscales.
davidnintendo escribió:
kneissel escribió:Al poner en número de refenrecia me lleva a la página siguiente:

Consulta de Datos Fiscales 2019

A continuación, se muestran los datos fiscales que le constan a la Agencia Tributaria en este momento.


Y ahí me sale lo del trabajo, vivienda, etc... pero no sé si es ahí donde se puede ver lo que me tienen que pagar o debo pagar..

Tienes que darle a Borrador/Renta Web, no a consulta de datos fiscales.


Vale, ahora me había dado cuenta. Gracias socio.
AngryTeacher escribió:17€ a pagar. La gestoría ha ajustado bien.

La mía aún más. 1,77€ a devolver. [carcajad]
Duda, con las prisas he dado a aceptar y me toca pagar la friolera de 120€.
No estoy obligado a hacerlo por que cobro poquísimo. ¿Sabéis si puedo anularlo?. Por que lo he hecho pensando que me tocaba a devolver.

VAYA CAGADA.
Año 2019 me devuelven 150 euros

Año 2020 MISMO SUELDO, MISMA HIPOTECA, NO HA CAMBIADO ABSOLUTAMENTE NADA... me sale a pagar 125 euros..

¿ALQUIEN ME LO PUEDE EXPLICAR? [+furioso] [+furioso] [+furioso] [+furioso] [+furioso] [+furioso]
Buenos dias! Una pregunta, en el borrador me sale a pagas 270 pero justo encima pone NO OBLIGADO y estoy rallao, como me puede salir a pagar y no estar obligado a pagar?
ElUltimoPasajero escribió:Buenos dias! Una pregunta, en el borrador me sale a pagas 270 pero justo encima pone NO OBLIGADO y estoy rallao, como me puede salir a pagar y no estar obligado a pagar?

Creo que te ha pasado lo que a mí. ¿EN teoría si es a devolver sale el resultado negativo y si es a pagar positivo?.

Alguien me responde

Duda, con las prisas he dado a aceptar y me toca pagar la friolera de 120€.
No estoy obligado a hacerlo por que cobro poquísimo. ¿Sabéis si puedo anularlo?. Por que lo he hecho pensando que me tocaba a devolver.

VAYA CAGADA.
ElUltimoPasajero escribió:Buenos dias! Una pregunta, en el borrador me sale a pagas 270 pero justo encima pone NO OBLIGADO y estoy rallao, como me puede salir a pagar y no estar obligado a pagar?

Es perfectamente posible y no es nada raro.
No la presentes y ya está.

@kneissel mira los tipos aplicados en cada año.
Compara la hoja de resultado de declaración de ambos años y ahí te saldrá la diferencia.
O cambio de tipos, o cambio de retención si el sueldo es el mismo
razorblade77 escribió:
Delian escribió:Soy el unico al que le dice esto:

"De acuerdo con los datos que dispone la AEAT,usted ha mantenido flujos de fondos con operadores de criptomonedas.
Le recordamos que los beneficios generados en las operaciones realizadas con criptomonedas, constituyen rentas sujetas a IRPF, con la calificación de ganancias patrimoniales, que deben de incluirse en el apartado de "Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de otros elementos patrimoniales" (casilla 1624 y ss) de la declaración del Impuesto"


Si es cierto es que te han cazado.


Tengo cuenta en CoinBase, pero hace mas de dos años que esta sin actividad y con cuatro céntimos de €.
Creo que eso se lo pone a todo el mundo que tiene cuenta en algun exchange que informe a hacienda.
pampero21 escribió:
ElUltimoPasajero escribió:Buenos dias! Una pregunta, en el borrador me sale a pagas 270 pero justo encima pone NO OBLIGADO y estoy rallao, como me puede salir a pagar y no estar obligado a pagar?

Creo que te ha pasado lo que a mí. ¿EN teoría si es a devolver sale el resultado negativo y si es a pagar positivo?.

Alguien me responde

Duda, con las prisas he dado a aceptar y me toca pagar la friolera de 120€.
No estoy obligado a hacerlo por que cobro poquísimo. ¿Sabéis si puedo anularlo?. Por que lo he hecho pensando que me tocaba a devolver.

VAYA CAGADA.


si, si es negatico es que te devuelven
@martuka_pzm ¿La desgravación por hijos es solo para la madre? Es que a mi mujer le sale una barbaridad a devolver y a mí bien poquito. Hemos tenido las bajas correspondientes, yo 5 semanas y ella 40, ella luego dos meses de excedencia, y yastá. Y lo único que me cuadra es que esa desgravación y la de las cuotas de guardería sólo se la imputen a ella. ¿Está así bien o tengo que poner en la mía también, al menos, lo de la guardería?
Una pregunta.. el comedor del cole de mi hijo (cole público) es deducible? Me suena que sí..
Goncatin escribió:@martuka_pzm ¿La desgravación por hijos es solo para la madre? Es que a mi mujer le sale una barbaridad a devolver y a mí bien poquito. Hemos tenido las bajas correspondientes, yo 5 semanas y ella 40, ella luego dos meses de excedencia, y yastá. Y lo único que me cuadra es que esa desgravación y la de las cuotas de guardería sólo se la imputen a ella. ¿Está así bien o tengo que poner en la mía también, al menos, lo de la guardería?

La deducción por maternidad es exclusiva de la madre salvo que hubiera fallecido, no hubiera madre (adopción de un hombre o pareja gay) o el padre tuviera en exclusiva la guarda y custodia.
Ósea que sí, es exclusiva suya.
Por eso la diferencia.
Tú tienes derecho a la mitad del mínimo por descendientes pero la deducción por maternidad es suya.
kneissel escribió:Una pregunta.. el comedor del cole de mi hijo (cole público) es deducible? Me suena que sí..


Aquí tienes info (antigua), pero imagino valdrá:

https://www.bolsamania.com/declaracion- ... escolares/

va por comunidades, para variar.
DarkMessiah escribió:
kneissel escribió:Una pregunta.. el comedor del cole de mi hijo (cole público) es deducible? Me suena que sí..


Aquí tienes info (antigua), pero imagino valdrá:

https://www.bolsamania.com/declaracion- ... escolares/

va por comunidades, para variar.


Pues creo que me como una mierda...

Visto lo visto, creo que esperaré a hacerla en la oficina a ver si puedo arañar algo. (el año pasado de ahorré unos euros)

De momento, mi mujer y yo a pasar por caja.... :( :(

Gracias socio!
ElUltimoPasajero escribió:
pampero21 escribió:
ElUltimoPasajero escribió:Buenos dias! Una pregunta, en el borrador me sale a pagas 270 pero justo encima pone NO OBLIGADO y estoy rallao, como me puede salir a pagar y no estar obligado a pagar?

Creo que te ha pasado lo que a mí. ¿EN teoría si es a devolver sale el resultado negativo y si es a pagar positivo?.

Alguien me responde

Duda, con las prisas he dado a aceptar y me toca pagar la friolera de 120€.
No estoy obligado a hacerlo por que cobro poquísimo. ¿Sabéis si puedo anularlo?. Por que lo he hecho pensando que me tocaba a devolver.

VAYA CAGADA.


si, si es negatico es que te devuelven


¿Y se puede anular si lo he hecho?. Por que no estoy obligado a hacerla y la he liado.
pampero21 escribió:
ElUltimoPasajero escribió:
pampero21 escribió:Creo que te ha pasado lo que a mí. ¿EN teoría si es a devolver sale el resultado negativo y si es a pagar positivo?.

Alguien me responde

Duda, con las prisas he dado a aceptar y me toca pagar la friolera de 120€.
No estoy obligado a hacerlo por que cobro poquísimo. ¿Sabéis si puedo anularlo?. Por que lo he hecho pensando que me tocaba a devolver.

VAYA CAGADA.


si, si es negatico es que te devuelven


¿Y se puede anular si lo he hecho?. Por que no estoy obligado a hacerla y la he liado.


No tengo ni idea tio, igual puedes llamar para informarte, suerte!
pampero21 escribió:
ElUltimoPasajero escribió:
pampero21 escribió:Creo que te ha pasado lo que a mí. ¿EN teoría si es a devolver sale el resultado negativo y si es a pagar positivo?.

Alguien me responde

Duda, con las prisas he dado a aceptar y me toca pagar la friolera de 120€.
No estoy obligado a hacerlo por que cobro poquísimo. ¿Sabéis si puedo anularlo?. Por que lo he hecho pensando que me tocaba a devolver.

VAYA CAGADA.


si, si es negatico es que te devuelven


¿Y se puede anular si lo he hecho?. Por que no estoy obligado a hacerla y la he liado.


Hay una opción para modificar una declaración presentada, por la web anda el botoncito.
DarkMessiah escribió:
Hay una opción para modificar una declaración presentada, por la web anda el botoncito.


Sí, pero una cosa es modificar y otra entiendo anular ¿no?
@pampero21 sí, se puede anular.
No sé si han tocado algo en el procedimiento, llama mejor y que te digan.
Antes había que presentar una comunicación solicitando la anulación.
Pero tranquilo que no vas a tener que pagar.
Solo marearte un poco para corregir el error.
Eso sí, no lo dejes que tienes hasta que se acabe el plazo de presentación, luego ya no puedes.
pampero21 escribió:
DarkMessiah escribió:
Hay una opción para modificar una declaración presentada, por la web anda el botoncito.


Sí, pero una cosa es modificar y otra entiendo anular ¿no?


Ah bueno, lo de anular eso ya........ pero si no estás obligado, cómo le das si encima te sale a devolver?. Ya, ya vi que ni miraste, pero........ antes de terminar, tienes que aceptar lo que te sale en pantalla, no es dar a siguiente y se envía digamos, así que no sé qué hiciste [+risas]
DarkMessiah escribió:Ah bueno, lo de anular eso ya........ pero si no estás obligado, cómo le das si encima te sale a devolver?. Ya, ya vi que ni miraste, pero........ antes de terminar, tienes que aceptar lo que te sale en pantalla, no es dar a siguiente y se envía digamos, así que no sé qué hiciste [+risas]


Igual no lo he enviado de todo. Me ha salido una opción de como quieres realizar el pago (pensando que me lo ingresaban y he dado que me lo cobren de 1.

Así de listo soy. Vaya fail épico.

Después he intentado rectificar dando hacia atrás. Pero para mí que lo he enviado.
pampero21 escribió:
ElUltimoPasajero escribió:
pampero21 escribió:Creo que te ha pasado lo que a mí. ¿EN teoría si es a devolver sale el resultado negativo y si es a pagar positivo?.

Alguien me responde

Duda, con las prisas he dado a aceptar y me toca pagar la friolera de 120€.
No estoy obligado a hacerlo por que cobro poquísimo. ¿Sabéis si puedo anularlo?. Por que lo he hecho pensando que me tocaba a devolver.

VAYA CAGADA.


si, si es negatico es que te devuelven


¿Y se puede anular si lo he hecho?. Por que no estoy obligado a hacerla y la he liado.


Tranquilo si lo puedes anular. Tendras que presentar una complementaria con los cambios que estimes y ya está, y tienes además bastante plazo, no hace falta que lo hagas hoy. Mi consejo es que lo mires sin prisa.

Por cierto la pagina está saturada por lo visto, yo esperaré a esta noche para hacer la mia, es una pena porque hoy a primera hora iba bastante bien :(
@ron_con_cola no tiene que presentar una complementaria. La complementaria es para cambiar datos de la declaración y su declaración es correcta. Vamos que no es que se haya equivocado en algún número, es que no está obligado y por lo tanto tiene que anular la presentada, no modificarla para cambiar datos.
ron_con_cola escribió:¿Y se puede anular si lo he hecho?. Por que no estoy obligado a hacerla y la he liado.


Tranquilo si lo puedes anular. Tendras que presentar una complementaria con los cambios que estimes y ya está, y tienes además bastante plazo, no hace falta que lo hagas hoy. Mi consejo es que lo mires sin prisa.

Por cierto la pagina está saturada por lo visto, yo esperaré a esta noche para hacer la mia, es una pena porque hoy a primera hora iba bastante bien :([/quote]

¿Se puede hacer eso online me imagino?. Por que estaba leyendo y parece que anteriormente había que realizarlo presencialmente.
LLioncurt escribió:Pues yo este año no voy a poder hacer la declaración hasta que abran las citas telefónicas, porque no tengo ni idea de cómo hacerla.

Trabajo y vivo en Alemania, pero el sueldo me lo paga España. Por lo tanto, mi domicilio fiscal debe ser España, no Alemania.

La cosa está en que en España no tengo ningún tipo de vivienda, así que no tengo ninguna dirección que poner, y tampoco puedo saber en qué comunidad autónoma tributar.


Eeeee no, eso no es así, tienes que mirar las condiciones, a lo mejor te corresponde pagar IRNR en lugar de IRPF.

Mírate la documentación del IRNR y las condiciones de trabajador Expatriado.
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