"Como hemos señalado con anterioridad, en este mismo fundamento, y reiteramos, la criminalidad organizada
respecto a delitos de corrupción, solo puede ser eficazmente investigados, y reprimidos, mediante dos
institutos: un control interno independiente y fuerte en sus capacidades de control, a la manera de un plan
de cumplimiento normativo, como el que el legislador ha dispuesto para las personas jurídicas, o un delator
interno que sea capaz de, asumiendo su responsabilidad, incriminar a otros autores. En el caso, el primer
instrumento señalado era de todo punto ineficaz, pues el propio ministro estaba implicado. Sólo la declaración
incriminatoria de un coautor ha posibilitado la investigación y, ahora, la condena.
Organización delictiva de la que formaba parte el coacusado, Anibal , lo que tiene su indudable relevancia,
puesto que solo quien ha cometido tales delitos, desde su integración en ese entramado delictivo,
puede ofrecer detalles definitivos para su completo esclarecimiento e identificación de todos los posibles
responsables. Así, este acusado ha reconocido y aportado datos e información relevante sobre la constitución,
dimensión y el desarrollo de las actividades de la organización criminal; confirmando y, en ocasiones,
apuntalando y contextualizando la prueba que había sido obtenida por los investigadores, reforzando así el
respaldo probatorio de la pretensión acusatoria y agilizando el ius puniendi"
"Como han puesto de manifiesto su defensa y el mismo Ministerio Fiscal, su colaboración ha sido
especialmente decisiva para avanzar en muchos aspectos de la investigación, dimensionando el alcance de
la misma organización delictiva, identificando a otros posibles responsables y aportando datos e información
de suma relevancia, sobre otros hechos presuntamente delictivos, y que, en el curso de la investigación,
se fueron afianzando. De esta manera ha propiciado y favorecido otras investigaciones y procedimientos
seguidos en distintos Juzgados, en los que el acusado continúa prestando una colaboración activa. Y estos dos
condicionantes, confesión del hecho delictivo y colaboración en la investigación de otras acciones criminales,
mantenida en el tiempo y en esos otros procedimientos, han sido valorados por esta misma Sala en ocasiones
anteriores para avalar la existencia de una contribución activa de especial relevancia, y por tanto merecedora
de una atenuación de especial intensidad (véase, por ejemplo, la STS 539/2018, de 8 de noviembre).
Dicho de otra manera, Anibal no se ha limitado a confesar los hechos objeto de acusación, amoldando su
testimonio al resultado de las pruebas conocidas, como se ha dicho por las otras defensas. Por el contrario,
como igualmente puso de manifiesto el Ministerio Fiscal, este acusado:
i) ha aportado documentación que acreditaría el inicio de unas relaciones con Artemio que fueron negadas
por éste, desconocidas por la unidad investigadora;
ii) aportó el contrato celebrado con aquél para el arrendamiento con opción de compra del piso del
DIRECCION003 , e interpretado su alcance, lo que era igualmente desconocido para los investigadores;
iii) aportó información relevante sobre el posible amaño en las adjudicaciones de obras públicas que han sido
remitidas a los Juzgados de Instrucción que instruyen esos hechos con nuevos implicados que están siendo
investigados;
y iv) todo el contenido incriminatorio de su declaración aparece corroborado, y así ha dado sentido a la
documental analizada.
En definitiva, consideramos que este acusado ha prestado una cooperación plena y continua, a lo largo de todo
el procedimiento, mantenida y completada en el juicio oral, facilitando información veraz y relevante, medios de
prueba y datos significativos para la acreditación de los hechos enjuiciados; así como para el esclarecimiento
de otros hechos delictivos y la incriminación de otros copartícipes. Ello alcanza una mayor intensidad, en
cuanto que los hechos presentan una indudable complejidad en la investigación, y le hacen merecedor del
reconocimiento de la atenuante analógica de confesión tardía o de colaboración con la justicia en forma muy
cualificada, como postulan su defensa y las acusaciones populares.
Así mismo, lo apuntó el propio Ministerio Fiscal en su informe, que no solo no se opuso a ello, sino que también
puso en valor la colaboración decisiva y relevante aportada por este acusado"
Incluso fiscalía coincide que su colaboración fue clave. Falconash escribió:PP y peperos señalando la corrupción como si no fuera la cosa con ellos.
PSOE haciendo lo mismo.
Y el Aldama de rositas sin devolver un céntimo y jaleado por una parte.
Es que te tienes que reír.
Aldama ha tenido que devolver todo el dinero obtenido por actividades delictivas.