Actualidad política

Encuesta
¿Crees que se debe permitir el uso de lugares públicos para la práctica del Islam?
4%
13
46%
145
50%
158
Hay 316 votos.
Toros y 4 inmigrantes menos a cambio de apoyar a un mentiroso homicida

bobchache escribió:https://www.eleconomista.es/retail-consumo/noticias/13610657/10/25/otro-golpe-a-los-bares-la-hosteleria-perdera-1700-millones-por-la-ley-que-limita-el-patrocinio-de-las-cerveceras.html

Vamos bien, a tope.....

Que veo que no se dice nada..... Menudos payasos [fies]

Algo que decir los palmeros???


Eso es cierto?
bobchache escribió:https://www.eleconomista.es/retail-consumo/noticias/13610657/10/25/otro-golpe-a-los-bares-la-hosteleria-perdera-1700-millones-por-la-ley-que-limita-el-patrocinio-de-las-cerveceras.html

Vamos bien, a tope.....

Que veo que no se dice nada..... Menudos payasos [fies]

Algo que decir los palmeros???


Pero estas leyes benefician a alguien en absoluto? "Es que nadie va a pensar en los niños" es el meme que ponen como razón, como si ver al gordo de cruzcampo o el barco de San Miguel en un cartel o una farola fuese a volver a los niños borrachos. Niños que a los 14 se la suda todo y están emborrachándose en los parques bebiendo de todo menos cerveza y fumando porros.
En serio, en el PSOE quién coño hace las leyes? No se supone que tienen casi 2000 asesores para que no la caguen de esta manera colosal?
Veo que nadie habla de esto, nadie va a parar esto? Estamos en la mierda como país, si ahora tienen vía libre para todo ya con eso nos podemos ir preparando para lo que se viene:

https://www.20minutos.es/nacional/gobie ... l?autoplay
HEAVEN escribió:Veo que nadie habla de esto, nadie va a parar esto? Estamos en la mierda como país, si ahora tienen vía libre para todo ya con eso nos podemos ir preparando para lo que se viene:

https://www.20minutos.es/nacional/gobie ... l?autoplay


El gobierno puede presentar lo que quiera, ahora, si lo aprueba el congreso, pues ajo y agua.

A mí esa ley me parece un horror, porque la fiscalía está jerarquizada, y se está viendo bastante bien. Si no lo estuviera pues me daría un poco igual...
thedarkman escribió:
bobchache escribió:https://www.eleconomista.es/retail-consumo/noticias/13610657/10/25/otro-golpe-a-los-bares-la-hosteleria-perdera-1700-millones-por-la-ley-que-limita-el-patrocinio-de-las-cerveceras.html

Vamos bien, a tope.....

Que veo que no se dice nada..... Menudos payasos [fies]

Algo que decir los palmeros???


Eso es cierto?


Sip, así es, investigar, nos gobiernan mongolos
bobchache escribió:https://www.eleconomista.es/retail-consumo/noticias/13610657/10/25/otro-golpe-a-los-bares-la-hosteleria-perdera-1700-millones-por-la-ley-que-limita-el-patrocinio-de-las-cerveceras.html

Vamos bien, a tope.....

Que veo que no se dice nada..... Menudos payasos [fies]

Algo que decir los palmeros???

Pero esta medida exactamente a que responde? Es que no lo entiendo, es imposible hacerlo todo tan mal. Qué sentido tiene esta medida?
Son nuestras leyes y hay que respetarlas.

El Hombre Araña escribió:A efectos prácticos es lo mismo. Te está ocupando la casa, no te paga, y encima tú debes seguir pagando luz agua y demás porque si no estarías cometiendo un delito de coacciones.

LynX escribió:
Patchanka escribió:


Mira tú por donde, parece que sí que se puede quitar al "okupa" en el mismo día en que te allana el piso si llamas a la policía.


Hay que saber distinguir entre allanamiento de morada flagrante y ocupación.
Si el ocupa permanece en tu vivienda habitual más de 48 horas la policía ya necesita orden judicial para entrar en la vivienda, con lo cual ya vas a juicio y suerte con ello.
Puedes hacer la prueba si no te lo crees xD.

Antes te robaban el coche, la pasta, ahora ya te roban hasta la casa [qmparto].

En cuanto al derecho a la vivienda:

No es un derecho de ejecución inmediata: Esto significa que no se puede exigir al Estado que te entregue una vivienda directamente. En su lugar, se le exige que cree las políticas y regulaciones (como la regulación del suelo, la promoción de vivienda social, etc.) que hagan posible la efectividad de este derecho.

Y si no ves al juzgado y pide una a ver si te la dan xD.



Mentira.

Tú te vas de vacaciones 30 días, vuelves y te han ocupado tu vivienda habitual, da igual el tiempo que haya pasado, se va fuera inmediatamente detenido por un delito de allanamiento.

Una morada no puede ser arrebatada para convertirse en morada de otra persona, da igual tiempo que lleve dentro el ocupa.

El problema es cuando tienes una vivienda vacía, o estás a la espera de qué hacer con ella o te dejan de pagar el alquiler, ahí el ocupa la convierte EN SU MORADA y luego solo se le puede echar por vía judicial, vía que efectivamente está colapsada y por eso los procedimientos se dilatan tanto.


¿Estás seguro? Porque eso no es lo que yo estoy leyendo.

Nueva Ley Antiokupas en España (2025)
Resumen general de la Ley
https://chalarisabogados.com/nueva-ley-antiokupa-2025/

El 3 de abril de 2025 entró en vigor en España la llamada “ley antiokupas”, una reforma legal dirigida a agilizar el desalojo de ocupantes ilegales de viviendas. En realidad no se trata de una ley independiente, sino de una modificación incluida en la Ley Orgánica 1/2025 de eficiencia del servicio público de justicia. Su objetivo principal es acelerar los procedimientos judiciales en casos de ocupación ilegal (okupación) y equilibrar la protección de la propiedad privada con la necesidad de soluciones habitacionales. Con esta reforma, delitos de ocupación de inmuebles como el allanamiento de morada y la usurpación pasan a tramitarse mediante juicios rápidos, reduciendo los plazos de resolución a alrededor de 15 días.

Puntos legales más importantes y cambios respecto a la legislación anterior:

Intervención Policial en las Primeras 48 Horas. La reforma refuerza la capacidad de actuación inmediata de la policía cuando la ocupación acaba de producirse. Si la okupación es detectada dentro de las primeras 48 horas desde que se allanó la vivienda, las fuerzas de seguridad podrán desalojar a los ocupantes sin necesidad de esperar una orden judicial. Esto aprovecha el concepto de delito flagrante (sorprendido en el momento) y busca que, evitando que los okupas “se afiancen” en el lugar, se pueda restituir la vivienda al instante. Pasadas esas 48 horas iniciales, ya será necesaria una orden judicial para expulsarlos, dado el derecho constitucional a la inviolabilidad del domicilio. En la práctica, esta medida formaliza la recomendación ya existente de actuar con urgencia: si el propietario o los vecinos avisan de una usurpación en curso, la policía puede intervenir de inmediato. De hecho, ha habido casos en que la policía local ha evitado okupaciones incipientes actuando con rapidez; por ejemplo, en Palma (Mallorca) a finales de marzo se detuvo in fraganti a dos personas que acababan de entrar en un local comercial, procediendo al desalojo inmediato del inmueble. La nueva ley refuerza esta posibilidad, cerrando el paso a tácticas dilatorias de los okupas en ese margen inicial. Es importante destacar que muchos okupas habían desarrollado “trucos” para sortear el desalojo rápido: por ejemplo, presentar un recibo o ticket con fecha (la llamada “trampa de la pizza”) para simular que llevan más de 48 horas dentro, o incluso mostrar un contrato de alquiler falso al llegar la policía, de modo que su caso no se considere allanamiento/usurpación simple. La Policía y los jueces deberán ahora evaluar con celeridad la veracidad de dichos documentos;la ley in tenta cerrar el paso a estas artimañas, pero reconoce que si el okupa consigue aparentar tener algún título (aunque sea fingido), el desalojo podría frenarse hasta esclarecer la situación.

Habría que ver algún link al BOE de esa modificación de la ley porque en bastantes sitios e incluso la IA me dice eso.
AkrosRockBell escribió:
bobchache escribió:https://www.eleconomista.es/retail-consumo/noticias/13610657/10/25/otro-golpe-a-los-bares-la-hosteleria-perdera-1700-millones-por-la-ley-que-limita-el-patrocinio-de-las-cerveceras.html

Vamos bien, a tope.....

Que veo que no se dice nada..... Menudos payasos [fies]

Algo que decir los palmeros???


Pero estas leyes benefician a alguien en absoluto? "Es que nadie va a pensar en los niños" es el meme que ponen como razón, como si ver al gordo de cruzcampo o el barco de San Miguel en un cartel o una farola fuese a volver a los niños borrachos. Niños que a los 14 se la suda todo y están emborrachándose en los parques bebiendo de todo menos cerveza y fumando porros.
En serio, en el PSOE quién coño hace las leyes? No se supone que tienen casi 2000 asesores para que no la caguen de esta manera colosal?


Entiendo que esto implica la prohibición de cualquier anuncio de bebidas alcohólicas igual que se hizo con el tabaco..., sino no tiene sentido alguno. Y aún así tampoco tiene sentido.... Madre mía qué panorama..., próximamente cañas a 15 euros
@Torres sí, en el artículo lo pone. Básicamente se prohiben los anuncios de bebidas alcoholicas en cualquier lugar o evento en el que pueda haber niños. De facto significa que ningún estadio, terraza de bar, chiringuito, bar de pueblo a menos de 150 de un colegio (y parque creo que también ponía en el artículo) va a poder tener cosas como el grifo de las cañas con el logo de ningún marca, las sillas de plástico de las terrazas fuera, los servilleteros fuera, las neveras donde guardan las botellas de vidrio con logos en los laterales fuera, las sombrillas fuera, los carteles tipo logo de Cruzcampo con "Bar Paco" debajo y similares, también fuera.
Todo fuera. El artículo estima unos 12000 euros de media por local para cambiar todo. El que ha hecho la ley es un auténtico subnormal. Si mi difunto abuelo, que tuvo un bar como 40 años, siguiese vivo se iba a cagar en tos los muertos de los putos subnormales estos.
LynX escribió:
El Hombre Araña escribió:A efectos prácticos es lo mismo. Te está ocupando la casa, no te paga, y encima tú debes seguir pagando luz agua y demás porque si no estarías cometiendo un delito de coacciones.

LynX escribió:
Hay que saber distinguir entre allanamiento de morada flagrante y ocupación.
Si el ocupa permanece en tu vivienda habitual más de 48 horas la policía ya necesita orden judicial para entrar en la vivienda, con lo cual ya vas a juicio y suerte con ello.
Puedes hacer la prueba si no te lo crees xD.

Antes te robaban el coche, la pasta, ahora ya te roban hasta la casa [qmparto].

En cuanto al derecho a la vivienda:

No es un derecho de ejecución inmediata: Esto significa que no se puede exigir al Estado que te entregue una vivienda directamente. En su lugar, se le exige que cree las políticas y regulaciones (como la regulación del suelo, la promoción de vivienda social, etc.) que hagan posible la efectividad de este derecho.

Y si no ves al juzgado y pide una a ver si te la dan xD.



Mentira.

Tú te vas de vacaciones 30 días, vuelves y te han ocupado tu vivienda habitual, da igual el tiempo que haya pasado, se va fuera inmediatamente detenido por un delito de allanamiento.

Una morada no puede ser arrebatada para convertirse en morada de otra persona, da igual tiempo que lleve dentro el ocupa.

El problema es cuando tienes una vivienda vacía, o estás a la espera de qué hacer con ella o te dejan de pagar el alquiler, ahí el ocupa la convierte EN SU MORADA y luego solo se le puede echar por vía judicial, vía que efectivamente está colapsada y por eso los procedimientos se dilatan tanto.


¿Estás seguro? Porque eso no es lo que yo estoy leyendo.

Nueva Ley Antiokupas en España (2025)
Resumen general de la Ley
https://chalarisabogados.com/nueva-ley-antiokupa-2025/

El 3 de abril de 2025 entró en vigor en España la llamada “ley antiokupas”, una reforma legal dirigida a agilizar el desalojo de ocupantes ilegales de viviendas. En realidad no se trata de una ley independiente, sino de una modificación incluida en la Ley Orgánica 1/2025 de eficiencia del servicio público de justicia. Su objetivo principal es acelerar los procedimientos judiciales en casos de ocupación ilegal (okupación) y equilibrar la protección de la propiedad privada con la necesidad de soluciones habitacionales. Con esta reforma, delitos de ocupación de inmuebles como el allanamiento de morada y la usurpación pasan a tramitarse mediante juicios rápidos, reduciendo los plazos de resolución a alrededor de 15 días.

Puntos legales más importantes y cambios respecto a la legislación anterior:

Intervención Policial en las Primeras 48 Horas. La reforma refuerza la capacidad de actuación inmediata de la policía cuando la ocupación acaba de producirse. Si la okupación es detectada dentro de las primeras 48 horas desde que se allanó la vivienda, las fuerzas de seguridad podrán desalojar a los ocupantes sin necesidad de esperar una orden judicial. Esto aprovecha el concepto de delito flagrante (sorprendido en el momento) y busca que, evitando que los okupas “se afiancen” en el lugar, se pueda restituir la vivienda al instante. Pasadas esas 48 horas iniciales, ya será necesaria una orden judicial para expulsarlos, dado el derecho constitucional a la inviolabilidad del domicilio. En la práctica, esta medida formaliza la recomendación ya existente de actuar con urgencia: si el propietario o los vecinos avisan de una usurpación en curso, la policía puede intervenir de inmediato. De hecho, ha habido casos en que la policía local ha evitado okupaciones incipientes actuando con rapidez; por ejemplo, en Palma (Mallorca) a finales de marzo se detuvo in fraganti a dos personas que acababan de entrar en un local comercial, procediendo al desalojo inmediato del inmueble. La nueva ley refuerza esta posibilidad, cerrando el paso a tácticas dilatorias de los okupas en ese margen inicial. Es importante destacar que muchos okupas habían desarrollado “trucos” para sortear el desalojo rápido: por ejemplo, presentar un recibo o ticket con fecha (la llamada “trampa de la pizza”) para simular que llevan más de 48 horas dentro, o incluso mostrar un contrato de alquiler falso al llegar la policía, de modo que su caso no se considere allanamiento/usurpación simple. La Policía y los jueces deberán ahora evaluar con celeridad la veracidad de dichos documentos;la ley in tenta cerrar el paso a estas artimañas, pero reconoce que si el okupa consigue aparentar tener algún título (aunque sea fingido), el desalojo podría frenarse hasta esclarecer la situación.

Habría que ver algún link al BOE de esa modificación de la ley porque en bastantes sitios e incluso la IA me dice eso.




100% seguro.

Tu domicilio donde haces vida, o tu segunda casa o incluso la tercera, si demuestras que las utilizas habitualmente, no te la van a poder ocupar, se les detiene y se les saca inmediatamente.

Esa noticia que has pasado mezcla muchos conceptos y mal.

Lo de las primeras 48h está muy bien, pero no hay manera de determinarlo y el okupa no te va a decir la verdad.

Si el okupa acaba de entrar en una casa que tu tienes vacía, y se le pilla en el momento, pues le acaban metiendo un robo con fuerza o la okupacion "en curso" y también se les saca. Pero si llegan a entrar en la casa, les da tiempo a cambiar cerradura y demas... ahí ya como la casa no sea morada, se quedan y ya hasta que la justicia resuelva.
El Hombre Araña escribió:
LynX escribió:
El Hombre Araña escribió:A efectos prácticos es lo mismo. Te está ocupando la casa, no te paga, y encima tú debes seguir pagando luz agua y demás porque si no estarías cometiendo un delito de coacciones.




Mentira.

Tú te vas de vacaciones 30 días, vuelves y te han ocupado tu vivienda habitual, da igual el tiempo que haya pasado, se va fuera inmediatamente detenido por un delito de allanamiento.

Una morada no puede ser arrebatada para convertirse en morada de otra persona, da igual tiempo que lleve dentro el ocupa.

El problema es cuando tienes una vivienda vacía, o estás a la espera de qué hacer con ella o te dejan de pagar el alquiler, ahí el ocupa la convierte EN SU MORADA y luego solo se le puede echar por vía judicial, vía que efectivamente está colapsada y por eso los procedimientos se dilatan tanto.


¿Estás seguro? Porque eso no es lo que yo estoy leyendo.

Nueva Ley Antiokupas en España (2025)
Resumen general de la Ley
https://chalarisabogados.com/nueva-ley-antiokupa-2025/

El 3 de abril de 2025 entró en vigor en España la llamada “ley antiokupas”, una reforma legal dirigida a agilizar el desalojo de ocupantes ilegales de viviendas. En realidad no se trata de una ley independiente, sino de una modificación incluida en la Ley Orgánica 1/2025 de eficiencia del servicio público de justicia. Su objetivo principal es acelerar los procedimientos judiciales en casos de ocupación ilegal (okupación) y equilibrar la protección de la propiedad privada con la necesidad de soluciones habitacionales. Con esta reforma, delitos de ocupación de inmuebles como el allanamiento de morada y la usurpación pasan a tramitarse mediante juicios rápidos, reduciendo los plazos de resolución a alrededor de 15 días.

Puntos legales más importantes y cambios respecto a la legislación anterior:

Intervención Policial en las Primeras 48 Horas. La reforma refuerza la capacidad de actuación inmediata de la policía cuando la ocupación acaba de producirse. Si la okupación es detectada dentro de las primeras 48 horas desde que se allanó la vivienda, las fuerzas de seguridad podrán desalojar a los ocupantes sin necesidad de esperar una orden judicial. Esto aprovecha el concepto de delito flagrante (sorprendido en el momento) y busca que, evitando que los okupas “se afiancen” en el lugar, se pueda restituir la vivienda al instante. Pasadas esas 48 horas iniciales, ya será necesaria una orden judicial para expulsarlos, dado el derecho constitucional a la inviolabilidad del domicilio. En la práctica, esta medida formaliza la recomendación ya existente de actuar con urgencia: si el propietario o los vecinos avisan de una usurpación en curso, la policía puede intervenir de inmediato. De hecho, ha habido casos en que la policía local ha evitado okupaciones incipientes actuando con rapidez; por ejemplo, en Palma (Mallorca) a finales de marzo se detuvo in fraganti a dos personas que acababan de entrar en un local comercial, procediendo al desalojo inmediato del inmueble. La nueva ley refuerza esta posibilidad, cerrando el paso a tácticas dilatorias de los okupas en ese margen inicial. Es importante destacar que muchos okupas habían desarrollado “trucos” para sortear el desalojo rápido: por ejemplo, presentar un recibo o ticket con fecha (la llamada “trampa de la pizza”) para simular que llevan más de 48 horas dentro, o incluso mostrar un contrato de alquiler falso al llegar la policía, de modo que su caso no se considere allanamiento/usurpación simple. La Policía y los jueces deberán ahora evaluar con celeridad la veracidad de dichos documentos;la ley in tenta cerrar el paso a estas artimañas, pero reconoce que si el okupa consigue aparentar tener algún título (aunque sea fingido), el desalojo podría frenarse hasta esclarecer la situación.

Habría que ver algún link al BOE de esa modificación de la ley porque en bastantes sitios e incluso la IA me dice eso.




100% seguro.

Tu domicilio donde haces vida, o tu segunda casa o incluso la tercera, si demuestras que las utilizas habitualmente, no te la van a poder ocupar, se les detiene y se les saca inmediatamente.

Esa noticia que has pasado mezcla muchos conceptos y mal.

Lo de las primeras 48h está muy bien, pero no hay manera de determinarlo y el okupa no te va a decir la verdad.

Si el okupa acaba de entrar en una casa que tu tienes vacía, y se le pilla en el momento, pues le acaban metiendo un robo con fuerza o la okupacion "en curso" y también se les saca. Pero si llegan a entrar en la casa, les da tiempo a cambiar cerradura y demas... ahí ya como la casa no sea morada, se quedan y ya hasta que la justicia resuelva.


Pero si casi tienes que llevar el certificado de padrón contigo (o las escrituras de la casa) para evita eso...¿cómo lo justificas si no lo tuvieras a mano?. Porque en algunos Ayuntamientos tardan días en dártelo...

¿Cómo demuestras que es morada?. Ahora porque muchas cosas son digitales, pero dile eso a un abuelo o abuela que lo haga vía Internet...que se van a entrar por lo general entre poco y nada.

A mi la okupación me parece una manera de decir que la gente le echa jeta y morro. Lo siento, lo digo así. Y me parece okupación sea inkiokupa u okupa, es meterse en casa ajena que no les corresponde.

Saludos.
AkrosRockBell escribió:@Torres sí, en el artículo lo pone. Básicamente se prohiben los anuncios de bebidas alcoholicas en cualquier lugar o evento en el que pueda haber niños. De facto significa que ningún estadio, terraza de bar, chiringuito, bar de pueblo a menos de 150 de un colegio (y parque creo que también ponía en el artículo) va a poder tener cosas como el grifo de las cañas con el logo de ningún marca, las sillas de plástico de las terrazas fuera, los servilleteros fuera, las neveras donde guardan las botellas de vidrio con logos en los laterales fuera, las sombrillas fuera, los carteles tipo logo de Cruzcampo con "Bar Paco" debajo y similares, también fuera.
Todo fuera. El artículo estima unos 12000 euros de media por local para cambiar todo. El que ha hecho la ley es un auténtico subnormal. Si mi difunto abuelo, que tuvo un bar como 40 años, siguiese vivo se iba a cagar en tos los muertos de los putos subnormales estos.

Y ya no sólo eso, es que hay muchos bares, te diría que todos, que necesitan inversiones de marcas para que les den mesas para la terraza, parasoles, toldos, neveras, copas… Son cosas que valen mucha pasta, entonces llega Estrella/Amstel/Mahou/lo que sea, firmas un contrato con ellos, y invierten en el garito. De toda la vida que funciona así vaya.

Es lo que digo, esta medida es directamente matar a la hostelería, es que es una barbaridad, no tiene ningún sentido. Por qué de donde viene? Gobierno central? Directiva europea? Es que es una salvajada de ley, no tiene ningún tipo de sentido.
paco_man escribió:
Mrcolin escribió:@srkarakol no tendrás que tratar nada… es su derecho y lo están ejerciendo (viviendo en tu casa). ¿Que necesitarás tratar? Tan solo quedarte esperando a que ellos mismos decidan irse.
Porque si esperas a que diga un juez que esas personas tienen que salir, es que derecho no tienen (ni tenian), lo que pasa que la justicia va lenta.
Entonces si te ocurre (que ojala que no porque estoy seguro que te cambiara la percepcion y mas si te pilla alguno que te deja la casa muy “resultona”) podras hacer 2 cosas:
a) Quedarte como si no estuviera pasando nada
b) Denunciar

Si escoges la B es que mucho derecho a estar en tu casa no tienen…

Aquí en este hilo no suelen gustar los supuestos... porque claro a nadie le pueden okupar una casa, eso son cuentos de fachas de la época franquista. Ni ese supuesto, ni el supuesto de que maten o violen a un familiar, ni el supuesto de que el islam cada vez tenga más presencia, o el supuesto sobre políticos progresistas gastándose el dinero público en putas y farlopa (hasta que pasó, ¿te acuerdas?)... entre otros cientos de supuestos que nunca suelen gustar por ser casos extremadamente aislados (o bulos de la ultraderecha).


lo que a algunos no nos gusta ni en este hilo ni en otros es que se transmita informacion de manera sesgada e interesada, denominando por lo que no es, pasando una cantidad limitada de casos puntuales como si fuera la plaga de los zombies de una pelicula, etc.

por ejemplo en referencia al tema okupacion, llamar de tal a situaciones que no lo son, o en general participar en la campaña de cultura del miedo segun la cual como salgas a comprar el pan y unos huevos a la vuelta te van a okupar la casa. :o

pd. en el tweet en cuestion, "los lectores añadieron contexto: se trata de un allanamiento, no de una okupacion".

y asi, mil
@GXY te digo lo mismo que he dicho antes.
Si ante una situacion de esas, coges y denuncias, es porque crees que el que esta en tu casa, esta sin tener derecho a ello.

Luego, si es allanamiento, si es okupa, si es inquiokupa o si es unicornio, no deja de ser “lo mismo” al que la ley le ha dado ditintos matices para actuar de forma mas o menos rapida (pero el resultado sera el mismo, sacarlo de ahi): Alguien esta en tu casa sin tu permiso. Bien sea porque ha entrado a la fuerza, bien sea porque ha entrado porque tu le dejaste entrar porque dijo que te iba a pagar y se ha reido de ti.
GXY escribió:
paco_man escribió:
Mrcolin escribió:@srkarakol no tendrás que tratar nada… es su derecho y lo están ejerciendo (viviendo en tu casa). ¿Que necesitarás tratar? Tan solo quedarte esperando a que ellos mismos decidan irse.
Porque si esperas a que diga un juez que esas personas tienen que salir, es que derecho no tienen (ni tenian), lo que pasa que la justicia va lenta.
Entonces si te ocurre (que ojala que no porque estoy seguro que te cambiara la percepcion y mas si te pilla alguno que te deja la casa muy “resultona”) podras hacer 2 cosas:
a) Quedarte como si no estuviera pasando nada
b) Denunciar

Si escoges la B es que mucho derecho a estar en tu casa no tienen…

Aquí en este hilo no suelen gustar los supuestos... porque claro a nadie le pueden okupar una casa, eso son cuentos de fachas de la época franquista. Ni ese supuesto, ni el supuesto de que maten o violen a un familiar, ni el supuesto de que el islam cada vez tenga más presencia, o el supuesto sobre políticos progresistas gastándose el dinero público en putas y farlopa (hasta que pasó, ¿te acuerdas?)... entre otros cientos de supuestos que nunca suelen gustar por ser casos extremadamente aislados (o bulos de la ultraderecha).


lo que a algunos no nos gusta ni en este hilo ni en otros es que se transmita informacion de manera sesgada e interesada, denominando por lo que no es, pasando una cantidad limitada de casos puntuales como si fuera la plaga de los zombies de una pelicula, etc.

por ejemplo en referencia al tema okupacion, llamar de tal a situaciones que no lo son, o en general participar en la campaña de cultura del miedo segun la cual como salgas a comprar el pan y unos huevos a la vuelta te van a okupar la casa. :o

pd. en el tweet en cuestion, "los lectores añadieron contexto: se trata de un allanamiento, no de una okupacion".

y asi, mil

Pues claro que es una ocupación, quién hace un allanamiento de morada con sus hijos y bártulos para instalarse? Lo que pasa es que conviene no criminalizar a los okupas, pero eso es una ocupación clarísima, cuando lo dice la policía que tiene más contexto es porque lo es y no deja de serlo porque lo diga un random de X o tú.
GXY escribió:
lo que a algunos no nos gusta ni en este hilo ni en otros es que se transmita informacion de manera sesgada e interesada, denominando por lo que no es, pasando una cantidad limitada de casos puntuales como si fuera la plaga de los zombies de una pelicula, etc.

por ejemplo en referencia al tema okupacion, llamar de tal a situaciones que no lo son, o en general participar en la campaña de cultura del miedo segun la cual como salgas a comprar el pan y unos huevos a la vuelta te van a okupar la casa. :o

pd. en el tweet en cuestion, "los lectores añadieron contexto: se trata de un allanamiento, no de una okupacion".

y asi, mil

Exacto, a mí tampoco me gusta, y muchos lo hacen. Tratan de "endulcorar" la realidad para proteger o blindar el supuesto gobierno progresista (no digo que tú lo estés haciendo, ojo). Y eso está feo, etiquetar a unos vecinos que están hasta las pelotas como "ultraderecha" está feo, y situaciones como esa a puñaos en los últimos años.

Los delitos han aumentado, no es "una plaga de zombies de ficción", es la realidad.

Lo de "salir a comprar el pan y que te okupen la casa" ¿Alguien ha dicho eso o te lo estás inventando?
LynX escribió:Si la okupación es detectada dentro de las primeras 48 horas desde que se allanó la vivienda, las fuerzas de seguridad podrán desalojar a los ocupantes sin necesidad de esperar una orden judicial. Pasadas esas 48 horas iniciales, ya será necesaria una orden judicial para expulsarlos, dado el derecho constitucional a la inviolabilidad del domicilio.

Pasadas esas 48 horas, es inviolable un domicilio "creado" sobre otro que previamente ha sido violado
Algo así como vamos a defender los derechos humanos del notas que se ha pasado los derechos humanos de otra gente por el forro de los huevos
[qmparto] [qmparto] [qmparto] [qmparto] [qmparto]
@sadistics o “vamos a defender los derechos de estas personas mientras voy tramitando mi denuncia permitente”.

Todo muy coherente.
Mrcolin escribió:@GXY te digo lo mismo que he dicho antes.
Si ante una situacion de esas, coges y denuncias, es porque crees que el que esta en tu casa, esta sin tener derecho a ello.

Luego, si es allanamiento, si es okupa, si es inquiokupa o si es unicornio, no deja de ser “lo mismo” al que la ley le ha dado ditintos matices para actuar de forma mas o menos rapida (pero el resultado sera el mismo, sacarlo de ahi): Alguien esta en tu casa sin tu permiso. Bien sea porque ha entrado a la fuerza, bien sea porque ha entrado porque tu le dejaste entrar porque dijo que te iba a pagar y se ha reido de ti.


no. no es lo mismo. si fueran "lo mismo" no se necesitarian figuras juridicas diferentes. el derecho a denunciar lo que consideres lo tenemos todos. luego es labor del juez (o de la policia, en los casos donde compete) determinar lo que corresponda.
@GXY efectivamente. Pero si vas a denunciar entiendo que tu mismo consideras que el derecho a esa vivienda, ellos no lo tienen. Sino no irias a denunciar
El tema de okupa, inquiokupa o lo como lo quieras llamar es pura demagogia barata.

Es como si te roban y nos ponemos a discutir si es un robo o un hurto: diferentes figuras legales, pero para lo que a ti te importa el resultado es el mismo: te has quedado sin el XD
Aragornhr escribió:El tema de okupa, inquiokupa o lo como lo quieras llamar es pura demagogia barata.

Es como si te roban y nos ponemos a discutir si es un robo o un hurto: diferentes figuras legales, pero para lo que a ti te importa el resultado es el mismo: te has quedado sin el XD

Pero es algo a lo que sabe muy bien jugar este gobierno.

¿Más parados? No, fijos discontinuos.

¿Más delincuencia? No: El Gobierno utiliza el cambio de metodología, que excluye los ciberdelitos y mezcla los leves con los graves, para blasonar de tener "las calles más seguras" que hace diez años.

¿Más okupas? No, porque ahora hay que separar inquiokupa de okupa. Un inkiokupa deja de ser okupa, con lo que realmente hay menos okupas que antes. :)

Y así con todo.
un inquilino que por circunstancia de fuerza mayor ha dejado de pagar la renta del alquiler *nunca* ha sido un okupa.
Lo cual es totalmente irrelevante para el propietario del piso, ya que el resultado es el mismo: no puede hacer uso del mismo.

¿Qué os apetece que sean figuras legales distintas y tengan así distintas penas? OK
GXY escribió:un inquilino que por circunstancia de fuerza mayor ha dejado de pagar la renta del alquiler *nunca* ha sido un okupa.

He conocido casos cercanos en los que aunque legalmente seguían siendo inquilinos morosos, en la práctica se comportaban como okupas... dejaban de pagar, destrozaban la vivienda y se quedaban indefinidamente.
Al final, para el propietario, el resultado es el mismo, alguien ocupa su vivienda hasta que un juez determina que debe largarse.

Al menos en mi entorno, si los hemos considerados como okupas.
Alexios escribió:
AkrosRockBell escribió:@Torres sí, en el artículo lo pone. Básicamente se prohiben los anuncios de bebidas alcoholicas en cualquier lugar o evento en el que pueda haber niños. De facto significa que ningún estadio, terraza de bar, chiringuito, bar de pueblo a menos de 150 de un colegio (y parque creo que también ponía en el artículo) va a poder tener cosas como el grifo de las cañas con el logo de ningún marca, las sillas de plástico de las terrazas fuera, los servilleteros fuera, las neveras donde guardan las botellas de vidrio con logos en los laterales fuera, las sombrillas fuera, los carteles tipo logo de Cruzcampo con "Bar Paco" debajo y similares, también fuera.
Todo fuera. El artículo estima unos 12000 euros de media por local para cambiar todo. El que ha hecho la ley es un auténtico subnormal. Si mi difunto abuelo, que tuvo un bar como 40 años, siguiese vivo se iba a cagar en tos los muertos de los putos subnormales estos.

Y ya no sólo eso, es que hay muchos bares, te diría que todos, que necesitan inversiones de marcas para que les den mesas para la terraza, parasoles, toldos, neveras, copas… Son cosas que valen mucha pasta, entonces llega Estrella/Amstel/Mahou/lo que sea, firmas un contrato con ellos, y invierten en el garito. De toda la vida que funciona así vaya.

Es lo que digo, esta medida es directamente matar a la hostelería, es que es una barbaridad, no tiene ningún sentido. Por qué de donde viene? Gobierno central? Directiva europea? Es que es una salvajada de ley, no tiene ningún tipo de sentido.


Es que es exactamente así.
Los bares firman contratos de patrocinio con las cerveceras y las distribuidoras porque les regalan cosas o directamente se las dejan mucho más baratas y ahora están llegando los payasos estos y están diciendo que lo pagues todo de tu bolsillo.

Va a ser la puta ruina para montones de locales más humildes y va a disparar precios para el consumidor, que todo esto habrá que pagarlo de alguna manera.
Kurace escribió:
El Hombre Araña escribió:
LynX escribió:
¿Estás seguro? Porque eso no es lo que yo estoy leyendo.

Nueva Ley Antiokupas en España (2025)
Resumen general de la Ley
https://chalarisabogados.com/nueva-ley-antiokupa-2025/

El 3 de abril de 2025 entró en vigor en España la llamada “ley antiokupas”, una reforma legal dirigida a agilizar el desalojo de ocupantes ilegales de viviendas. En realidad no se trata de una ley independiente, sino de una modificación incluida en la Ley Orgánica 1/2025 de eficiencia del servicio público de justicia. Su objetivo principal es acelerar los procedimientos judiciales en casos de ocupación ilegal (okupación) y equilibrar la protección de la propiedad privada con la necesidad de soluciones habitacionales. Con esta reforma, delitos de ocupación de inmuebles como el allanamiento de morada y la usurpación pasan a tramitarse mediante juicios rápidos, reduciendo los plazos de resolución a alrededor de 15 días.

Puntos legales más importantes y cambios respecto a la legislación anterior:

Intervención Policial en las Primeras 48 Horas. La reforma refuerza la capacidad de actuación inmediata de la policía cuando la ocupación acaba de producirse. Si la okupación es detectada dentro de las primeras 48 horas desde que se allanó la vivienda, las fuerzas de seguridad podrán desalojar a los ocupantes sin necesidad de esperar una orden judicial. Esto aprovecha el concepto de delito flagrante (sorprendido en el momento) y busca que, evitando que los okupas “se afiancen” en el lugar, se pueda restituir la vivienda al instante. Pasadas esas 48 horas iniciales, ya será necesaria una orden judicial para expulsarlos, dado el derecho constitucional a la inviolabilidad del domicilio. En la práctica, esta medida formaliza la recomendación ya existente de actuar con urgencia: si el propietario o los vecinos avisan de una usurpación en curso, la policía puede intervenir de inmediato. De hecho, ha habido casos en que la policía local ha evitado okupaciones incipientes actuando con rapidez; por ejemplo, en Palma (Mallorca) a finales de marzo se detuvo in fraganti a dos personas que acababan de entrar en un local comercial, procediendo al desalojo inmediato del inmueble. La nueva ley refuerza esta posibilidad, cerrando el paso a tácticas dilatorias de los okupas en ese margen inicial. Es importante destacar que muchos okupas habían desarrollado “trucos” para sortear el desalojo rápido: por ejemplo, presentar un recibo o ticket con fecha (la llamada “trampa de la pizza”) para simular que llevan más de 48 horas dentro, o incluso mostrar un contrato de alquiler falso al llegar la policía, de modo que su caso no se considere allanamiento/usurpación simple. La Policía y los jueces deberán ahora evaluar con celeridad la veracidad de dichos documentos;la ley in tenta cerrar el paso a estas artimañas, pero reconoce que si el okupa consigue aparentar tener algún título (aunque sea fingido), el desalojo podría frenarse hasta esclarecer la situación.

Habría que ver algún link al BOE de esa modificación de la ley porque en bastantes sitios e incluso la IA me dice eso.




100% seguro.

Tu domicilio donde haces vida, o tu segunda casa o incluso la tercera, si demuestras que las utilizas habitualmente, no te la van a poder ocupar, se les detiene y se les saca inmediatamente.

Esa noticia que has pasado mezcla muchos conceptos y mal.

Lo de las primeras 48h está muy bien, pero no hay manera de determinarlo y el okupa no te va a decir la verdad.

Si el okupa acaba de entrar en una casa que tu tienes vacía, y se le pilla en el momento, pues le acaban metiendo un robo con fuerza o la okupacion "en curso" y también se les saca. Pero si llegan a entrar en la casa, les da tiempo a cambiar cerradura y demas... ahí ya como la casa no sea morada, se quedan y ya hasta que la justicia resuelva.


Pero si casi tienes que llevar el certificado de padrón contigo (o las escrituras de la casa) para evita eso...¿cómo lo justificas si no lo tuvieras a mano?. Porque en algunos Ayuntamientos tardan días en dártelo...

¿Cómo demuestras que es morada?. Ahora porque muchas cosas son digitales, pero dile eso a un abuelo o abuela que lo haga vía Internet...que se van a entrar por lo general entre poco y nada.

A mi la okupación me parece una manera de decir que la gente le echa jeta y morro. Lo siento, lo digo así. Y me parece okupación sea inkiokupa u okupa, es meterse en casa ajena que no les corresponde.

Saludos.



Se pueden hacer varias gestiones. Policia Local tiene acceso al padrón o al censo, o contactar con el ayuntamiento para saber a quién pertenece la vivienda.


GXY escribió:un inquilino que por circunstancia de fuerza mayor ha dejado de pagar la renta del alquiler *nunca* ha sido un okupa.


A efectos prácticos es lo mismo. Esta ocupando una vivienda que no le pertenece y NO paga.
Que esa persona no pueda pagar, no es problema del propietario, ni le corresponde a él dar una solución.

Si hubiera más mano dura con este tema, los propietarios serían más flexibles a la hora de alquilar sus viviendas, el precio bajaría, y más gente podría acceder a las mismas.

Si se lo pones fácil al okupa, al final generas miedo, la gente no alquila y el que alquila va a poner unos requisitos tan altos, que al final solo unos pocos se podrán permitir alquilar.
paco_man escribió:¿Más okupas? No, porque ahora hay que separar inquiokupa de okupa. Un inkiokupa deja de ser okupa, con lo que realmente hay menos okupas que antes. :)

Y así con todo.


Te inventas lo que te da la gana. Nunca antes se ha mezclado en la metodología okupa e inkiokupa, por la sencilla razón de que son cosas totalmente distintas. De hecho el término (falso) de inkiokupa se inventó en los últimos años, no existía antes. El término real es inquilino moroso y no es lo mismo el que deja de pagar un alquiler que el que da una patada a una puerta y ocupa una vivienda de forma violenta.

Y tu excusa de bueno, a efectos prácticos ambas cosas son lo mismo porque el resultado es el mismo, si claro, y que te asesinen o que te caigas por accidente por un precipicio también es lo mismo, porque en ambos casos acabas muerto jajaja
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