danaang escribió:Hacienda se va a forrar con la IA
omnilatic escribió:dramake escribió:Gracias chicos. Me imaginaba que la IA me decía la verdad, y lo poco que he encontrado por google, pero por confirmar..
Vaya cagada mas gorda. He visto que se puede modificar una ya entregada relativamente fácil si aun estamos en plazo de renta. Lo miraré.
Claro que puedes editarla, estás en el periodo voluntario todavia, editala y realiza la mas favorable
Si más o menos te aclaras con la declaración, no necesitas ningún asesor a menos que tengas cosas muy muy delicadas o números muy raros, hoy en día razonando con la IA es relativamente agil comprender una declaración, pero cuidado que la IA se atasca en normas muchas veces que tu tienes que razonar para que ella termine comprendiendo
Tito_Mel escribió:Una duda que he preguntado a varias IA y según les de me dicen una respuesta u otra.
Mi padre falleció en diciembre de 2023 y mi madre en febrero de 2024, con poco más de un mes de diferencia entre ambos.
Todos los procesos de herencia se hicieron en conjunto tras la muerte de mi madre. En esa herencia, como heredero único, adquirí una casa. Pagué las plusvalías correspondientes por cada parte de mi padre y de mi madre, es lo único que está dividido, todo lo demás va en conjunto incluido documento de herencia, facturas de gastos derivados de aquello, etc...
En noviembre de 2025 vendí esa casa que heredé. La vendí por debajo del valor por el cual la adquirí en la herencia así que no he tenido que pagar plusvalías por ello.
Ahora me toca declarar esa venta en la declaración de la renta. El la renta del año anterior el sistema por defecto me puso como propietario de la casa desde la fecha de la muerte de mi madre. Yo lo dejé tal cual. Pero ahora no se si debo declarar la venta poniendo como adquisición esa fecha o dividirla en dos fechas (una de la muerte de mi padre y otra de mi madre), dividir facturas (aunque todas son conjuntas), dividir valores de adquisición (aunque es documento conjunto), etc...
Obviamente para mi lo menos engorroso sería declararlo conjunto en vez de separar, porque además si luego me piden facturas de algo que justifique los gastos que añada o cosas así serán todo facturas conjuntas con otro precio (si lo hiciese por separado tendría que "manipular" los precios de las facturas prorrateándolos).
Pero según algunas IAs lo correcto es separarlo todo, prorratear facturas, etc... Aunque al mismo tiempo dicen que si lo hago de la otra forma tampoco deberían ponerme problemas porque no cambia la cifra final.
Así que no se qué hacer. No quiero luego problemas. Pero tampoco me convence lo de empezar a complicarlo prorrateando y demás. Me da la sensación de que cuanto más complicado lo declare más probable será que me pidan explicaciones luego (porque además el prorrateo no sería a 50/50 ya que mi padre tenía 2/3 y mi madre 1/3).
martuka_pzm escribió:Tito_Mel escribió:Una duda que he preguntado a varias IA y según les de me dicen una respuesta u otra.
Mi padre falleció en diciembre de 2023 y mi madre en febrero de 2024, con poco más de un mes de diferencia entre ambos.
Todos los procesos de herencia se hicieron en conjunto tras la muerte de mi madre. En esa herencia, como heredero único, adquirí una casa. Pagué las plusvalías correspondientes por cada parte de mi padre y de mi madre, es lo único que está dividido, todo lo demás va en conjunto incluido documento de herencia, facturas de gastos derivados de aquello, etc...
En noviembre de 2025 vendí esa casa que heredé. La vendí por debajo del valor por el cual la adquirí en la herencia así que no he tenido que pagar plusvalías por ello.
Ahora me toca declarar esa venta en la declaración de la renta. El la renta del año anterior el sistema por defecto me puso como propietario de la casa desde la fecha de la muerte de mi madre. Yo lo dejé tal cual. Pero ahora no se si debo declarar la venta poniendo como adquisición esa fecha o dividirla en dos fechas (una de la muerte de mi padre y otra de mi madre), dividir facturas (aunque todas son conjuntas), dividir valores de adquisición (aunque es documento conjunto), etc...
Obviamente para mi lo menos engorroso sería declararlo conjunto en vez de separar, porque además si luego me piden facturas de algo que justifique los gastos que añada o cosas así serán todo facturas conjuntas con otro precio (si lo hiciese por separado tendría que "manipular" los precios de las facturas prorrateándolos).
Pero según algunas IAs lo correcto es separarlo todo, prorratear facturas, etc... Aunque al mismo tiempo dicen que si lo hago de la otra forma tampoco deberían ponerme problemas porque no cambia la cifra final.
Así que no se qué hacer. No quiero luego problemas. Pero tampoco me convence lo de empezar a complicarlo prorrateando y demás. Me da la sensación de que cuanto más complicado lo declare más probable será que me pidan explicaciones luego (porque además el prorrateo no sería a 50/50 ya que mi padre tenía 2/3 y mi madre 1/3).
Tienes dos fechas de adquisición así que lo bien hecho es hacerlo por separado.
También te digo que si lo haces todo junto dada la poca diferencia y siempre que no afecte al resultado va a dar igual
Tito_Mel escribió:martuka_pzm escribió:Tito_Mel escribió:Una duda que he preguntado a varias IA y según les de me dicen una respuesta u otra.
Mi padre falleció en diciembre de 2023 y mi madre en febrero de 2024, con poco más de un mes de diferencia entre ambos.
Todos los procesos de herencia se hicieron en conjunto tras la muerte de mi madre. En esa herencia, como heredero único, adquirí una casa. Pagué las plusvalías correspondientes por cada parte de mi padre y de mi madre, es lo único que está dividido, todo lo demás va en conjunto incluido documento de herencia, facturas de gastos derivados de aquello, etc...
En noviembre de 2025 vendí esa casa que heredé. La vendí por debajo del valor por el cual la adquirí en la herencia así que no he tenido que pagar plusvalías por ello.
Ahora me toca declarar esa venta en la declaración de la renta. El la renta del año anterior el sistema por defecto me puso como propietario de la casa desde la fecha de la muerte de mi madre. Yo lo dejé tal cual. Pero ahora no se si debo declarar la venta poniendo como adquisición esa fecha o dividirla en dos fechas (una de la muerte de mi padre y otra de mi madre), dividir facturas (aunque todas son conjuntas), dividir valores de adquisición (aunque es documento conjunto), etc...
Obviamente para mi lo menos engorroso sería declararlo conjunto en vez de separar, porque además si luego me piden facturas de algo que justifique los gastos que añada o cosas así serán todo facturas conjuntas con otro precio (si lo hiciese por separado tendría que "manipular" los precios de las facturas prorrateándolos).
Pero según algunas IAs lo correcto es separarlo todo, prorratear facturas, etc... Aunque al mismo tiempo dicen que si lo hago de la otra forma tampoco deberían ponerme problemas porque no cambia la cifra final.
Así que no se qué hacer. No quiero luego problemas. Pero tampoco me convence lo de empezar a complicarlo prorrateando y demás. Me da la sensación de que cuanto más complicado lo declare más probable será que me pidan explicaciones luego (porque además el prorrateo no sería a 50/50 ya que mi padre tenía 2/3 y mi madre 1/3).
Tienes dos fechas de adquisición así que lo bien hecho es hacerlo por separado.
También te digo que si lo haces todo junto dada la poca diferencia y siempre que no afecte al resultado va a dar igual
Antes de nada, muchas gracias por responder.
A mi lo que más me escama es lo de tener que "inventarme" cifras de facturas. Que si luego me preguntan tendré que decir que esa cifra me sale de prorratear dos tercios de la factura real y cosas así...
Yo lo que quiero es que luego no me manden una carta diciendo que metí la pata.
Aunque también veo probable que me pidan explicaciones lo haga como lo haga porque como voy a meter gastos de plusvalía de adquisición en la herencia, de notaria registro... Todo eso se supone que lo puedo sumar al precio que me costó adquirirla y esos gastos suman unos 5000 pavos que supongo que Hacienda querrá que le justifique. Aparte también tengo entendido que hay un apartado de gastos de venta donde metería lo que me cobró la inmobiliaria por la gestión de la venta.
Lo que no se es si pido cita presencial para que me la confeccionen ellos y ya me llevo las facturas de todo eso ¿me evitaría que luego me las reclamasen? si lo puedo dejar todo aclarado en el momento me quedo más tranquilo.
g77 escribió:Hoy he ido la cita presencial para que le confeccionaran la declaración de renta conjunta de mis padres. Y resulta que el funcionario lo ha hecho mal y no ha consignado los datos del local que tiene en alquiler, así que no aparece el IRPF del local y le sale a ingresar menos de lo que debería. Como casi me vuelvo loco al intentarlo yo en la web de la Agencia Tributaria, ¿sabéis si modifican las declaraciones ya presentadas en una cita presencial si pido una nueva cita? He mirado en la sección de información y las preguntas frecuentes y no pone nada, me sorprende mucho que a nadie le haya pasado algo similar alguna vez, pero la página de la Agencia Tributaria parece que no lo contempla. ¿Lo sabéis vosotros?
martuka_pzm escribió:g77 escribió:Hoy he ido la cita presencial para que le confeccionaran la declaración de renta conjunta de mis padres. Y resulta que el funcionario lo ha hecho mal y no ha consignado los datos del local que tiene en alquiler, así que no aparece el IRPF del local y le sale a ingresar menos de lo que debería. Como casi me vuelvo loco al intentarlo yo en la web de la Agencia Tributaria, ¿sabéis si modifican las declaraciones ya presentadas en una cita presencial si pido una nueva cita? He mirado en la sección de información y las preguntas frecuentes y no pone nada, me sorprende mucho que a nadie le haya pasado algo similar alguna vez, pero la página de la Agencia Tributaria parece que no lo contempla. ¿Lo sabéis vosotros?
Sí, sí que se modifican. Las que se hayan hecho allí y las que no.
De hecho ahora hay muchas citas de gente que quiere rectificar algo anterior.
En tu caso si encima le disteis los datos del alquiler y no los puso.. pues claro que le modifica!
g77 escribió:martuka_pzm escribió:g77 escribió:Hoy he ido la cita presencial para que le confeccionaran la declaración de renta conjunta de mis padres. Y resulta que el funcionario lo ha hecho mal y no ha consignado los datos del local que tiene en alquiler, así que no aparece el IRPF del local y le sale a ingresar menos de lo que debería. Como casi me vuelvo loco al intentarlo yo en la web de la Agencia Tributaria, ¿sabéis si modifican las declaraciones ya presentadas en una cita presencial si pido una nueva cita? He mirado en la sección de información y las preguntas frecuentes y no pone nada, me sorprende mucho que a nadie le haya pasado algo similar alguna vez, pero la página de la Agencia Tributaria parece que no lo contempla. ¿Lo sabéis vosotros?
Sí, sí que se modifican. Las que se hayan hecho allí y las que no.
De hecho ahora hay muchas citas de gente que quiere rectificar algo anterior.
En tu caso si encima le disteis los datos del alquiler y no los puso.. pues claro que le modifica!
En realidad la culpa ha sido un poco de los dos. Parece que en el sistema no les ha aparecido los datos del IRPF del arrendatario (ya sea por un error o por haberlo declarado él mal o lo que sea) y claro, no se han incluido en la declaración. Como es el primer año que voy sólo a hacer esto y la verdad es que tampoco entiendo demasiado, no me he dado cuenta del problema hasta que he llegado a casa y he comparado la declaración con la del año pasado. ¿Sabes seguro que modifican las declaraciones usando la misma cita presencial? Lo digo porque cuando selecciono al pedir cita previa que ya tengo una declaración presentada me dice que no me puede dar cita porque ya está presentada. Lo que sí me deja es pedir otra cita pero diciendo que es para una declaración nueva. ¿Seguro que no ponen pegas?
martuka_pzm escribió:g77 escribió:martuka_pzm escribió:
Sí, sí que se modifican. Las que se hayan hecho allí y las que no.
De hecho ahora hay muchas citas de gente que quiere rectificar algo anterior.
En tu caso si encima le disteis los datos del alquiler y no los puso.. pues claro que le modifica!
En realidad la culpa ha sido un poco de los dos. Parece que en el sistema no les ha aparecido los datos del IRPF del arrendatario (ya sea por un error o por haberlo declarado él mal o lo que sea) y claro, no se han incluido en la declaración. Como es el primer año que voy sólo a hacer esto y la verdad es que tampoco entiendo demasiado, no me he dado cuenta del problema hasta que he llegado a casa y he comparado la declaración con la del año pasado. ¿Sabes seguro que modifican las declaraciones usando la misma cita presencial? Lo digo porque cuando selecciono al pedir cita previa que ya tengo una declaración presentada me dice que no me puede dar cita porque ya está presentada. Lo que sí me deja es pedir otra cita pero diciendo que es para una declaración nueva. ¿Seguro que no ponen pegas?
Seguro. Mañana me paso el día entero prestando ese servicio 😅 y ya te digo que al menos 5 vendrán a modificar una anterior por el motivo que sea. Por teléfono también se da el mismo servicio por si prefieres hacerlo así y no tener que desplazarte.
. Y si realmente no tienen los datos de los IRPF de los pagos de alquiler del arrendatario del local, ¿tengo que llevar todas las facturas y recibos impresos para demostrar dichos datos? ¿O los puedo llevar en el teléfono y mostrarlo? ¿O imprimo uno de cada y ya serviría? Es que es la primera vez que nos pasa esto y voy perdido y nervioso
. g77 escribió:martuka_pzm escribió:
Seguro. Mañana me paso el día entero prestando ese servicio 😅 y ya te digo que al menos 5 vendrán a modificar una anterior por el motivo que sea. Por teléfono también se da el mismo servicio por si prefieres hacerlo así y no tener que desplazarte.
Anda. Y si realmente no tienen los datos de los IRPF de los pagos de alquiler del arrendatario del local, ¿tengo que llevar todas las facturas y recibos impresos para demostrar dichos datos? ¿O los puedo llevar en el teléfono y mostrarlo? ¿O imprimo uno de cada y ya serviría? Es que es la primera vez que nos pasa esto y voy perdido y nervioso
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