Declaración de la Renta (siempre leed el primer mensaje)

Hacienda se va a forrar con la IA
danaang escribió:Hacienda se va a forrar con la IA


Si bueno en cierto modo tienes razón, habrá mucha gente que no se lea las normas y no las razone y crea 100% lo que dice la IA es en realidad hasta peligroso, por que va a condenar a mucha gente,

Lo que yo comento precisamente es por que en mi caso hay una subvención que he cobrado el año pasado, que la IA se atascaba diciendo que tenía que declararla, pero haciendo una busqueda exhaustiva de la norma en el BOE, se recoge precisamente la orden donde especifica que está exenta de tributar en unos casos determinados (el mio encaja en ese caso precisamente) y la IA como tal pues se atascaba, yo se lo que hago y estoy seguro de como la hago (llevo toda la vida haciendo yo mi declaración y no he tenido nunca problemas con el fisco)

Pero entiendo tu razonamiento y si la gente cree ciegamente sin hacer una busqueda personal proactiva, puede equivocarse garrafalmente, la declaración si no tienes tiempo/ganas ni conocimientos es mejor que la haga un asesor si tiene alguna complejidad, por que la IA ayuda pero erra muchisimo y esos fallos te cuestan el dinero a ti
omnilatic escribió:
dramake escribió:Gracias chicos. Me imaginaba que la IA me decía la verdad, y lo poco que he encontrado por google, pero por confirmar..

Vaya cagada mas gorda. He visto que se puede modificar una ya entregada relativamente fácil si aun estamos en plazo de renta. Lo miraré.


Claro que puedes editarla, estás en el periodo voluntario todavia, editala y realiza la mas favorable
Si más o menos te aclaras con la declaración, no necesitas ningún asesor a menos que tengas cosas muy muy delicadas o números muy raros, hoy en día razonando con la IA es relativamente agil comprender una declaración, pero cuidado que la IA se atasca en normas muchas veces que tu tienes que razonar para que ella termine comprendiendo


Gracias. Ya lo hice. Me la envió el gestor porque ya lo tiene mi marido, pero tuve que decirle como hacer las cosas. Hay otra cosa que se había dejado.. en fin.

Al final lo tiene por otros motivos.. lo de la renta a sido un "ya que estás". Pero poca confianza me da ya.
Una duda que he preguntado a varias IA y según les de me dicen una respuesta u otra.

Mi padre falleció en diciembre de 2023 y mi madre en febrero de 2024, con poco más de un mes de diferencia entre ambos.

Todos los procesos de herencia se hicieron en conjunto tras la muerte de mi madre. En esa herencia, como heredero único, adquirí una casa. Pagué las plusvalías correspondientes por cada parte de mi padre y de mi madre, es lo único que está dividido, todo lo demás va en conjunto incluido documento de herencia, facturas de gastos derivados de aquello, etc...

En noviembre de 2025 vendí esa casa que heredé. La vendí por debajo del valor por el cual la adquirí en la herencia así que no he tenido que pagar plusvalías por ello.

Ahora me toca declarar esa venta en la declaración de la renta. El la renta del año anterior el sistema por defecto me puso como propietario de la casa desde la fecha de la muerte de mi madre. Yo lo dejé tal cual. Pero ahora no se si debo declarar la venta poniendo como adquisición esa fecha o dividirla en dos fechas (una de la muerte de mi padre y otra de mi madre), dividir facturas (aunque todas son conjuntas), dividir valores de adquisición (aunque es documento conjunto), etc...

Obviamente para mi lo menos engorroso sería declararlo conjunto en vez de separar, porque además si luego me piden facturas de algo que justifique los gastos que añada o cosas así serán todo facturas conjuntas con otro precio (si lo hiciese por separado tendría que "manipular" los precios de las facturas prorrateándolos).

Pero según algunas IAs lo correcto es separarlo todo, prorratear facturas, etc... Aunque al mismo tiempo dicen que si lo hago de la otra forma tampoco deberían ponerme problemas porque no cambia la cifra final.

Así que no se qué hacer. No quiero luego problemas. Pero tampoco me convence lo de empezar a complicarlo prorrateando y demás. Me da la sensación de que cuanto más complicado lo declare más probable será que me pidan explicaciones luego (porque además el prorrateo no sería a 50/50 ya que mi padre tenía 2/3 y mi madre 1/3).
Tito_Mel escribió:Una duda que he preguntado a varias IA y según les de me dicen una respuesta u otra.

Mi padre falleció en diciembre de 2023 y mi madre en febrero de 2024, con poco más de un mes de diferencia entre ambos.

Todos los procesos de herencia se hicieron en conjunto tras la muerte de mi madre. En esa herencia, como heredero único, adquirí una casa. Pagué las plusvalías correspondientes por cada parte de mi padre y de mi madre, es lo único que está dividido, todo lo demás va en conjunto incluido documento de herencia, facturas de gastos derivados de aquello, etc...

En noviembre de 2025 vendí esa casa que heredé. La vendí por debajo del valor por el cual la adquirí en la herencia así que no he tenido que pagar plusvalías por ello.

Ahora me toca declarar esa venta en la declaración de la renta. El la renta del año anterior el sistema por defecto me puso como propietario de la casa desde la fecha de la muerte de mi madre. Yo lo dejé tal cual. Pero ahora no se si debo declarar la venta poniendo como adquisición esa fecha o dividirla en dos fechas (una de la muerte de mi padre y otra de mi madre), dividir facturas (aunque todas son conjuntas), dividir valores de adquisición (aunque es documento conjunto), etc...

Obviamente para mi lo menos engorroso sería declararlo conjunto en vez de separar, porque además si luego me piden facturas de algo que justifique los gastos que añada o cosas así serán todo facturas conjuntas con otro precio (si lo hiciese por separado tendría que "manipular" los precios de las facturas prorrateándolos).

Pero según algunas IAs lo correcto es separarlo todo, prorratear facturas, etc... Aunque al mismo tiempo dicen que si lo hago de la otra forma tampoco deberían ponerme problemas porque no cambia la cifra final.

Así que no se qué hacer. No quiero luego problemas. Pero tampoco me convence lo de empezar a complicarlo prorrateando y demás. Me da la sensación de que cuanto más complicado lo declare más probable será que me pidan explicaciones luego (porque además el prorrateo no sería a 50/50 ya que mi padre tenía 2/3 y mi madre 1/3).


Tienes dos fechas de adquisición así que lo bien hecho es hacerlo por separado.
También te digo que si lo haces todo junto dada la poca diferencia y siempre que no afecte al resultado va a dar igual
martuka_pzm escribió:
Tito_Mel escribió:Una duda que he preguntado a varias IA y según les de me dicen una respuesta u otra.

Mi padre falleció en diciembre de 2023 y mi madre en febrero de 2024, con poco más de un mes de diferencia entre ambos.

Todos los procesos de herencia se hicieron en conjunto tras la muerte de mi madre. En esa herencia, como heredero único, adquirí una casa. Pagué las plusvalías correspondientes por cada parte de mi padre y de mi madre, es lo único que está dividido, todo lo demás va en conjunto incluido documento de herencia, facturas de gastos derivados de aquello, etc...

En noviembre de 2025 vendí esa casa que heredé. La vendí por debajo del valor por el cual la adquirí en la herencia así que no he tenido que pagar plusvalías por ello.

Ahora me toca declarar esa venta en la declaración de la renta. El la renta del año anterior el sistema por defecto me puso como propietario de la casa desde la fecha de la muerte de mi madre. Yo lo dejé tal cual. Pero ahora no se si debo declarar la venta poniendo como adquisición esa fecha o dividirla en dos fechas (una de la muerte de mi padre y otra de mi madre), dividir facturas (aunque todas son conjuntas), dividir valores de adquisición (aunque es documento conjunto), etc...

Obviamente para mi lo menos engorroso sería declararlo conjunto en vez de separar, porque además si luego me piden facturas de algo que justifique los gastos que añada o cosas así serán todo facturas conjuntas con otro precio (si lo hiciese por separado tendría que "manipular" los precios de las facturas prorrateándolos).

Pero según algunas IAs lo correcto es separarlo todo, prorratear facturas, etc... Aunque al mismo tiempo dicen que si lo hago de la otra forma tampoco deberían ponerme problemas porque no cambia la cifra final.

Así que no se qué hacer. No quiero luego problemas. Pero tampoco me convence lo de empezar a complicarlo prorrateando y demás. Me da la sensación de que cuanto más complicado lo declare más probable será que me pidan explicaciones luego (porque además el prorrateo no sería a 50/50 ya que mi padre tenía 2/3 y mi madre 1/3).


Tienes dos fechas de adquisición así que lo bien hecho es hacerlo por separado.
También te digo que si lo haces todo junto dada la poca diferencia y siempre que no afecte al resultado va a dar igual


Antes de nada, muchas gracias por responder.

A mi lo que más me escama es lo de tener que "inventarme" cifras de facturas. Que si luego me preguntan tendré que decir que esa cifra me sale de prorratear dos tercios de la factura real y cosas así...

Yo lo que quiero es que luego no me manden una carta diciendo que metí la pata.

Aunque también veo probable que me pidan explicaciones lo haga como lo haga porque como voy a meter gastos de plusvalía de adquisición en la herencia, de notaria registro... Todo eso se supone que lo puedo sumar al precio que me costó adquirirla y esos gastos suman unos 5000 pavos que supongo que Hacienda querrá que le justifique. Aparte también tengo entendido que hay un apartado de gastos de venta donde metería lo que me cobró la inmobiliaria por la gestión de la venta.

Lo que no se es si pido cita presencial para que me la confeccionen ellos y ya me llevo las facturas de todo eso ¿me evitaría que luego me las reclamasen? si lo puedo dejar todo aclarado en el momento me quedo más tranquilo.
@dramake de las burradas más gordas que he escuchado nunca de un gestor.
Tito_Mel escribió:
martuka_pzm escribió:
Tito_Mel escribió:Una duda que he preguntado a varias IA y según les de me dicen una respuesta u otra.

Mi padre falleció en diciembre de 2023 y mi madre en febrero de 2024, con poco más de un mes de diferencia entre ambos.

Todos los procesos de herencia se hicieron en conjunto tras la muerte de mi madre. En esa herencia, como heredero único, adquirí una casa. Pagué las plusvalías correspondientes por cada parte de mi padre y de mi madre, es lo único que está dividido, todo lo demás va en conjunto incluido documento de herencia, facturas de gastos derivados de aquello, etc...

En noviembre de 2025 vendí esa casa que heredé. La vendí por debajo del valor por el cual la adquirí en la herencia así que no he tenido que pagar plusvalías por ello.

Ahora me toca declarar esa venta en la declaración de la renta. El la renta del año anterior el sistema por defecto me puso como propietario de la casa desde la fecha de la muerte de mi madre. Yo lo dejé tal cual. Pero ahora no se si debo declarar la venta poniendo como adquisición esa fecha o dividirla en dos fechas (una de la muerte de mi padre y otra de mi madre), dividir facturas (aunque todas son conjuntas), dividir valores de adquisición (aunque es documento conjunto), etc...

Obviamente para mi lo menos engorroso sería declararlo conjunto en vez de separar, porque además si luego me piden facturas de algo que justifique los gastos que añada o cosas así serán todo facturas conjuntas con otro precio (si lo hiciese por separado tendría que "manipular" los precios de las facturas prorrateándolos).

Pero según algunas IAs lo correcto es separarlo todo, prorratear facturas, etc... Aunque al mismo tiempo dicen que si lo hago de la otra forma tampoco deberían ponerme problemas porque no cambia la cifra final.

Así que no se qué hacer. No quiero luego problemas. Pero tampoco me convence lo de empezar a complicarlo prorrateando y demás. Me da la sensación de que cuanto más complicado lo declare más probable será que me pidan explicaciones luego (porque además el prorrateo no sería a 50/50 ya que mi padre tenía 2/3 y mi madre 1/3).


Tienes dos fechas de adquisición así que lo bien hecho es hacerlo por separado.
También te digo que si lo haces todo junto dada la poca diferencia y siempre que no afecte al resultado va a dar igual


Antes de nada, muchas gracias por responder.

A mi lo que más me escama es lo de tener que "inventarme" cifras de facturas. Que si luego me preguntan tendré que decir que esa cifra me sale de prorratear dos tercios de la factura real y cosas así...

Yo lo que quiero es que luego no me manden una carta diciendo que metí la pata.

Aunque también veo probable que me pidan explicaciones lo haga como lo haga porque como voy a meter gastos de plusvalía de adquisición en la herencia, de notaria registro... Todo eso se supone que lo puedo sumar al precio que me costó adquirirla y esos gastos suman unos 5000 pavos que supongo que Hacienda querrá que le justifique. Aparte también tengo entendido que hay un apartado de gastos de venta donde metería lo que me cobró la inmobiliaria por la gestión de la venta.

Lo que no se es si pido cita presencial para que me la confeccionen ellos y ya me llevo las facturas de todo eso ¿me evitaría que luego me las reclamasen? si lo puedo dejar todo aclarado en el momento me quedo más tranquilo.


Creo que si pides cita para que te la hagan presencial te quedarás más tranquilo. Pero por ti personalmente no por los efectos legales
No evita que si te tiene que llegar una carta te llegue. Pero que te llegue una carta, sobre todo en estos temas no es algo que tenga que acabar mal.
Lo de las facturas por partes es de lo más normal en caso de herencias porque se hereda normalmente algo más que un bien y si se vende uno no tenemos los gastos separados, por eso no te preocupes.
Si vas presencial lleva todos los papeles ordenados. Gastos de compra y de venta (sí, la inmobiliaria es gasto de la venta), las escrituras etc y te lo harán. Espero que te toque alguien majo porque como en todos lados pues también hay de todo pero vaya que hacer te la hacen (hacemos) si llevas bien todos los datos.
Y eso lo único que evita es que si hay algún error de cálculo etc te sancionen.

Me invento: imagina que el funcionario mete mal una cifra y te llega una carta, te piden justificación y claro, no la tienes porque el dato no es correcto. Te pedirán lo que no ingresaste o lo que te devolvieron de más y los intereses pero no te “multarán”.

En resumen: tranquilo porque como tu caso hay a patadas y no es algo que líe especialmente a la hora de hacer la renta o de comprobarla
¿Sabeis si es normal que la declaracion pase de siendo comprobada a tramitandose otra vez?
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