Actualización: David Maeztu, un abogado especializado en derecho de Internet, propiedad intelectual y tecnología, ha aclarado en un hilo en X (Twitter) que el auto del juzgado no abre la puerta a identificar a usuarios finales de IPTV. En su lugar, los operadores deberán reconocer a quienes contratan con los prestadores legítimos del servicio y luego lo redifunden mediante cardsharing.
Noticia original: La justicia ha dado a LaLiga una nueva y poderosa arma para luchar contra el acceso ilícito a su contenido audiovisuales: los datos de aquellos que lo hacen mediante IPTV. Según informa El País, el Juzgado de lo mercantil número 8 de Barcelona ha aceptado la solicitud de diligencias de información que la patronal del fútbol español presentó a principios de año para denunciar a usuarios particulares.
Los responsables de facilitar la información de los usuarios serán los operadores de ámbito nacional, incluyendo Telefónica, Vodafone, Orange, MásMóvil y Digi, que deberán trasladar a LaLiga los siguientes datos: dirección IP asignada al usuario y desde la que se ha accedido al contenido de forma ilícita, nombre y apellidos del titular del contrato de servicio, dirección postal de la instalación de la línea y de facturación, así como el DNI. Una vez recibida la información reclamada, LaLiga tendrá un mes para presentar la demanda.
No está claro que LaLiga termine demandando a todos los usuarios que en algún momento han accedido de forma ilícita a su contenido audiovisual. Citando fuentes jurídicas, El País afirma que pueden ser “miles de usuarios” los que podrían enfrentarse a una demanda. En lugar de interponer cientos de denuncias existen otras opciones menos punitivas como los avisos. En cualquier caso, la pelota (y los datos personales de los usuarios) están en el tejado del organismo presidido por Javier Tebas, que seguramente lleva años soñando en este momento.
El juez justifica la decisión que ha tomado en favor de LaLiga afirmando que todos los usuarios que usan decodificadores para acceder a servicios de IPTV tienen el propósito de defraudar el pago de las cuotas del servicio legal, o captar ilícitamente la señal para su distribución con el objetivo de enriquecerse. “No puede considerarse que la actividad ilícita registrada asociada a las IPs identificadas haya sido desarrollada por meros consumidores finales de buena fe y sin ánimo de obtención de beneficios económicos o comerciales”, se puede leer en la sentencia, que es firme y contra la que no cabe recurso.
Hasta ahora la lucha contra las redes de IPTV que ofrecen acceso a contenidos protegidos se había centrado en aquellos que hacen negocio captando la señal para su distribución. De forma más o menos periódica, la Policía Nacional desarticula una de estas organizaciones que llegan a tener miles de clientes, unas acciones que también han tenido lugar a nivel europeo. Una de las redadas más sonadas fue la que en 2019 tumbó el sistema de IPTV Xtream Codes. A partir de ahora, en España será posible ir directamente a por los usuarios.