La industria de contenidos ha intentado todo tipo de tácticas para acabar con las webs de enlaces, desde denuncias penales y civiles hasta el uso torticero de algunas leyes como la Ley de Internet (sancionando por no informar adecuadamente del propietario de la web) o la Ley del Cine. Una de las webs que ha pasado por todos estos calvarios ha sido Cinetube, que llegó a ser sancionada con 3.500€ por, atención, no indicar la calificación por edades de las películas listadas en el portal.
La multa fue impuesta por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales y posteriormente su directora desestimó las alegaciones de la web. Cinetube por tanto tuvo que pagar la sanción y solo le quedaba la opción de acudir a la vía judicial, en la cual aunque ganara podría incluso terminar gastándose más en costes judiciales y honorarios. ¿Adivináis qué hizo?
Efectivamente, volvió a poner el caso en manos de sus abogados y la Justicia le ha dado de nuevo la razón. En la sentencia (pdf) la jueza poco menos que ridiculiza los argumentos de la Administración y al Abogado del Estado, concluyendo lógicamente que este tipo de webs no son "empresas distribuidoras, productoras o exhibidoras" y por tanto no se les puede imponer las obligaciones requeridas en la Ley del Cine.