Declaración de la Renta (siempre leed el primer mensaje)

La primera vez en mi vida que me sale a devolver.
1€

Pues mio que es.
docobo escribió:
martuka_pzm escribió:
docobo escribió:
Supongo que tendré que ir al registro de la propiedad a cambiarlo si puedo, ya para el año que viene.

Gracias.


Porque te sale otra cosa?
En datos fiscales sí tiene que salir señalando el % de nuda propiedad que tenías en 2023.
En la declaración no hay que incorporar el inmueble.

A ti que te sale en datos fiscales?


Me sale propietario 6,25% y no me pone ni vivienda actual ni nada (eso lo pone en la que si es mi vivienda)

Yo estoy en situación similar. Falleció mi madre y en la casa siguen viviendo mi padre y mi hermano. En la práctica yo no disfruto ni saco nada de esa casa.

En datos fiscales me salen dos apartados, uno de nuda propiedad del 4,01% y otro de propiedad del 12,66%.

Así que la de el 12,66 si se incorpora y me genera "rendimientos".

Hace años lo miré y entendí que así debía ser.
Me ha salido a devolver pero porque soy mas pobre que una rata.
Shiny-estro escribió:Me ha salido a devolver pero porque soy mas pobre que una rata.


Eso no tiene nada que ver [carcajad]
Shiny-estro escribió:Me ha salido a devolver pero porque soy mas pobre que una rata.


Te cobran más IRPF del que te toca y por eso ahora te devuelven.

martuka_pzm escribió:@docobo si tienes un porcentaje de propiedad entonces sí tendrás que incluirlo con ese porcentaje y a disposición de los titulares, si no vives tú allí.
Pero es porque tienes la propiedad no la nuda propiedad

O puede ser que el dato esté mal, que también puede ocurrir


Debe ser que el dato está mal y estoy desde siempre como propietario (hace ya más de 30 años que murió mi padre)
OK Computer escribió:
Shiny-estro escribió:Me ha salido a devolver pero porque soy mas pobre que una rata.


Eso no tiene nada que ver [carcajad]



Da igual, sigo siendo pobre. :(
Shiny-estro escribió:
OK Computer escribió:
Shiny-estro escribió:Me ha salido a devolver pero porque soy mas pobre que una rata.


Eso no tiene nada que ver [carcajad]



Da igual, sigo siendo pobre. :(


Pos mu mal cawento
Shiny-estro escribió:
OK Computer escribió:
Shiny-estro escribió:Me ha salido a devolver pero porque soy mas pobre que una rata.


Eso no tiene nada que ver [carcajad]



Da igual, sigo siendo pobre. :(


Lo más probable es que el año que viene lo seas más.
A las buenas noches. Me podéis decir en qué casilla de la renta se mete las cantidades que se perciben de tener un piso alquilado?. Muchas gracias
Me ingresaron la devolución ayer día 6, que velocidad [plas] al fin algo del estado que va rápido a nuestro favor
Androm3da escribió:A las buenas noches. Me podéis decir en qué casilla de la renta se mete las cantidades que se perciben de tener un piso alquilado?. Muchas gracias

En resumen de declaraciones te tiene que salir “Pendiente” la parte del inmueble si lo has añadido a la declaración.
Si no, tienes que ir al apartado “Rendimientos del capital inmobiliario” y añadir el inmueble. Hecho eso te preguntará el uso, los días, la fecha del contrato, el NIF del arrendatario, los ingresos, los gastos y los importes y circunstancias necesarias para calcular la amortización.
martuka_pzm escribió:
Androm3da escribió:A las buenas noches. Me podéis decir en qué casilla de la renta se mete las cantidades que se perciben de tener un piso alquilado?. Muchas gracias

En resumen de declaraciones te tiene que salir “Pendiente” la parte del inmueble si lo has añadido a la declaración.
Si no, tienes que ir al apartado “Rendimientos del capital inmobiliario” y añadir el inmueble. Hecho eso te preguntará el uso, los días, la fecha del contrato, el NIF del arrendatario, los ingresos, los gastos y los importes y circunstancias necesarias para calcular la amortización.


Ok gracias!
Nueva duda respecto a la desgravación por cambio de ventanas (y mejora del 7% en eficiencia energética, tengo los certificados anteriores y posteriores).

En la desgravación del 20% de las cantidades pagadas, ¿esa deducción es sobre importe total SIN IVA o CON IVA).

Si me han costado las ventanas:
-3600 con IVA
-3000 sin IVA

¿La deducción del 20% la tengo que aplicar sobre los 3.600 o los 3.000?

Gracias!
omega_rugal escribió:Nueva duda respecto a la desgravación por cambio de ventanas (y mejora del 7% en eficiencia energética, tengo los certificados anteriores y posteriores).

En la desgravación del 20% de las cantidades pagadas, ¿esa deducción es sobre importe total SIN IVA o CON IVA).

Si me han costado las ventanas:
-3600 con IVA
-3000 sin IVA

¿La deducción del 20% la tengo que aplicar sobre los 3.600 o los 3.000?

Gracias!

Con IVA. La deducción se aplica sobre las “cantidades satisfechas” y eso incluye el IVA.
@martuka_pzm

como siempre, muchas gracias por la ayuda clara, rápida y desinteresa.
Ya han empezado a pagar, aviso del pago esta madrugada.
Manint escribió:Ya han empezado a pagar, aviso del pago esta madrugada.


Si, a mis compis ya los han pagado, pero coincide que son los que el importe es pequeño, 100 a 200€
La mía sigue la siguen comprobando.
Normalmente me tardan una semana en comprobarla.
Mi mujer que le sale a devolver 500 euros, ya ha sido revisada y en 3 días habiles pone que tendrá el pago. A mí y a mi padre que la cantidad es sensiblemente mayor, mi padre es jubilado y con la mutualidad y con mi madre incluida, asique se lleva un buen pellizco de devolución, aún nos sigue en tramitación... Un saludo.
NintendoPlayer escribió:Buenos días a todos,

Mi mujer trabaja como empleada de hogar para un solo empleador. Cuando entro en el borrador y quiero que me saque el cálculo, me indica si quiero incorporar 152€ de cotizaciones del régimen de cotización 138. Si lo hago me pide que ingrese los rendimientos íntegros percibidos. Entiendo que se refiere a lo que mi mujer haya cobrado de este empleador desde enero a diciembre de 2023, ¿cierto?

Gracias!


Buenas! Vuelvo a ponerlo por si alguien puede ayudarme.

Saludos!
Joer, este año tengo para las vacaciones: 2.200 eurazos me devuelven. :O :O :O :O
NintendoPlayer escribió:
NintendoPlayer escribió:Buenos días a todos,

Mi mujer trabaja como empleada de hogar para un solo empleador. Cuando entro en el borrador y quiero que me saque el cálculo, me indica si quiero incorporar 152€ de cotizaciones del régimen de cotización 138. Si lo hago me pide que ingrese los rendimientos íntegros percibidos. Entiendo que se refiere a lo que mi mujer haya cobrado de este empleador desde enero a diciembre de 2023, ¿cierto?

Gracias!


Buenas! Vuelvo a ponerlo por si alguien puede ayudarme.

Saludos!


Buenas! Exacto, los ingresos de empleada del hogar no aparecen directamente al hacer la renta (comprobando los datos fiscales veras que no salen). Hay que ponerlos manualmente.

Saludos
Killer D3vil escribió:Joer, este año tengo para las vacaciones: 2.200 eurazos me devuelven. :O :O :O :O


Pues te deben meter unos buenos atracos en el IRPF o.... está mal.
Killer D3vil escribió:Joer, este año tengo para las vacaciones: 2.200 eurazos me devuelven. :O :O :O :O


Pues míralo bien, tienes unas retenciones exageradas en tu empresa.
La mia y la de mu mujer ya están ingresadas en cuenta desde hoy. Declaraciones realizadas el día anterior al oficial, 600 y pico me han devuelto a mi y 700 y pico a mi mujer.
docobo escribió:
Killer D3vil escribió:Joer, este año tengo para las vacaciones: 2.200 eurazos me devuelven. :O :O :O :O


Pues te deben meter unos buenos atracos en el IRPF o.... está mal.

Sí, la verdad es que gano bastante bien y sólo estamos mi mujer y yo, así que de irpf tengo una buena mordida.
Killer D3vil escribió:
docobo escribió:
Killer D3vil escribió:Joer, este año tengo para las vacaciones: 2.200 eurazos me devuelven. :O :O :O :O


Pues te deben meter unos buenos atracos en el IRPF o.... está mal.

Sí, la verdad es que gano bastante bien y sólo estamos mi mujer y yo, así que de irpf tengo una buena mordida.


Habiendo buenos intereses actualmente te interesa (en mi opinión) que te regulen el IRPF y a ese dinero sacarle algo de rendimiento.
docobo escribió:
Killer D3vil escribió:Joer, este año tengo para las vacaciones: 2.200 eurazos me devuelven. :O :O :O :O


Pues te deben meter unos buenos atracos en el IRPF o.... está mal.


Retención del 90% [carcajad]
yo tengo un poco de jaleo con el IRPF... tengo 2 pagadores: uno de un trabajo a tiempo completo y otro a tiempo parcial. cada empresa me retiene el IRPF correspondiente al salario que me paga (lógicamente) pero luego hacienda me mete un palo de cojones. cuando hablo con las empresas para preguntar por ajustes de IRPF ambas me dicen que sus cálculos son correctos y me están reteniendo lo que toca. por mucho que les diga que tengo otro trabajo me dicen que eso no afecta a sus nóminas.

algo no me está cuadrando entonces. cómo se calcula el IRPF con dos pagadores? debo sumar la cantidad total anual y que ambas empresas me retengan el mismo porcentaje aunque los sueldos sean muy distintos?
Darxen escribió:yo tengo un poco de jaleo con el IRPF... tengo 2 pagadores: uno de un trabajo a tiempo completo y otro a tiempo parcial. cada empresa me retiene el IRPF correspondiente al salario que me paga (lógicamente) pero luego hacienda me mete un palo de cojones. cuando hablo con las empresas para preguntar por ajustes de IRPF ambas me dicen que sus cálculos son correctos y me están reteniendo lo que toca. por mucho que les diga que tengo otro trabajo me dicen que eso no afecta a sus nóminas.

algo no me está cuadrando entonces. cómo se calcula el IRPF con dos pagadores? debo sumar la cantidad total anual y que ambas empresas me retengan el mismo porcentaje aunque los sueldos sean muy distintos?

Exacto, si una te paga 20000 y otra 9000, tienen que retenerte el irpf de 29k.
sino una pagará un 12% y la otra nada. cuando las dos deberían retenerte un 16% mas o menos.
vamos que te estarían reteniendo 1440€ cuando entre las dos deberían estar reteniendote unos 4700€
Darxen escribió:yo tengo un poco de jaleo con el IRPF... tengo 2 pagadores: uno de un trabajo a tiempo completo y otro a tiempo parcial. cada empresa me retiene el IRPF correspondiente al salario que me paga (lógicamente) pero luego hacienda me mete un palo de cojones. cuando hablo con las empresas para preguntar por ajustes de IRPF ambas me dicen que sus cálculos son correctos y me están reteniendo lo que toca. por mucho que les diga que tengo otro trabajo me dicen que eso no afecta a sus nóminas.

algo no me está cuadrando entonces. cómo se calcula el IRPF con dos pagadores? debo sumar la cantidad total anual y que ambas empresas me retengan el mismo porcentaje aunque los sueldos sean muy distintos?


Si tu situación es permanente en el tiempo puedes hacer lo siguiente (invento cálculos):

- De la empresa A cobras 20.000 euros (en datos fiscales, retribuciones íntegras)
- De la empresa B cobras 30.000 euros (en datos fiscales retribuciones íntegras)
- Entre las dos te han retenido 5.000 euros (en datos fiscales suma de retenciones)
- En la propia declaración te salen a pagar otros 2.000 euros.

En resumen, tú en el año tenías que pagar 7.000 euros que te tenían que retener de tu sueldo total de 50.000 euros.

Puedes hacer:
7.000/50.000 = 14% y que cada empresa te retenga eso
O bien jugar con las cantidades, diciendo por ejemplo, pues A que me retenga un 10%. Entonces en A habrás pagado 2.000 euros y te quedarán 5.000 por pagar que tendrán que salir de B… 5.000/30.000 = 16,67%…

Lo importante es tener claro cuál es el ingreso íntegro (bruto) y cuál es la cuantía total a pagar en el año (suma de lo ya pagado por retención y del resultado a pagar de la renta). A partir de ahí se pueden hacer 1.000 cálculos
Darxen escribió:yo tengo un poco de jaleo con el IRPF... tengo 2 pagadores: uno de un trabajo a tiempo completo y otro a tiempo parcial. cada empresa me retiene el IRPF correspondiente al salario que me paga (lógicamente) pero luego hacienda me mete un palo de cojones. cuando hablo con las empresas para preguntar por ajustes de IRPF ambas me dicen que sus cálculos son correctos y me están reteniendo lo que toca. por mucho que les diga que tengo otro trabajo me dicen que eso no afecta a sus nóminas.

algo no me está cuadrando entonces. cómo se calcula el IRPF con dos pagadores? debo sumar la cantidad total anual y que ambas empresas me retengan el mismo porcentaje aunque los sueldos sean muy distintos?


El IRPF se paga sobre el salario total anual. No se paga específicamente más por tener más pagadores, aunque si estás en los límites es cierto que puedes pasar los baremos que te obligan o no a declarar. Es indiferente de qué trabajo venga la retención y recuerda que de manera voluntaria puedes ponerla tan alta como quieras.

En efecto, para una estimación más adecuada debes sumar los dos salarios anuales y sacar el porcentaje adecuado de retención, luego que te apliquen dicho porcentaje en ambos trabajos si lo quieres así.
@Darxen es el problema que tienes, que cada empresa te retiene como si fuese tu unico pagador, con lo que la retencion es mucho mas baja, y claro, luego llega el fisco con las rebajas. pero si le dices a la empresa retenme X no tendrian porque ponerte trabas.

por inventar numeros, si cada sueldo te pafa un SMI la retencion en cada curro sera de poco mas del 2%, pero un unico sueldo de 31k tiene un IRPF MUY SUPERIOR. y esa diferencia es la que te llega en forma de pago.
toca hablar con las empresas y que me hagan el cambio de una vez entonces, no sé por qué se emperran en que lo tienen todo bien y se ponen pesados para cambiarlo.

algún buen sitio donde calcular el IRPF que toca? he probado la web de la agencia tributaria y otras 3 más y en cada una me da una cifra distinta poniendo los mismos datos. entiendo que la fiable sería la de la agencia tributaria, pero joe, es que es la más alta con diferencia...
Darxen escribió:toca hablar con las empresas y que me hagan el cambio de una vez entonces, no sé por qué se emperran en que lo tienen todo bien y se ponen pesados para cambiarlo.

algún buen sitio donde calcular el IRPF que toca? he probado la web de la agencia tributaria y otras 3 más y en cada una me da una cifra distinta poniendo los mismos datos. entiendo que la fiable sería la de la agencia tributaria, pero joe, es que es la más alta con diferencia...

Mandale directamente la carta de cambio de irpf, firmada y listo. Normalmente son reticentes porque no tienen dicho papel ya que no pueden modificarlo a su antojo, una vez lo tienen te lo cambian sin problema por norma general.
Y para el calculo de irpf casi cualquier calculadora de sueldo neto te da un aprox
sadistics escribió:
Darxen escribió:toca hablar con las empresas y que me hagan el cambio de una vez entonces, no sé por qué se emperran en que lo tienen todo bien y se ponen pesados para cambiarlo.

algún buen sitio donde calcular el IRPF que toca? he probado la web de la agencia tributaria y otras 3 más y en cada una me da una cifra distinta poniendo los mismos datos. entiendo que la fiable sería la de la agencia tributaria, pero joe, es que es la más alta con diferencia...

Mandale directamente la carta de cambio de irpf, firmada y listo. Normalmente son reticentes porque no tienen dicho papel ya que no pueden modificarlo a su antojo, una vez lo tienen te lo cambian sin problema por norma general.

lo buscaré. pero dónde calculo el IRPF que me toca? cada web me da una cifra distinta. no se supone que es un cálculo sobre mi sueldo anual y poco más? no tengo hijos, ni estoy casado ni tengo familiares a cargo, no entiendo cómo puede darme cada web cifras tan dispares sobre lo mismo
Darxen escribió:toca hablar con las empresas y que me hagan el cambio de una vez entonces, no sé por qué se emperran en que lo tienen todo bien y se ponen pesados para cambiarlo.

algún buen sitio donde calcular el IRPF que toca? he probado la web de la agencia tributaria y otras 3 más y en cada una me da una cifra distinta poniendo los mismos datos. entiendo que la fiable sería la de la agencia tributaria, pero joe, es que es la más alta con diferencia...


No “se habla”, se solicita por escrito. Y no debe haber ningún problema más, a ellos ni les va ni les viene cuánto te retengan siempre que cumplas su tabla de mínimos.

Para el cálculo, toma tu salario total anual del 2023 y la suma de lo que te han dicho que vas a tener que pagar y lo que ya te han retenido por IRPF desde la propia nómina, calcula entonces qué porcentaje supone. Así tendrás una buena estimación.
Darxen escribió:
sadistics escribió:
Darxen escribió:toca hablar con las empresas y que me hagan el cambio de una vez entonces, no sé por qué se emperran en que lo tienen todo bien y se ponen pesados para cambiarlo.

algún buen sitio donde calcular el IRPF que toca? he probado la web de la agencia tributaria y otras 3 más y en cada una me da una cifra distinta poniendo los mismos datos. entiendo que la fiable sería la de la agencia tributaria, pero joe, es que es la más alta con diferencia...

Mandale directamente la carta de cambio de irpf, firmada y listo. Normalmente son reticentes porque no tienen dicho papel ya que no pueden modificarlo a su antojo, una vez lo tienen te lo cambian sin problema por norma general.

lo buscaré. pero dónde calculo el IRPF que me toca? cada web me da una cifra distinta. no se supone que es un cálculo sobre mi sueldo anual y poco más? no tengo hijos, ni estoy casado ni tengo familiares a cargo, no entiendo cómo puede darme cada web cifras tan dispares sobre lo mismo


Te he explicado más arriba cómo hacerlo si tu sueldo en ambas empresas es constante. Con la renta de este año tienes los datos y es más sencillo que usar las herramientas que mencionas.
martuka_pzm escribió:Te he explicado más arriba cómo hacerlo si tu sueldo en ambas empresas es constante. Con la renta de este año tienes los datos y es más sencillo que usar las herramientas que mencionas.

sumando retenciones + lo que me toca pagar ahora me sale un 20%. según la calculadora de la agencia tributaria debería ser un 24%, según otra web un 20,5% y según otra un 21%. me fiaré del cálculo de este año (no espero subidas salariales ni nada, así que...) pero no entiendo por qué este cálculo puede dar cifras tan distintas según dónde mires, si se supone que esto son unas tablas fijas.

en fin, otro año más sin entender nada de cómo va esto. algo obligatorio para toda la ciudadanía no debería ser tan enrevesado...

gracias a todos!
Darxen escribió:
martuka_pzm escribió:Te he explicado más arriba cómo hacerlo si tu sueldo en ambas empresas es constante. Con la renta de este año tienes los datos y es más sencillo que usar las herramientas que mencionas.

sumando retenciones + lo que me toca pagar ahora me sale un 20%. según la calculadora de la agencia tributaria debería ser un 24%, según otra web un 20,5% y según otra un 21%. me fiaré del cálculo de este año (no espero subidas salariales ni nada, así que...) pero no entiendo por qué este cálculo puede dar cifras tan distintas según dónde mires, si se supone que esto son unas tablas fijas.

en fin, otro año más sin entender nada de cómo va esto. algo obligatorio para toda la ciudadanía no debería ser tan enrevesado...

gracias a todos!

entiendo que la agencia tributaria te mete un % algo mas alto para que después no llegue gente diciendo que le ha salido a pagar o lo que sea.
el resto de webs lo que te dan es el % exacto según ciertas condiciones, puede que otras te suban unas décimas para que así no te salga a pagar
@domodark Muchas gracias, lo pondré asi y añadiré las transferencias para justificar.

Otra cosa, en los rendimientos de la empresa me aparece una linea en el apartado de atrasos, correspondiente al ejercicio 2022. Deben ser retrasos cobrados en 2023 pero correspondientes al ejercicio anterior. ¿Cómo deberia preoceder?

Gracias
@NintendoPlayer si los atrasos son de menos de 1.500 euros puedes añadirlo este año.
Si no, complementaria del año pasado
Darxen escribió:
martuka_pzm escribió:Te he explicado más arriba cómo hacerlo si tu sueldo en ambas empresas es constante. Con la renta de este año tienes los datos y es más sencillo que usar las herramientas que mencionas.

sumando retenciones + lo que me toca pagar ahora me sale un 20%. según la calculadora de la agencia tributaria debería ser un 24%, según otra web un 20,5% y según otra un 21%. me fiaré del cálculo de este año (no espero subidas salariales ni nada, así que...) pero no entiendo por qué este cálculo puede dar cifras tan distintas según dónde mires, si se supone que esto son unas tablas fijas.

en fin, otro año más sin entender nada de cómo va esto. algo obligatorio para toda la ciudadanía no debería ser tan enrevesado...

gracias a todos!


Pues no se si por ejemplo el de la agencia tributaria te pide la comunidad autónoma.
Hay muchas, muchas, diferencias de una a otra.
Ejemplo: Cataluña a pagar 250 euros, Madrid a devolver casi 800 euros.

Por eso tu renta, que ya tiene todo incluido, es la mejor manera de calcular si la situación no varia
mcubcn escribió:La mia y la de mu mujer ya están ingresadas en cuenta desde hoy. Declaraciones realizadas el día anterior al oficial, 600 y pico me han devuelto a mi y 700 y pico a mi mujer.


Yo de momento nada. También presentada el día previo a las 18:21
Androm3da escribió:
mcubcn escribió:La mia y la de mu mujer ya están ingresadas en cuenta desde hoy. Declaraciones realizadas el día anterior al oficial, 600 y pico me han devuelto a mi y 700 y pico a mi mujer.


Yo de momento nada. También presentada el día previo a las 18:21

Es un poco lotería. El año pasado también la presenté el día previo y mi mujer en una semana ya lo tenía ingresado y a mi me tardaron hasta julio creo recordar (que viendo que ya era pleno verano ya la daba perdida hasta septiembre [+risas] )
mcubcn escribió:
Androm3da escribió:
mcubcn escribió:La mia y la de mu mujer ya están ingresadas en cuenta desde hoy. Declaraciones realizadas el día anterior al oficial, 600 y pico me han devuelto a mi y 700 y pico a mi mujer.


Yo de momento nada. También presentada el día previo a las 18:21

Es un poco lotería. El año pasado también la presenté el día previo y mi mujer en una semana ya lo tenía ingresado y a mi me tardaron hasta julio creo recordar (que viendo que ya era pleno verano ya la daba perdida hasta septiembre [+risas] )


Bueno, prisa no hay. Pero cuanto antes mejor :)
Yo he de pagar 1000€. Xd Xd. Suerte que la casa es grande.
Yo la presenté el primer día, pero no tengo esperanzas en cobrar pronto. Ya van dos años seguidos que me la devuelven en enero y a mi hermana le pagaron en febrero.
Me tienen que devolver 2800€.
Al casarme y tener una niña supongo que el IRPF me lo tienen fatal puesto.
Pues yo he tenido un día redondo. 18 años haciéndome ellos la declaración, y ahora resulta que no puedo desgravar el 100% del crédito hipotecario. Según las cuentas que me han mandado en un expediente abierto el mes pasado, solo puedo desgravar el 81,72%.

Total que tengo que pagar con caracter retroactivo 471€ en total de las rentas de 2020, 2021 y 2022. Como caí malo a mediados de 2022 y en 2023 he pasado a estar en incapacidad permanente total, mi baremo ha cambiado. Ahora mi base de tributación pasa de los 5500€ a los 8500€. Paso a ser discapacitado, al igual que mi hijo, y como mí mujer no trabaja, pues desgravo el 100% yo en la declaración conjunta con los nuevos tramos.

He tenido que modificar el porcentaje de desgravación por vivienda habitual al nuevo valor, y con ello, revisar la renta que ya había entregado este año. Pero dentro de lo malo, que son los 471€, me queda el consuelo de que las desgravaciones que tengo este año son mayores de lo que pensaba, y aún cambiando el porcentaje, no me varía la devolución de este año, pero ya tengo asumido que son casi 500€ menos de lo que iba a coger por dicho pago.

Al menos, ya está todo corregido, y a partir de este año ya se que tengo que modificar dicha casilla aparte de incluir la cuota del sindicato. Pero manda narices que al final tengas tú que resolver una declaración y que los señores funcionarios de hacienda, con todos tus datos, puedan equivocarse tan fácilmente. Ya he aprendido la lección de que las cosas serias habrá que dejar que las realicen los verdaderos profesionales.

Moraleja: Cuando declaréis el prestamo hipotecario, comprobad que solo incluís la parte que corresponde al valor del piso en sí. Si habéis usado alguna parte de ese dinero para papeleos o demás, no lo incluyáis que os pueden dar la sorpresa.
seaman escribió:Me tienen que devolver 2800€.
Al casarme y tener una niña supongo que el IRPF me lo tienen fatal puesto.


La niña, el matrimonio da igual.
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