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manolillolo+ escribió:martuka_pzm escribió:
No, no, a ver. Los datos fiscales pueden decir misa. Tú tienes la responsabilidad de incluir en tu declaración los datos correctos.
Si el SEPE o tu empresa, da igual, dice que te ha pagado 1.000.000 euros y tú has cobrado 20.000 obviamente tienes que poner 20.000, no 1.000.000.
Así que si tú tienes los justificantes bancarios de haber devuelto el dinero y/o la carta en la que el SEPE te pide esos 4.000 que has devuelto, pones lo que realmente te correspondía, no el total.
Vale, cuando haga el borrador tendré que revisar y corregir la cantidad, y adjuntar el justificante del pago y la carta de reclamación supongo.
kneissel escribió:Bueno, otro año más por aquí. A ver si esta puta vez tenemos más suerte y no sale a devolver, porque llevo dos años cobrando, mi mujer y yo, lo mismo prácticamente y siempre a pagar me sale.
He visto que esto empieza el 7 de abrill: Para ir preparándome.. para obtener el número de referencia, imprescindible para poder hacer el borrador, etc.. había que meter la cantidad que aparecía en la casilla xx de la declaración del año anteior, ¿verdad?
Acabo de entrar a la página de la Agencia Tributaria y he visto que está la opción "Obtenga su número de referencia"
SI entro me pide el DNI y, cuando lo pongo, me dice "*Introduzca la Fecha de Validez de su DNI (o Fecha de Expedición si es un DNI Permanente)"
Con esto ya tendría el número de referencia y podría ver el borrador y presentar la declaración ¿no? Es que no lo puedo comprobar al no tener ahora a mano el DNI y no poder ver la fecha de validez
Hasta el 7 de abril no se puede ver el borrador y comprobar si nos toca pagar o cobrar, no?
kneissel escribió:Bueno, otro año más por aquí. A ver si esta puta vez tenemos más suerte y no sale a devolver, porque llevo dos años cobrando, mi mujer y yo, lo mismo prácticamente y siempre a pagar me sale.
Nagaroth escribió:kneissel escribió:Bueno, otro año más por aquí. A ver si esta puta vez tenemos más suerte y no sale a devolver, porque llevo dos años cobrando, mi mujer y yo, lo mismo prácticamente y siempre a pagar me sale.
He omitido el resto de tu mensaje por no ser relevante para lo que te voy a decir.
El resultado de la declaración no es cuestión de suerte. Si os sale siempre a pagar es porque no os están haciendo bien la retención, si no queréis llevaros sorpresas en la declaración lo que tenéis que hacer es pedirle a vuestras respectivas empresas que os suban la retención que os hacen en las nóminas, no tiene mucho más misterio que ese. En caso contrario siempre os va a salir a pagar, no tendría sentido que fuera diferente el resultado si todo lo demás sigue siendo igual.
kneissel escribió:Nagaroth escribió:kneissel escribió:Bueno, otro año más por aquí. A ver si esta puta vez tenemos más suerte y no sale a devolver, porque llevo dos años cobrando, mi mujer y yo, lo mismo prácticamente y siempre a pagar me sale.
He omitido el resto de tu mensaje por no ser relevante para lo que te voy a decir.
El resultado de la declaración no es cuestión de suerte. Si os sale siempre a pagar es porque no os están haciendo bien la retención, si no queréis llevaros sorpresas en la declaración lo que tenéis que hacer es pedirle a vuestras respectivas empresas que os suban la retención que os hacen en las nóminas, no tiene mucho más misterio que ese. En caso contrario siempre os va a salir a pagar, no tendría sentido que fuera diferente el resultado si todo lo demás sigue siendo igual.
A mí hace años que no me tocan las ratenciones.. Mi mujer es funcionaria (profesora de secundaria) y lleva con la nómina sin modificarle nada desde hace años. Pasamos, un año, de ingresar entre los dos unos 600 euros a pagar, al año siguiente , casi 1.000
Voy a ver cómo queda la cosa este año y veremos cómo lo podemos arreglar.
Gracias compañero
Manint escribió:@kneissel Supongo que miraréis de hacer declaración por separado, ¿no? Para comparar. Porque no siempre sale mejor conjunta, de hecho con los dos trabajando nunca he visto que salga mejor.
kneissel escribió:Manint escribió:@kneissel Supongo que miraréis de hacer declaración por separado, ¿no? Para comparar. Porque no siempre sale mejor conjunta, de hecho con los dos trabajando nunca he visto que salga mejor.
Vamos.... De conjunta ni hablamos. Hubo un año que, por separado nos salió a pagar cerca de 1.400 euros y conjunta pasaba de los 4.000.
Nagaroth escribió:kneissel escribió:Bueno, otro año más por aquí. A ver si esta puta vez tenemos más suerte y no sale a devolver, porque llevo dos años cobrando, mi mujer y yo, lo mismo prácticamente y siempre a pagar me sale.
He omitido el resto de tu mensaje por no ser relevante para lo que te voy a decir.
El resultado de la declaración no es cuestión de suerte. Si os sale siempre a pagar es porque no os están haciendo bien la retención, si no queréis llevaros sorpresas en la declaración lo que tenéis que hacer es pedirle a vuestras respectivas empresas que os suban la retención que os hacen en las nóminas, no tiene mucho más misterio que ese. En caso contrario siempre os va a salir a pagar, no tendría sentido que fuera diferente el resultado si todo lo demás sigue siendo igual.
Grifore escribió:Una pregunta dicen por ahí que si no has cobrado del segundo pagador más de 1500 € no tienes porqué declarar la renta. no llego a los 22 k y en concreto cobre del erte 1481€ + gastos deducibles 134.32€ tengo que declararla? Entiendo que no llego a los 1500€ del segundo pagador ? O con los gastos deducibles también cuentan?
kulunguelejfn escribió:Pues ya se puede presentar la declaración via App!
Grifore escribió:@Manint
Gracias ! He mirado y pone 870€ a devolver pero arriba pone que con esos datos no hace falta presentarla .. por 18€!! Saludos!!
Grifore escribió:@Manint
Gracias ! He mirado y pone 870€ a pagar pero arriba pone que con esos datos no hace falta presentarla .. por 18€!! Saludos!!
Ashtyr escribió:Alguien me puede explicar asi como para tontos como narices se pone la deduccion por alquiler de vivienda?
He mirado el video de guia de hacienda pero la parte de selecciona deduccion por alquiler en deduccion de cuota general , ehmm eso donde cojones esta!!!??
No veo eso por ninguna parte
Y si, me corresponde, pero es que no encuentro esa opcion ni casilla por ningun lado
martuka_pzm escribió:Ashtyr escribió:Alguien me puede explicar asi como para tontos como narices se pone la deduccion por alquiler de vivienda?
He mirado el video de guia de hacienda pero la parte de selecciona deduccion por alquiler en deduccion de cuota general , ehmm eso donde cojones esta!!!??
No veo eso por ninguna parte
Y si, me corresponde, pero es que no encuentro esa opcion ni casilla por ningun lado
Primero de todo. Deducción estatal o de la CCAA?
Arriba a la izquierda creo que sale una lupa donde puedes buscar. Busca “vivienda” y deberían salirte todas.
Si es la estatal es en unas casillas y si es la autonómica en otras..
@Duqe a ver si es una consulta sin más no es deducible.
Si son gastos derivados de juicios y demás historias legales con tu jefe sí, en la 16.
Si son cuotas en la correspondiente a cuotas
martuka_pzm escribió:Ashtyr escribió:Alguien me puede explicar asi como para tontos como narices se pone la deduccion por alquiler de vivienda?
He mirado el video de guia de hacienda pero la parte de selecciona deduccion por alquiler en deduccion de cuota general , ehmm eso donde cojones esta!!!??
No veo eso por ninguna parte
Y si, me corresponde, pero es que no encuentro esa opcion ni casilla por ningun lado
Primero de todo. Deducción estatal o de la CCAA?
Arriba a la izquierda creo que sale una lupa donde puedes buscar. Busca “vivienda” y deberían salirte todas.
Si es la estatal es en unas casillas y si es la autonómica en otras..
@Duqe a ver si es una consulta sin más no es deducible.
Si son gastos derivados de juicios y demás historias legales con tu jefe sí, en la 16.
Si son cuotas en la correspondiente a cuotas
Frank12121212 escribió:Tengo una pregunta.
En el caso de que yo mañana vea el borrador y lo acepte, porque pienso que está bien, y luego resulta que se han equivocado haciendo calculos y me tocaria pagar más, es culpa mia por aceptarlo? O hacienda ni lo vuelve a mirar?
compacterol escribió:Hola ,mi hijo el año pasado gano en total 2500 euros de dos ett.En una le pagaron 700 y en otra 1800.Está obligado a hacerla?gracias.
martuka_pzm escribió:compacterol escribió:Hola ,mi hijo el año pasado gano en total 2500 euros de dos ett.En una le pagaron 700 y en otra 1800.Está obligado a hacerla?gracias.
No. Si la hace le devolverán lo retenido pero ojo! porque si es menor de 25 te quitarán a ti el mínimo por descendiente si la hace el.
@Frank12121212 si tienes una pérdida patrimonial te saldrá a pagar menos.
Busca todos los papeles. Escritura de compra, gastos de notarios, registros, etc. Todo esto de la compra y de la venta y vete a que te la hagan.
martuka_pzm escribió:compacterol escribió:Hola ,mi hijo el año pasado gano en total 2500 euros de dos ett.En una le pagaron 700 y en otra 1800.Está obligado a hacerla?gracias.
No. Si la hace le devolverán lo retenido pero ojo! porque si es menor de 25 te quitarán a ti el mínimo por descendiente si la hace el.
@Frank12121212 si tienes una pérdida patrimonial te saldrá a pagar menos.
Busca todos los papeles. Escritura de compra, gastos de notarios, registros, etc. Todo esto de la compra y de la venta y vete a que te la hagan.
compacterol escribió:martuka_pzm escribió:compacterol escribió:Hola ,mi hijo el año pasado gano en total 2500 euros de dos ett.En una le pagaron 700 y en otra 1800.Está obligado a hacerla?gracias.
No. Si la hace le devolverán lo retenido pero ojo! porque si es menor de 25 te quitarán a ti el mínimo por descendiente si la hace el.
@Frank12121212 si tienes una pérdida patrimonial te saldrá a pagar menos.
Busca todos los papeles. Escritura de compra, gastos de notarios, registros, etc. Todo esto de la compra y de la venta y vete a que te la hagan.
Si ,es menor de 25.Asi pues,que no la haga.Es que estaba confundido,con esto de que si un segundo pagador l pagaba mas de 1500euros,estaba obligado.Gracias.
martuka_pzm escribió:compacterol escribió:martuka_pzm escribió:
No. Si la hace le devolverán lo retenido pero ojo! porque si es menor de 25 te quitarán a ti el mínimo por descendiente si la hace el.
@Frank12121212 si tienes una pérdida patrimonial te saldrá a pagar menos.
Busca todos los papeles. Escritura de compra, gastos de notarios, registros, etc. Todo esto de la compra y de la venta y vete a que te la hagan.
Si ,es menor de 25.Asi pues,que no la haga.Es que estaba confundido,con esto de que si un segundo pagador l pagaba mas de 1500euros,estaba obligado.Gracias.
Lo de los 1500 euros del segundo pagador (que además no cumple porque los pagadores se ordenan por importe de mayor a menor, por lo que el segundo sería el de 700) te obliga cuando has ganado más de 14.000 en el año.
Así que tranquilo que por eso obligado no está
Edito: haced cuentas. Mirad lo que le devuelven a él y luego comparad con lo que tú pagas/te devuelven metiéndole y sin meterle.
Lo que mejor salga, pa’lante.
seil escribió:Yo he mirado, pero como no me entero bien me sale a pagar casi 250€![]()
Cuando se pueda ir a un gestor ire porque este año estuve un mes y medio en ERTE y me pagaron de más tengo aún un pago indevido de 302€ y claro nose si en hacienda me estan metiendo todo lo del ERTE entero o me estan descontando lo que tendré que devolver aún pendiente, asi que prefiero irme a un gestor y me lo miren cuando pueda
martuka_pzm escribió: @Frank12121212 si tienes una pérdida patrimonial te saldrá a pagar menos.
Busca todos los papeles. Escritura de compra, gastos de notarios, registros, etc. Todo esto de la compra y de la venta y vete a que te la hagan.
Torres escribió:martuka_pzm escribió: @Frank12121212 si tienes una pérdida patrimonial te saldrá a pagar menos.
Busca todos los papeles. Escritura de compra, gastos de notarios, registros, etc. Todo esto de la compra y de la venta y vete a que te la hagan.
Cómo va esto?? Yo el año pasado vendí un local por debajo del precio en el que lo tasamos en la herencia. Pensaba que sólo influía si lo vendías por encima. Qué se supone que hay que hacer??
macbookalu escribió:Buenas.
A ver si alguien puede aclararme una duda que me surge al prepararle la declaración a mi pareja.
Ella, recibió como herencia una cuarta parte de la mitad de la casa de sus padres por defunción de uno de ellos. La casa estaba en gananciales, por lo que su madre tiene el 50%+16,67% y cada hijo (son 3) el 16,67%.
El tema es que ambos vivimos de alquiler, y en esa casa vive su madre y sus dos hermanos.
En la declaración aportados por el catastro aparecen el inmueble como duplicado.
- 12,5% en propiedad
- 4,16% en nuda propiedad.
Entiendo que por las circunstancias que comento el 16,67% tendría que estar como nuda propiedad. ¿Estoy en lo correcto?. ¿Podéis indicarme como modificar esto?