[HO] Discriminación contra los hombres

mrbastante escribió:
Absuelven a un hombre tras estar preso más de un año por una violación: «La denunciante ha faltado a la verdad»
«La descripción de los hechos cruciales que realiza ella es confusa y contradictoria en sus diferentes declaraciones, no relatando de manera detallada y coherente cómo se produjeron los hechos, además de ser completamente contradictorios con el relato de la testigo vecina del inmueble, cuyo testimonio nadie ha puesto en duda, y que relata unos hechos completamente distintos, y además consentidos por la mujer». Las manifestaciones del acusado han sido siempre las mismas, coherentes y plagadas de detalles.

No será considerada denuncia falsa
El tribunal va todavía más allá y advierte de que «a pesar de haber apreciado que la denunciante ha faltado claramente a la verdad en contra del reo, incluso en el acto del juicio oral, no va a acordar la deducción de testimonio por un posible delito de acusación o denuncia falsa o falso testimonio dado que, como hemos reflejado, existe una parte del relato en la que no se ha acreditado realmente lo que sucedió».
https://www.eldebate.com/espana/castilla-y-leon/20250707/absuelven-hombre-estar-preso-ano-violacion-denunciante-faltado-verdad_314676.html


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Esa persona debería entrar en la cárcel el mismo tiempo que ha estado el hombre y si encima es con un año más de cárcel y en la zona de presos comunes mejor.
La Ley Orgánica 1/2025 se aprobará en octubre y entre otras nuevas violencias contra la mujer (y sólo contra la mujer) incluye esta premisa:

La reforma, que asigna a estos juzgados la instrucción de delitos contra la libertad sexual, mutilación genital femenina, matrimonio forzado y acoso con connotación sexual, incluso cuando no haya vínculo afectivo entre víctima y agresor, entrará en vigor en octubre de este año, “antes de que estén plenamente operativas las nuevas Secciones de Instrucción y de Violencia sobre la Mujer”, lo cual puede sobrecargar aún más estos juzgados, que “ya trabajan con altos niveles de saturación”, recuerdan.
https://www.infobae.com/espana/2025/03/03/alertan-del-riesgo-de-colapso-en-los-juzgados-de-violencia-de-genero-si-solo-se-amplian-las-competencias-y-no-los-recursos/


¿Alguien sabe si a esto se le aplica la inversión de la carga de prueba que ya se aplicaba con la antigua violencia de género y un hombre que no haya tenido contacto con una mujer puede ser denuncia por "acoso con connotación sexual" y tenga que ser él quien demuestre que ella miente?
mrbastante escribió:La Ley Orgánica 1/2025 se aprobará en octubre y entre otras nuevas violencias contra la mujer (y sólo contra la mujer) incluye esta premisa:

La reforma, que asigna a estos juzgados la instrucción de delitos contra la libertad sexual, mutilación genital femenina, matrimonio forzado y acoso con connotación sexual, incluso cuando no haya vínculo afectivo entre víctima y agresor, entrará en vigor en octubre de este año, “antes de que estén plenamente operativas las nuevas Secciones de Instrucción y de Violencia sobre la Mujer”, lo cual puede sobrecargar aún más estos juzgados, que “ya trabajan con altos niveles de saturación”, recuerdan.
https://www.infobae.com/espana/2025/03/03/alertan-del-riesgo-de-colapso-en-los-juzgados-de-violencia-de-genero-si-solo-se-amplian-las-competencias-y-no-los-recursos/


¿Alguien sabe si a esto se le aplica la inversión de la carga de prueba que ya se aplicaba con la antigua violencia de género y un hombre que no haya tenido contacto con una mujer puede ser denuncia por "acoso con connotación sexual" y tenga que ser él quien demuestre que ella miente?


La inversión de la carga de la prueba nunca se ha aplicado como tal, lo que se ha aplicado es la brocha gorda con el tema de que la declaración de la victima sirve como prueba de cargo siempre que cumpla tres supuestos...y ni eso en algunos casos.
La declaración de la victima se puede utilizar como prueba en cualquier tipo de delito, pero es especialmente relevante en los casos de violencia de genero por el motivo de que son delitos producidos en la intimidad.
Hay que intentar ser lo más 'técnicos' posibles en estos temas porque si no no tardan en aparecer algunos elementos diciendo que el hilo es un sitio para esparcir bulos.
Y como respuesta a tu pregunta...con lo dicho anteriormente debería quedar respondida, pero la respuesta es si, el uso del testimonio de la victima en este tipo de delitos es lo relevante, no la relación afectiva entre victima y denunciado.
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