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mrbastante escribió:Absuelven a un hombre tras estar preso más de un año por una violación: «La denunciante ha faltado a la verdad»
«La descripción de los hechos cruciales que realiza ella es confusa y contradictoria en sus diferentes declaraciones, no relatando de manera detallada y coherente cómo se produjeron los hechos, además de ser completamente contradictorios con el relato de la testigo vecina del inmueble, cuyo testimonio nadie ha puesto en duda, y que relata unos hechos completamente distintos, y además consentidos por la mujer». Las manifestaciones del acusado han sido siempre las mismas, coherentes y plagadas de detalles.
No será considerada denuncia falsa
El tribunal va todavía más allá y advierte de que «a pesar de haber apreciado que la denunciante ha faltado claramente a la verdad en contra del reo, incluso en el acto del juicio oral, no va a acordar la deducción de testimonio por un posible delito de acusación o denuncia falsa o falso testimonio dado que, como hemos reflejado, existe una parte del relato en la que no se ha acreditado realmente lo que sucedió».
https://www.eldebate.com/espana/castilla-y-leon/20250707/absuelven-hombre-estar-preso-ano-violacion-denunciante-faltado-verdad_314676.html
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La reforma, que asigna a estos juzgados la instrucción de delitos contra la libertad sexual, mutilación genital femenina, matrimonio forzado y acoso con connotación sexual, incluso cuando no haya vínculo afectivo entre víctima y agresor, entrará en vigor en octubre de este año, “antes de que estén plenamente operativas las nuevas Secciones de Instrucción y de Violencia sobre la Mujer”, lo cual puede sobrecargar aún más estos juzgados, que “ya trabajan con altos niveles de saturación”, recuerdan.
https://www.infobae.com/espana/2025/03/03/alertan-del-riesgo-de-colapso-en-los-juzgados-de-violencia-de-genero-si-solo-se-amplian-las-competencias-y-no-los-recursos/
mrbastante escribió:La Ley Orgánica 1/2025 se aprobará en octubre y entre otras nuevas violencias contra la mujer (y sólo contra la mujer) incluye esta premisa:La reforma, que asigna a estos juzgados la instrucción de delitos contra la libertad sexual, mutilación genital femenina, matrimonio forzado y acoso con connotación sexual, incluso cuando no haya vínculo afectivo entre víctima y agresor, entrará en vigor en octubre de este año, “antes de que estén plenamente operativas las nuevas Secciones de Instrucción y de Violencia sobre la Mujer”, lo cual puede sobrecargar aún más estos juzgados, que “ya trabajan con altos niveles de saturación”, recuerdan.
https://www.infobae.com/espana/2025/03/03/alertan-del-riesgo-de-colapso-en-los-juzgados-de-violencia-de-genero-si-solo-se-amplian-las-competencias-y-no-los-recursos/
¿Alguien sabe si a esto se le aplica la inversión de la carga de prueba que ya se aplicaba con la antigua violencia de género y un hombre que no haya tenido contacto con una mujer puede ser denuncia por "acoso con connotación sexual" y tenga que ser él quien demuestre que ella miente?