El Tribunal Supremo congela el fracasado canon AEDE por un defecto de forma

Alejo I
El Centro Español de Derechos Reprográficos (CEDRO) tendrá que pisar el freno en sus ambiciones de cobrar el canon AEDE si no varía la ley que lo regula. Así lo ha decidido la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo al dejar sin efecto la también conocida como tasa Google, anulando la orden ministerial en la que se especificaba la metodología para calcular las cuantías por la presencia de un defecto de forma.

Según señala Dircomfidencial, la sentencia no admite recurso y llega después de la intervención de la Conferencia de Rectores de Universidades Españolas (CRUE).

En un giro de tuerca que tal vez no fue inmediatamente claro cuando se emitió la orden ministerial (PDF), la CRUE señala que el Ministerio de Cultura obvió el impacto de la metodología de cálculo en la economía de las familias. En este aspecto el Tribunal Supremo se ha pronunciado de la siguiente manera, relata el diario económico Perspectiva:

[...] la familia-y más aún, como es normal o habitual, la que integra entre sus componentes hijos e/o hijas menores de edad sobre los que los progenitores, tutores o cuidadores ejercen derechos pero también cumplen o han de cumplir deberes inherentes a la relación jurídica trabada entre unos y otros- es potencial afectada, directamente y/o por repercusión, de las tarifas generales que lleguen a determinarse según la metodología que aprueba la Orden Ministerial impugnada.


Las páginas afectadas podrían reclamar

El canon AEDE ha sido un fracaso sin paliativos. No solo condujo a la espantada de Google News España, generando una polémica considerable, sino que su repercusión económica ha sido entre mínima e inexistente. CEDRO, encargada de su recaudación, aspiraba a cobrar cinco céntimos diarios por usuario activo de cualquier agregador de noticias, lo que hubiera supuesto la defunción de sitios como Menéame. Muchos más pequeños, de hecho, bajaron la persiana por miedo a las posibles repercusiones económicas y legales de esta medida.

De acuerdo con Perspectiva, la anulación de la orden abre la puerta a que los operadores que hayan pagado esta cuota puedan emprender acciones legales para solicitar un reintegro. Lo que no está claro es si algún sitio llegó a pagar la tasa. Que se sepa, CEDRO solo logró firmar un arreglo con la editorial Axel Springer (una de las grandes defensoras de esta tasa) para lanzar una aplicación propia en España. No obstante, ni siquiera el grupo alemán lo habría abonado.

El asunto del regreso de Google News a España es una incógnita que queda abierta. Por el momento no convendría echar las campanas al vuelo. Según hemos podido saber a través de Daniel Seijo, responsable de Menéame, existe la posibilidad (y posiblemente el deseo) de que el gobierno modifique la metodología del cálculo para ajustarla a la ley, lo que posibilitaría el cobro del canon.

La anulación da un respiro a los operadores de los agregadores de noticias en España, pero dista por tanto de ser un punto y final absolutamente definitivo. Todo dependerá de si el gobierno decide o no enmendar la orden anulada para despejar la aplicación del canon, algo deberá ser valorado en términos de capital político e impacto mediático.

Estamos en contacto con varios afectados por esta medida y actualizaremos la noticia si corresponde.