Reclaman 475 euros a cientos de clientes de Euskaltel por la supuesta descarga de Dallas Buyers Club

1, 2, 3, 4, 5
Pero que película es si no está en Netflix ahora me la bajo y opino si vale lo que dicen mi madre con ese dinero me compro la switch y sobra pasta jejeje .
Me recuerda a lo que hacen en alemania. Y el plan es que si cuela cuela y dinerito fresco.
Parece mas bien obra de abogados por su cuenta, no creo que vaya Matthew McConaughey o la productora de la peli y diga "yieee que ahí en el pais vasco se han descargao mi peli, enga va por 475 eurillos de nada les perdonamos"

Pero como a los chupatintas les salga bien la jugada me veo aluvión de cartas a saco
Es un simple timo. Yo mismo puedo enviaros una carta inventándome cualquier chorrada diciéndoos que si amistosamente me pagáis 100€ no os denuncio. Si cuela en el 50% de los casos, dinero fácil. La carta que ha compartido David Bravo lo explica perfectamente. Lo realmente interesante sería que los afectados se unieran en un frente común para denunciar a la empresa que representa dicho abogado, la cual huele más a empresa fantasma que a un negocio real.

@Marigil las cosas no funcionan así, tú puedes comprar los derechos de distribución de una película en cines, dvd o mismamente para tu empresa streaming como Netflix. La piratería afecta a más gente que al productor original que en casos de grandes éxitos es a los que menos afecta las descargas ilegales, ellos son los primeros en vender los derechos y meterlo en el banco; que a los intermediarios no les vaya bien con la distribución poco o nada les afecta.
Un vecino tiene una WiFi poco segura; alguien consigue entrar en su red y se dedica a descargar cuando sabe que éste no hace uso de la red para que no sea detectado ¿Multa para el vecino? }:/
empanuti escribió:
Arkhan escribió:Habría que ver exactamente la resolución del juez que ha obligado a Eusktaltel a facilitar esos datos de sus clientes, si tiene una motivación real o si, al contrario, podría ser el juez el que se hubiera meado fuera haciendo ese requerimiento.

Luego está el tema de la empresa en cuestión, creo que se pueden apuntar trescientos clientes menos a su cartera, porque después de esto dudo mucho que algún usuario quiera quedarse con ellos.


¿Y qué culpa tiene euskaltel?
si el juez ordena a la empresa a dar las IP,
la empresa lo hará se llame euskaltel, telefónica, vodafone o manolo-telecomunicaciones


Perdona?? Pero es que la operadora ha dado tus datos sin tú consentirlo y si es verdad que un juez les ha dado la orden están obligados a informarte detalladamente del por qué han dado tus datos al demandante. Yo no tengo Euskaltel pero no me jodas que aqui se descarga peliculas y series TODO DIOS y yo precisamente por una peli de mierda voy a tener que pagar casi 500 pavos jajajajaja me mondo. Yo creo que en caso de que se vaya a juicio debería montarse una plataforma de afectados y contratar a un abogado porque los costes del juicio pueden ser tela de guapos. Y a Esukaltel...ay amigo.. a esa se le cae el pelo. A mi que me vengan que me rio en to su cara!! [qmparto]
Ashdown está baneado por "faltas de respeto"
Newton escribió:Un vecino tiene una WiFi poco segura; alguien consigue entrar en su red y se dedica a descargar cuando sabe que éste no hace uso de la red para que no sea detectado ¿Multa para el vecino? }:/

En Alemania, sí.
Ashdown escribió:
Newton escribió:Un vecino tiene una WiFi poco segura; alguien consigue entrar en su red y se dedica a descargar cuando sabe que éste no hace uso de la red para que no sea detectado ¿Multa para el vecino? }:/

En Alemania, sí.


Pues si, es asi.
HongKi está baneado por "Game over"
y si pasas del asunto que pasa? Seguramente te quiten el dinero a la fuerza.. con intereses
HongKi escribió:y si pasas del asunto que pasa? Seguramente te quiten el dinero a la fuerza.. con intereses

Vas a juicio, si es que realmente llegan a enjuiciar, si pierdes te tocará pagar lo que estipule el juez, y te comes los gastos que hayas tenido de abogados, etc. Si ganas no pagas nada y lo normal en este tipo de casos es que las costas procesales las pague el demandante si pierde, esto incluye los honorarios de tu abogado. Es imposible que Dallas Buyers Club LLC gane este tipo de caso en España a menos que uno tenga la mala suerte de que le toque un juez de los que cuando estudió la carrera aún se daba en latín y no sabe distinguir un ordenador de una tostadora.

En ningún momento piensan que puedan ganar, es para ver si la gente por miedo pica y paga, es una extorsión con todas las letras.

Un saludo.
Newton escribió:Un vecino tiene una WiFi poco segura; alguien consigue entrar en su red y se dedica a descargar cuando sabe que éste no hace uso de la red para que no sea detectado ¿Multa para el vecino? }:/


Como bien dicen @URE1213 y @Ashdown , aquí en Alemania es responsabilidad del titular/poseedor de la linea que esta sea lo suficientemente segura y sobre él mismo recaería cualquier problema derivado por el mal uso de la misma, aunque sea por la acción de terceros que se hayan aprovechado de fallos de seguridad.
FEATHIL escribió:
Newton escribió:Un vecino tiene una WiFi poco segura; alguien consigue entrar en su red y se dedica a descargar cuando sabe que éste no hace uso de la red para que no sea detectado ¿Multa para el vecino? }:/


Como bien dicen @URE1213 y @Ashdown , aquí en Alemania es responsabilidad del titular/poseedor de la linea que esta sea lo suficientemente segura y sobre él mismo recaería cualquier problema derivado por el mal uso de la misma, aunque sea por la acción de terceros que se hayan aprovechado de fallos de seguridad.



pues es como si te roban un cuchillo matan a alguien y tu la pringas por que es tu cuchillo...

hemos llegado a la absurdez de lo absurdo.
@frannet Totalmente de acuerdo pero ya te digo que es así. A uno le da la paranoia cada vez que internet va lento, te pones a pensar si no habrá algún cabroncete intentando joderle el día a uno (lo que hace que te pases un buen rato monitorizando cuantos dispositivos hay conectados a tu red)
Si se graban como compensación los dispositivos electrónicos porque se presupone que van a usarse para copias ilegales vulnerando de por sí la presunción de inocencia... ¿Qué sentido tiene esta demanda? Intuyo que ninguna.
Además de que es una vulneración de la LOPD.
Estoy pensando que puede ser una estrategia de la productora para que se hable de la película, pero así sólo va a conseguir dañar su imagen, y por extensión la de Matthew McConaughey. Ya me veo mensajes del tipo "pues a partir de ahora no veo nada de ese tipo".
O es una estafa o una muy mala decisión estratégica.
Calculinho escribió:Es un simple timo. Yo mismo puedo enviaros una carta inventándome cualquier chorrada diciéndoos que si amistosamente me pagáis 100€ no os denuncio. Si cuela en el 50% de los casos, dinero fácil. La carta que ha compartido David Bravo lo explica perfectamente. Lo realmente interesante sería que los afectados se unieran en un frente común para denunciar a la empresa que representa dicho abogado, la cual huele más a empresa fantasma que a un negocio real.

@Marigil las cosas no funcionan así, tú puedes comprar los derechos de distribución de una película en cines, dvd o mismamente para tu empresa streaming como Netflix. La piratería afecta a más gente que al productor original que en casos de grandes éxitos es a los que menos afecta las descargas ilegales, ellos son los primeros en vender los derechos y meterlo en el banco; que a los intermediarios no les vaya bien con la distribución poco o nada les afecta.


Hombre yo un timo no creo que sea cuando un juez a obligado a Euskaltel a facilitar las direcciones ip...

Espero que no me empiecen a llegar cartas de 500 pavos por cada peli que me haya podido descargar jajajja
melado escribió:
darksch escribió:Entonces la solución pasaría por que el tracker no mostrara las IPs de forma pública. Y que tampoco las guardara

Y si acabas de llegar y quieres conectarte, ¿cómo sabes a qué IPs hacerlo? XD Por definición las IPs deben ser públicas. De ahí lo de la VPN, claro.

Pero el caso es que las VPN pueden estar logeando y si les piden los logs... Vamos que sólo queda buscarse una VPN "piratilla" que no haga log (o eso dicen pq luego algunas que dicen que no hace log si lo hacen) o esperar que quien quiera rastrear no quiera molestarse en contactar con los administradores de las VPN.

Va haciendo falta un nuevo sistema de compartir, el piraTorrent xD
darksch escribió:
melado escribió:
darksch escribió:Entonces la solución pasaría por que el tracker no mostrara las IPs de forma pública. Y que tampoco las guardara

Y si acabas de llegar y quieres conectarte, ¿cómo sabes a qué IPs hacerlo? XD Por definición las IPs deben ser públicas. De ahí lo de la VPN, claro.

Pero el caso es que las VPN pueden estar logeando y si les piden los logs... Vamos que sólo queda buscarse una VPN "piratilla" que no haga log (o eso dicen pq luego algunas que dicen que no hace log si lo hacen) o esperar que quien quiera rastrear no quiera molestarse en contactar con los administradores de las VPN.

Va haciendo falta un nuevo sistema de compartir, el piraTorrent xD


Pero en un tracker privado no hay ese problema, no?
HongKi está baneado por "Game over"
Pues te vas al cibercafe del pakistani y te hartas a bajar, y solucionado

Esta idea esta bajo copyright, el que me copie irá directamente a mis abogados bilbainos
javi0511 escribió:Pero en un tracker privado no hay ese problema, no?

Si te fías del 100% de los miembros de ese tracker, no. ¿Tú te fiarías? :P
Que les peguen un sida culero a los de euskaltel (vease la ironia).
melado escribió:
javi0511 escribió:Pero en un tracker privado no hay ese problema, no?

Si te fías del 100% de los miembros de ese tracker, no. ¿Tú te fiarías? :P


Ya, bajo amenaza todos somos presa fácil, eso es cierto.

En cualquier caso, espero y deseo que los que han recibido la carta no tengan ningún tipo de consecuencia y que no sea más que un intento de extorsión de un bufete de pacotilla que habrá conseguido un fichero de datos de vete a saber donde.
Torres escribió:
Calculinho escribió:Es un simple timo. Yo mismo puedo enviaros una carta inventándome cualquier chorrada diciéndoos que si amistosamente me pagáis 100€ no os denuncio. Si cuela en el 50% de los casos, dinero fácil. La carta que ha compartido David Bravo lo explica perfectamente. Lo realmente interesante sería que los afectados se unieran en un frente común para denunciar a la empresa que representa dicho abogado, la cual huele más a empresa fantasma que a un negocio real.

@Marigil las cosas no funcionan así, tú puedes comprar los derechos de distribución de una película en cines, dvd o mismamente para tu empresa streaming como Netflix. La piratería afecta a más gente que al productor original que en casos de grandes éxitos es a los que menos afecta las descargas ilegales, ellos son los primeros en vender los derechos y meterlo en el banco; que a los intermediarios no les vaya bien con la distribución poco o nada les afecta.


Hombre yo un timo no creo que sea cuando un juez a obligado a Euskaltel a facilitar las direcciones ip...

Espero que no me empiecen a llegar cartas de 500 pavos por cada peli que me haya podido descargar jajajja



Una de las cosas malas de mi carrera es que chapamos mucho artículo, pero no nos enseñan realmente a interpretar su aplicación práctica y mucho menos a saber buscar información y sentencias así que quizás esté equivocado, pero para empezar usando el buscador de jurisprudencia del Poder Judicial para buscar sentencias del juzgado mercantil de Vizcaya (que está en Bilbao) para la fecha que indica la carta sólo aparecen tres, ninguna relacionada con el caso de la noticia (las tres van de concurso de acreedores): http://www.poderjudicial.es/search/indexAN.jsp

Algo que ya me hacía sospechar de primeras porque en la carta no indica el nº de resolución de la sentencia que es la forma más fácil de buscar una sentencia y leerla. Vamos que así de primeras yo veo una carta escrita por un abogado que no me aporta datos para buscar la sentencia real. Como digo, igual he buscado mal porque en mi carrera estas cosas nos tenemos que buscar bastante la vida y al final como todo en la vida nos acabarán enseñando profesionales que nos pillen en prácticas.

Pero vamos que veo muchas lagunas en esta noticia y me huele más a eso "si me pagas no te denuncio" a ver si cuela y quedaría por saber como han conseguido realmente las direcciones IP porque yo la sentencia a la que aluden no la encuentro.

P.D: De todas formas todavía no he estudiado ni derecho mercantil ni procesal así que seguramente he patinado también en algún razonamiento.
javi0511 escribió:
Pero en un tracker privado no hay ese problema, no?


Siempre he pensado que los tracker privados basan su seguridad en no destacar demasiado. Si alguno se hace lo suficientemente famoso, podría convertirse en un excelente "trofeo de caza". Como bien apunta melado y tu mismo en tu contestación posterior, bajo presión todos somos presa fácil y la escabechina podría ser importante.

Es decir, no imagino a un juez pedir todas las ips que pasen por pirate bay por ejemplo, sino más bien y en todo caso las que hayan compartido X archivo, y de ellas, no todas. Pero si se diera el caso de ir a por un tracker privado porque destacara en exceso, ya me veo los titulares, desmantelada una red compuesta por Xmil individuos, todos con su nombre y DNI, todos "socios" del tinglado. "El mayor golpe contra la piratería ...."

Respecto a la noticia, ojalá se unieran en demanda colectiva el mayor número posible de afectados y le cayera un buen puro al abogado y al supuesto juez/compañía que en teoría solicitó/facilitó las ips sin poder hacerlo. Si en su lugar, los afectados se dedican a pagar, con que paguen unos cuantos, ya ha salido rentable el negocio, ergo, volverá a repetirse con cada vez mayor frecuencia.

Saludos.
Aquí os pongo el modelo de carta para responder a esa demanda de 475€ del abogado de Bilbao, Rafael Eizaguirre.


Estimado Sr.:

Acuso recibo de su carta de fecha XX/XX/2017 mediante la que me requiere al pago de 475 euros de indemnización por el perjuicio que dice derivado de la difusión no autorizada de una obra cuyos derechos ostentaría su cliente. Asegura en su escrito que soy yo el autor de esa difusión no autorizada, hecho que deduce de que mis datos personales están vinculados a un determinado número de IP, desde el que se habría realizado la difusión a la que alude.

A este respecto querría hacerle las siguientes consideraciones:

1.- Sin entrar ahora en discusión alguna sobre la licitud o ilicitud de los hechos que describe, niego haber realizado difusión alguna de la obra a la que refiere ni de ninguna otra.

2.- Los datos que ha obtenido por resolución judicial en fase preliminar y facilitados por medio de mi ISP vulneran la Ley 25/2007 de Conservación de Datos (en adelante LCD), que manifiesta con toda claridad que:

“Esta Ley tiene por objeto la regulación de la obligación de los operadores de conservar los datos generados o tratados en el marco de la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas o de redes públicas de comunicación, así como el deber de cesión de dichos datos a los agentes facultados siempre que les sean requeridos a través de la correspondiente autorización judicial con fines de detección, investigación y enjuiciamiento de delitos graves contemplados en el Código Penal o en las leyes penales especiales.”

No solo esos datos no pueden facilitarse en un procedimiento civil como el que usted pretende iniciar, sino que incluso en procedimientos penales está constreñido a que los delitos investigados sean de los calificados como graves. Es por esa razón por la que no solo incluso en vía penal se deniega de forma habitual la práctica de esta prueba sino que además es también común que se declare nula cuando se ha practicado pese a lo dispuesto en la LCD.

En ese sentido el Auto de la Audiencia Provincial de Madrid de 8 de julio de 2011 que, desestimando el recurso de la acusación particular contra el auto que denegaba la prueba solicitada, manifiesta:

“SEGUNDO.-.-El recurso no puede prosperar. La Ley 25/2007, de 18 de octubre, de conservación de datos relativos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones en su art EDL 2007/159198 . 1.1 dice: " Esta Ley tiene por objeto la regulación de la obligación de los operadores de conservar los datos generados o tratados en el marco de la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas o de redes públicas de comunicación, así como el deber de cesión de dichos datos a los agentes facultados siempre que les sean requeridos a través de la correspondiente autorización judicial con fines de detección, investigación y enjuiciamiento de delitos graves contemplados en el Código Penal EDL 1995/16398 o en las leyes penales especiales ".

En la exposición de motivos de esta Ley se dice: "...cabe señalar que la Directiva se refiere, expresamente, a que los datos conservados deberán estar disponibles a los fines de detección o investigación por delitos graves, definidos éstos de acuerdo con la legislación interna de cada Estado miembro".

Por lo tanto la referida Ley es muy clara y contundente, y se refiere únicamente a la investigación de delitos graves, remisión que conduce a lo previsto en el artículo 13 y 33 del Código Penal EDL 1995/16398 , esto es, a aquellos en que la pena señalada para el delito sea de prisión superior a cinco años.”

Como la prueba obtenida vulnera el derecho fundamental a la intimidad por no estar amparada la intromisión en los supuestos permitidos por la LCD, entendemos que no puede surtir efecto, según lo dispuesto en el artículo 11 LOPJ, que manifiesta que “no surtirán efecto las pruebas obtenidas, directa o indirectamente, violentando los derechos o libertades fundamentales”.

3.- Pero es que además de nula por vulnerar derechos fundamentales, la prueba a la que usted alude es estéril a los fines que pretende.

Lo que identifica un nombre asociado a un número de IP no es a la persona que hace uso de una determinada conexión a internet sino simple y llanamente a la persona titular del contrato con la empresa que provee el servicio de internet. De este modo, usted se está dirigiendo a la persona que firmó el contrato para la prestación del servicio, dando por hecho sin más que quien contrata el servicio es además la persona que lo usa de forma exclusiva.

Es evidente y bien conocido -también por nuestra jurisprudencia- que el titular del contrato con el ISP no tiene por qué ser -es más: no suele ser- quien usa de forma exclusiva y excluyente ese servicio. Afirmar lo contrario sería equivale a considerar que quien contrata un servicio de telefonía fija para su domicilio es la persona que realiza todas las llamadas. Si a lo anterior le sumamos la posibilidad de que cualquier persona puede acceder a esa conexión vía wifi, ya sea de forma autorizada o sin autorización pero con medios ciertamente rudimentarios, la prueba que usted dice tener se hace aún más vaporosa e irrelevante (véase la sentencia del Tribunal Supremo de 3 de diciembre de 2012).

Por otra parte, debe tenerse en cuenta lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico, que dispone que ‘los proveedores de acceso a una red de telecomunicaciones que presten un servicio de intermediación que consista en transmitir por una red de telecomunicaciones datos facilitados por el destinatario del servicio o en facilitar acceso a ésta no serán responsables por la información transmitida, salvo que ellos mismos hayan originado la transmisión, modificado los datos o seleccionado éstos o a los destinatarios de dichos datos.’


4.- La Sala Sexta del Tribunal Supremo dictó sentencia de 3 de octubre de 2014, recurso 6153/2011, resolviendo el recurso de casación presentado por Promusicae frente a una resolución de la Agencia Española de Protección de Datos, estableciendo que ‘las direcciones IP son datos personales, en el sentido del artículo 3.a) LOPD y, como tales, se encuentran protegidos por las garantías establecidas por dicho texto legal para su tratamiento.’ Del mismo modo, la sentencia establece que dichos datos personales no pueden ser objeto de tratamiento automatizado sin consentimiento del afectado:

El hecho de que un usuario de red P2P conozca que su dirección IP es visible y puede ser conocida, no significa que acepte de forma inequívoca su uso y tratamiento por terceros, ni que consienta de forma específica el tratamiento de sus datos que pretende la parte recurrente. Por tanto, no puede equipararse el conocimiento por el titular de que su dirección IP es visible en las redes P2P, con su consentimiento para su tratamiento automatizado junto con otros datos de su tráfico.

De conformidad con la doctrina del Tribunal Supremo, entendemos que Vd. ha realizado un tratamiento automatizado de datos de carácter personal, sin haber recabado mi consentimiento, y además con un fin distinto al establecido en el artículo 259 de la Ley de Enjuiciamiento Civil para las diligencias preliminares, que dispone que los datos cedidos se utilizarán exclusivamente para la tutela jurisdiccional de derechos, con prohibición de divulgarlos o comunicarlos a terceros.

Por lo anteriormente expuesto, le solicito mediante la presente comunicación la cancelación de cualquier dato relativo a mi persona obrante en sus archivos, reservándome el derecho de denunciar los hechos expuestos ante la Agencia Española de Protección de Datos por si el mencionado organismo pudiera entender que concurre una infracción de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Protección de Datos.

Aprovecho la oportunidad para saludarle muy atentamente.
Yo la he visto y es un peliculon, recomendada :)
OOQQ escribió:Yo la he visto y es un peliculon, recomendada :)

Pero si te la descargas mejor que no tengas a Euskaltel de operador. [sonrisa]
La verdad que este tipo de noticias me acojonan un poco. No hablo de mi, sino de "un amigo" que se baja muchas cosas... como metan 450€ por archivo no hay vida para pagar. :p
Estoy en Alemania, llevo un año y doy fe que aquí es incluso peor, aquí hay bufetes de abogados dedicados en plan camorra napolitana a ir extorsionando. Llegan a prácticas como subir contenido con copyright y después demandar a los que se lo han bajado. Trabajan para eso. Y no hablamos de estas cantidades, hablamos de miles de euros, es más, hace poco tiempo ya incluso te meten en la cárcel por cosas tan simples como ver un partido de fútbol por p2p, si, cárcel.

Así que aquí nadie descarga nada y punto. Dedican su tiempo y su dinero a otras cosas.

¿Y porque digo esto? Porque algunos iluminados piensan que si se acaba con la piratería las ventas de películas, musica, juegos, etc, van a dispararse, o al menos, subir.... la realidad, comparar las ventas de todas esas cosas entre españa y alemania y reir, especialmente teniendo en cuenta el poder adquisitivo, la población y demás factores.

Mis amigos aquí no coleccionan peliculas, ni nada, como mucho alguno tiene la play con tres o cuatro juegos y punto... aquí la gente se compra buenas bicicletas, coches, se van a la montaña...etc... hacen otras cosas (por regla general, hay de todo como en todas partes). No hay piratería ni la necesitan. Y les sobra la pasta, para eso y más.

En españa no tenemos donde caernos muertos, pero la gente se gasta la pasta, que no tienen, en todas esas cosas que luego van llorando algunos de que se piratean mucho....

Parece que españa va camino de la parte mala, la de las denuncias, la de los impuestos abusivos, pero la buena, la de los sueldos altos, la calidad de servicios, etc... esa se ha perdido por el camino... en septiembre vuelvo a españa y el bajón va a ser tremendo...
ajvulcan escribió:Estoy en Alemania,[...] Así que aquí nadie descarga nada y punto

Seguro que si [carcajad] ¿Sabes lo que es una VPN? pues eso.
@Kendo14
Me juego la bolsa escrotal que ni la has visto...
Y si capas la subida en el programa de torrent? Jaque mate [qmparto] [qmparto]
Si algun dia la cosa aqui acaba como en alemania me doy de baja de internet... Dime tu pa que coño quiero 50 o 300 mb si no es para descargar cosas. Si quiero ver noticias online con los mb del mv me sobra [facepalm]
Pero no están denunciando por bajar sino por compartir. ¿No es cierto?

Todo va asociado a P2P porque tienen datos públicos que saben "están ahí" y sobre los que realizar una petición. Sino se estarían pasando la presunción de inocencia de todo usuario con conexión a Internet por el forro. Las descargas directas a priori no deberían tener ese riesgo.

También me llama la atención que ésto salga el mismo día que nos vuelven a colar el canon pasándose el dictamen europeo por el forro de los cojones y todas las negativas previas. Pues al final nos la han vuelto a meter.

Bien mirado es lo mismo. Tomad impuesto vayas a hacer algo o no con material protegido, de inicio sois todos delincuentes.

Pero eh, ahí sigue el más votado con mayor número de imputados como si fuera normal.
Y la deuda que EL ESTADO PROVOCÓ y AGRAVÓ con el rescate, pagandola nosotros, encima se acabó dando perdida.
Eso sí, cuando cierto banco iba a ser absorbido con presumibles numeritos bailando para sus usuarios nadie supo nada hasta que pasó. Oh, espera... que un alto mando bien posicionado sí que lo dijo "a quien lo tenía que decir" para que movieran toda la millonada rápidamente.

Y así seguimos. Unos que roban. Otros que dejan robar. La constitución es sagrada y no se toca (caso catalán) pero cuando les interesa dos palmaditas y cambian u omiten lo que les da la gana.

Ni pirateo. Ni quiero la independencia (aunque cada día entiendo más a los Catalanes que sí la quieren). Ni muchas otras cosas. Pero estoy empezando a estar hasta la punta de la polla de todo lo que se hace "desde arriba" en este País.

ea, ya me he desahogado... ratataaaa
que me la manden a mi,por si algún dia se me olvida comprar papel del culo.
He leído la carta de respuesta de David Bravo peroooooo,no se yo ¿En serio creéis que la demanda no tiene futuro? Es decir,Euskaltel por orden de un juez ha dado las Ips correspondientes al abogado,por ende el juez ha violado en teoría la LOPD ¿Como puede ser que si solo se pueden facilitar datos por lo penal en delitos graves el juez ha determinado (con todo el riesgo que eso podría conllevarle) lo contrario? no se,esto me da mala espina,espero equivocarme,pero igual hay algo que nosotros no vemos ¿Alguien versado en leyes me podría iluminar?
En el supuesto de que alguno de los afectados admitiera haber compartido la película y aun así no quiera pagar ¿Que pasaría?
Ashdown escribió:
Newton escribió:Un vecino tiene una WiFi poco segura; alguien consigue entrar en su red y se dedica a descargar cuando sabe que éste no hace uso de la red para que no sea detectado ¿Multa para el vecino? }:/

En Alemania, sí.


Y en España también. Un amigo mío tuvo juicio por apología del terrorismo porque tenía su WiFi abierta y un vecino soltaba barbaridades por Twiitter desde su WiFi.

Obviamente se libró y el marrón se lo comió el verdadero culpable, pero el juicio se lo tuvo que tragar.
nekuro escribió:
ajvulcan escribió:Estoy en Alemania,[...] Así que aquí nadie descarga nada y punto

Seguro que si [carcajad] ¿Sabes lo que es una VPN? pues eso.


Por supuesto que lo se, y hay mucha gente que lo usa, yo incluido. No es incompatible con lo que he dicho. Aquí la mayoría de la gente no piratea y tienen muchos temores de hacerlo (y con razón).

PD: En mi casa somos 14, solo yo y otro que es ingeniero informático sabemos que es eso de las vpns o los servidores. El resto o tienen netflix, o spotify o steam, o simplemente si ven algo en internet es en youtube. Pero eso de descargar películas o juegos piratas, no lo hacen. Y de hecho no hacen más que decirme que no descargue nada, ni vea partidos de fútbol ni nada, que sino el marrón nos lo comemos todos, bla bla bla. Y suele ser la regla en la gente que conozco. Cree lo que quieras creer.
Eso pasa por descargar pelis aburridas.
Es una intimidación en toda regla y un experimento, depende como les salga habrá o no mas cartas.
tarzerix escribió:He leído la carta de respuesta de David Bravo peroooooo,no se yo ¿En serio creéis que la demanda no tiene futuro? Es decir,Euskaltel por orden de un juez ha dado las Ips correspondientes al abogado,por ende el juez ha violado en teoría la LOPD ¿Como puede ser que si solo se pueden facilitar datos por lo penal en delitos graves el juez ha determinado (con todo el riesgo que eso podría conllevarle) lo contrario? no se,esto me da mala espina,espero equivocarme,pero igual hay algo que nosotros no vemos ¿Alguien versado en leyes me podría iluminar?
En el supuesto de que alguno de los afectados admitiera haber compartido la película y aun así no quiera pagar ¿Que pasaría?


Me autoquoteo a mi mismo,me urge una respuesta
ajvulcan escribió:
nekuro escribió:
ajvulcan escribió:Estoy en Alemania,[...] Así que aquí nadie descarga nada y punto

Seguro que si [carcajad] ¿Sabes lo que es una VPN? pues eso.


Por supuesto que lo se, y hay mucha gente que lo usa, yo incluido. No es incompatible con lo que he dicho. Aquí la mayoría de la gente no piratea y tienen muchos temores de hacerlo (y con razón).

PD: En mi casa somos 14, solo yo y otro que es ingeniero informático sabemos que es eso de las vpns o los servidores. El resto o tienen netflix, o spotify o steam, o simplemente si ven algo en internet es en youtube. Pero eso de descargar películas o juegos piratas, no lo hacen. Y de hecho no hacen más que decirme que no descargue nada, ni vea partidos de fútbol ni nada, que sino el marrón nos lo comemos todos, bla bla bla. Y suele ser la regla en la gente que conozco. Cree lo que quieras creer.

Osea que son una mezcla de ignorantes/idiotas que solo usan un 1% del potencial de internet.
nekuro escribió:
Osea que son una mezcla de ignorantes/idiotas que solo usan un 1% del potencial de internet.


Como el 99% de la población Española. En eso nos parecemos.
turok escribió:
nekuro escribió:Osea que son una mezcla de ignorantes/idiotas que solo usan un 1% del potencial de internet.
Como el 99% de la población Española. En eso nos parecemos.

Discrepo, la poblacion española al menos puede descargar películas y juegos sin que les entre la gestapo en casa, asi que aprovechan bastante más internet que los kartoffel.
tarzerix escribió:
tarzerix escribió:He leído la carta de respuesta de David Bravo peroooooo,no se yo ¿En serio creéis que la demanda no tiene futuro? Es decir,Euskaltel por orden de un juez ha dado las Ips correspondientes al abogado,por ende el juez ha violado en teoría la LOPD ¿Como puede ser que si solo se pueden facilitar datos por lo penal en delitos graves el juez ha determinado (con todo el riesgo que eso podría conllevarle) lo contrario? no se,esto me da mala espina,espero equivocarme,pero igual hay algo que nosotros no vemos ¿Alguien versado en leyes me podría iluminar?
En el supuesto de que alguno de los afectados admitiera haber compartido la película y aun así no quiera pagar ¿Que pasaría?


Me autoquoteo a mi mismo,me urge una respuesta
tarzerix escribió:He leído la carta de respuesta de David Bravo peroooooo,no se yo ¿En serio creéis que la demanda no tiene futuro? Es decir,Euskaltel por orden de un juez ha dado las Ips correspondientes al abogado,por ende el juez ha violado en teoría la LOPD ¿Como puede ser que si solo se pueden facilitar datos por lo penal en delitos graves el juez ha determinado (con todo el riesgo que eso podría conllevarle) lo contrario? no se,esto me da mala espina,espero equivocarme,pero igual hay algo que nosotros no vemos ¿Alguien versado en leyes me podría iluminar?
En el supuesto de que alguno de los afectados admitiera haber compartido la película y aun así no quiera pagar ¿Que pasaría?

Si la carta es cierta,la trampa del abogado es intentar(implantando el miedo y el desconocimiento de la gente)que el que recibe la carta suelte de manera voluntaria-amistosa los 475 euros para zanjar el tema,pero dicho abogado sabe que está engañando porque jamás va a plantear el caso ante un juez.
Aunque plantease la demanda y le diese entrada en el decanato del juzgado,cuando fuese examinada,el juez de instrucción necesitaría pruebas contundentes o indicios relevantes de que dicha persona realizó un hecho delictivo.Si estuviesemos hablando de bandas organizadas o empresas que se lucran de manera elevada con la difusión de contenido ilegal,quizás otro gallo cantaría. Dudo muchisimo que el juez de instrucción ponga en marcha el mecanismo de justicia y de instrucciones a la policia judicial y al ministerio fiscal para investigar a un particular que está en su casa tranquilamente y casi seguro sin antecedentes penales. Otro dato importante que has aportado,es la vulneración de la Ley orgánica de protección de datos,que aunque fue por orden de un juez de lo mercantil en primera instancia,puede ser anulado cuando se revise el caso en una instancia superior.
El abogado lo sabe, e intenta por todos los medios cobrar un dinero amistosamente inculcando el miedo(quien sabe si con amenazas porque este tipo de cobradores funcionan asi)por el desconocimiento de la gente.
Respecto tu última pregunta-Jamás se deben admitir hechos,y menos declarar sin la presencia del abogado(y procurar no declarar ante la policia).Respecto al pago en caso de perder ,y no hablo de este caso(hablo en general),no vale de nada negarse a pagar.El juez debe de ver buena actitud y voluntad por parte del demandado,y hay formas de intentar eludir o reducir el pago educadamente y con estilo.Primero acudir a la via de la insolvencia,si no es posible,dejar claro que si pagas en esa forma que te exigen, quedan al descubierto las necesidades básicas vitales tuyas y las de los tuyos(alimentación,vivienda,etc).Y si no puedes escapar de ninguna manera,intentar acordar con el juez y la parte demandante el pago en cómodas cuotas o un único pago pero con reducción de la deuda en un porcentaje que te favorezca.
Yo al abogado no le pagaría y exigiria que no se me molestase más y le invitaría a que me denunciase y arreglar las cosas ante un juez.Ese dia no llegará jamás.
y si no ¿porque no denuncia directamente?
y ojo,que yo estoy basandome en abrir diligencias en un supuesto delito penal,pero en este caso va por lo civil,asi que lo veo muy crudo para el abogado.
un saludo.
nekuro escribió:
turok escribió:
nekuro escribió:Osea que son una mezcla de ignorantes/idiotas que solo usan un 1% del potencial de internet.
Como el 99% de la población Española. En eso nos parecemos.

Discrepo, la poblacion española al menos puede descargar películas y juegos sin que les entre la gestapo en casa, asi que aprovechan bastante más internet que los kartoffel.


Me refiero que la población Española es igual de ignorante en el conocimiento de las VPN precisamente por que nosotros no tenemos necesidad de usarlas. Yo creo que en Alemania incluso tienen que tener mas conocimiento de ellas que nosotros por la cuenta que les trae.
nekuro escribió:Osea que son una mezcla de ignorantes/idiotas que solo usan un 1% del potencial de internet.


Supongo que el mismo porcentaje que has usado tu de tu potencial intelectual al escribir semejante idiotez. Evidentemente hablaba de contenidos piratas.

nekuro escribió:Discrepo, la poblacion española al menos puede descargar películas y juegos sin que les entre la gestapo en casa, asi que aprovechan bastante más internet que los kartoffel.


Ah, vale, que es que para ti el potencial de internet y su aprovechamiento es ver películas y piratear juegos por la patilla, entonces ya está claro. ¿Entrar la gestapo (policia secreta nazi) en casa? Supongo que será una broma... sin gracia, eso si, al menos no se la cuentes a un alemán.

Por cierto, si te ves esta misma noticia, es precisamente que ya están comenzando a hacer lo mismo en españa que aquí.

turok escribió:Me refiero que la población Española es igual de ignorante en el conocimiento de las VPN precisamente por que nosotros no tenemos necesidad de usarlas. Yo creo que en Alemania incluso tienen que tener mas conocimiento de ellas que nosotros por la cuenta que les trae.


¿Y porque les trae a cuenta?...
lalioparda escribió:
tarzerix escribió:He leído la carta de respuesta de David Bravo peroooooo,no se yo ¿En serio creéis que la demanda no tiene futuro? Es decir,Euskaltel por orden de un juez ha dado las Ips correspondientes al abogado,por ende el juez ha violado en teoría la LOPD ¿Como puede ser que si solo se pueden facilitar datos por lo penal en delitos graves el juez ha determinado (con todo el riesgo que eso podría conllevarle) lo contrario? no se,esto me da mala espina,espero equivocarme,pero igual hay algo que nosotros no vemos ¿Alguien versado en leyes me podría iluminar?
En el supuesto de que alguno de los afectados admitiera haber compartido la película y aun así no quiera pagar ¿Que pasaría?

Si la carta es cierta,la trampa del abogado es intentar(implantando el miedo y el desconocimiento de la gente)que el que recibe la carta suelte de manera voluntaria-amistosa los 475 euros para zanjar el tema,pero dicho abogado sabe que está engañando porque jamás va a plantear el caso ante un juez.
Aunque plantease la demanda y le diese entrada en el decanato del juzgado,cuando fuese examinada,el juez de instrucción necesitaría pruebas contundentes o indicios relevantes de que dicha persona realizó un hecho delictivo.Si estuviesemos hablando de bandas organizadas o empresas que se lucran de manera elevada con la difusión de contenido ilegal,quizás otro gallo cantaría. Dudo muchisimo que el juez de instrucción ponga en marcha el mecanismo de justicia y de instrucciones a la policia judicial y al ministerio fiscal para investigar a un particular que está en su casa tranquilamente y casi seguro sin antecedentes penales. Otro dato importante que has aportado,es la vulneración de la Ley orgánica de protección de datos,que aunque fue por orden de un juez de lo mercantil en primera instancia,puede ser anulado cuando se revise el caso en una instancia superior.
El abogado lo sabe, e intenta por todos los medios cobrar un dinero amistosamente inculcando el miedo(quien sabe si con amenazas porque este tipo de cobradores funcionan asi)por el desconocimiento de la gente.
Respecto tu última pregunta-Jamás se deben admitir hechos,y menos declarar sin la presencia del abogado(y procurar no declarar ante la policia).Respecto al pago en caso de perder ,y no hablo de este caso(hablo en general),no vale de nada negarse a pagar.El juez debe de ver buena actitud y voluntad por parte del demandado,y hay formas de intentar eludir o reducir el pago educadamente y con estilo.Primero acudir a la via de la insolvencia,si no es posible,dejar claro que si pagas en esa forma que te exigen, quedan al descubierto las necesidades básicas vitales tuyas y las de los tuyos(alimentación,vivienda,etc).Y si no puedes escapar de ninguna manera,intentar acordar con el juez y la parte demandante el pago en cómodas cuotas o un único pago pero con reducción de la deuda en un porcentaje que te favorezca.
Yo al abogado no le pagaría y exigiria que no se me molestase más y le invitaría a que me denunciase y arreglar las cosas ante un juez.Ese dia no llegará jamás.
y si no ¿porque no denuncia directamente?
un saludo.

O.k,otra pregunta ¿Cual ha sido la reacción de los afectados? Quiero decir ¿No van a interponer ninguna demanda contra el juez en cuestión? ¿Se van a quedar con los brazos cruzados? Joder,que ha dado varias IP,alguna plataforma o colectivo debería estar en pie de guerra
tarzerix escribió:
lalioparda escribió:
tarzerix escribió:He leído la carta de respuesta de David Bravo peroooooo,no se yo ¿En serio creéis que la demanda no tiene futuro? Es decir,Euskaltel por orden de un juez ha dado las Ips correspondientes al abogado,por ende el juez ha violado en teoría la LOPD ¿Como puede ser que si solo se pueden facilitar datos por lo penal en delitos graves el juez ha determinado (con todo el riesgo que eso podría conllevarle) lo contrario? no se,esto me da mala espina,espero equivocarme,pero igual hay algo que nosotros no vemos ¿Alguien versado en leyes me podría iluminar?
En el supuesto de que alguno de los afectados admitiera haber compartido la película y aun así no quiera pagar ¿Que pasaría?

Si la carta es cierta,la trampa del abogado es intentar(implantando el miedo y el desconocimiento de la gente)que el que recibe la carta suelte de manera voluntaria-amistosa los 475 euros para zanjar el tema,pero dicho abogado sabe que está engañando porque jamás va a plantear el caso ante un juez.
Aunque plantease la demanda y le diese entrada en el decanato del juzgado,cuando fuese examinada,el juez de instrucción necesitaría pruebas contundentes o indicios relevantes de que dicha persona realizó un hecho delictivo.Si estuviesemos hablando de bandas organizadas o empresas que se lucran de manera elevada con la difusión de contenido ilegal,quizás otro gallo cantaría. Dudo muchisimo que el juez de instrucción ponga en marcha el mecanismo de justicia y de instrucciones a la policia judicial y al ministerio fiscal para investigar a un particular que está en su casa tranquilamente y casi seguro sin antecedentes penales. Otro dato importante que has aportado,es la vulneración de la Ley orgánica de protección de datos,que aunque fue por orden de un juez de lo mercantil en primera instancia,puede ser anulado cuando se revise el caso en una instancia superior.
El abogado lo sabe, e intenta por todos los medios cobrar un dinero amistosamente inculcando el miedo(quien sabe si con amenazas porque este tipo de cobradores funcionan asi)por el desconocimiento de la gente.
Respecto tu última pregunta-Jamás se deben admitir hechos,y menos declarar sin la presencia del abogado(y procurar no declarar ante la policia).Respecto al pago en caso de perder ,y no hablo de este caso(hablo en general),no vale de nada negarse a pagar.El juez debe de ver buena actitud y voluntad por parte del demandado,y hay formas de intentar eludir o reducir el pago educadamente y con estilo.Primero acudir a la via de la insolvencia,si no es posible,dejar claro que si pagas en esa forma que te exigen, quedan al descubierto las necesidades básicas vitales tuyas y las de los tuyos(alimentación,vivienda,etc).Y si no puedes escapar de ninguna manera,intentar acordar con el juez y la parte demandante el pago en cómodas cuotas o un único pago pero con reducción de la deuda en un porcentaje que te favorezca.
Yo al abogado no le pagaría y exigiria que no se me molestase más y le invitaría a que me denunciase y arreglar las cosas ante un juez.Ese dia no llegará jamás.
y si no ¿porque no denuncia directamente?
un saludo.

O.k,otra pregunta ¿Cual ha sido la reacción de los afectados? Quiero decir ¿No van a interponer ninguna demanda contra el juez en cuestión? ¿Se van a quedar con los brazos cruzados? Joder,que ha dado varias IP

no conozco el caso más de lo que leo en este foro,pero los afectados podrían crear una plataforma para hecer fuerza conjunta y estudiar las posibilidades de demandar.Si no lo hacen,es por ese miedo que tienen de creer que realmente han cometido un hecho delictivo.
Lo que repites de la ley orgánica es algo muy importante porque estamos hablando de una ley orgánica.Dichas leyes protegen articulos de nuestra constitución como son los derechos fundamentales de una persona(articulos 14 a 29) .Dichos articulos están protegidos por leyes orgánicas(y resto de articulos que diga la constitución como el art.54-defensor del pueblo,etc).El propio código penal español castiga estas acciones.
Vulnerar una ley orgánica es algo muy grave,pero yo sin leer la sentencia del juzgado de lo mercantil no puedo entrar a dar ninguna valoración.
Siento no poder ayudarte más. A lo mejor alguien que conoce más el caso puede resolverte las dudas.Yo creo que esto queda en nada,porque crearía un precedente insostenible,porque durante años,cientos de miles de personas han bajado,compartido,visionado contenido ilegal y los juzgados están colapsados con carga de trabajo como para ponerse con estas historias por la gracia de un abogado que tiene más pinta de estafador que de otra cosa.
lalioparda escribió:
tarzerix escribió:
lalioparda escribió:Si la carta es cierta,la trampa del abogado es intentar(implantando el miedo y el desconocimiento de la gente)que el que recibe la carta suelte de manera voluntaria-amistosa los 475 euros para zanjar el tema,pero dicho abogado sabe que está engañando porque jamás va a plantear el caso ante un juez.
Aunque plantease la demanda y le diese entrada en el decanato del juzgado,cuando fuese examinada,el juez de instrucción necesitaría pruebas contundentes o indicios relevantes de que dicha persona realizó un hecho delictivo.Si estuviesemos hablando de bandas organizadas o empresas que se lucran de manera elevada con la difusión de contenido ilegal,quizás otro gallo cantaría. Dudo muchisimo que el juez de instrucción ponga en marcha el mecanismo de justicia y de instrucciones a la policia judicial y al ministerio fiscal para investigar a un particular que está en su casa tranquilamente y casi seguro sin antecedentes penales. Otro dato importante que has aportado,es la vulneración de la Ley orgánica de protección de datos,que aunque fue por orden de un juez de lo mercantil en primera instancia,puede ser anulado cuando se revise el caso en una instancia superior.
El abogado lo sabe, e intenta por todos los medios cobrar un dinero amistosamente inculcando el miedo(quien sabe si con amenazas porque este tipo de cobradores funcionan asi)por el desconocimiento de la gente.
Respecto tu última pregunta-Jamás se deben admitir hechos,y menos declarar sin la presencia del abogado(y procurar no declarar ante la policia).Respecto al pago en caso de perder ,y no hablo de este caso(hablo en general),no vale de nada negarse a pagar.El juez debe de ver buena actitud y voluntad por parte del demandado,y hay formas de intentar eludir o reducir el pago educadamente y con estilo.Primero acudir a la via de la insolvencia,si no es posible,dejar claro que si pagas en esa forma que te exigen, quedan al descubierto las necesidades básicas vitales tuyas y las de los tuyos(alimentación,vivienda,etc).Y si no puedes escapar de ninguna manera,intentar acordar con el juez y la parte demandante el pago en cómodas cuotas o un único pago pero con reducción de la deuda en un porcentaje que te favorezca.
Yo al abogado no le pagaría y exigiria que no se me molestase más y le invitaría a que me denunciase y arreglar las cosas ante un juez.Ese dia no llegará jamás.
y si no ¿porque no denuncia directamente?
un saludo.

O.k,otra pregunta ¿Cual ha sido la reacción de los afectados? Quiero decir ¿No van a interponer ninguna demanda contra el juez en cuestión? ¿Se van a quedar con los brazos cruzados? Joder,que ha dado varias IP

no conozco el caso más de lo que leo en este foro,pero los afectados podrían crear una plataforma para hecer fuerza conjunta y estudiar las posibilidades de demandar.Si no lo hacen,es por ese miedo que tienen de creer que realmente han cometido un hecho delictivo.
Lo que repites de la ley orgánica es algo muy importante porque estamos hablando de una ley orgánica,protegida en nuestra constitución como un derecho fundamental(articulos 14 a 29) .Dichos articulos están protegidos por leyes orgánicas(y resto de articulos que diga la constitución como el art.54-defensor del pueblo,etc).El propio código penal español castiga estas acciones.
Vulnerar una ley orgánica es algo muy grave,pero yo sin leer la sentencia del juzgado de lo mercantil no puedo entrar a dar ninguna valoración.
Siento no poder ayudarte más. A lo mejor alguien que conoce más el caso puede resolverte las dudas.Yo creo que esto queda en nada,porque crearía un precedente insostenible,porque durante años,cientos de miles de personas han bajado,compartido,visionado contenido ilegal y los juzgados están colapsados con carga de trabajo como para ponerse con estas historias por la gracia de un abogado que tiene más pinta de estafador que de otra cosa.

O sea que ¿Tienes casi la absoluta certeza de que tal demanda quedara en nada? Perdona de que te lo pregunte otra vez,es que me parece surrealista que un juez haya dado los datos tan alegremente,tan extraño me parece que hasta sospecho que hay gato encerrado
tarzerix escribió:
lalioparda escribió:
tarzerix escribió:O.k,otra pregunta ¿Cual ha sido la reacción de los afectados? Quiero decir ¿No van a interponer ninguna demanda contra el juez en cuestión? ¿Se van a quedar con los brazos cruzados? Joder,que ha dado varias IP

no conozco el caso más de lo que leo en este foro,pero los afectados podrían crear una plataforma para hecer fuerza conjunta y estudiar las posibilidades de demandar.Si no lo hacen,es por ese miedo que tienen de creer que realmente han cometido un hecho delictivo.
Lo que repites de la ley orgánica es algo muy importante porque estamos hablando de una ley orgánica,protegida en nuestra constitución como un derecho fundamental(articulos 14 a 29) .Dichos articulos están protegidos por leyes orgánicas(y resto de articulos que diga la constitución como el art.54-defensor del pueblo,etc).El propio código penal español castiga estas acciones.
Vulnerar una ley orgánica es algo muy grave,pero yo sin leer la sentencia del juzgado de lo mercantil no puedo entrar a dar ninguna valoración.
Siento no poder ayudarte más. A lo mejor alguien que conoce más el caso puede resolverte las dudas.Yo creo que esto queda en nada,porque crearía un precedente insostenible,porque durante años,cientos de miles de personas han bajado,compartido,visionado contenido ilegal y los juzgados están colapsados con carga de trabajo como para ponerse con estas historias por la gracia de un abogado que tiene más pinta de estafador que de otra cosa.

O sea que ¿Tienes casi la absoluta certeza de que tal demanda quedara en nada? Perdona de que te lo pregunte otra vez,es que me parece surrealista que un juez haya dado los datos tan alegremente,tan extraño me parece que hasta sospecho que hay gato encerrado

es que no existe tal demanda por parte del abogado a los particulares. Existe una resolución de unas diligencias entre la empresa que rpresenta el abogado y euskatel.A los particulares se les está reclamando via amistosa un pago.
Si el abogado tiene todo tan claro¿porque no demanda a todos los particulares y se evita mandar cartas?
Aqui ,a simple vista,veo vulneración de la intimidad(derecho fundamental),vulneración de la ley de conservación de datos,etc.
La prueba obtenida por el abogado(las ips) fueron obtenidas a mi parecer vulnerando un derecho fundamental,por lo que no pueden ser admitidas en juicio.
Si es extraña esa resolución del juzgado de lo mercantil pero no la leí y no puedo aventurarme.Pero tu mismo te respondes y entiendes todo perfectamente.Eso no prospera ni de coña.

aha-Mirando el caso por internet ya hay quien se lo ha currado y ha publicado una plantilla para contestar al abogado este de turno:
http://davidbravo.es/procedimientos-lib ... so-92.html
aqui te resuelven perfectamenbte todas tus dudas.Hasta hay jurisprudencia y todo,jaja. Y si te fijas en el punto 1,lo que te comenté-siempre negar todo.
un saludo.
ajvulcan escribió:
nekuro escribió:Osea que son una mezcla de ignorantes/idiotas que solo usan un 1% del potencial de internet.


Supongo que el mismo porcentaje que has usado tu de tu potencial intelectual al escribir semejante idiotez. Evidentemente hablaba de contenidos piratas.

nekuro escribió:Discrepo, la poblacion española al menos puede descargar películas y juegos sin que les entre la gestapo en casa, asi que aprovechan bastante más internet que los kartoffel.


Ah, vale, que es que para ti el potencial de internet y su aprovechamiento es ver películas y piratear juegos por la patilla, entonces ya está claro. ¿Entrar la gestapo (policia secreta nazi) en casa? Supongo que será una broma... sin gracia, eso si, al menos no se la cuentes a un alemán.

Por cierto, si te ves esta misma noticia, es precisamente que ya están comenzando a hacer lo mismo en españa que aquí.

turok escribió:Me refiero que la población Española es igual de ignorante en el conocimiento de las VPN precisamente por que nosotros no tenemos necesidad de usarlas. Yo creo que en Alemania incluso tienen que tener mas conocimiento de ellas que nosotros por la cuenta que les trae.


¿Y porque les trae a cuenta?...

Como decía Jack el destripador, vayamos por partes.
Los alemanes están permitiendo que lobbies privados de ratas del copyright vigilen lo que hacen con su conexión (incluso cayendo en sus trampas), para luego recibir multas y es posible que hasta penas de carcel. Y encima no hacen nada por evitarlo; ya no hablo de poner quejas ante la administración, es que ni se les ocurre usar vpns para imposibilitar su seguimiento; eso, permiteme que te lo diga, pero es del genero idiota.

Por otra parte, las descargas son una parte del potencial de internet, la mal llamada piratería (pues si no hay lucro no es piratería) es practicamente el mejor método de promoción que existe; está mas que demostrado, los lobbies del copyright están empeñados en demostrar que cada descarga es una venta perdida, cuando la realidad es totalemente opuesta; y hay muchos estudios que demuestran los efectos positivos de la "piratería" que se persigue por doquier.
Y te lo díce alguien que tiene mas de 300 juegos originales en físico.

Lo de la gestapo no era una broma, era un simil, no será la policía secreta nazi, será la policía alemana actual la que puede entrar en tu casa si te dedicas a descargar música; y la verdad, que te detengan por descargarte 4 canciones me recuerda vagamente a lo que hacían los nazis en su día.

Y la diferencia entre lo de alemania y lo de aquí, es que lo que estan haciendo aquí está mal hecho, hay varios defectos de fondo y forma, por lo que el procedimiento que siguen y por lo tanto la reclamación, no es legal y puede acabar con los espabilados estos pagando mucho más de lo que piden.

@turok La diferencia es que en alemania dejaron que esto pasase como si tal cosa, mientras que en españa arde internet antes de que se apruebe una ley así; y si se llega a aprobar, en 3 días todos con VPN.
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