Mi gata mordió a una persona, consulta legal.

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Buenas, pues tengo una gata con 5 crías de un mes, están siempre en el porche de mi casa, así que todo el mundo los toca y les hacen cosas.
Esta mañana una mujer con un perro se acercó, cogió una cría y se acercó el perro y la gata atacó al perro, por lo que la mujer soltó al gato y cogió al perro, y la gata ha arañado a la mujer en la pierna.
Mi madre lo ha visto todo desde la ventana, y la mujer dice que ella no se ha acercado a los gatos, y que nos va a denunciar.
La gata ni está vacunada, ni tiene papeles ni tiene nada, ¿qué consecuencias puede traer esto y qué debería hacer?
Si el porche es de vuestra propiedad y la gata está ahí digo yo que la podríais denunciar por allanamiento de morada. De todas formas si la gata no tiene identificación no creo que pueda demostrar que es vuestra.
¿Y por qué no tienes la gata como Dios manda? Es decir, con las inyecciones y chip y tonterías
Carma_vlc escribió:¿Y por qué no tienes la gata como Dios manda? Es decir, con las inyecciones y chip y tonterías

Porque no todo el mundo tiene dinero para eso.
Por favor he abierto este hilo para realizar una consulta, no para que me digan que por qué no lo tengo todo en orden.
¿Alguien que esté en estos temas puede ayudarme?
Yo vigilaria (o cambiaria de puesto) a la gata y sus cachorros por si acaso la mujer quiere tomar represalias, soltar al perro,...
Hay gente muy zumbada, y por su comportamiento de tocar tus animales y luego quejarse muy maja no parace ser.
Y a gata no es legalmente tuya no creo que pueda pedirte ningun tipo de responsabilidad, si es "tuya" por que le das de comer y esas cosas es igual que las "catwomans" y sus gatos callejeros, que son eso callejeros por mucho que se encargue de cuidarlos en mayor o menor medida.

De todas formas sin pruebas es su palabra contra la tuya, si te viene con la poli les puedes decir que tu gata nunca ha hecho nada a nadie y que a esa señora no la conoces de nada.
denunciala por entrar en tu propiedad en cuanto presente su denuncia, con su denuncia como prueba de que entro

veras quien se lleva mas pasta
Qué tontería, a quién se le ocurre acercarse con un perro a unos gaticos. Supongo que la buena señora se habrá puesto la vacuna del tétanos, porque es lo único que podría salir mal.
Que mujer mas gilipoyas, hay q ser inutil, yo no me preocuparia y como te han dicho espera a ver si te denuncia y si lo hace la denuncias tu.
No hagas nada, ni te preocupes ni la demandes, a lo mucho cambia la gata de lugar. Pa empezar dudo que te denuncie, después aunque lo haga dudo que le hagan caso o se lo tomen en serio y al final si lo hace perderá la denuncia. Cuando muuuucho pedirán que se demuestre que la gata no tiene rabia o algo así (pero sería en extremos).

Te repito, tu ni sufras ni te acojones, seguro que dijo eso para espantar porque se cabreo en el momento.
xXxmontexXx escribió:
Carma_vlc escribió:¿Y por qué no tienes la gata como Dios manda? Es decir, con las inyecciones y chip y tonterías

Porque no todo el mundo tiene dinero para eso.
Por favor he abierto este hilo para realizar una consulta, no para que me digan que por qué no lo tengo todo en orden.
¿Alguien que esté en estos temas puede ayudarme?


Primero:

* Tener un gato, sin los papeles, sin las vacunas... te pasa por demasiado poco.
* Has entrado exponiendo un caso, pidiendo ayuda, como mínimo deja que expresemos lo que queramos respetandote a ti como persona. Y hasta donde yo se, explicar los errores, no es ninguna falta de respeto hacia tu persona.

Si no he entendido mal, una vecina (porque supongo que será una vecina), se ha acercado a vuestro porche, donde se acercan todos los vecinos a tocar los gatitos, y a esta le ha atacado por llevar el perro, no?.

No se hasta que punto puede ser tan obvio que no le pueda hacer nada esa mujer.... si le da de comer y sus vecinos lo saben pueden testificar que es familia le da de comer, y que tener o atraer animales salvajes que puedan ser peligrosos, sin estar bien identificados y vacunados, es un peligro. Y como por algún sitio entre el tema "y si hubiera sido un niño?"... ya vas y te das de cabezazos contra la pared (es mas.... ¿y si hubiera sido un niño, que hubiera visto la gata que podía?, no quiero ni imaginarmelo).

La cuestión es.... que puedes denunciarle por allanamiento de morada?, por su puesto, pero como es vuestra palabra contra la suya, y ella es la que demanda... si ella dice que se lo encontro saliendo de vuestra casa, que se lanzo al perro y intentando apartarlos le arañó a ella y mordio a su perro, tu allanamiento de morada no va a servir para nada.

Un saludo.

EDITO: Ah!, y vacunarlos no cuesta mas de 50 euros.... sale MUCHO mas caro mantener la gata durante un año, que estar tranquilos de por vida. Pero ei... que si no hay dinero, no hay dinero.
Bah que le truñen, primero que está en tu casa y está de su mano lo que hizo allí dentro la tipiña.
Y segundo, recuerda que si tienes seguro del hogar, prácticamente el 100% de las coberturas básicas incluyen protección legal de ataque de tus animales a otras personas.
Salu2¡
No entiendo que sentido tiene meterse con el creador del hilo por que el gato no lleva chip y no esta vacunado.

Entran a tu casa y tocan a unos gatitos con la madre cerca y encima con un perro? No se que esperaba la señora.

Yo no me preocuparia mucho, quizas podrias ir a ponerle una denuncia que ella y su perro han atacado a tus gatitos xD

P.D: A mi me paso algo similar con la vecina de la casa de la playa de mis padres que decia que mi gato habia atacado la jaula de su canario que tenia en la calle por la noche, despues de estar algo mas de 5 minutos casi soltando espuma por la boca, diciendo que ya iba a ver, que me iba a denunciar, le dije "esta semana no me he traido al gato, tomese una tila".
la gata estaba en tu porche no? digale a la señorita (que asco de gente) que corra a denunciar pero que vaya pensando como va a demostrar que la gata le ataco y esta estaba en tu propiedad o sino como han comentado, que pruebe a demostrar que la gata es tuya porque yo sepa no esta prohibido darle de comer a los animales XD
Yo tendría cuidado por si vuelve con intención de hacerle algo al gato, tipo envenenamiento o algo...
Como decis algunos el tener la gata sin papeles es una imprudencia menor, es un gato y no un tigre de vengala señores, pero lo de la vecina es de subnormal de carrito.
Un gato no es lo mismo que un perror.

Ni los papeles ni el chip son obligatorios, y en muchos casos ni siquiera es necesario ni eso ni vacunas. Es aconsejable el chip en un gato si vive en una casa donde puede escaparse y perderse, por ejemplo un chalet o casa de campo, pero no hay ninguna necesidad de poner un chip a un gato doméstico que vive en una casa en un cuarto piso. Pero vamos, un gato que no tiene ningún posibilidades de escaparse y perderse no necesita chip.

Y lo mismo con las vacunas, no son necesarias , salvo la de la rabia, en un gato doméstico que vive en un piso. Me lo explico todo ese el veterinario al que llevo yo a mi gato. Esa es la diferencia entre los gatos y los perros, a los segundos los sacamos a pasear por la calle, los gatos practicamente no salen de la casa de sus dueños, poco riesto de enfermedades tienen
Si llega a juicio a lo mejor te obligan a sacrificar al gato.
Hola

En el caso de que denuncie seguramente dirá alguna mentira, omitiendo que cometió la imprudencia de entrar en un portal con su perro y echarle el guante a un gatito recién nacido al lado de su madre, que como es lógico, tiene el instinto protector a tope, y más si tiene a un depredador al lado (el perro). Esta es una situación que cualquier persona que conoce un poco los animales comprende.

Creo que te ha amenazado para fastidiar; pero si realmente hubiera una denuncia, lee bien lo que haya dicho en la denuncia porque seguro que no dijo la verdad, y en ese caso, ella podría incurrir en responsabilidades, porque no se puede denunciar ocultando hechos importantes.

Y si se te encara en plan "voy a denunciarte blablabla" le dices que a lo mejor quien llama a la policía eres tú, porque te está acosando, y que si le pasa algo a los gatos, la primera sospechosa será ella.

Salu2
Tiene que ser divertido ver la cara del poli cuando le empiezan a contar que: - vera usted, yo entré en una casa que no era mia y una gata me araño.

No pasará nada.
Que manera de complicarse la vida...

Mirad, la justicia española está tán saturada hoy en dia que dudo mucho que una tonteria de denuncia de una gilipollas con un arañazo de gato pase de las manos de la guardia civil. Se reiran y quemarán la denuncia practicamente en su cara.
A nadie se le ha ocurrido preguntar... como puede ser que en tu propia casa todo el mundo entre y toque al gato como si nada?
JuyMa escribió:Que manera de complicarse la vida...

Mirad, la justicia española está tán saturada hoy en dia que dudo mucho que una tonteria de denuncia de una gilipollas con un arañazo de gato pase de las manos de la guardia civil. Se reiran y quemarán la denuncia practicamente en su cara.


Fin del hilo.
que yo sepa a los gatos no es obligatorio vacunarlos ni nada de eso a diferencia de los perros.
Ademas es que una mordedura del gato, vaya parida...
Budathecat escribió:que yo sepa a los gatos no es obligatorio vacunarlos ni nada de eso a diferencia de los perros.
Ademas es que una mordedura del gato, vaya parida...


Hombre, que los gatos también pueden hacer daño si se empeñan eh, tienen los dientes bien afilados para desgarrar la carne que por algo son carnívoros y bueno, que le voy a contar a un tio que se llama Buda el gato...
Cecil_Harvey escribió:
Budathecat escribió:que yo sepa a los gatos no es obligatorio vacunarlos ni nada de eso a diferencia de los perros.
Ademas es que una mordedura del gato, vaya parida...


Hombre, que los gatos también pueden hacer daño si se empeñan eh, tienen los dientes bien afilados para desgarrar la carne que por algo son carnívoros y bueno, que le voy a contar a un tio que se llama Buda el gato...

tengo uno y tuve camadas...
Es estúpida esa señora, de estúpidos esta lleno el mundo.
Mira una vez me comí yo un arañazo de mi gata por que mi gato cuando vio que había parido no reconocía a las crías y bufo, y la gata se lanzo a por el y yo estaba en medio. No paso nada, pero claro la gente es una pupas. Hombre mirarse la herida no esta demás al ser callejero, si se pone fea o algo al médico pero vamos...
Lo que es de retrasado mental es acercarte con tu perro a unas crías de gato con o sin la madre, y coger una, no ya cogerla.. sino hacer el amago ya es de retrasado.. De primeras por que no sabes como va a reaccionar tu perro, y de segundas la gata.
Si es como lo cuenta el creador del hilo madre mia...
Y si no pues tampoco es para tanto un arañazo, mientras sea uno.. si le araño solo una vez lo hizo para que se alejase y obviamente eso lo hizo en actitud defensiva por que estaba muy cerca de las crias
Oveja_Dolly está baneado por "Saltarse el baneo con otro nick"
Siempre que un gato te araña es culpa tuya así que ajo y agua.
JuyMa escribió:Que manera de complicarse la vida...

Mirad, la justicia española está tán saturada hoy en dia que dudo mucho que una tonteria de denuncia de una gilipollas con un arañazo de gato pase de las manos de la guardia civil. Se reiran y quemarán la denuncia practicamente en su cara.


This, y es que hay gente muy amargada, madre de dios que facepalm de mujer.
Si, pues precisamente son con estas chorradas de mierda con las que la justicia española más eficientemente trabaja, con los juicios por faltas donde sacan tajada rápida y donde el demandante suele sacar una tajada de mierda, si es que saca algo. Así va la justicia española.
Si esa tía está tan aburrida como para ir a ponerte una denuncia por esto pues ya digo que como máximo le va a hacer ganar al estado 50 pavos a lo sumo. Ella no se llevará nada, así que si alguien con cabeza la asesora bien lo lógico es que se esté quieta y no ponga denuncia.

Lo de que la gata sea legalmente tuya o no tenerlo todo "en regla" se la pelaría al juez. Ya digo que los juicios de faltas lo que quieren es el dinero rapidito y sin complicaciones. Ni te dejan alegar nada, solo dictan sentencia (dame X dinero) y listo. No pueden perder más tiempo en este tipo de tontadas.
Lo del allanamiento de morada no queda muy claro, porque para que realmente lo haya me parece que debe de haber algún tipo de cerramiento, aunque sea parcial ej. la típica valla (no se si tienes), aparte de que lo normal es que se mantenga en ella sin consentimiento o aproveche la ocasión para hacer algo indebido, sino hasta ir a tocar a tu puerta sería un delito o una falta. De todas formas por argumentarlo que no quede. Lo que podrías argumentar es que ella fue la que cometió la imprudencia de ir a acariciar a una gata que no conoce y no sabe como va a reaccionar y más al haber tenido recientemente una camada, si bien te pueden achacar no haberla tenido vigilada para que no diera ningún problema.
Si acaso yo creo que te podrían poner una multa, que va en función de tus ingresos económicos, si estás en el paro o percibiendo una ayuda llevate los papeles al juicio, suelen preguntar los medios económicos de los que dispone y en caso de que sean escasos suele caer una multa rídicula o la sustituyen por una pena accesoria.
Mucha suerte.
javier_himura escribió:Un gato no es lo mismo que un perror.

Ni los papeles ni el chip son obligatorios, y en muchos casos ni siquiera es necesario ni eso ni vacunas. Es aconsejable el chip en un gato si vive en una casa donde puede escaparse y perderse, por ejemplo un chalet o casa de campo, pero no hay ninguna necesidad de poner un chip a un gato doméstico que vive en una casa en un cuarto piso. Pero vamos, un gato que no tiene ningún posibilidades de escaparse y perderse no necesita chip.

Y lo mismo con las vacunas, no son necesarias , salvo la de la rabia, en un gato doméstico que vive en un piso. Me lo explico todo ese el veterinario al que llevo yo a mi gato. Esa es la diferencia entre los gatos y los perros, a los segundos los sacamos a pasear por la calle, los gatos practicamente no salen de la casa de sus dueños, poco riesto de enfermedades tienen



Por favor, si vas a decir una barbaridad como esa, no postees. Porque estás induciendo a este mucacho al error y acabas de decir una soberana gilipollez.

(Ley 1/93 de 13 de abril, de protección de animales domésticos y salvajes en cautividad.)

Artículo 7. De las obligaciones de los poseedores.

1. Los poseedores de los animales tienen la obligación de tratarlos humanitariamente y mantenerlos en buenas condiciones higiénico-sanitarias, de acuerdo con las características propias de la especie, cumpliendo lo dispuesto en esta Ley y en sus disposiciones reglamentarias.

2. El poseedor será responsable de adoptar las medidas necesarias para impedir que los animales ensucien las vías o espacios públicos, causen molestias a los vecinos o pongan en peligro a quien conviva en su entorno.

3. Los poseedores de animales domésticos y salvajes en cautividad pertenecientes a las especies que reglamentariamente e determinen habrán de censarlos en los correspondientes servicios provinciales de sanidad en producción animal, en el plazo de un mes.

La Consejería de Agricultura, Ganadería y Montes podrá establecer la obligatoriedad de que otras especies de animales de compañía sean censadas.

4. El poseedor de un animal, sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria del propietario, será responsable de los daños y perjuicios que ocasione el mismo, con arreglo a la legislación aplicable, en su caso.

CAPÍTULO III.
DE LOS ANIMALES DOMÉSTICOS
Artículo 8. Consideraciones generales.

1. El poseedor de un animal doméstico es responsable de su protección y cuidado así como del cumplimiento de todas las obligaciones contenidas en esta Ley.

2. Los órganos competentes de la Administración autonómica desarrollarán programas de educación en el cuidado y protección de animales y prestarán asesoramiento a los particulares y entidades que lo soliciten.

Artículo 9. Medidas sanitarias.

1. La Consejería de Agricultura, Ganadería y Montes, en el ámbito de sus competencias, podrá ordenar la vacunación o tratamiento obligatorio de los animales domésticos.

2. En aquellos casos en que, por razón de sanidad animal o salud pública, se exija el sacrificio obligatorio, éste se efectuará de forma rápida, indolora y en los locales aptos para este fin bajo la responsabilidad y control de un Veterinario.

3. Los Ayuntamientos y la Consejería de Agricultura, Ganadería y Montes podrán ordenar el aislamiento e internamiento de los animales domésticos en caso de que se les diagnosticasen enfermedades transmisibles, al objeto de someterlos a tratamiento curativo o, cuando no fuere posible, proceder a su sacrificio, tal como se indica en el punto anterior.



Y el enlace para que leas la ley por tí mismo. En caso de que te denuncie, pues puede que tengas problemas. Pero si no tiene testigos, a mamarla, por gilipollas. Mi gata me araña y es lo que tiene tocar gatos. Y si una gata, que no es tuya, tiene camada y los tocas, te expones a que te reviente a la mínima si no conoce tu olor.
Suerte manito

http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/ga-l1-1993.t1.html#a7
Uno de mis conejos mordió a un abogado.
Lo digo en serio [carcajad]
jorcoval escribió:Uno de mis conejos mordió a un abogado.
Lo digo en serio [carcajad]


Cuenta cuenta, que pasó ?
Bueno, hay una cosa y es que el mundo de las "denuncias" está lleno de mentiras, falsedades, ocultamientos...

Un magistrado del Tribunal Supremo en un libro decía que si la Justicia actuase de oficio contra toda la gente que se sabe que ha mentido, se colapsaría.

Creo que en el hipotético caso de que hubiera denuncia, antes de hacer nada hay que leerla bien y ver si esa señora aporta algún testigo, porque si no lo aporta, es tan fácil como decir que puede ser que le haya mordido un gato (si hay parte de lesiones que lo establezca) pero que no hay ninguna prueba de que haya sido el gato que ella afirma que fue. Que es una señora conflictiva, que tiene manía a esos vecinos, y que posiblemente haya denunciado para hacer daño.

Cuando se denuncia algo hay que probarlo, no basta con acusar.

Salu2
Gracias a todos por las respuestas, aunque como hay tantas no se que pensar [carcajad]
Antes quiero aclarar algo: no es que la gente entre a mi casa como si nada, el porche es pequeño y los gatos pueden tocarse estirando el brazo.
Tambien quiero decir, que la mujer no es vecina, no la habia visto nunca en mi vida.
Su perro ni llevaba correa ni bozal, y dudo que tuviera papeles puesto que era un chucho, asi que el follon lo podria tener ella.
El unico testigo es mi madre, en el porche hay una ventana que es de la cocina, y mi madre estaba justo ahi haciendo de comer y lo vio todo a 1 metro.
Conociendo todo esto no creo que debiera preocuparme
Oye ,que yo tengo 2 chuchos con sus chips y vacunas !!!! [+risas]

La gente esta muy confundida con el tema de vacunas y chips.Hasta los hurones tienen qu tene vacunas por ley.
La señora dudo que vaya a denunciar y si va la policia por un simple arañazo no le haran mucho caso pero si llega a ponerla el juez al verla dudo que tampoco le haga mucho caso.

Luego esta el tema de testigos, el perro no le vale, ya que es familia (jojo) y tu madre no creo que vaya a decir nada, así que por eso no te preocupes.

Si le da por venir de nuevo para decir algo del tema, le sueltas que ella entro en tu propiedad y que tu madre la vio y si ella denuncia por eso tu denuncias por entrar en tu casa.

Pero vamos, personas así a patadas que solo buscan intentar sacar dinero a través de juicios, te puedo asegurar que esa señora tendre muchas denuncias puestas a otras personas y esto los jueces lo revisan.

Asíq eu sin problemas, simplemente haz eso, quita a los gatos de alli o pon un cartelito avisando de que la gata puede arañar si tocan a las crias (cosa de sentido comun pero mejor aclararlo)
Primero de todo, la señora debería pensarse muy bien a quién denunciar.

Supongamos que te denuncia a ti (el autor del hilo).

Como el único testigo que puede invocar la señora, es tu madre, resulta que tu madre no está en modo alguno obligada a testificar, de forma que se aplica lo dispuesto en el artículo 416 de la LECr. Así que lo único que quedaría, sería la propia declaración de la denunciante.

Leed aquí el art. 416 LECr.

Así que... me parece un poco difícil que una denuncia tan poco fundamentada pueda prosperar.

En todo caso no veo ninguna clase de delito, ni falta, yo lo que veo es que esa señora se habrá llevado un susto y pretende hacer una pelota grande de un incidente menor.

Ha sido la propia señora la que ha provocado el incidente con su conducta irresponsable, puesto que el animalito que supuestamente la arañó o mordió, no invadió su espacio personal en la calle, sino que fue ella la que se acercó a una madre que cuidaba de sus hijos lo que despertó la reacción natural en cualquier animal en esa situación. Fue ella por tanto la que de forma imprudente, se puso en peligro de recibir un arañazo.

Eso sí, mi recomendación (para el autor del hilo) es que tomes medidas para que no pueda repetirse este hecho. Obstruye la entrada, cambia a los gatos de sitio o haz algo.

Salu2
Se acerca a los felinos con un perro y además coje una cría, ¿Acaso esperaba que la madre la felicitara? [+risas] pocas luces la muchacha, es como si a mi se me acercase un tio con pistola y cogiese a mi hijo, obviamente se activaría mi instinto paternal-defensor. Bueno, espero que todo salga bien. Y como dicen yo dudo que la mujer denuncie por eso... la policía tiene cosas más importantes que atender que el arañazo de un gato.
Yo creo que tiene las de perder ella, si te la vuelves a encontrar con este discurso puedes sacarle todos los argumentos que te han dado en el hilo, sino lo entiende o es tonta o es de esas que no le gusta entender cuando no tiene razón.
fakemaria escribió:
jorcoval escribió:Uno de mis conejos mordió a un abogado.
Lo digo en serio [carcajad]


Cuenta cuenta, que pasó ?

Realmente nada grave, no es que se colase en un juicio [+risas]

Lo había llevado a un parque, y el bicho estaba de mal humor, metido en su transportín.
Pasó el chaval, se asomó en plan "qué bicho más gracioso" y el conejo salió disparado y le mordió en un brazo.
El agredido se lo tomó como una anécdota nada más, aunque sí que le hizo sangre.
Si solo es un zarpazo y no ha sido en un sitio público la tía no tiene nada que denunciar porque eso le podría haber pasado en cualquier lado y no puede demostrarlo.

Otra cosa es que hubiera testigos o ya se hubieran dado casos de denuncia por ser un gato violento. Pensad que lo del allanamiento no sirve de nada. Por mucho que sea una propiedad privada no puedes tener cepos en tu jardín, o una piscina de ácido o, lo que ya es normal (los otros dos eran ejemplos bestias xD), una verja con alambre de espino.

Ejemplo "límite" para que se entienda:
Tu puedes tener un Rottweiler en casa con 25.000 carteles de "perro peligroso", alarmas sonoras y lo que quieras, pero si un secuestrador se mete en tu casa pero antes de que consiga abrir una puerta el perro le arranca media pierna y huye por patas (vamos, que ha sido allanamiento y nada mas, a parte de "la tentativa" de cualquier cosa) a que no sabéis quien le paga la pierna ortopédica al tío que se pasará unos años entre rejas? SIII el seguro del amo del perro!!!!!

Un crimen/falta/delito no exculpa otro crimen/falta/delito, excepto en casos de salvar vidas o defensa propia, evidentemente (y aún así hay que pasar por un juicio para que uno sea realmente inocente)
Vamos a ver, siento insistir, pero es que lo veo claro: la "víctima" ha sido la causante del incidente por su imprudencia, está clarísimo XD

Esta persona ve un adorable gatito cuidando de sus crías en el interior de una propiedad privada, y sin pensárselo, y sin considerar tampoco que ella misma lleva a un enemigo natural del felino como es el perro, introduce su mano imprudentemente por la verja, causando alarma al gato y como consecuencia, se lleva un arañazo

Relación causa-efecto clara. Ha sido una imprudencia de esa persona. Si además el perro iba suelto la imprudencia aún es mayor, y cuidado, que si el perro hubiera hecho daño a la gata o a los gatitos estaríamos hablando de una denuncia pero CONTRA ELLA. Porque yo podría suponer que ella no se acercó a los gatitos con animo amoroso, sino para hacerles daño, bien dándoles veneno o bien golpeándoles, al verles tan indefensos. Y ante un movimiento hostil, la madre con buen criterio ha defendido a su prole.

Otra cosa sería si por ejemplo la señora fuera paseando tranquilamente con su perro, manteniendo éste atado como ordena la ley (y las ordenanzas suelen también) y un gato se cruzase en su camino, invadiendo su espacio personal y sin provocación de ninguna clase, mordiéndola o arañándola. Ahí sí estaríamos ante un caso claro de responsabilidad del dueño que tendría que explicar qué hacía un gato "feroz" suelto en un parque público y cómo es posible que agreda espontáneamente a personas. Pero la experiencia me dice que un gato haría lo contrario: huir del ser humano, y sólo atacar si se ve acorralado o en grave peligro.

Llevo muchos años paseando a mi perro y teniendo mascotas y conozco bien el tipo de imprudencias que se pueden cometer, a diario las veo.

Salu2
Silent Bob escribió:Si solo es un zarpazo y no ha sido en un sitio público la tía no tiene nada que denunciar porque eso le podría haber pasado en cualquier lado y no puede demostrarlo.

Otra cosa es que hubiera testigos o ya se hubieran dado casos de denuncia por ser un gato violento. Pensad que lo del allanamiento no sirve de nada. Por mucho que sea una propiedad privada no puedes tener cepos en tu jardín, o una piscina de ácido o, lo que ya es normal (los otros dos eran ejemplos bestias xD), una verja con alambre de espino.

Ejemplo "límite" para que se entienda:
Tu puedes tener un Rottweiler en casa con 25.000 carteles de "perro peligroso", alarmas sonoras y lo que quieras, pero si un secuestrador se mete en tu casa pero antes de que consiga abrir una puerta el perro le arranca media pierna y huye por patas (vamos, que ha sido allanamiento y nada mas, a parte de "la tentativa" de cualquier cosa) a que no sabéis quien le paga la pierna ortopédica al tío que se pasará unos años entre rejas? SIII el seguro del amo del perro!!!!!

Un crimen/falta/delito no exculpa otro crimen/falta/delito, excepto en casos de salvar vidas o defensa propia, evidentemente (y aún así hay que pasar por un juicio para que uno sea realmente inocente)


Ahi tienes razón y mucha gente no entiende esto.

Yo tengo perro grande en casa, todo con sus carteles y tal, pero sé que si alguien entra en casa sin mi permiso y el perro le lleva un brazo, tendré que pagarle todo yo (en este caso el seguro de mi perro), porque así es la ley aquí.
No lo veo justo, ya que si alguien entra en mi propiedad (que por fuera tiene los carteles de aviso) sabe a qué se enfrenta.

De la misma manera, si la tipa del primer post tiene testigos (que parece ser que no, por suerte), aunque ella pueda incurrir en el allanamiento, también el autor del post podría tener problemas.
La culpa es de la tía esa; la gata sólo intentaba proteger a su cría. Tú podrías denunciarla por entrar en tu propiedad y por intento de robo de un cachorro, ya que ella no tenía por qué cogerlo y menos ir allí con un perro (todo el mundo sabe que perros+gatos dan problemas).
resakosix escribió:
Silent Bob escribió:Si solo es un zarpazo y no ha sido en un sitio público la tía no tiene nada que denunciar porque eso le podría haber pasado en cualquier lado y no puede demostrarlo.

Otra cosa es que hubiera testigos o ya se hubieran dado casos de denuncia por ser un gato violento. Pensad que lo del allanamiento no sirve de nada. Por mucho que sea una propiedad privada no puedes tener cepos en tu jardín, o una piscina de ácido o, lo que ya es normal (los otros dos eran ejemplos bestias xD), una verja con alambre de espino.

Ejemplo "límite" para que se entienda:
Tu puedes tener un Rottweiler en casa con 25.000 carteles de "perro peligroso", alarmas sonoras y lo que quieras, pero si un secuestrador se mete en tu casa pero antes de que consiga abrir una puerta el perro le arranca media pierna y huye por patas (vamos, que ha sido allanamiento y nada mas, a parte de "la tentativa" de cualquier cosa) a que no sabéis quien le paga la pierna ortopédica al tío que se pasará unos años entre rejas? SIII el seguro del amo del perro!!!!!

Un crimen/falta/delito no exculpa otro crimen/falta/delito, excepto en casos de salvar vidas o defensa propia, evidentemente (y aún así hay que pasar por un juicio para que uno sea realmente inocente)


Ahi tienes razón y mucha gente no entiende esto.

Yo tengo perro grande en casa, todo con sus carteles y tal, pero sé que si alguien entra en casa sin mi permiso y el perro le lleva un brazo, tendré que pagarle todo yo (en este caso el seguro de mi perro), porque así es la ley aquí.
No lo veo justo, ya que si alguien entra en mi propiedad (que por fuera tiene los carteles de aviso) sabe a qué se enfrenta.

De la misma manera, si la tipa del primer post tiene testigos (que parece ser que no, por suerte), aunque ella pueda incurrir en el allanamiento, también el autor del post podría tener problemas.


Discrepo en parte. Creo que si allanan tu casa y el perro causa lesiones a los ladrones, habría responsabilidad civil, pero no penal, porque según el ejemplo que pones la presencia del perro estaba señalizada y además fueron los ladrones quienes asumieron el riesgo. Sí tendrías que pagarles una indemnización pero como ellos tendrían que ir a la cárcel, y pagar otra indemnización, al final el balance sería desfavorable para ellos en todo caso.

Salu2
fakemaria escribió:
javier_himura escribió:Un gato no es lo mismo que un perror.

Ni los papeles ni el chip son obligatorios, y en muchos casos ni siquiera es necesario ni eso ni vacunas. Es aconsejable el chip en un gato si vive en una casa donde puede escaparse y perderse, por ejemplo un chalet o casa de campo, pero no hay ninguna necesidad de poner un chip a un gato doméstico que vive en una casa en un cuarto piso. Pero vamos, un gato que no tiene ningún posibilidades de escaparse y perderse no necesita chip.

Y lo mismo con las vacunas, no son necesarias , salvo la de la rabia, en un gato doméstico que vive en un piso. Me lo explico todo ese el veterinario al que llevo yo a mi gato. Esa es la diferencia entre los gatos y los perros, a los segundos los sacamos a pasear por la calle, los gatos practicamente no salen de la casa de sus dueños, poco riesto de enfermedades tienen



Por favor, si vas a decir una barbaridad como esa, no postees. Porque estás induciendo a este mucacho al error y acabas de decir una soberana gilipollez.

(Ley 1/93 de 13 de abril, de protección de animales domésticos y salvajes en cautividad.)

Artículo 7. De las obligaciones de los poseedores.

1. Los poseedores de los animales tienen la obligación de tratarlos humanitariamente y mantenerlos en buenas condiciones higiénico-sanitarias, de acuerdo con las características propias de la especie, cumpliendo lo dispuesto en esta Ley y en sus disposiciones reglamentarias.

2. El poseedor será responsable de adoptar las medidas necesarias para impedir que los animales ensucien las vías o espacios públicos, causen molestias a los vecinos o pongan en peligro a quien conviva en su entorno.

3. Los poseedores de animales domésticos y salvajes en cautividad pertenecientes a las especies que reglamentariamente e determinen habrán de censarlos en los correspondientes servicios provinciales de sanidad en producción animal, en el plazo de un mes.

La Consejería de Agricultura, Ganadería y Montes podrá establecer la obligatoriedad de que otras especies de animales de compañía sean censadas.

4. El poseedor de un animal, sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria del propietario, será responsable de los daños y perjuicios que ocasione el mismo, con arreglo a la legislación aplicable, en su caso.

CAPÍTULO III.
DE LOS ANIMALES DOMÉSTICOS
Artículo 8. Consideraciones generales.

1. El poseedor de un animal doméstico es responsable de su protección y cuidado así como del cumplimiento de todas las obligaciones contenidas en esta Ley.

2. Los órganos competentes de la Administración autonómica desarrollarán programas de educación en el cuidado y protección de animales y prestarán asesoramiento a los particulares y entidades que lo soliciten.

Artículo 9. Medidas sanitarias.

1. La Consejería de Agricultura, Ganadería y Montes, en el ámbito de sus competencias, podrá ordenar la vacunación o tratamiento obligatorio de los animales domésticos.

2. En aquellos casos en que, por razón de sanidad animal o salud pública, se exija el sacrificio obligatorio, éste se efectuará de forma rápida, indolora y en los locales aptos para este fin bajo la responsabilidad y control de un Veterinario.

3. Los Ayuntamientos y la Consejería de Agricultura, Ganadería y Montes podrán ordenar el aislamiento e internamiento de los animales domésticos en caso de que se les diagnosticasen enfermedades transmisibles, al objeto de someterlos a tratamiento curativo o, cuando no fuere posible, proceder a su sacrificio, tal como se indica en el punto anterior.



Y el enlace para que leas la ley por tí mismo. En caso de que te denuncie, pues puede que tengas problemas. Pero si no tiene testigos, a mamarla, por gilipollas. Mi gata me araña y es lo que tiene tocar gatos. Y si una gata, que no es tuya, tiene camada y los tocas, te expones a que te reviente a la mínima si no conoce tu olor.
Suerte manito

http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/ga-l1-1993.t1.html#a7


Y perder la oportunidad de leer cosas asi de alguién como tu... vanga va.
Los gatos no requieren vacunas ni chip, ninguna de las leyes que mencinas dice nada eso, solo pone que hay que poner las vacunas obligatorias en caso de haberlas, no dice que expresamente haya vacunas obligatorios, ni pone expresamente que los gatos sea obligatorio todo eso.

Estas leyes tan vagas solo pone que si el animal es de una raza que hay que ponerle vacunas, hay que ponerselas, si es de una raza que hay que censar, hay que censarlo, que casi decir eso y no decir nada es lo mismo.

Confio mil veces la opinión en este tema de un veterinario que la del primer desconocido de internet que se interpreta una ley del cual no puedo saber si sabe de lo que habla o no, es decir, valor de su opinión nula

Menos humos que el unico que se dedica a soltar gilipolleces eres tu ¿No te han eseñado de pequeño a discutir con educación? ¿O es que sin insultar te parece que no estás demostrando que tienes razón?
javier_himura escribió:Y perder la oportunidad de leer cosas asi de alguién como tu... vanga va.
Los gatos no requieren vacunas ni chip, ninguna de las leyes que mencinas dice nada eso, solo pone que hay que poner las vacunas obligatorias en caso de haberlas, no dice que expresamente haya vacunas obligatorios, ni pone expresamente que los gatos sea obligatorio todo eso.

Estas leyes tan vagas solo pone que si el animal es de una raza que hay que ponerle vacunas, hay que ponerselas, si es de una raza que hay que censar, hay que censarlo, que casi decir eso y no decir nada es lo mismo.

Confio mil veces la opinión en este tema de un veterinario que la del primer desconocido de internet que se interpreta una ley del cual no puedo saber si sabe de lo que habla o no, es decir, valor de su opinión nula

Menos humos que el unico que se dedica a soltar gilipolleces eres tu ¿No te han eseñado de pequeño a discutir con educación? ¿O es que sin insultar te parece que no estás demostrando que tienes razón?


mejor informate bien, y dile a tu veterinario que se informe: http://www.centrodeacogida.org/identificacion_animal.asp
y la vacuna de la rabia no es obligatoria en gatos: http://dr-www.munimadrid.es/portales/munimadrid/es/Inicio/Ayuntamiento/Salud/Animales/Campa%C3%B1a-de-Vacunacion-Antirrabica-2011?vgnextfmt=default&vgnextoid=4853538b507b1110VgnVCM1000000b205a0aRCRD&vgnextchannel=70fa0c5600847010VgnVCM100000dc0ca8c0RCRD

esto varia segun las comunidades autonomas,y es asi en madrid,que veo que es de donde tu eres.
Si me he equivocado me he equivocado, lo admito, eso no significa que deba consentir que me insulten para decirmelo como ha hecho el, y menos aún si las fuentes con las que intenta demostrarmelo no lo demuestran, por lo visto algunos piensan como el debe pensar que está mal visto decir a otro que está equivocado sin denigrar y/o insultar, ya que así parece que su argumento no tiene suficiente peso
javier_himura escribió:Si me he equivocado me he equivocado, lo admito, eso no significa que deba consentir que me insulten para decirmelo como ha hecho el, y menos aún si las fuentes con las que intenta demostrarmelo no lo demuestran, por lo visto algunos piensan como el debe pensar que está mal visto decir a otro que está equivocado sin denigrar y/o insultar, ya que así parece que su argumento no tiene suficiente peso


Me parece que os estáis confundiendo un poco todos XD

La que se ha citado, la Ley 1/1993 de 13 de abril... Enlace (noticiasjuridicas)

Es una ley del Parlamento de Galicia, y por tanto, sólo está vigente en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Para determinar la normativa aplicable en Madrid tenemos primero que ver la Ley de la Comunidad de Madrid, y además, la ordenanza municipal de animales domésticos (si la hay) que es la que desarrollará algunos puntos de la ley, sin contravenirla.

En Madrid es aplicable la Ley 1/1990, de 1 de febrero.

En el artículo 9-1 podemos leer que "Las Consejerías competentes podrán ordenar por razones de sanidad animal o salud pública, la vacunación o tratamiento obligatorio de los animales de compañía".

Esto significa que puede haber normas sobre vacunación pero habrá que buscarlas en otras disposiciones inferiores a esta Ley, porque la ley directamente no establece la obligación de dichas vacunas. Es decir se deja el tema de las vacunas para desarrollo infralegal, reglamentario. Por lo que afirmar que en la ley no se exigen vacunas, es cierto. Lo que hace la ley es prever que pueda regularse que se exijan vacunas, y que esa regulación la establezca el Gobierno (las Consejerías competentes).

En el artículo 24-2 se prevé como infracción grave no tener vacunado al animal doméstico; pero para que exista esa infracción primero hay que demostrar que el órgano competente (las Consejerías) reguló dicha vacunación obligatoria, porque la ley directamente no lo hace.

No es que la ley sea confusa, o que no quiera regular el asunto. Es que la ley establece las normas generales y principales, y se deja la concreción particular de las vacunas y animales domésticos que deben ser vacunados, a las autoridades competentes por la vía reglamentaria.

Es decir: aunque la ley diga que es una infracción grave no vacunar a un animal, la norma que establece si tienes que vacunar o no a tu gato es una ordenanza emitida por la Consejería, una norma inferior a la ley.

Esta Ley madrileña tiene dos normas de desarrollo. La más importante que es su Reglamento, y otra que se actualiza cada año, que marca el calendario de vacunaciones.

El Reglamento es éste: Decreto 44/1991, de 30 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Protección de los Animales Domésticos, de 1 de febrero de 1990.
Fuente

De este reglamento destaco la obligación de CENSAR el animal, que se establece en el art. 4. Esta obligación se desarrolla en otra norma a la que reenvía el reglamento, la Orden 11/1993, de 12 de enero, de la Consejería de Economía, que regula la identificación animal en la Comunidad de Madrid.

Fuente

Si la consultamos, en la disposición primera dice que "La identificación de perros y gatos tendrá carácter obligatorio en todo el territorio de la Comunidad de Madrid".


En cuanto a las vacunaciones, voy a citar la norma más reciente, que es la ORDEN 1459/2011, de 7 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se regula el desarrollo de la campaña oficial de vacunación antirrábica e identificación individual de la población canina, felina y de hurones de la Comunidad de Madrid y se efectúa su convocatoria para el año 2011.

Fuente

Voy a citar exclusivamente el artículo 2:

"La vacunación a que se refiere el artículo anterior tendrá carácter obligatorio en perros desde los tres meses de edad y estará recomendada en gatos y hurones. No obstante, no se podrá vacunar ningún animal de los mencionados anteriormente que no esté previamente identificado mediante los sistemas de identificación autorizados y homologados por la Dirección General del Medio Ambiente. (...)"

Así que mi opinión, a la vista de la Ley y de la norma reglamentaria aplicable, es que en la Comunidad de Madrid no es obligatorio vacunar a los gatos, aunque sí recomendable; pero sí es obligatorio (al menos formalmente) censarlos.

Salu2
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