JAJAJA ahora la pelota en el tejado contrario, ahora qué pasa?
yeong escribió:Buste escribió:k_nelon escribió:por qué?
en el acta seguramente puso que fue expulsión por agresión sin balón por medio, me parece normal dos partidos.
¿sabes a quién no le han sancionado con 2 partidos por poner la bota en la cara de un portero?
te doy una pista, el jugador juega en un equipo que en DOS jornadas juega contra el madrid
casualidad?
Conozco yo a uno que por tocarse la nariz,le sancionaron con 3 partidos……
Normal, dejo caer que el arbitro se mete coca
Extraído el acta:
“Equipo: FC Barcelona. Jugador: Robert Lewandowski (Y8659681B) . Motivo: Otras
incidencias:Una vez expulsado y cuando se dirigía hacia la salida del campo, el jugador
realizó dos veces un gesto de desaprobación de la decisión arbitral, consistente en llevarse
el dedo a la nariz, y apuntando después con el pulgar hacia el árbitro. Cuando se disponía a
abandonar el terreno de juego, repitió de nuevo el gesto mirando hacia el árbitro asistente
Nº 1 y delante del cuarto árbitro.”
En que momento llevarse la mano a la nariz es dejar caer nada?
De la apelacion del barcelona:
c) Existencia de precedentes en los que el Comité ha considerado inaplicable el
art. 124 CD. Respecto a esta cuestión, el FC argumenta que existen precedentes
en los que, por comportamientos análogos de otros futbolistas, el Comité de
Competición consideró que no había motivo para imponer sanción alguna, a
diferencia de lo ocurrido en el presente expediente. A título de ejemplo, cita el
caso en el que intervino el futbolista del Atlético de Madrid, D. João Félix
Sequeira, en el que el Comité de Competición concluyó que dirigirse
directamente al árbitro, haciendo un gesto con su dedo índice en la sien, no era
suficiente para aplicar el art. 124 CD.
O sea que llevarse la mano a la sien no es decirle loco y no es suficiente para aplicar el art 124 pero llevarselo a la nariz sí?