Derecho al aborto masculino/de papel

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Aquí lo explican muy bien, y dejan claro porque no hay nada que hacer

Derecho a no ser padre: los hombres que reclaman renunciar legalmente a la paternidad

Se resume:

Un niño no puede ser privado de las obligaciones de sus padres
Un hombre no puede obligar a abortar a una mujer
Si no quieres tener un hijo, usa condón o preservativo. De lo contrario, asume las posibles consecuencias de tu imprudencia.
dinodini escribió:Aquí lo explican muy bien, y dejan claro porque no hay nada que hacer

Derecho a no ser padre: los hombres que reclaman renunciar legalmente a la paternidad

Se resume:

Un niño no puede ser privado de las obligaciones de sus padres
Un hombre no puede obligar a abortar a una mujer
Si no quieres tener un hijo, usa condón o preservativo. De lo contrario, asume las posibles consecuencias de tu imprudencia.


Lo mismo se puede decir de la mujer y ella puede decidir si abortar o no de forma unilateral. Por qué ellas sí pueden elegir y los hombres no? O es que solo cometen las imprudencias los hombres pero no las mujeres? La decisión de usar condón o no solo es del hombre porque es quien se lo pone o qué?
danaang escribió:
dinodini escribió:Aquí lo explican muy bien, y dejan claro porque no hay nada que hacer

Derecho a no ser padre: los hombres que reclaman renunciar legalmente a la paternidad

Se resume:

Un niño no puede ser privado de las obligaciones de sus padres
Un hombre no puede obligar a abortar a una mujer
Si no quieres tener un hijo, usa condón o preservativo. De lo contrario, asume las posibles consecuencias de tu imprudencia.


Lo mismo se puede decir de la mujer y ella puede decidir si abortar o no de forma unilateral. Por qué ellas sí pueden elegir y los hombres no?


Porque tu puedes decidir sobre tu cuerpo, pero no sobre el de otra persona. ¿Tan difícil es entender esta parte tan elemental? Y ahora viene la segunda. Vale ella decide, pero yo debería poder decidir también renunciar a la paternidad, y volvemos a lo de antes, la paternidad biológica es irrenunciable. El hijo puede reclamarla en cualquier momento. Es un derecho innato según ley, y me parece adecuado.
dinodini escribió:Aquí lo explican muy bien, y dejan claro porque no hay nada que hacer

Derecho a no ser padre: los hombres que reclaman renunciar legalmente a la paternidad

Se resume:

Un niño no puede ser privado de las obligaciones de sus padres
Un hombre no puede obligar a abortar a una mujer
Si no quieres tener un hijo, usa condón o preservativo. De lo contrario, asume las posibles consecuencias de tu imprudencia.

Tanto como nada que hacer... Puedes darlo en adopción de forma totalmente legal y lo de que no puede ser privado de las obligaciones de ambos progenitores es precisamente lo que se pide cambiar en la ley, como ya ocurre en otros supuestos.

No se habla en ningún momento de obligar a abortar a la mujer, sino que ella decida sabiendo las condiciones que hay en la mesa.

Sobre lo último, esto se pide precisamente para cuando esos anticonceptivos fallan.
dinodini escribió:la paternidad biológica es irrenunciable. El hijo puede reclamarla en cualquier momento. Es un derecho innato según ley, y me parece adecuado.


No es cierto. Los donantes de esperma son padres biológicos del niño engendrado con su semen, y sin embargo renuncian a la filiación del niño y a cualquier derecho u obligación que resulte de ella.

Por tanto, la paternidad biológica es renunciable.

dinodini escribió:Un niño no puede ser privado de las obligaciones de sus padres


Precisamente.

Lo que propone el aborto de papel es que durante las primeras semanas del embarazo el hombre tenga la libertad de renunciar a la filiación; y que si lo hace, jurídicamente no sea padre. Igual que ocurre con los donantes de esperma.

A partir de ese momento la mujer tiene la libertad de interrumpir el embarazo o seguir adelante; pero si decide seguir adelante, cuando el niño nazca, jurídicamente ella será su única madre. Igual que ocurre con las madres que recurren a donantes de esperma.

Luego ella, si quiere, también podrá renunciar a su condición de madre y a todas las obligaciones asociadas. Y de forma igual de fácil.

Por ejemplo, la Comunidad de Madrid tiene un servicio de emergencias mediante el cual cualquier mujer puede llamar a un teléfono y decir que quieren renunciar a sus obligaciones como madres. Rápidamente un vehículo de emergencias se pasa a recoger el niño de forma confidencial, y a partir de ese momento la madre queda liberada de toda responsabilidad y la Comunidad pasa a tutelar al menor.

https://www.comunidad.madrid/servicios/ ... dono-bebes

https://m.europapress.es/madrid/noticia ... 43355.html

Ya ves que la paternidad (en este caso la maternidad) es fácilmente renunciable, pese a que tú digas que no.
Si es tan buena idea, porque no se ha planteado por ahora. ¿solo a vosotros se os ha ocurrido esta genial idea? La respuesta es mas que evidente. Ningún juez y ningún jurista o abogado ve posibilidades en esto, así que ni se plantea remotamente en un juicio.
dinodini escribió:Si es tan buena idea, porque no se ha planteado por ahora. ¿solo a vosotros se os ha ocurrido esta genial idea? La respuesta es mas que evidente.


Lo que es evidente es que te has quedado sin argumentos :Ð

dinodini escribió:Ningún juez y ningún jurista o abogado ve posibilidades en esto, así que ni se plantea remotamente en un juicio.


Quizá sea porque no se puede reclamar lo que no es legal, pero hete aquí, las leyes se pueden cambiar y crear otras nuevas. Ni se te ha pasado por la cabeza, ¿verdad?
clamp escribió:
dinodini escribió:Si es tan buena idea, porque no se ha planteado por ahora. ¿solo a vosotros se os ha ocurrido esta genial idea? La respuesta es mas que evidente.


Lo que es evidente es que te has quedado sin argumentos :Ð

dinodini escribió:Ningún juez y ningún jurista o abogado ve posibilidades en esto, así que ni se plantea remotamente en un juicio.


Quizá sea porque no se puede reclamar lo que no es legal, pero hete aquí, las leyes se pueden cambiar y crear otras nuevas. Ni se te ha pasado por la cabeza, ¿verdad?


Es evidente que ni te has molestado en leer el artículo. Y luego hablas de los que se quedan sin argumentos....


Appleton enseña casos como el de Dubay contra Wells a los estudiantes en su curso de Derecho Familiar. "Ellos entienden los argumentos de Dubay sobre la injusticia y la desigualdad, pero casi siempre llegan a la conclusión de que ningún otro resultado es posible".

Diez años más tarde, el statu quo que Dubay desafió sigue vigente en la actualidad y no ha habido muchos casos similares desde entonces, en parte debido al precedente establecido por el fallo del juez en este caso.

Los políticos también han rechazado proponer cambios legislativos que permitan a los hombres tener derechos reproductivos, quizás debido a la suposición de que hacerlo abriría las puertas a que un número sin precedente de hombres optaran por no aceptar la paternidad. En el futuro previsible, por lo menos, la idea del derecho de un hombre a elegir seguirá acumulando polvo en los libros de historia jurídica.
dinodini escribió:Si es tan buena idea, porque no se ha planteado por ahora. ¿solo a vosotros se os ha ocurrido esta genial idea? La respuesta es mas que evidente. Ningún juez y ningún jurista o abogado ve posibilidades en esto, así que ni se plantea remotamente en un juicio.


Con ese argumento tan magnífico estaríamos todavía en la edad media. En fin...
Si aceptamos que las desigualdades puramente biológicas que de manera natural existen entre ambos sexos deriven en desigualdades a nivel de derechos, entonces, ateneos a las consecuencias porque, visto así, tenemos que aceptar que eso suceda a todos los niveles. Yo me tengo que joder porque biologicamente no puedo engendrar, ok. Mi compañera de trabajo se tendra que joder y cobrar menos que yo porque al realizar ambos el mismo trabajo y por ser este un trabajo físico que yo por mis capacidades biológicas hago en mayor volumen, tengo que cobrar mas. Por favor, cuando afirmemos algo pensemos primero y veamos todas las consecuencias, porque lo de coger cierto argumento solo cuando me interesa a mí no me sirve. Si no me he equivocado, la cosa funciona así, yo no puedo decidir sobre el cuerpo de la otra persona, pero esa otra persona sí puede decidir sobre mi vida futura, ella es quien decide si yo tengo o no que ser padre y ejercer esas responsabilidades, ella es quien decide si tengo que dedicar parte de mis ingresos a mantener a un niño, ella es quien decide como será mi futuro. Tan solo tiene que ir a un juzgado y solicitarlo. Pues que bien oye, que justo todo. Pero es que no es solamente eso, he leido por ahí que el niño (ya nacido) tiene sus derechos y que no se le puede negar el derecho a... Digamos a algo parecido a un padre (porque alguien que no queria al crio es dificil que pueda ejercer de padre). Osea la madre puede decidir sobre su mera existencia, pero el padre no puede tan siquiera decidir si tendra uno o dos progenitores... Me parece un chiste que nadie defienda cosa así. Igualdad para todos y a todos los niveles por favor. Es evidente que un padre nunca podrá impedir la existencia del hijo, cosa que por motivos biologicos si puede hacer la madre, pero otorgarle el derecho a no responsabilizarse de esa nueva vida creo que es algo básico. Una sociedad civilizada es aquella que precisamente se preocupa de corregir las desigualdades biologicas entre individuos. Y es por eso por lo que una mujer debe cobrar el mismo salario que un hombre en un trabajo físico en el que por motivos puramente biológicos sea menos productiva, por eso un hombre tiene derecho a ser mujer si así se siente aunque la naturaleza se lo haya negado (y viceversa), por eso una pareja homosexual tiene derecho a tener hijos si así lo desea aunque biológicamente no puedan y por eso un hombre tiene derecho a renunciar a la paternidad aunque biologicamente no pueda engendrar ¿Estamos?
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dinodini escribió:Si es tan buena idea, porque no se ha planteado por ahora. ¿solo a vosotros se os ha ocurrido esta genial idea? La respuesta es mas que evidente. Ningún juez y ningún jurista o abogado ve posibilidades en esto, así que ni se plantea remotamente en un juicio.

Malditos jueces y juristas que ya no me permiten tener personas racializadas como esclavos
dinodini escribió:Si es tan buena idea, porque no se ha planteado por ahora. ¿solo a vosotros se os ha ocurrido esta genial idea? La respuesta es mas que evidente. Ningún juez y ningún jurista o abogado ve posibilidades en esto, así que ni se plantea remotamente en un juicio.

Eh? Esto no es nuevo precisamente, se ha planteado muchas veces. Pero aunque no hubiese sido así, no cambiaría nada.

Claro que un juez no ve posibilidades en un juicio, porque forma parte del poder judicial, no del legislativo, su papel es aplicar la ley, no cambiarla. Se pide a los políticos, no a los jueces.

La ley de Montero ha sido rechazada por unanimidad por el CGPJ por invertir la carga de la prueba y aún así saldrá adelante, pues depende de los políticos, no de los jueces o magistrados
dinodini escribió:
clamp escribió:
dinodini escribió:Si es tan buena idea, porque no se ha planteado por ahora. ¿solo a vosotros se os ha ocurrido esta genial idea? La respuesta es mas que evidente.


Lo que es evidente es que te has quedado sin argumentos :Ð

dinodini escribió:Ningún juez y ningún jurista o abogado ve posibilidades en esto, así que ni se plantea remotamente en un juicio.


Quizá sea porque no se puede reclamar lo que no es legal, pero hete aquí, las leyes se pueden cambiar y crear otras nuevas. Ni se te ha pasado por la cabeza, ¿verdad?


Es evidente que ni te has molestado en leer el artículo. Y luego hablas de los que se quedan sin argumentos....


Appleton enseña casos como el de Dubay contra Wells a los estudiantes en su curso de Derecho Familiar. "Ellos entienden los argumentos de Dubay sobre la injusticia y la desigualdad, pero casi siempre llegan a la conclusión de que ningún otro resultado es posible".

Diez años más tarde, el statu quo que Dubay desafió sigue vigente en la actualidad y no ha habido muchos casos similares desde entonces, en parte debido al precedente establecido por el fallo del juez en este caso.

Los políticos también han rechazado proponer cambios legislativos que permitan a los hombres tener derechos reproductivos, quizás debido a la suposición de que hacerlo abriría las puertas a que un número sin precedente de hombres optaran por no aceptar la paternidad. En el futuro previsible, por lo menos, la idea del derecho de un hombre a elegir seguirá acumulando polvo en los libros de historia jurídica.

Si resulta que habría un número sin precedentes de hombres que pedirían no aceptar la paternidad, sólo quiere decir que esto es más necesario y urgente de lo que yo mismo pensaba.
dinodini escribió:Si es tan buena idea, porque no se ha planteado por ahora. ¿solo a vosotros se os ha ocurrido esta genial idea? La respuesta es mas que evidente. Ningún juez y ningún jurista o abogado ve posibilidades en esto, así que ni se plantea remotamente en un juicio.


Más arriba argumentabas que la paternidad es irrenunciable; pero ahora, tras mostrarte que las mujeres pueden renunciar fácilmente y algunos hombres también, veo que tiras por otro lado y que has abandonado completamente ese argumento.

¿Eso significa que aceptas que la paternidad sí que es renunciable?
Bou escribió:
Más arriba argumentabas que la paternidad es irrenunciable; pero ahora, tras mostrarte que las mujeres pueden renunciar fácilmente y algunos hombres también


El título del hilo es sobre el aborto (terminar con la futura paternidad no deseada), pero me surgen otras dudas relacionadas:

Si es el hombre el que quiere continuar siendo padre pero la mujer no, y ella de buena fé decide continuar con el embarazo, para que una vez nazca la nueva persona sea él unicamente quien se encargue. Ella tiene formas legales de quitarse de responsabilidades y derechos?

Los casos de mutuo acuerdo son mas fáciles de gestionar legalmente?
elalbert78 escribió:Si aceptamos que las desigualdades puramente biológicas que de manera natural existen entre ambos sexos deriven en desigualdades a nivel de derechos, entonces, ateneos a las consecuencias porque, visto así, tenemos que aceptar que eso suceda a todos los niveles. Yo me tengo que joder porque biologicamente no puedo engendrar, ok. Mi compañera de trabajo se tendra que joder y cobrar menos que yo porque al realizar ambos el mismo trabajo y por ser este un trabajo físico que yo por mis capacidades biológicas hago en mayor volumen, tengo que cobrar mas.


¿En tu trabajo se paga más al que más fuerza tiene?
pues me parece un derecho más que razonable que ojalá algún día se cree y lo digo como futuro padre. La lista de las cosas a las que hay que renunciar es enorme. A mí me la pela porque prefiero tener a mi hijo, pero es de entender que haya otras personas que no lo vean igual y necesiten ser amparadas por este derecho.
Bou escribió:
dinodini escribió:Si es tan buena idea, porque no se ha planteado por ahora. ¿solo a vosotros se os ha ocurrido esta genial idea? La respuesta es mas que evidente. Ningún juez y ningún jurista o abogado ve posibilidades en esto, así que ni se plantea remotamente en un juicio.


Más arriba argumentabas que la paternidad es irrenunciable; pero ahora, tras mostrarte que las mujeres pueden renunciar fácilmente y algunos hombres también, veo que tiras por otro lado y que has abandonado completamente ese argumento.

¿Eso significa que aceptas que la paternidad sí que es renunciable?



¿Puede renunciar un padre a su Paternidad?

Resulta obvio que la paternidad biológica no es renunciable, pues para el Alto Tribunal la paternidad biológica está por encima de toda consideración civil. A tal punto, que la realidad biológica se alza incluso sobre la voluntad del progenitor. Si se confirma la filiación biológica nace la responsabilidad, y ello con independencia de posibles vicios de consentimiento o mala fe (baste citar como ejemplo de paternidad no consentida el caso del afamado tenista Boris Bequer).

¿Se puede renunciar a ser padre?

En su pregunta ella nos plantea el hecho de que el padre de la bebé no quiere hacerse responsable de la misma, y ella tampoco lo quiere así, por lo que nos pregunta qué debe hacer y si existe algún documento legal que puedan firmar para que él renuncie a la paternidad.

Evidentemente interpretamos que los padres no están casados, pues en el caso de estarlo la filiación matrimonial actúa de manera directa y, salvo que se impugne y resulte no ser el padre biológico, no es posible esta renuncia bajo ningún concepto.

Este es uno de esos casos que pueden parecer sencillos a simple vista, pero que realmente no lo son tanto, pues si bien sería posible que ella inscriba a la recién nacida como sólo hija suya, sin padre reconocido, eso no quita que en un futuro ella misma, el padre o la propia niña, puedan reclamar judicialmente la filiación paterna. Es decir, no existe la posibilidad de renunciar a la filiación mediante ningún documento legal, o aún llegado el caso de hacerlo, este documento no tendría validez alguna pues prevalece siempre la verdad biológica sobre la registral, y no podría esgrimirse en un hipotético juicio de reclamación de la filiación esa renuncia.

Establece el Código Civil en sus artículos 108 y siguientes todo lo referido a la filiación, la forma en la que se determina, sus efectos, cómo puede impugnarse la filiación reconocida y como puede reclamarse la que no se ha reconocido anteriormente. Concretamente a este respecto, establece el artículo 133 que la filiación puede ser reclamada durante toda su vida por parte del hijo
LLioncurt escribió:
elalbert78 escribió:Si aceptamos que las desigualdades puramente biológicas que de manera natural existen entre ambos sexos deriven en desigualdades a nivel de derechos, entonces, ateneos a las consecuencias porque, visto así, tenemos que aceptar que eso suceda a todos los niveles. Yo me tengo que joder porque biologicamente no puedo engendrar, ok. Mi compañera de trabajo se tendra que joder y cobrar menos que yo porque al realizar ambos el mismo trabajo y por ser este un trabajo físico que yo por mis capacidades biológicas hago en mayor volumen, tengo que cobrar mas.


¿En tu trabajo se paga más al que más fuerza tiene?


No, y así debe ser.
Maxi Strong escribió:
Los casos de mutuo acuerdo son mas fáciles de gestionar legalmente?


Yo sé de casos en los que han acordado que él renuncie a sus derechos y obligaciones como padre, pero desconozco si eso tiene validez legal si uno de los dos decide echarse atrás. Me da que si ella decide pedirle que contribuya a la manutención o si él decide que quiere ver al niño, el juez le va a dar la razón. No sé si es porque ahí entramos en lo que se ha hablado antes de los derechos del niño, porque no se puede renunciar a la paternidad o cuál es el motivo exacto.

Por otro lado, lo de aborto de papel suena muy ridículo [+risas] Si yo aborto estoy poniendo fin a mi embarazo, ok. Un hombre no puede poner fin a su embarazo porque no tiene esa capacidad de gestar vida, así es la biología de injusta. Por lo que veo más adecuado hablar de renuncia a la paternidad, nada más.

@dinodini
No te había leído mientras escribía esto, pues ya has resuelto la duda entonces.
@dinodini que nadie está hablando que a día de hoy sea legal hacerlo, sólo tú. Se está hablando de cambiar la ley para que pase a ser legal. En eso los juristas, abogados y jueces no pintan nada, eso es cosa de los políticos. Usar de argumento que ahora no es legal, cuando se está discutiendo sobre el cambio de legislación, es tontísimo. Es como si en 2004 dices que es imposible legalizar el matrimonio homosexual porque en ese momento era ilegal. O me dices en 2009 que el aborto libre durante las primeras semanas no puede ser legal porque la ley de entonces no lo permitía.

Las leyes cambian y en democracia es el pueblo el que elige cambiarlas (o debería ser así). Y las constituciones también pueden cambiar de ser necesario.

Si le preguntas a un abogado, jurista o juez en 2004 si el matrimonio homosexual y el aborto libre durante las primera semanas es legal, te van a decir que no, que es ilegal. Si se lo preguntas hoy, te dirán que es perfectamente legal.

El aborto libre durante las primera semanas lleva regularizado en españa desde hace menos de 15 años, es bastante corto de miras pensar que esto no puede cambiar en el futuro.
dinodini escribió:
Bou escribió:
dinodini escribió:Si es tan buena idea, porque no se ha planteado por ahora. ¿solo a vosotros se os ha ocurrido esta genial idea? La respuesta es mas que evidente. Ningún juez y ningún jurista o abogado ve posibilidades en esto, así que ni se plantea remotamente en un juicio.


Más arriba argumentabas que la paternidad es irrenunciable; pero ahora, tras mostrarte que las mujeres pueden renunciar fácilmente y algunos hombres también, veo que tiras por otro lado y que has abandonado completamente ese argumento.

¿Eso significa que aceptas que la paternidad sí que es renunciable?



¿Puede renunciar un padre a su Paternidad?

Resulta obvio que la paternidad biológica no es renunciable, pues para el Alto Tribunal la paternidad biológica está por encima de toda consideración civil. A tal punto, que la realidad biológica se alza incluso sobre la voluntad del progenitor. Si se confirma la filiación biológica nace la responsabilidad, y ello con independencia de posibles vicios de consentimiento o mala fe (baste citar como ejemplo de paternidad no consentida el caso del afamado tenista Boris Bequer).

¿Se puede renunciar a ser padre?

En su pregunta ella nos plantea el hecho de que el padre de la bebé no quiere hacerse responsable de la misma, y ella tampoco lo quiere así, por lo que nos pregunta qué debe hacer y si existe algún documento legal que puedan firmar para que él renuncie a la paternidad.

Evidentemente interpretamos que los padres no están casados, pues en el caso de estarlo la filiación matrimonial actúa de manera directa y, salvo que se impugne y resulte no ser el padre biológico, no es posible esta renuncia bajo ningún concepto.

Este es uno de esos casos que pueden parecer sencillos a simple vista, pero que realmente no lo son tanto, pues si bien sería posible que ella inscriba a la recién nacida como sólo hija suya, sin padre reconocido, eso no quita que en un futuro ella misma, el padre o la propia niña, puedan reclamar judicialmente la filiación paterna. Es decir, no existe la posibilidad de renunciar a la filiación mediante ningún documento legal, o aún llegado el caso de hacerlo, este documento no tendría validez alguna pues prevalece siempre la verdad biológica sobre la registral, y no podría esgrimirse en un hipotético juicio de reclamación de la filiación esa renuncia.

Establece el Código Civil en sus artículos 108 y siguientes todo lo referido a la filiación, la forma en la que se determina, sus efectos, cómo puede impugnarse la filiación reconocida y como puede reclamarse la que no se ha reconocido anteriormente. Concretamente a este respecto, establece el artículo 133 que la filiación puede ser reclamada durante toda su vida por parte del hijo


Dinodini, estaría bien que contestases la pregunta directamente.

¿Los donantes de semen pueden renunciar a la paternidad jurídica?

¿Las mujeres de Madrid pueden renunciar a la maternidad jurídica?

Teniendo en cuenta todo ello, y dejando de lado los copiapegas... ¿para algunas personas es posible renunciar a la paternidad jurídica?
wason12 escribió:@dinodini que nadie está hablando que a día de hoy sea legal hacerlo, sólo tú. Se está hablando de cambiar la ley para que pase a ser legal. En eso los juristas, abogados y jueces no pintan nada, eso es cosa de los políticos. Usar de argumento que ahora no es legal, cuando se está discutiendo sobre el cambio de legislación, es tontísimo. Es como si en 2004 dices que es imposible legalizar el matrimonio homosexual porque en ese momento era ilegal. O me dices en 2009 que el aborto libre durante las primeras semanas no puede ser legal porque la ley de entonces no lo permitía.


Pero ya en el 2004, y muchos años o incluso década atrás, había un debate sobre este tema, y amplios movimientos sociales apoyando el matrimonio gay. Lo mismo pasaba con el aborto. El tema de debate del aborto existe desde hace ya mas de un siglo. A día de hoy no hay, ni parece que vaya a haber, un gran movimiento social reivindicando el derecho del hombre a no ser padre, y sin movimientos sociales no hay presión, y sin presión no se cambian las leyes, mas cuando ese cambio legislativo iría en perjuicio de otra parte: la mujer y los hijos.
wason12 escribió:(...) Si le preguntas a un abogado, jurista o juez en 2004 si el matrimonio homosexual y el aborto libre durante las primera semanas es legal, te van a decir que no, que es ilegal. Si se lo preguntas hoy, te dirán que es perfectamente legal.

El aborto libre durante las primera semanas lleva regularizado en españa desde hace menos de 15 años, es bastante corto de miras pensar que esto no puede cambiar en el futuro.


Yo como persona particular no soy un defensor del aborto libre pero desde el punto de vista legal y ético sí que lo defiendo, me parece imprescindible, lo mismo que las leyes que permiten el matrimonio homosexual. Son necesarias, aunque a nivel personal se pueda estar en desacuerdo. Lo que no se puede hacer es negar que el aborto es necesario en determinadas circunstancias, y encima culpar a la mujer; y tampoco se puede negar que la homosexualidad, las lesbianas, los homosexuales, los transexuales, existen y son seres humanos que merecen el reconocimiento de los mismos derechos exactamente que los demás.

Despenalización del aborto, quiere decir, no que se de permiso para abortar, sino que no se va a considerar delito abortar. El primer paso para el aborto libre fue eliminar el aborto del Código Penal.

En España el aborto lleva despenalizado desde 1985 tras una reforma del código penal hecha por las Cortes Generales mayoritariamente socialistas.

Paso número 1: promulgación de esta Ley Orgánica:
Ley Orgánica 9/1985, de 5 de julio, de reforma del artículo 417 bis del Código Penal

El artículo 417 bis del Código Penal queda redactado de la siguiente manera:

«1. No será punible el aborto practicado por un médico, o bajo su dirección, en centro o establecimiento sanitario, público o privado, acreditado y con consentimiento expreso de la mujer embarazada, cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:

1.ª Que sea necesario para evitar un grave peligro para la vida o la salud física o psíquica de la embarazada y así conste en un dictamen emitido con anterioridad a la intervención por un médico de la especialidad correspondiente, distinto de aquel por quien o bajo cuya dirección se practique el aborto.

En caso de urgencia por riesgo vital para la gestante, podrá prescindirse del dictamen y del consentimiento expreso.

2.ª Que el embarazo sea consecuencia de un hecho constitutivo de delito de violación del artículo 429, siempre que el aborto se practique dentro de las doce primeras semanas de gestación y que el mencionado hecho hubiese sido denunciado.

3.ª Que se presuma que el feto habrá de nacer con graves taras físicas o psíquicas, siempre que el aborto se practique dentro de las veintidós primeras semanas de gestación y que el dictamen, expresado con anterioridad a la práctica del aborto, sea emitido por dos especialistas de centro o establecimiento sanitario, público o privado, acreditado al efecto, y distintos de aquel por quien o bajo cuya dirección se practique el aborto.

2. En los casos previstos en el número anterior, no será punible la conducta de la embarazada aún cuando la práctica del aborto no se realice en un centro o establecimiento público o privado acreditado o no se hayan emitido los dictámenes médicos exigidos.»


Por tanto para poder realizar un aborto legalmente desde 1985, había que encajarlo en uno de los tres supuestos previstos legalmente: 1º) aborto por razones terapéuticas/riesgo para la madre; 2º) aborto porque el embarazo es fruto de una violación; 3º) aborto porque el feto tiene taras graves, y obligar a la madre a traerlo al mundo supondrá, entre otras cosas, cargas y obligaciones económicas relevantes (por ejemplo un niño con una enfermedad "rara" que tenga tratamientos costosos que no cubra la Seguridad Social).

La Ley no habilitaba el aborto libre, pero al mismo tiempo facilitaba una coartada legal clara a quien quisiera abortar.

Paso número 2: ante los recursos de inconstitucionalidad que la derecha del momento, escandalizada, presentó ante el Tribunal Constitucional, contra esta Ley Orgánica que despenalizaba el aborto, el Alto Tribunal avaló la ley y declaró que era conforme a la Constitución, diciendo cosas de puro sentido común, como que no se podía obligar a la madre a tener un niño de un violador, o que no se podía obligar a la madre a morir en el parto si se podía evitar esa muerte produciéndole un aborto para proteger su vida, porque no podía ser que para defender la vida del nasciturus (concebido aún no nacido) se sacrifique la vida de la madre.

Alguien puede pensar que este tipo de aborto para salvar la vida de la madre es exagerado, pero no lo es. Durante toda la Historia han muerto muchas mujeres al dar a luz. Basta con que se complicase un parto y la mujer no estuviese atendida por buenos médicos o matronas/os, para que muriesen la madre y el niño, o la madre al dar a luz. Esto siguió pasando durante el siglo XX. Posiblemente en vuestras familias tengáis alguna historia de mujer joven fallecida al dar a luz, quizá una bisabuela o tatarabuela.

Ahora imaginad la crueldad que supone obligar a una mujer a morir dando a luz a sabiendas de que va a morir en el parto. Eso no puede ser, y así lo explicó el Tribunal Constitucional, cuando justificó la constitucionalidad de la reforma de 1985 que despenalizaba el aborto. La pregunta sería ¿Quién, en nombre de la ley, o de Dios, dejaría mujer a una mujer en el parto, por proteger la vida del niño? Eso no puede ser.

Hay que destacar que en 1985 hacía apenas diez años desde la muerte de Franco, la derecha "histórica" franquista era muy fuerte aún, y ese entorno no quería admitir de ninguna manera ningún supuesto de aborto, por lo que la despenalización de 1985 fue muy importante para la época.

Esta como otras muchas reformas legales fue promovida por el Partido Socialista y en su día le llovieron todo tipo de insultos y descalificaciones, los mismos que le cayeron cuando años después promovió la ley que permitió el matrimonio homosexual.
Bou escribió:
dinodini escribió:
Bou escribió:
Más arriba argumentabas que la paternidad es irrenunciable; pero ahora, tras mostrarte que las mujeres pueden renunciar fácilmente y algunos hombres también, veo que tiras por otro lado y que has abandonado completamente ese argumento.

¿Eso significa que aceptas que la paternidad sí que es renunciable?



¿Puede renunciar un padre a su Paternidad?

Resulta obvio que la paternidad biológica no es renunciable, pues para el Alto Tribunal la paternidad biológica está por encima de toda consideración civil. A tal punto, que la realidad biológica se alza incluso sobre la voluntad del progenitor. Si se confirma la filiación biológica nace la responsabilidad, y ello con independencia de posibles vicios de consentimiento o mala fe (baste citar como ejemplo de paternidad no consentida el caso del afamado tenista Boris Bequer).

¿Se puede renunciar a ser padre?

En su pregunta ella nos plantea el hecho de que el padre de la bebé no quiere hacerse responsable de la misma, y ella tampoco lo quiere así, por lo que nos pregunta qué debe hacer y si existe algún documento legal que puedan firmar para que él renuncie a la paternidad.

Evidentemente interpretamos que los padres no están casados, pues en el caso de estarlo la filiación matrimonial actúa de manera directa y, salvo que se impugne y resulte no ser el padre biológico, no es posible esta renuncia bajo ningún concepto.

Este es uno de esos casos que pueden parecer sencillos a simple vista, pero que realmente no lo son tanto, pues si bien sería posible que ella inscriba a la recién nacida como sólo hija suya, sin padre reconocido, eso no quita que en un futuro ella misma, el padre o la propia niña, puedan reclamar judicialmente la filiación paterna. Es decir, no existe la posibilidad de renunciar a la filiación mediante ningún documento legal, o aún llegado el caso de hacerlo, este documento no tendría validez alguna pues prevalece siempre la verdad biológica sobre la registral, y no podría esgrimirse en un hipotético juicio de reclamación de la filiación esa renuncia.

Establece el Código Civil en sus artículos 108 y siguientes todo lo referido a la filiación, la forma en la que se determina, sus efectos, cómo puede impugnarse la filiación reconocida y como puede reclamarse la que no se ha reconocido anteriormente. Concretamente a este respecto, establece el artículo 133 que la filiación puede ser reclamada durante toda su vida por parte del hijo


Dinodini, estaría bien que contestases la pregunta directamente.

¿Los donantes de semen pueden renunciar a la paternidad jurídica?

¿Las mujeres de Madrid pueden renunciar a la maternidad jurídica?

Teniendo en cuenta todo ello, y dejando de lado los copiapegas... ¿para algunas personas es posible renunciar a la paternidad jurídica?


Los copipega es exponer aquí argumentos jurídicos frente a las ocurrencias de bar que tiene cada uno cuando se levanta por la mañana.

Nada tiene que ver un donante de semen (que en España es además anónimo) con el resultado de una relación sexual consentida entre dos personas.

La paternidad del donante

El Tribunal Constitucional distingue la paternidad como configuración de una relación paterno-filial de la relación meramente biológica entre el donante y el nacido mediante las técnicas de reproducción asistida. Aquí parece precisarse algo de gran importancia, que es lo siguiente: aunque identifique Ud. al donante, no averiguará quién es el padre. Porque la ley no considera vínculo paterno-filial al que media entre el donante y el nacido mediante técnicas de reproducción asistida utilizando los gametos que facilitó el donante. Luego el carácter anónimo del donante no es obstáculo para la libre investigación de la paternidad. La dificultad para ejercitar con éxito la acción de reclamación de la paternidad se deriva de algo más elemental y obvio: no existe el padre. Luego no busque lo que no existe.

El donante no puede reclamar la paternidad extramatrimonial del nacido como consecuencia de la utilización del semen que él donó. Es decir, el donante carece de legitimación activa y pasiva en la acción para reclamar una filiación paterna extramatrimonial. Ni se le puede atribuir una paternidad (a mi juicio inexistente) ni puede reclamarla.


En cuanto al tema de renunciar a la maternidad jurídica, entiendo que podrá renunciar a ella con la opción de darlo en adopción, si tiene la custodia en exclusiva del hijo, lo mismo que lo puede hacer un viudo como caso contrario. Lo que no puede una mujer es dar en adopción a su hijo si hay una paternidad reconocida, y viceversa, porque tienen que decidir los dos. Lo que no se es si se exige algún requisito para que se acepte la adopción por parte del estado: incapacidad de sustento económico, incapacidad mental para hacerse cargo del hijo, etc.

Reitero lo que dije antes. Aquí el problema viene porque tenéis una visión errónea de la situación. Lo veis como que tener un hijo es algo que se crea en una bolsa fuera de la mujer, y por tanto, hombre y mujer deben de tener exactamente los mismos derechos y obligaciones y no es asi. El hecho de que el embarazo recaiga exclusivamente en el cuerpo de la mujer cambia todas las reglas de juego, y no puede, ni debe, ser iguales la ley para el hombre y la mujer en este aspecto. El primer hecho es que es la mujer en exclusiva quien decidirá si tiene el hijo o aborta, y el padre no pinta absolutamente nada para decidir esto. Y lo que decida la mujer también afectará a la posterior paternidad y sus obligaciones. El día que los hijos se tengan en un frigorífico podréis venir aquí a reclamar mismas leyes para hombres y mujeres con respecto a las obligaciones de la paternidad-maternidad.
Aprovecho el hilo para hacer un breve apunte:

Es posible ser padre, o madre, de dos maneras, ambas con el mismo efecto legal:

a) por ser los progenitores biológicos (es decir ser la madre y el padre que conciben al niño)

b) por ser los padres adoptivos del niño.

En el caso de adopción, el niño adoptado ocupa el mismo lugar que un hijo biológico.

En la época de los romanos las adopciones eran una forma habitual de tener hijos porque muchos romanos llegaban a la mediana edad tras pasarse la vida por ahí en el ejército y cuando regresaban a su casa de Roma, o de donde fuera, sin mujer y sin hijos, pues podían directamente adoptar a los hijos de un compañero fallecido, o adoptar incluso niños adolescentes ya mayores, y eso era completamente normal.

La preocupación por el vínculo biológico, es algo sobrevalorado. Lo que importa de verdad es quién realiza la labor de padre y de madre. No quien concibió y trajo al mundo al niño.

De ahí, que los donantes de semen, son una gran excepción a la obligación general que tiene cualquier hombre de hacerse cargo de sus hijos biológicos.
Jamás lo había pensado pero me parece muy interesante, lo que pasa es que va a llegar el día donde para echar un polvo va a haber que firmar más papeles que para comprar una casa.
dinodini escribió:
Bou escribió:
dinodini escribió:

¿Puede renunciar un padre a su Paternidad?

Resulta obvio que la paternidad biológica no es renunciable, pues para el Alto Tribunal la paternidad biológica está por encima de toda consideración civil. A tal punto, que la realidad biológica se alza incluso sobre la voluntad del progenitor. Si se confirma la filiación biológica nace la responsabilidad, y ello con independencia de posibles vicios de consentimiento o mala fe (baste citar como ejemplo de paternidad no consentida el caso del afamado tenista Boris Bequer).

¿Se puede renunciar a ser padre?

En su pregunta ella nos plantea el hecho de que el padre de la bebé no quiere hacerse responsable de la misma, y ella tampoco lo quiere así, por lo que nos pregunta qué debe hacer y si existe algún documento legal que puedan firmar para que él renuncie a la paternidad.

Evidentemente interpretamos que los padres no están casados, pues en el caso de estarlo la filiación matrimonial actúa de manera directa y, salvo que se impugne y resulte no ser el padre biológico, no es posible esta renuncia bajo ningún concepto.

Este es uno de esos casos que pueden parecer sencillos a simple vista, pero que realmente no lo son tanto, pues si bien sería posible que ella inscriba a la recién nacida como sólo hija suya, sin padre reconocido, eso no quita que en un futuro ella misma, el padre o la propia niña, puedan reclamar judicialmente la filiación paterna. Es decir, no existe la posibilidad de renunciar a la filiación mediante ningún documento legal, o aún llegado el caso de hacerlo, este documento no tendría validez alguna pues prevalece siempre la verdad biológica sobre la registral, y no podría esgrimirse en un hipotético juicio de reclamación de la filiación esa renuncia.

Establece el Código Civil en sus artículos 108 y siguientes todo lo referido a la filiación, la forma en la que se determina, sus efectos, cómo puede impugnarse la filiación reconocida y como puede reclamarse la que no se ha reconocido anteriormente. Concretamente a este respecto, establece el artículo 133 que la filiación puede ser reclamada durante toda su vida por parte del hijo


Dinodini, estaría bien que contestases la pregunta directamente.

¿Los donantes de semen pueden renunciar a la paternidad jurídica?

¿Las mujeres de Madrid pueden renunciar a la maternidad jurídica?

Teniendo en cuenta todo ello, y dejando de lado los copiapegas... ¿para algunas personas es posible renunciar a la paternidad jurídica?


Los copipega es exponer aquí argumentos jurídicos frente a las ocurrencias de bar que tiene cada uno cuando se levanta por la mañana.

Nada tiene que ver un donante de semen (que en España es además anónimo) con el resultado de una relación sexual consentida entre dos personas.

La paternidad del donante

El Tribunal Constitucional distingue la paternidad como configuración de una relación paterno-filial de la relación meramente biológica entre el donante y el nacido mediante las técnicas de reproducción asistida. Aquí parece precisarse algo de gran importancia, que es lo siguiente: aunque identifique Ud. al donante, no averiguará quién es el padre. Porque la ley no considera vínculo paterno-filial al que media entre el donante y el nacido mediante técnicas de reproducción asistida utilizando los gametos que facilitó el donante. Luego el carácter anónimo del donante no es obstáculo para la libre investigación de la paternidad. La dificultad para ejercitar con éxito la acción de reclamación de la paternidad se deriva de algo más elemental y obvio: no existe el padre. Luego no busque lo que no existe.

El donante no puede reclamar la paternidad extramatrimonial del nacido como consecuencia de la utilización del semen que él donó. Es decir, el donante carece de legitimación activa y pasiva en la acción para reclamar una filiación paterna extramatrimonial. Ni se le puede atribuir una paternidad (a mi juicio inexistente) ni puede reclamarla.


En cuanto al tema de renunciar a la maternidad jurídica, entiendo que podrá renunciar a ella con la opción de darlo en adopción, si tiene la custodia en exclusiva del hijo, lo mismo que lo puede hacer un viudo como caso contrario. Lo que no puede una mujer es dar en adopción a su hijo si hay una paternidad reconocida, y viceversa, porque tienen que decidir los dos. Lo que no se es si se exige algún requisito para que se acepte la adopción por parte del estado: incapacidad de sustento económico, incapacidad mental para hacerse cargo del hijo, etc.

Reitero lo que dije antes. Aquí el problema viene porque tenéis una visión errónea de la situación. Lo veis como que tener un hijo es algo que se crea en una bolsa fuera de la mujer, y por tanto, hombre y mujer deben de tener exactamente los mismos derechos y obligaciones y no es asi. El hecho de que el embarazo recaiga exclusivamente en el cuerpo de la mujer cambia todas las reglas de juego, y no puede, ni debe, ser iguales la ley para el hombre y la mujer en este aspecto. El primer hecho es que es la mujer en exclusiva quien decidirá si tiene el hijo o aborta, y el padre no pinta absolutamente nada para decidir esto. Y lo que decida la mujer también afectará a la posterior paternidad y sus obligaciones. El día que los hijos se tengan en un frigorífico podréis venir aquí a reclamar mismas leyes para hombres y mujeres con respecto a las obligaciones de la paternidad-maternidad.


Si crees que está bien que la ley deje a los hombres desamparados frente a las mujeres (como sueles defender siempre) luego no te extrañes (y abras un hilo) de que en españa haya cada vez menos natalidad. Es que es de cajón.
martuka_pzm escribió:
Findeton escribió:
martuka_pzm escribió:Es que legalmente el feto no es una persona y por tanto no tiene derechos.
Hay determinados supuestos de protección (precisamente para si nace como derechos hereditarios y esas cosas).
Y científicamente se ha establecido un cierto consenso que permite eliminar el feto antes de que se considere un ser humano (ya la discusión detrás del consenso o la verdad científica es otro tema).


Ah bueno, ¿entonces aceptas que el hombre pueda hacer un aborto de papel durante el mismo período que la mujer puede abortar legalmente?

¿O es que el feto solo tiene derechos si el que aborta es un hombre?


No has entendido lo que he puesto.
El hombre puede firmar lo que quiera y tendrá validez respecto al feto (como lo que hace la mujer)
Cuando el niño nazca legalmente se convierte en persona y por tanto poseedora de derechos y obligaciones. Ahí, los derechos incluyen las obligaciones tanto del padre y de la madre y ninguno puede decidir librarse de sus obligaciones, obviamente porque si no nadie tendría ninguna obligación, firmamos un papel cada uno en casa y arreglado.

Vamos que la mujer decide, conforme a derecho, que no va a existir un sujeto poseedor de derechos. El hombre eliminaría derechos a un sujeto que ya los posee. Esa es la diferencia legal.

@Darxen no. Cuando la mujer aborta, no hay persona. El hombre renuncia cuando no hay persona pero si luego sí hay persona ese papel deja de ser válido porque ya habrá unos derechos existentes.
Igual es un poco enrevesado de explicar escribiendo pero a poco que se conozca el código civil se ve bien la diferencia.

De hecho juraría que si yo estoy embarazada de 3 meses y de una puñalada en la barriga alguien me provoca un aborto eso no está castigado como asesinato u homicidio. Más que nada porque no hay una persona jurídicamente y sin persona que sea titular de los derechos no podría haber esa condena


@Maxi Strong Sí totalmente. En este sentido creo que los hombres tienen menos derechos que las mujeres de aquí a China.
De hecho en ningun momento he intentado argumentar en contra de los hombres sino explicar por qué legalmente es un tema tan complejo y que crea situaciones de desigualdad que, al tener origen biológico, creo que no se resolverán nunca salvo modificaciones muy profundas en el sistema legal y social y/o de avance científico.
Y con cambios muy profundos me refiero a cambios como que las pensiones que corresponderían del padre fueran satisfechas por la Seguridad Social para no vulnerar los derechos de los niños, por ejemplo (y se me acaba de ocurrir)

Edito por confusión al citar

Quitando el tema de que ni si quiera es verdad el tema de que miran por el niño, tú no puedes obligar a una persona a asumir una responsabilidad que no ha aceptado. Es como si mañana vienen s tu casa y te dicen "oye, que eres el familiar más cercano a esta persona que ha muerto y te toca cuidar del niño". Precisamente un estado de derecho se fundamenta sobre que cada cual decide sus responsabilidades.

Para estas cosas están los servicios sociales. Que estaremos de acuerdo en que son insuficientes. Pero no puedes obligar a otra persona a ser padre. Porque para empezar, de ser así, una mujer no podría tener el derecho a dar a sus hijos en adopción por exactamente el mismo motivo. Otra asimetría.
LaGarrota escribió:Jamás lo había pensado pero me parece muy interesante, lo que pasa es que va a llegar el día donde para echar un polvo va a haber que firmar más papeles que para comprar una casa.


A un nivel más profundo, como decía un autor, tener un hijo es hacerle una pregunta al mundo.

Y por desgracia la historia nos muestra muchas veces que la única huella que un ser humano ha dejado de su existencia, es un hijo que ha concebido como hombre, o parido como mujer.
hi-ban escribió:
dinodini escribió:
Los copipega es exponer aquí argumentos jurídicos frente a las ocurrencias de bar que tiene cada uno cuando se levanta por la mañana.

Nada tiene que ver un donante de semen (que en España es además anónimo) con el resultado de una relación sexual consentida entre dos personas.

La paternidad del donante

El Tribunal Constitucional distingue la paternidad como configuración de una relación paterno-filial de la relación meramente biológica entre el donante y el nacido mediante las técnicas de reproducción asistida. Aquí parece precisarse algo de gran importancia, que es lo siguiente: aunque identifique Ud. al donante, no averiguará quién es el padre. Porque la ley no considera vínculo paterno-filial al que media entre el donante y el nacido mediante técnicas de reproducción asistida utilizando los gametos que facilitó el donante. Luego el carácter anónimo del donante no es obstáculo para la libre investigación de la paternidad. La dificultad para ejercitar con éxito la acción de reclamación de la paternidad se deriva de algo más elemental y obvio: no existe el padre. Luego no busque lo que no existe.

El donante no puede reclamar la paternidad extramatrimonial del nacido como consecuencia de la utilización del semen que él donó. Es decir, el donante carece de legitimación activa y pasiva en la acción para reclamar una filiación paterna extramatrimonial. Ni se le puede atribuir una paternidad (a mi juicio inexistente) ni puede reclamarla.


En cuanto al tema de renunciar a la maternidad jurídica, entiendo que podrá renunciar a ella con la opción de darlo en adopción, si tiene la custodia en exclusiva del hijo, lo mismo que lo puede hacer un viudo como caso contrario. Lo que no puede una mujer es dar en adopción a su hijo si hay una paternidad reconocida, y viceversa, porque tienen que decidir los dos. Lo que no se es si se exige algún requisito para que se acepte la adopción por parte del estado: incapacidad de sustento económico, incapacidad mental para hacerse cargo del hijo, etc.

Reitero lo que dije antes. Aquí el problema viene porque tenéis una visión errónea de la situación. Lo veis como que tener un hijo es algo que se crea en una bolsa fuera de la mujer, y por tanto, hombre y mujer deben de tener exactamente los mismos derechos y obligaciones y no es asi. El hecho de que el embarazo recaiga exclusivamente en el cuerpo de la mujer cambia todas las reglas de juego, y no puede, ni debe, ser iguales la ley para el hombre y la mujer en este aspecto. El primer hecho es que es la mujer en exclusiva quien decidirá si tiene el hijo o aborta, y el padre no pinta absolutamente nada para decidir esto. Y lo que decida la mujer también afectará a la posterior paternidad y sus obligaciones. El día que los hijos se tengan en un frigorífico podréis venir aquí a reclamar mismas leyes para hombres y mujeres con respecto a las obligaciones de la paternidad-maternidad.


Si crees que está bien que la ley deje a los hombres desamparados frente a las mujeres (como sueles defender siempre) luego no te extrañes (y abras un hilo) de que en españa haya cada vez menos natalidad. Es que es de cajón.


Y lo que tu propones es un chantaje, poner a la mujer entre la espada y la pared. "O abortas, o te comes tu sola este marrón. Tú eliges".

Y si crees que ha bajado la natalidad por la discriminación del hombre frente a la mujer, es que no conoces para nada la realidad. Las parejas deciden no tener hijo de mutuo acuerdo. Por la presión del mercado laboral, por los sueldos bajos, por lo caro de la vivienda tanto en compra como en alquiler, por las pocas ayudas sociales, etc, y no por otras historias que se os venga a la cabeza.
Reakl escribió:Quitando el tema de que ni si quiera es verdad el tema de que miran por el niño, tú no puedes obligar a una persona a asumir una responsabilidad que no ha aceptado. Es como si mañana vienen s tu casa y te dicen "oye, que eres el familiar más cercano a esta persona que ha muerto y te toca cuidar del niño". Precisamente un estado de derecho se fundamenta sobre que cada cual decide sus responsabilidades.

Para estas cosas están los servicios sociales. Que estaremos de acuerdo en que son insuficientes. Pero no puedes obligar a otra persona a ser padre. Porque para empezar, de ser así, una mujer no podría tener el derecho a dar a sus hijos en adopción por exactamente el mismo motivo. Otra asimetría.


¿Como que no? Donde has aceptado tú hacerte cargo de tus padres? Te lo preguntó la cigüeña de la que te traía de Paris?
martuka_pzm escribió:¿Como que no? Donde has aceptado tú hacerte cargo de tus padres? Te lo preguntó la cigüeña de la que te traía de Paris?


No sé de qué hablas, pero nadie te obliga a hacerte cargo de tus padres. Lo que pasa es que si lo necesitan y no lo haces es que eres muy inmoral.
martuka_pzm escribió:
Reakl escribió:Quitando el tema de que ni si quiera es verdad el tema de que miran por el niño, tú no puedes obligar a una persona a asumir una responsabilidad que no ha aceptado. Es como si mañana vienen s tu casa y te dicen "oye, que eres el familiar más cercano a esta persona que ha muerto y te toca cuidar del niño". Precisamente un estado de derecho se fundamenta sobre que cada cual decide sus responsabilidades.

Para estas cosas están los servicios sociales. Que estaremos de acuerdo en que son insuficientes. Pero no puedes obligar a otra persona a ser padre. Porque para empezar, de ser así, una mujer no podría tener el derecho a dar a sus hijos en adopción por exactamente el mismo motivo. Otra asimetría.


¿Como que no? Donde has aceptado tú hacerte cargo de tus padres? Te lo preguntó la cigüeña de la que te traía de Paris?

Yo no he aceptado y no tengo por qué hacerlo. Si lo hago es por voluntad propia. No hay ningún tipo de ley que te obligue a hacerte cargo de tus padres.
Reakl escribió:Quitando el tema de que ni si quiera es verdad el tema de que miran por el niño, tú no puedes obligar a una persona a asumir una responsabilidad que no ha aceptado. Es como si mañana vienen s tu casa y te dicen "oye, que eres el familiar más cercano a esta persona que ha muerto y te toca cuidar del niño". Precisamente un estado de derecho se fundamenta sobre que cada cual decide sus responsabilidades.

Para estas cosas están los servicios sociales. Que estaremos de acuerdo en que son insuficientes. Pero no puedes obligar a otra persona a ser padre. Porque para empezar, de ser así, una mujer no podría tener el derecho a dar a sus hijos en adopción por exactamente el mismo motivo. Otra asimetría.


Dar en adopción es algo que eligen los dos padres. Una madre no puede dar su hijo en adopción si el padre se niega, y viceversa. Además, para darlo en adopción se nos olvida que no es un derecho sino una posibilidad. Se requiere que el estado lo acepte. Si se negara, que algún día podría ocurrir, te comes el marrón. Tú sin embargo no SOLICITAS al estado que se haga cargo de tu hijo, sino que EXIGES que la mujer se haga cargo de ello.
dinodini escribió:Dar en adopción es algo que eligen los dos padres. Una madre no puede dar su hijo en adopción si el padre se niega, y viceversa. Además, para darlo en adopción se nos olvida que no es un derecho sino una posibilidad. Se requiere que el estado lo acepte. Si se negara, que algún día podría ocurrir, te comes el marrón. Tú sin embargo no SOLICITAS al estado que se haga cargo de tu hijo, sino que EXIGES que la mujer acepte que se haga cargo ella.


No exiges nada porque la mujer tiene la alternativa de abortar. ¿Que es tremendamente inconveniente? Si, pero para eso están las compensaciones económicas. También es inconveniente la gestación subrrogada.
dinodini escribió:Y lo que tu propones es un chantaje, poner a la mujer entre la espada y la pared. "O abortas, o te comes tu sola este marrón. Tú eliges".


Un chantaje son las leyes que hay ahora, que tienen al hombre sometido a la palabra de la mujer.

dinodini escribió:Y si crees que ha bajado la natalidad por la discriminación del hombre frente a la mujer, es que no conoces para nada la realidad. Las parejas deciden no tener hijo de mutuo acuerdo. Por la presión del mercado laboral, por los sueldos bajos, por lo caro de la vivienda tanto en compra como en alquiler, por las pocas ayudas sociales, etc, y no por otras historias que se os venga a la cabeza.


Hombre, por fin admites que el hombre está discriminado frente a la mujer. Ya era hora.
la verdad es que es una buena pregunta, porque si ella decide sobre su cuerpo, tu tambien tienes que poder elegir, a tu manera, porque tu no abortas pero si que si ella decide tenerlo te obligaria a ti a adoptar ese papel, entonces, es un dilema
dinodini escribió:
Reakl escribió:Quitando el tema de que ni si quiera es verdad el tema de que miran por el niño, tú no puedes obligar a una persona a asumir una responsabilidad que no ha aceptado. Es como si mañana vienen s tu casa y te dicen "oye, que eres el familiar más cercano a esta persona que ha muerto y te toca cuidar del niño". Precisamente un estado de derecho se fundamenta sobre que cada cual decide sus responsabilidades.

Para estas cosas están los servicios sociales. Que estaremos de acuerdo en que son insuficientes. Pero no puedes obligar a otra persona a ser padre. Porque para empezar, de ser así, una mujer no podría tener el derecho a dar a sus hijos en adopción por exactamente el mismo motivo. Otra asimetría.


Dar en adopción es algo que eligen los dos padres. Una madre no puede dar su hijo en adopción si el padre se niega, y viceversa. Además, para darlo en adopción se nos olvida que no es un derecho sino una posibilidad. Se requiere que el estado lo acepte. Si se negara, que algún día podría ocurrir, te comes el marrón. Tú sin embargo no SOLICITAS al estado que se haga cargo de tu hijo, sino que EXIGES que la mujer acepte que se haga cargo ella.

Te equivocas en 2 puntos:
- Nadie exige a ninguna mujer que se haga cargo ella. Es la propia mujer la que ha decidido voluntariamente tener el hijo. Lo que se exige es que una mujer que decide de forma unilateral tener el hijo pueda exigir a otra persona responsabilizarse por su propia decisión unilateral.
- Una madre puede dar el hijo en adopción si no existe padre reconocido. Una de las condiciones es que la filiación sea reconocida. Otro requisito es tener la patria potestad sobre el menor, cosa que no todos los padres tienen. Además, es la madre la que realiza el trámite. El padre tan sólo puede oponerse. Como padre no tienes ni que presentarte en los juzgados.

Pero vamos, que eso son detalles para no hablar del elefante en la cacharrería: el niño importa una mierda. Lo que importa es que la mujer tiene la capacidad de deshacerse del "problema" y lo contrario es machista, ahora, di tu que no quieres responsabilizarte de la decisión de la mujer, y haberte puesto la gomita, aunque te la hayas puesto.
Reakl escribió:
martuka_pzm escribió:
Reakl escribió:Quitando el tema de que ni si quiera es verdad el tema de que miran por el niño, tú no puedes obligar a una persona a asumir una responsabilidad que no ha aceptado. Es como si mañana vienen s tu casa y te dicen "oye, que eres el familiar más cercano a esta persona que ha muerto y te toca cuidar del niño". Precisamente un estado de derecho se fundamenta sobre que cada cual decide sus responsabilidades.

Para estas cosas están los servicios sociales. Que estaremos de acuerdo en que son insuficientes. Pero no puedes obligar a otra persona a ser padre. Porque para empezar, de ser así, una mujer no podría tener el derecho a dar a sus hijos en adopción por exactamente el mismo motivo. Otra asimetría.


¿Como que no? Donde has aceptado tú hacerte cargo de tus padres? Te lo preguntó la cigüeña de la que te traía de Paris?

Yo no he aceptado y no tengo por qué hacerlo. Si lo hago es por voluntad propia. No hay ningún tipo de ley que te obligue a hacerte cargo de tus padres.

Te obligan los artículos 142 y 143 del código civil.
Papitxulo escribió:
Reakl escribió:
martuka_pzm escribió:
¿Como que no? Donde has aceptado tú hacerte cargo de tus padres? Te lo preguntó la cigüeña de la que te traía de Paris?

Yo no he aceptado y no tengo por qué hacerlo. Si lo hago es por voluntad propia. No hay ningún tipo de ley que te obligue a hacerte cargo de tus padres.

Te obligan los artículos 142 y 143 del código civil.

Cierto. Con más motivo el debate consiste precisamente en querer cambiar esos artículos. Porque como comprenderás, no voy a querer pagarle la pensión a un padre que no he visto en mi vida.
es algo que deberia existir pero nunca lo hara because of reasons

Las cosas como son,es injusto que una decision tan importante solo pueda tomarla una de las partes(si se quiere igualdad tendra que ser en todo digo yo... [fiu] )
Reakl escribió:
Papitxulo escribió:
Reakl escribió:Yo no he aceptado y no tengo por qué hacerlo. Si lo hago es por voluntad propia. No hay ningún tipo de ley que te obligue a hacerte cargo de tus padres.

Te obligan los artículos 142 y 143 del código civil.

Cierto. Con más motivo el debate consiste precisamente en querer cambiar esos artículos. Porque como comprenderás, no voy a querer pagarle la pensión a un padre que no he visto en mi vida.


Supongo que algunos de los supuestos en los que podría suceder algo así están previstos si se tiene en cuenta el artículo 123.
Reakl escribió:
martuka_pzm escribió:
Reakl escribió:Quitando el tema de que ni si quiera es verdad el tema de que miran por el niño, tú no puedes obligar a una persona a asumir una responsabilidad que no ha aceptado. Es como si mañana vienen s tu casa y te dicen "oye, que eres el familiar más cercano a esta persona que ha muerto y te toca cuidar del niño". Precisamente un estado de derecho se fundamenta sobre que cada cual decide sus responsabilidades.

Para estas cosas están los servicios sociales. Que estaremos de acuerdo en que son insuficientes. Pero no puedes obligar a otra persona a ser padre. Porque para empezar, de ser así, una mujer no podría tener el derecho a dar a sus hijos en adopción por exactamente el mismo motivo. Otra asimetría.


¿Como que no? Donde has aceptado tú hacerte cargo de tus padres? Te lo preguntó la cigüeña de la que te traía de Paris?

Yo no he aceptado y no tengo por qué hacerlo. Si lo hago es por voluntad propia. No hay ningún tipo de ley que te obligue a hacerte cargo de tus padres.


@Findeton Se te ve informado... Artículo 143 del Código Civil:
"Están obligados recíprocamente a darse alimentos en toda la extensión que señala el artículo precedente:

1.° Los cónyuges.

2.° Los ascendientes y descendientes.

Los hermanos sólo se deben los auxilios necesarios para la vida, cuando los necesiten por cualquier causa que no sea imputable al alimentista, y se extenderán en su caso a los que precisen para su educación."

Claro que estás obligado a prestar alimentos a tus padres igual que lo estás de prestarlos a tus hijos. Hasta es el mismo artículo el que lo establece...
martuka_pzm escribió:¿Como que no? Donde has aceptado tú hacerte cargo de tus padres? Te lo preguntó la cigüeña de la que te traía de Paris?


Y eso es aún más injusto. Porque cuando se tiene sexo con alguien, uno es consciente de que no hay método anticonceptivo con una eficacia del 100%, así que el riesgo de embarazo lo aceptamos al seguir adelante. Podríamos no tener sexo y fin del problema. Pero de la obligación de encargarte de tus padres no te libras de ninguna manera.

Y que conste que, por mí, que se proteste por todo lo que uno quiera. Que quieren que se pueda uno desentender de sus padres, perfecto. Que quieren ser como los donantes de esperma, pues genial, que se permita acordar antes del embarazo si habrá derechos y obligaciones sobre el posible futuro hijo. Lo mismo ellas también quieren tener esa posibilidad de darle la espalda al niño y salir corriendo (porque lo que se ha hablado de Madrid es para casos donde no tienen los medios para encargarse del niño, no porque decidan de pronto que no quieren saber nada del tema). Y sí, ellas pueden interrumpir el embarazo, pero eso no es equivalente a firmar que pasas de la criatura ya nacida. Sería necesaria esa posibilidad para la que no quiera abortar (que no deja de entrañar una serie de riesgos) pero tampoco quiere encargarse luego del bebé. Hala, todos contentos así.

Por supuesto, para los padres abandonados por sus hijos o para los niños abandonados por sus padres, la medida no es muy buena. Pero aquí eso parece que no le importa a nadie [tomaaa]
dinodini escribió:Nada tiene que ver un donante de semen (que en España es además anónimo) con el resultado de una relación sexual consentida entre dos personas.


Por supuesto que tienen algo que ver: ambos hombres son los padres biológicos del menor. La diferencia es que a uno se le asigna la paternidad jurídica y al otro no. Lo indica el propio texto que citas tú:

El Tribunal Constitucional distingue la paternidad como configuración de una relación paterno-filial de la relación meramente biológica (...) porque la ley no considera vínculo paterno-filial al que media entre el donante y el nacido mediante técnicas de reproducción asistida


Es decir:

1. Una cosa es la paternidad biológica, y otra es la jurídica.
2. Un hombre puede ser el padre biológico de un niño, y al mismo tiempo no ser su padre a ojos de la ley.
3. La ley actual lo permite en varios casos establecidos (donantes de esperma, dadores en adopción).
4. Pero no lo permite mediante el aborto de papel.
5. Pero la ley se puede cambiar para que también incluya el aborto de papel.

Por tanto, las frases como "la paternidad irrenunciable" son mentira y los argumentos como "esto es así porque lo dice la ley" son irrelevantes porque la ley se puede cambiar.

Lo que estamos discutiendo aquí es si la ley se DEBE cambiar.

dinodini escribió:Lo veis como que tener un hijo es algo que se crea en una bolsa fuera de la mujer, y por tanto, hombre y mujer deben de tener exactamente los mismos derechos y obligaciones y no es asi. El hecho de que el embarazo recaiga exclusivamente en el cuerpo de la mujer cambia todas las reglas de juego, y no puede, ni debe, ser iguales la ley para el hombre y la mujer en este aspecto.


Imagino que no has leído este post donde digo que en este asunto es imposible que el hombre y la mujer tengan los mismos derechos, precisamente porque el embarazo tiene lugar en el cuerpo de la mujer.

En ese mismo post digo que el aborto de papel implica una desigualdad menor, porque:

1. Con el aborto de papel, el hombre y la mujer tienen la libertad de decidir que no quieren ser padres a ojos de la ley. La diferencia es que el hombre la ejerce simplemente firmando un papel y la mujer se tiene que someter a una intervención, lo cual supone una desigualdad a favor de él.

2. Sin el aborto de papel, solo la mujer tiene la libertad de decidir que no quiere ser madre a ojos de la ley. El padre no tiene capacidad de elección y el resto de su vida pasa a depender de lo que otra persona decida, lo cual supone una desigualdad mucho mayor.

dinodini escribió:El día que los hijos se tengan en un frigorífico podréis venir aquí a reclamar mismas leyes para hombres y mujeres con respecto a las obligaciones de la paternidad-maternidad.


En realidad podemos venir a reclamarlo cuando queramos, y de hecho ya ves que lo estamos haciendo. Tú tienes la opción de argumentar que no estás de acuerdo; pero te recomiendo que lo hagas sin mentiras, sin argumentos inconsecuentes y sin hombres de paja.

Dicho eso:

Quintiliano escribió:Tienes que pensar que una vez nacido el niño, es más importante el Interés Superior del Niño que el sus padres.

Bou escribió:En este caso concreto, ¿a qué interés concreto te refieres?

Quintiliano escribió:Por ejemplo, derecho a tener alimentación, ropa, estar dignamente cuidado, tener una familia, vivir en una casa digna, etc.

Bou escribió:Un niño que legalmente solo tenga madre (pero no padre) perfectamente puede tener alimentación y ropa, estar dignamente cuidado, tener una familia y vivir en una casa digna. Tener un solo progenitor legal no significa que esos derechos se pierdan o queden vulnerados.

¿Estamos de acuerdo en eso?


Quintiliano, ¿me puedes decir si estamos de acuerdo en eso? Me gustaría aclarar si los derechos del niño quedan vulnerados cuando legalmente solo tiene madre pero no padre, o si siguen intactos.
dinodini escribió:
hi-ban escribió:
dinodini escribió:
Los copipega es exponer aquí argumentos jurídicos frente a las ocurrencias de bar que tiene cada uno cuando se levanta por la mañana.

Nada tiene que ver un donante de semen (que en España es además anónimo) con el resultado de una relación sexual consentida entre dos personas.

La paternidad del donante

El Tribunal Constitucional distingue la paternidad como configuración de una relación paterno-filial de la relación meramente biológica entre el donante y el nacido mediante las técnicas de reproducción asistida. Aquí parece precisarse algo de gran importancia, que es lo siguiente: aunque identifique Ud. al donante, no averiguará quién es el padre. Porque la ley no considera vínculo paterno-filial al que media entre el donante y el nacido mediante técnicas de reproducción asistida utilizando los gametos que facilitó el donante. Luego el carácter anónimo del donante no es obstáculo para la libre investigación de la paternidad. La dificultad para ejercitar con éxito la acción de reclamación de la paternidad se deriva de algo más elemental y obvio: no existe el padre. Luego no busque lo que no existe.

El donante no puede reclamar la paternidad extramatrimonial del nacido como consecuencia de la utilización del semen que él donó. Es decir, el donante carece de legitimación activa y pasiva en la acción para reclamar una filiación paterna extramatrimonial. Ni se le puede atribuir una paternidad (a mi juicio inexistente) ni puede reclamarla.


En cuanto al tema de renunciar a la maternidad jurídica, entiendo que podrá renunciar a ella con la opción de darlo en adopción, si tiene la custodia en exclusiva del hijo, lo mismo que lo puede hacer un viudo como caso contrario. Lo que no puede una mujer es dar en adopción a su hijo si hay una paternidad reconocida, y viceversa, porque tienen que decidir los dos. Lo que no se es si se exige algún requisito para que se acepte la adopción por parte del estado: incapacidad de sustento económico, incapacidad mental para hacerse cargo del hijo, etc.

Reitero lo que dije antes. Aquí el problema viene porque tenéis una visión errónea de la situación. Lo veis como que tener un hijo es algo que se crea en una bolsa fuera de la mujer, y por tanto, hombre y mujer deben de tener exactamente los mismos derechos y obligaciones y no es asi. El hecho de que el embarazo recaiga exclusivamente en el cuerpo de la mujer cambia todas las reglas de juego, y no puede, ni debe, ser iguales la ley para el hombre y la mujer en este aspecto. El primer hecho es que es la mujer en exclusiva quien decidirá si tiene el hijo o aborta, y el padre no pinta absolutamente nada para decidir esto. Y lo que decida la mujer también afectará a la posterior paternidad y sus obligaciones. El día que los hijos se tengan en un frigorífico podréis venir aquí a reclamar mismas leyes para hombres y mujeres con respecto a las obligaciones de la paternidad-maternidad.


Si crees que está bien que la ley deje a los hombres desamparados frente a las mujeres (como sueles defender siempre) luego no te extrañes (y abras un hilo) de que en españa haya cada vez menos natalidad. Es que es de cajón.


Y lo que tu propones es un chantaje, poner a la mujer entre la espada y la pared. "O abortas, o te comes tu sola este marrón. Tú eliges".

Y si crees que ha bajado la natalidad por la discriminación del hombre frente a la mujer, es que no conoces para nada la realidad. Las parejas deciden no tener hijo de mutuo acuerdo. Por la presión del mercado laboral, por los sueldos bajos, por lo caro de la vivienda tanto en compra como en alquiler, por las pocas ayudas sociales, etc, y no por otras historias que se os venga a la cabeza.


Al menos eres sincero y ves que hacer frente a un hijo sin quererlo es un marrón.
@Bou Entendiendo que SIEMPRE se parte de buscar el bienestar del menor:

¿Sería posible una donación de esperma anónima si al padre se le impone la patria potestad?

¿Se podría convencer a una mujer de no abortar un hijo que no quiere para darlo en adopción, si luego va a tener que pagar su manutención?
Muy monty python lo tuyo.
LLioncurt escribió:@Bou Entendiendo que SIEMPRE se parte de buscar el bienestar del menor:

¿Sería posible una donación de esperma anónima si al padre se le impone la patria potestad?


Entiendo que cuando preguntas si "sería posible una donación de esperma anónima" te refieres simplemente a si alguien estaría dispuesto a donar.

Probablemente algunos hombres sí, pero supongamos que no. En ese caso no habría donantes, y mucha gente (principalmente mujeres solteras, parejas de lesbianas y parejas donde el hombre es estéril) no podrían ser padres. Sin embargo, no se vería perjudicado el bienestar de ningún menor.

LLioncurt escribió:¿Se podría convencer a una mujer de no abortar un hijo que no quiere para darlo en adopción, si luego va a tener que pagar su manutención?


Probablemente a algunas mujeres sí, pero supongamos que no. En ese caso abortarían muchas mujeres que en las circunstancias actuales no abortan; pero de nuevo, no se vería perjudicado el bienestar de ningún menor.

¿Por qué lo preguntas?
Bou escribió:
LLioncurt escribió:@Bou Entendiendo que SIEMPRE se parte de buscar el bienestar del menor:

¿Sería posible una donación de esperma anónima si al padre se le impone la patria potestad?


Entiendo que cuando preguntas si "sería posible una donación de esperma anónima" te refieres simplemente a si alguien estaría dispuesto a donar.

Probablemente algunos hombres sí, pero supongamos que no. En ese caso no habría donantes, y mucha gente (principalmente mujeres solteras, parejas de lesbianas y parejas donde el hombre es estéril) no podrían ser padres. Sin embargo, no se vería perjudicado el bienestar de ningún menor.

LLioncurt escribió:¿Se podría convencer a una mujer de no abortar un hijo que no quiere para darlo en adopción, si luego va a tener que pagar su manutención?


Probablemente a algunas mujeres sí, pero supongamos que no. En ese caso abortarían muchas mujeres que en las circunstancias actuales no abortan; pero de nuevo, no se vería perjudicado el bienestar de ningún menor.

¿Por qué lo preguntas?


Porque entiendo que estamos de acuerdo en que tanto en un caso como otro, si la ley no permitiese la desaparición EN ESTE CASO CONCRETO, de la patria potestad, el niño no nacería.

No voy a entrar en si el niño "supuesto" tiene derechos, o si es un efecto positivo para él el hecho de nacer o no hacerlo, porque entraríamos en un ámbito moral bastante escabroso. Pero sin duda, si no es bajo las condiciones de que va a perder el derecho a tener uno, o incluso los dos padres biológicos, ese niño no va a nacer.

Por ello, EN ESTE CASO CONCRETO, se decide que es aceptable que el hijo nazca sin ese derecho, porque el negárselo implicaría no nacer. Olvidémonos del resto de casos, dime, sinceramente, ¿es mejor esta situación que la alternativa? ¿Crees que sería mejor que los donantes de esperma se hicieran cargo de sus hijos? ¿Crees que sería mejor que aunque des un hijo en adopción, tengas que hacerte cargo de él? Como te tengo por una persona razonable y cabal, voy a dar por supuesto que tu respuesta es no, que EN ESTE CASO CONCRETO, es mejor la situación actual.

Ahora, como tú y yo sabemos, siempre hay que evitar que las soluciones para casos concretos se generalicen, salvo que su efecto sea realmente positivo. Y aquí es donde entra el bien mayor del niño. Porque al niño que nace de un "accidente" le da igual la ley que afecta a los donantes, o a los adoptados. A él lo que le importa es que, LO MEJOR PARA ÉL, es que tanto papá como mamá colaboren para su manutención. Porque él va a nacer independientemente de lo que diga la ley para donantes o adoptados.

Por lo tanto, DESDE MI PUNTO DE VISTA, agarrarse a que hay casos en los que desaparece el derecho a tener uno de los dos progenitores es una falacia, ya que coge una situación particular en la que se ha decidido que lo mejor es sacrificar ese derecho pues es la única posibildad de que el niño nazca, y pretende extrapolarla a la situación general, perjudicando al resto de niños en el proceso.
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