Schwefelgelb escribió:Estoy de acuerdo y ya lo dije en el otro hilo. Se les dio carpetazo en ¿2023?, ahora no recuerdo al año exacto, pero llevaban 10 años aprobadas (y 15 proyectadas) y nadie hizo nada. También es verdad que Rajoy no lo hizo porque cuando se quisieron llevar adelante, Ximo Puig se opuso por temas de paisaje y horta.
La instrucción está siendo una mierda, acusando de cosas que la ley dice expresamente que no son responsabilidad de Mazón, con su marido interviniendo de forma ilegal y negándose a imputar a los de la CHJ.
https://www.google.com/amp/s/amp.antena ... 5ba24.html
El procedimiento probablemente se acabe declarando nulo y como se descuide, acaba ella imputada. El CGPJ ya está investigando.
Hereze escribió:Schwefelgelb escribió:Estoy de acuerdo y ya lo dije en el otro hilo. Se les dio carpetazo en ¿2023?, ahora no recuerdo al año exacto, pero llevaban 10 años aprobadas (y 15 proyectadas) y nadie hizo nada. También es verdad que Rajoy no lo hizo porque cuando se quisieron llevar adelante, Ximo Puig se opuso por temas de paisaje y horta.
La instrucción está siendo una mierda, acusando de cosas que la ley dice expresamente que no son responsabilidad de Mazón, con su marido interviniendo de forma ilegal y negándose a imputar a los de la CHJ.
https://www.google.com/amp/s/amp.antena ... 5ba24.html
El procedimiento probablemente se acabe declarando nulo y como se descuide, acaba ella imputada. El CGPJ ya está investigando.
Pues para ser una mierda la Audiencia ha ratificado todos los autos de la jueza, pero vamos conociendo a la justicia española y que los jueces que juzgarán ese caso dependen de los políticos para ascender, pues no me extrañaría
Total esto es España, donde el accidente de un tren es culpa de una sola persona.
TSJCV rechaza denuncias contra Carlos Mazón por errores
ANOMALÍA 1.
**Uso de nombre incorrecto"D.Norberto"**no coincidente para Carlos Mazón, sin auto de anonimización ni justificación, y tratamiento incorrecto del cargo y aforamiento
HECHO OBJETIVO OBSERVABLE
En la resolución:
No se identifica correctamente a Carlos Mazón por su nombre real completo y cargo exacto.
Se utiliza un nombre distinto / incompleto / alterado, sin que conste:
Auto de anonimización.
Resolución separada que lo autorice.
Justificación legal expresa.
No se indica en ningún punto que se esté empleando un nombre anonimizado.
No se explica la causa (protección de datos, seguridad, fase procesal, etc.).
Este dato no es accesorio, porque el sujeto afectado es el eje de la resolución.
OBLIGACIÓN JURÍDICA DE IDENTIFICACIÓN CORRECTA
Regla general
En resoluciones judiciales:
Las partes y personas afectadas deben ser identificadas correctamente, especialmente cuando:
Ostentan cargo público relevante.
El cargo determina la competencia del tribunal (aforamiento).
La resolución produce efectos frente a terceros o futuros procedimientos.
Excepción (anonimización)
Solo es válida si:
Existe resolución expresa o referencia normativa.
Se indica claramente que el nombre ha sido anonimizado.
Se justifica el motivo.
Se preserva la trazabilidad jurídica del sujeto.
Nada de esto consta en la resolución, según lo indicado.
NORMATIVA Y PRINCIPIOS COMPROMETIDOS
Constitución Española
Art. 24 CE – tutela judicial efectiva
Una resolución que no permite identificar con certeza al afectado compromete la defensa y el control.
Anomalía 10.
Riesgo sistémico: posible uso futuro de auto para rechazar otras denuncias como “reiteradas”
Fundamento del riesgo
Dado que:
No se detallan los hechos exactos.
No se individualizan sujetos.
No se delimitan denuncias.
Existe el riesgo aunque sea remoto de que:
futuras denuncias distintas sean rechazadas por supuesta identidad con esta resolución, sin posibilidad objetiva de verificarlo.
Impacto
Riesgo de bloqueo estructural del acceso penal.
Efecto práctico similar a cosa juzgada sin resolución de fondo.
https://www.reddit.com/r/askspain/comme ... ra_carlos/
Nº de Resolución: 97/2024 PDF para descargar.
https://www.poderjudicial.es/cgpj/en/Ju ... de-la-Dana
nartolome escribió:Hereze escribió:Schwefelgelb escribió:Estoy de acuerdo y ya lo dije en el otro hilo. Se les dio carpetazo en ¿2023?, ahora no recuerdo al año exacto, pero llevaban 10 años aprobadas (y 15 proyectadas) y nadie hizo nada. También es verdad que Rajoy no lo hizo porque cuando se quisieron llevar adelante, Ximo Puig se opuso por temas de paisaje y horta.
La instrucción está siendo una mierda, acusando de cosas que la ley dice expresamente que no son responsabilidad de Mazón, con su marido interviniendo de forma ilegal y negándose a imputar a los de la CHJ.
https://www.google.com/amp/s/amp.antena ... 5ba24.html
El procedimiento probablemente se acabe declarando nulo y como se descuide, acaba ella imputada. El CGPJ ya está investigando.
Pues para ser una mierda la Audiencia ha ratificado todos los autos de la jueza, pero vamos conociendo a la justicia española y que los jueces que juzgarán ese caso dependen de los políticos para ascender, pues no me extrañaría
Total esto es España, donde el accidente de un tren es culpa de una sola persona.
pues parece que el tema de la dana en los zuzgados supuestamente podria estar amañado, cito lo mas destacable
TSJCV rechaza denuncias contra Carlos Mazón por errores
ANOMALÍA 1.
**Uso de nombre incorrecto"D.Norberto"**no coincidente para Carlos Mazón, sin auto de anonimización ni justificación, y tratamiento incorrecto del cargo y aforamiento
HECHO OBJETIVO OBSERVABLE
En la resolución:
No se identifica correctamente a Carlos Mazón por su nombre real completo y cargo exacto.
Se utiliza un nombre distinto / incompleto / alterado, sin que conste:
Auto de anonimización.
Resolución separada que lo autorice.
Justificación legal expresa.
No se indica en ningún punto que se esté empleando un nombre anonimizado.
No se explica la causa (protección de datos, seguridad, fase procesal, etc.).
Este dato no es accesorio, porque el sujeto afectado es el eje de la resolución.
OBLIGACIÓN JURÍDICA DE IDENTIFICACIÓN CORRECTA
Regla general
En resoluciones judiciales:
Las partes y personas afectadas deben ser identificadas correctamente, especialmente cuando:
Ostentan cargo público relevante.
El cargo determina la competencia del tribunal (aforamiento).
La resolución produce efectos frente a terceros o futuros procedimientos.
Excepción (anonimización)
Solo es válida si:
Existe resolución expresa o referencia normativa.
Se indica claramente que el nombre ha sido anonimizado.
Se justifica el motivo.
Se preserva la trazabilidad jurídica del sujeto.
Nada de esto consta en la resolución, según lo indicado.
NORMATIVA Y PRINCIPIOS COMPROMETIDOS
Constitución Española
Art. 24 CE – tutela judicial efectiva
Una resolución que no permite identificar con certeza al afectado compromete la defensa y el control.
Anomalía 10.
Riesgo sistémico: posible uso futuro de auto para rechazar otras denuncias como “reiteradas”
Fundamento del riesgo
Dado que:
No se detallan los hechos exactos.
No se individualizan sujetos.
No se delimitan denuncias.
Existe el riesgo aunque sea remoto de que:
futuras denuncias distintas sean rechazadas por supuesta identidad con esta resolución, sin posibilidad objetiva de verificarlo.
Impacto
Riesgo de bloqueo estructural del acceso penal.
Efecto práctico similar a cosa juzgada sin resolución de fondo.
https://www.reddit.com/r/askspain/comme ... ra_carlos/
Nº de Resolución: 97/2024 PDF para descargar.
https://www.poderjudicial.es/cgpj/en/Ju ... de-la-Dana
LynX escribió:El caso tiene bastantes posibilidades de declararse nulo si se demuestra que el marido de la jueza tomó declaración a algunos testigos en sede judicial. Y parece que fue así porque está grabado.
De todas formas Carlos Mamón respecto de la dana no tiene responsabilidad penal según el estatuto de emergencias de la Generalitat Valenciana. Que haya mentido en alguna declaración ya se verá. En principio él no es el responsable de enviar la alerta si no los técnicos que para eso están y se les paga.
Así que igual gracias a la jueza se podría librar de toda responsabilidad., que ya tiene cojones el tema.