Derecho de cita: Las recopilaciones de artículos periodísticos que consistan en una mera reproducción con fines comerciales requerirán autorización del titular de derecho. A bote pronto Google News pasará a ser ilegal en España, por ejemplo.
Régimen de copia privada: Se regula la copia privada digital, excluyendose expresamente los discos duros de ordenador y las conexiones de Internet. Entre los sectores implicados se acordará una relación de equipos y soportes sujetos a canon y su importe, que deberá ser aprobado posteriormente por los Ministerios de Cultura e Industria, Comercio y Turismo previa consulta al Consejo General de Consumidores y Usuarios. Este proceso se reabrirá cada dos años para adecuarse a la evolución de las tecnologías.
Protección de tecnologías anticopia: Se considera infracciones contra los derechos de autor la elusión de medidas tecnológicas de protección de las obras, así como la promoción y publicidad de dispositivos destinados a eludir estas medidas. Se establecerán excepciones en ciertos casos, pero según parece únicamente para los indicados en el primer apartado. Con la actual (y más todavía futura) generalización de las medidas anticopia, en la práctica el actual derecho de copia privada quedaría eliminado.
Demasiada información para asimilar de golpe, esperaremos a disponer de análisis más detallados porque sin duda el tema va a traer mucha cola.