Os pongo en antecedentes, a ver si alguien me puede ayudar.
Desde mediados de Julio de 2009 estoy con un contrato de obra y servicio, regulado por el Convenio Colectivo de la Indústria Química. El caso es que me han avisado que me finiquitarán el 16 de diciembre con una indemnización de 8 días por año trabajado.
En la reforma laboral de 2010, los contratos por obra y servicio pasan de indefinidos a un máximo de 3 años (+12 meses s/convenio), pero en el
convenio aplicable (página 17) cuando yo firmé el máximo para un contrato por obra y servicio era de 2 años.
En el 2010 se prorrogó el
convenio y en el
convenio de 2011 (página 12) el máximo ya ha pasado de 2 a 3 años.
Mi duda es que no sé qué prevalece, si el estatuto de los trabajadores (3 años), el convenio actual (3 años) o el convenio vigente cuando firmé el contrato (2 años).
Agradeceré también si me pasáis por MP la dirección de algún foro especializado.
Saludos,