Por joder, na mas

1, 2, 3
Valnir escribió:
lol.. cuanta crispación..

yo solo diré que esta ley es totalmente de visión sesgada y se propone reabrir heridas, a la vez que asociar a franco con el PP , cuando los que siguen estancados en el pasado son el propio Psoe..los mismos del 36.

Hay problemas mas importantes en el dia a dia para que den el coñazo con estos temas.
PP antes conocido AP, donde estaba Reforma Democratica partio de Fraga, recordemos que Fraga fue minsitro durante el franquismo, y Fraga sigue en activo en el PP y tiene el cargo de presidente fundador, asi que no es tan dificil relacionar al PP con el franquismo.

Quizas haya problemas mas importantes para ti pero ponte en el lugar de un hijo cuyo padre fue asesinado en la guerra o en el franquismo y no sabe donde esta enterrado y ademas tiene que ver dia a dia estatuas, calles, etc que ensalzan al asesino de su padre...
De verdad que lo de "con la de cosas que hay que hacer" ya huele y mucho. En un gobierno no trabajan solo 10 personas. Un gobierno trabaja en decenas y decenas de leyes a la vez, y lo hacen centenares de personas.

Si no os gusta la ley, pues bueno, pero no digais "hay cosas mas importantes que hacer, que no pierdan el tiempo". Decid claramente que no os gusta la ley (es un anteproyecto por ahora).
No creo que haya alguien por aquí (o al menos, muchos) que se opongan a prohibir que haya manifestaciones de fachillas por ahí.

A mi lo que me molesta (y veo que a mucho también por aquí) es que manifestaciones republicanas están bien, o relativamente bien vistas y a los fachas se les da mucha caña, y yo al menos quiero que se le de caña a los dos, por decirlo de alguna manera.

Por supuesto hablando de la guerra civil, no hablo ya de la represión del franquismo, que son dos etapas diferentes.

Y respecto a que hay temas más importantes...pues sí, pero detalles como este son mucho más faciles de atajar y bastante más morbosos que por ejemplo el precio de la vivienda.
A mi la ley no me parece mal, pero con las cosas claras, dejando claro por etapas (una cosa es Guerra Civil y otra dictadura). Tampoco quitaria nombres de calles, etc... Si estuviese todo lleno mira, pero si quedan unas cuantas y es parte de nuestra historia.

Y la prohibicion de concentraciones? Como va? Que prohiben? Cualquier tipo de manifestacion de ultraderecha o en la que se idolatre a Franco y a la dictadura (supongo que sera esto segundo, no?).
NaNdO escribió:A mi lo que me molesta (y veo que a mucho también por aquí) es que manifestaciones republicanas están bien, o relativamente bien vistas y a los fachas se les da mucha caña, y yo al menos quiero que se le de caña a los dos, por decirlo de alguna manera.


Pues se la das tú, yo le doy caña a quien me parece que se la merece, a ver si ahora resulta que cada vez que protestemos contra alguien vamos a estar obligados a protestar contra su contrario.
¿Cada vez que alguien meta caña al PP estará obligado a su vez a metérsela al PSOE? ¿Cada vez que alguien se cague en el comunismo va a tener que hacer lo propio con el capitalismo? ¿Cada vez que alguien se acuerde de las madres de los de HB se va a tener que ciscar también en las madres de los de la AVT? ¿El que no lo haga así automáticamente será tratado de radical, crispador, etc.?
El que se trague esas milongas de tabla rasa para todos y todos son iguales y hacen lo mismo, para el que quiera tragárselo, creo que la mayoría ya somos mayorcitos para pensar por nuestra cuenta y poner en una balanza los argumentos suficientes para decantarnos por las opciones que creemos justas (que no siempre tienen por qué ser las mismas, se puede tener una afiliación incondicional a unas ideas, pero no a unas personas, porque como tales son falibles).
En tu mano está meter caña a quien te de la gana, pero no esperes que te baile el agua o te siga el juego.
¿me citas donde he dicho que por meter caña a unos, ya hay que que darle a todos? ¿o donde he dicho que tu, o cualquiera me tenga que seguir el juego? ah no espera, que no he dicho eso, que te lo has inventado directamente.

¿a lo mejor es que te resulta dificil asimilar que haya gente a que no se meta en ninguno de los dos sacos?

como he dicho en el siguiente parrafo que no me has citado, no me estoy refiriendo a después de guerra, que cualquier persona sensata sabe que fue una época negra.

En la guerra los dos bandos cometieron atrocidades, y antes también, así que por mi parte no se merece ningún respeto ni los unos ni los otros.

Y tu opinión, como sujeto particular, me la sopla, cada uno podemos opinar lo que nos salga del pijo. Lo que si es más preocupante es cuando desde el gobierno se llama a la concordia, como se ha dicho, "intentando ganar la guerra 70 años después·.
katxan escribió:
Pues se la das tú, yo le doy caña a quien me parece que se la merece, a ver si ahora resulta que cada vez que protestemos contra alguien vamos a estar obligados a protestar contra su contrario.
¿Cada vez que alguien meta caña al PP estará obligado a su vez a metérsela al PSOE? ¿Cada vez que alguien se cague en el comunismo va a tener que hacer lo propio con el capitalismo? ¿Cada vez que alguien se acuerde de las madres de los de HB se va a tener que ciscar también en las madres de los de la AVT? ¿El que no lo haga así automáticamente será tratado de radical, crispador, etc.?
El que se trague esas milongas de tabla rasa para todos y todos son iguales y hacen lo mismo, para el que quiera tragárselo, creo que la mayoría ya somos mayorcitos para pensar por nuestra cuenta y poner en una balanza los argumentos suficientes para decantarnos por las opciones que creemos justas (que no siempre tienen por qué ser las mismas, se puede tener una afiliación incondicional a unas ideas, pero no a unas personas, porque como tales son falibles).
En tu mano está meter caña a quien te de la gana, pero no esperes que te baile el agua o te siga el juego.


Jaja.. eso si que es una buena falacia.Buen intento pero no cuela.

Por ejemplo, en el caso del pp-psoe, sería estúpido prohibir al Psoe por ser un partido democrático y en cambio no hacerlo con el PP o viceversa,puesto que en este caso estamos hablando de esencialmente lo mismo.

Esta ley censura al bando franqusita por antidemocratico y un largo etc. y estas características se dan tambien en el bando republicano ya sea en mayor o menor medida, asi que te vas a tomar el pelo a otro

:-|
Amílcar escribió:La primera de todas es de un 1º de mayo y las otras aparecen en la galería de imágenes como "Por la República, 06/12/05". De hecho, verás muchas banderas de la II República. Con lo que a acusar de manipulación a otro lado: cree el ladrón...


Lowox escribió: Esas fotos no sirven como respuesta a lo que te ha dicho Wako. Esas fotos son al parecer de una manifestacion de varios grupos politicos en contra de la Constitucion Europea, no es que un dia cada año se reunan todos los integrantes de estos partidos a pedir, ya ni siquiera una republica,


Tu quizás deberias de mejorar tus aptitudes de lectura porque yo no se donde lees tu que yo te acuse de manipulación o de no se que royos, Don Cree El Ladrón...simplemente no creo que esas fotos sean las adecuadas.

Solo te he dicho una cosa que tu no me has contestado, QUE ESAS FOTOS SON DE UNA MANIFESTACION EN CONTRA DE LA CONSTITUCION EUROPEA COMO BIEN PONE EN LA PANCARTA. Además, las otras que tu dices son de un dia en concreto, no de un dia al año en el que se haga apología de la II República.

Y esque aunque así fuese, parece que no queremos ver las diferencias entre la tricolor y el aguilucho.

La tricolor es una bandera republicana y las personas que defienden y ondean son aquellas a las que no les gusta el Rey y no quieren una monarquía como forma de gobierno. Aquí esque el unico afectado es el rey y los monarquicos entre los que me considero fijate tu. No es que se reunan para condenar nada más, simplemente son republicanos. Otra cosa es que por ahi haya abueletes pasionarios...

La bandera con el aguilucho hace apología de un regimen que para mantenerse tubo que hacer lo que todo partido fascista hace, inculcar el miedo en la gente y ganarselo todo a costa de la violencia.

Amílcar escribió:Para seguir, deberías estudiar más Derecho Internacional Público antes de opinar de según qué cosas: el Régimen de Franco no era ilegal, como no lo es cualquier régimen por el mero hecho de no ser una democracia.


No niego que me pueda equivocar, pero no creo que si ahora se da un golpe de estado comunista aqui en España y se asente durante 40 años le haga gracia a nadie... En lugar de ilegal deberia de haber puesto POR LA FUERZA.

Amílcar escribió: Y, para terminar, pensar que España si hubieran ganado los "republicanos" se hubiera convertido en una democracia mejor es de descojone. Democracia quienes amenazaron al jefe de la oposición en el Congreso diciendo que aquellas habían sido sus últimas palabras (así lo dijo la Pasionaria) y cumpliéndolo secuaces socialistas (ya ves quién mandaba y quién ejecutaba); teniendo en cuenta que Largo Caballero (PSOE) hablaba de la inminente día tras día, de la revolución del proletariado; el poder de la URSS y el partido comunista en esa zona; que los socialistas que estaban al frente del PSOE y del Gobierno en ese momento, con Negrín a la cabeza, eran totalmente pro-soviéticos... decir que querían una democracia mejor es, cuando menos, un atrevimiento.


Que no especules. Y Franco, Mola & Company no dijeron nada y dieron el golpe de Estado. No se puede especular.


A mi lo que me jode de todo este asunto es que se confunda un gobierno en guerra con un gobierno que no esta en guerra. Un gobierno democratico que empieza a currarse las cosas, que un pais empiece por fin despues de muchisimo tiempo a proseperar en el tema libertades y que por culpa del desgraciado militar con bigote tubiesemos que quedarnos como nos quedamos.

Y no se donde ves tu que yo vea a ninguno mas bueno que a otro. Pero lo que no se puede defender no se puede defender. No vale esconder los errores del franquismo en los errores del bando republicano durante la guerra. Ni vale ni hay comparacion.

Salud0x
Veamos:

Esto es lo que he encontrado sobre esta Ley de la Memoria Histórica.

Anteproyecto de ERC escribió:Proyecto de ley sobre Memoria Histórica Republicana y Antifacista.

Esquerra Republicana de Catalunya

24 de Noviembre de 2005

A LA MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

EL GRUPO PARLAMENTARIO DE ESQUERRA REPUBLICANA, a iniciativa del Diputado, JOAN TARDÀ i COMA, al amparo de lo dispuesto en el artículo 124 y ss., del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICION DE LEY sobre la MEMORIA HISTORICA REPUBLICANA I ANTIFASCISTA para su debate en el pleno.

Palacio del Congreso de Diputados, noviembre de 2005

* Joan Puigcercós i Boixassa, Portavoz GP Esquerra Republicana
* Joan Tardà i Coma, Diputado GP Esquerra Republicana

PROPOSICIÓN DE LEY

El pronunciamiento militar del 18 de julio de 1936 significó la sublevación militar contra el gobierno de la República legalmente constituido y desembocó en una cruenta guerra civil. La sublevación franquista formaba parte de la ola totalitaria y reaccionaria de Europa que tuvo el apoyo militar de la Alemania nazi y la Italia fascista. Así, se estableció un régimen dictatorial que carecía de todo refrendo democráticamente manifestado por la ciudadanía.

El régimen franquista tuvo pues su origen en una serie de actos de fuerza ilegales realizados por un importante sector del ejército, con el apoyo explícito de la Iglesia Católica y de amplios sectores del poder financiero, agrario e industrial, estructurados bajo partidos de corte conservador y fascista, entre los cuales Falange Española y Comunión Tradicionalista apoyados por los regímenes totalitarios de Hitler y Mussolini.

El triunfo de la Dictadura franquista significó un período de cuarenta años de represión de todos los ciudadanos que defendieran las libertades civiles y que pretendiesen restaurar la democracia y de persecución sistemática de toda disidencia y de toda expresión política, social, nacional, lingüística, intelectual, de género o religiosa al margen de las establecidas oficialmente.

Las fuerzas en el poder durante la Dictadura gozaron de total impunidad a la hora de perseguir, detener, torturar, asesinar y humillar, de las formas más diversas, a aquellos que eran considerados desafectos al Régimen. La aplicación de la llamada ley de fugas, la práctica de torturas en las comisarías, las ejecuciones al garrote vil, los fusilamientos, la desaparición de personas, la exacción arbitraria del patrimonio, las sanciones económicas, los despidos laborales, la prohibición del uso público de cualquier lengua distinta al castellano, la sumisión a la doctrina católica en la educación, la sistemática aplicación de la censura, etc, constituyen Crímenes contra la Humanidad realizados por quienes ejercieron el poder durante la Dictadura franquista.

En vista de ello, hemos de considerar que durante este período histórico hubo un elevado número de personas que fueron perseguidas por su ideología, por sus posicionamientos políticos, por sus convicciones religiosas, por su nacionalidad, por su lengua materna, por sus razones de género, etc., y que deben ser considerados por la sociedad y por el Estado como víctimas de la Dictadura y de su acción represiva.

Debido a las circunstancias internacionales, después de la Segunda Guerra Mundial, y especialmente durante la Guerra Fría, la dictadura franquista sobrevivió a sus homólogos nazis y fascistas, quedando como uno de los pocos restos de la ideología totalitaria en Europa hasta la muerte del dictador en 1975.

El Estado español debería normalizar el tratamiento que da a su pasado más reciente, la guerra civil y el franquismo, de la misma manera que lo han resuelto los estados más avanzados de nuestro entorno europeo, como por ejemplo la República Federal Alemana. En un momento en el que el Estado español ha alcanzado niveles de desarrollo político y económico similares a los de Europa, sería una incongruencia no desarrollar políticas de memoria que justamente son tan necesarias para la mejora y la calidad de nuestra cultura política actual, así como para las nuevas generaciones de ciudadanos y ciudadanas.

Dicha normalización obedece a diversos presupuestos. De tipo científico, en la medida que la historiografía y el mundo académico estatal e internacional que se ha ocupado de estos temas vería como un auténtico contrasentido que un golpe de estado contra un gobierno de legitimidad democrática republicana y un régimen dictatorial como el franquista no fueran homologados a la Italia de Mussolini y a la Alemania de Hitler. Ese fue el sentido de la resolución de las Naciones Unidas del 9 de febrero de 1946 de condena del régimen del general Franco.

Otro presupuesto es de tipo político. Fue el gran filósofo T. Adorno quien, tras la traumática experiencia del Holocausto, quiso reflexionar sobre las causas de tal conmoción y las maneras de encontrar un antídoto para el futuro. Adorno consideró la memoria histórica (Minima Moralia, 1951) como un derecho humano más, como un requisito previo necesario e ineludible para la consecución de la justicia. Sin memoria no podía existir justicia. Por eso, recomendaba a las instituciones públicas formar a la ciudadanía a través del sistema educativo en valores e ideas democráticos mediante el cultivo activo del pasado. Esto es, ocuparse no sólo de la memoria de las víctimas, sino también de todos aquellos proyectos que no pudieron ver la luz, de todas las ilusiones perdidas, de la escuela, los maestros, la cultura y los derechos sociales que tardarían tantos años en recuperarse. No sólo es lo que se perdió, sino lo que se frustró en su desarrollo.

Des del punto de vista ético, hoy en día, constituye un escándalo y un hecho bochornoso el mausoleo del Valle de los Caídos dedicado a Francisco Franco y a José Antonio Primo de Rivera. Su existencia debería de avergonzarnos a todos. Sin duda, este es el mayor escarnio con que el ha tenido que vivir nuestra reciente democracia. El hecho no resiste la política comparada. ¿Qué les parecería a los ciudadanos de Berlin o de Roma tener a pocos kilómetros de sus casas, un mausoleo concebido en honor de Hitler o de Mussolini?

Por último, en el plano jurídico España dista de cumplir con todas las obligaciones que tiene un Estado de derecho que comparte la doctrina internacional. Nos referimos a la jurisprudencia nacida del proceso de Nüremberg, a través de la cual se tipificaron como Crímenes Contra la Humanidad los delitos cometidos por el régimen nazi, y al que deben ser sometidos también los delitos cometidos por el régimen franquista y que nunca van a prescribir.

Ni la muerte del general Franco el 20 de noviembre de 1975 ni el período de la Transición no significaron una auténtica reconciliación después de la larga Dictadura militar, lo que fue llamado el cambio sin ruptura.

En el Estado español, la continuidad de la legalidad franquista durante el proceso de la transición a la Cosntitución de 1978 no hizo posible la creación de una Comisión de la Verdad y la Reconciliación que juzgara los responsables de los Crímenes Contra la Humanidad cometidos durante la Dictadura franquista. La Ley de Amnistía de 15 de octubre de 1977 significó las libertad para los presos políticos democráticos, y a la vez sirvió para declarar la impunidad a los responsables políticos del régimen franquista respeto a los delitos que habían cometido. Es también una herencia del Franquismo la hostilidad contra las lenguas y las identidades nacionales diferentes de la castellana mayoritaria.

Durante el reciente período democrático, han tenido lugar algunas compensaciones por las reclamaciones de la víctimas supervivientes de la represión y de las represalias del Régimen militar, como el caso de los militares profesionales democráticos, una parte de los exiliados, algunos presos, etc.

No obstante, no se ha perseguido el objetivo principal de crear una conciencia colectiva para dar a conocer la represión franquista y para que el auge del totalitarismo no se vuelva a producir. Hoy en día, las nuevas generaciones no conocen el horror la Dictadura franquista nacida de la sublevación militar, la guerra civil, los consejos de guerra y los fusilamientos, los campos de concentración, los largos cautiverios, etc. A diferencia del resto de los países de Europa, no se han conservado los elementos patrimoniales que darían a conocer la perversión del Régimen franquista en las escuelas con la finalidad de hacer arraigar conocimiento y conciencia de los valores democráticos.

La peor consecuencia de la Transición ha sido el olvido del pasado. En el Estado español, ni el mismo Jefe de Estado no ha perdido perdón, como así ha sucedido en otros países de Europa, por los crímenes cometidos.

Ahora es la hora de la memoria. Es necesario establecer medidas para esclarecer la verdad, darla a conocer a la opinión pública y las nuevas generaciones, y restituir jurídica, moral y económicamente por parte del Estado a las víctimas.
Título I. Objecto de la ley.

Artículo Primero.-

El objeto de esta Ley es la aplicación de la doctrina de las NNUU sobre los Crímenes Contra la Humanidad a los cometidos sistemáticamente por la Dictadura franquista.

Reconocer, por parte del Estado español, jurídicamente la condición de víctimas a todas las personas que sufrieron persecución y muerte, y restituir moral y materialmente a las personas, instituciones públicas, organizaciones, y entidades de todo tipo que fueron perseguidas y represaliadas, proceso que ha quedado pendiente desde la Transición política, como culminación de un proceso de reconciliación imperfecto.

Poner los medios necesarios para la divulgación de la memoria histórica republicana y antifascista, y ofrecer conocimiento de la perversión del régimen dictatorial franquista a fin de transmitir a las generaciones actuales y futuras los horrores de la guerra, de la represión totalitaria y fortalecer los valores de la democracia, la libertad y la fraternidad humana.
Título II. Represión política por parte de los tribunales.

Artículo Segundo.

2.1.- Quedan anuladas las sentencias dictadas en Consejos de Guerra desde el 18 de julio por delito de rebelión, adhesión a la rebelión o similares previstas en el artículo 237 del Código de Justicia Militar vigente durante la guerra civil, de acuerdo con el bando de declaración del estado de guerra de 28 de julio de 1936.

2.2.- Quedan anuladas las sentencias dictadas en Consejos de Guerra por motivos políticos en base a las leyes de - Ley de 29 de marzo de 1941 de reforma del código penal de delitos contra la seguridad del estado, Ley de 2 de marzo de 1943 de modificación del delito de Rebelión Militar, Decreto Ley de 18 de abril de 1947 de definición y represión de delitos de “bandidaje y terrorismo”, Ley de 30 de julio de 1959 de Orden público, Ley de 21 de septiembre de 1960 de refundición de las ley de 2-3-43 i DL de 18-4-47 sobre rebelión militar y “bandidaje y terrorismo”, hasta la muerte del dictador en el año 1975.

2.3.- Quedan anuladas las sentencias dictadas por el Tribunal de Orden Público, de acuerdo con la ley de Ley de 154/63 de 2 de diciembre de 1963 de creación del Tribunal de Orden Público y disposiciones concordantes.

2.4.- Quedan anuladas las sentencias dictadas por los tribunales de responsabilidades políticas en base a la Ley de 9 de febrero de 1939 y disposiciones concordantes.

2.5.- Quedan anuladas las sentencias dictadas por el denominado Tribunal Especial de Represión de la Masonería y el Comunismo en base a la Ley de 1 de marzo de 1940 hasta su disolución el 1963.

2.6.- Los cónyuges, parejas o en su caso los hijos de las personas fusiladas en virtud de condenas en consejos de guerra de los procesos a que hacen referencia los apartados 1 y 2 del presente artículo, como reconocimiento a la contribución a la causa de la libertad, percibirán una compensación simbólica de 12.000 .

2.7.- En referencia a las sentencias de los apartados 1 y 2, los secretarios de los Tribunales Militares a quien correspondiera la competencia de dichas causas emitirán certificaciones de la nulidad a solicitud de los cónyuges, parejas o familiares de los penados.
Título III. Activistas antifranquistas.

Artículo Tercero.-

3.1.- Se establecerá reglamentariamente un procedimiento para que se reconozca jurídica y moralmente a las personas que formaron parte de las distintas organizaciones armadas antifranquistas, y se les otorgará la indemnización económica y los beneficios sociales que les correspondan de acuerdo con los criterios de la Ley 3/2005 de 18 de marzo.

Artículo Cuarto.-

4.1.- Se establecerá reglamentariamente un procedimiento para que se reconozca jurídica y moralmente a a las personas represaliadas por su contribución a la lucha por la democracia.

Artículo Quinto.-

5.1.- Como parte del reconocimiento jurídico y moral de los que sufrieron prisión, internamiento en campos de concentración, batallones de trabajadores, exilio, presidio, destierro, tortura, detención o arresto por parte de las fuerzas de orden público o militares a causa de la guerra o durante la represión franquista, el Estado otorgará, con cargo a los presupuestos generales, una indemnización económica a los afectados, sus cónyuges, parejas de hecho o sus respectivos hijos. Esta indemnización se abonará a quienes no hayan recibido, hasta el momento, las que por idéntico motivo se han otorgado por parte del Estado y las comunidades autónomas. De igual manera se atenderán los posibles reconocimientos de carácter contributivo a que pudieran aspirar aquellas personas que se vieron privadas de libertad.

5.2.- Para reconocer jurídica y moralmente a las personas que perdieron la vida ante las fuerzas de orden público o por las Fuerzas Armadas en acciones contra la dictadura se entregará a los cónyuges, parejas de hecho o en su caso los hijos, como reconocimiento a la contribución a la causa de la libertad, una compensación simbólica de 12.000 .
Título IV. Instituciones y fuerzas de orden republicanas.

Artículo Sexto.-

6.1.- Como víctimas de la dictadura, el Estado procederá a restituir a Generalitat de Catalunya y al Gobierno Vasco todos los honores y los bienes que les fueron incautados por el Franquismo.

6.2.- Una vez anulada la sentencia que condenó a muerte, en su condición de Presidente de Catalunya, a Lluís Companys i Jover a que hace referencia el artículo segundo, el Jefe del Estado entregará al Presidente de la Generalitat la certificación correspondiente.

6.3.-Establecerá reglamentariamente un procedimiento para que se reconozca jurídica y moralmente a los miembros de las fuerzas del orden republicanas Guardia Civil - Guardia Nacional Republicana, Guardia de Asalto, Carabineros, Mozos de Escuadra y Ertzanza que fueron desposeídos de sus cargos por causa de su fidelidad institucional.
Título V. Colectivos represaliados.

Artículo Séptimo.-

7.1- Se reconoce la aportación de la Masonería al progreso del pensamiento social, a la causa de la libertad de los individuos y a la emancipación de los pueblos.

7.2.- El Gobierno restituirá los bienes inmuebles, dinero y otros valores, bienes muebles y archivos requisados a la masonería por el departamento de Servicios Especiales durante el periodo de 1937 a 1940 dirigido por Marcelino Ulibarri bajo la dependencia de Ramon Serrano Suñer y el Dictador. En caso que no fuera posible la restitución de los bienes incautados por pertenecer a terceros, se compensará por el valor actual de los mismos.

7.3.- Dichos bienes serán devueltos a las actuales organizaciones masónicas de todo el Estado.

Artículo Octavo.-

Se establecerá un procedimiento para que se reconozca jurídica y moralmente a los ciudadanos que sufrieron persecución por su orientación sexual.

Artículo Noveno.-

9.1.- Se establecerá un procedimiento para que se reconozca jurídica y moralmente a las personas y entidades que por motivo de pensamiento o cultura sufrieron persecución, entre los cuales cabe citar: Naturistas, Evangélicos, Esperantistas, Judíos, Gitanos, Testigos de Jehová y otros colectivos represaliados por su condición.

9.2.- El Gobierno restituirá los bienes o en su caso indemnizará por la pérdida destrucción de los bienes incautados a estas personas o entidades.

Artículo Décimo.-

10.1.- Se establecerá un procedimiento para que se reconozca jurídica y moralmente a las personas, entidades e instituciones que sufrieron persecución por motivo de su lengua y cultura o por motivo de su fomento.

10.2.- El Gobierno restituirá los bienes o en su caso indemnizará por la pérdida o destrucción de los bienes incautados a estas personas o entidades.

10.3.- El gobierno articulará, a través de los medios de información públicos, del sistema educativo, de exposiciones, programas de divulgación y actividades pedagógicas, la divulgación del conocimiento de la persecución de las lenguas y de las culturas del Estado español llevadas a cabo por parte del régimen dictatorial.
Título VI. Restituciones de patrimonios incautados.

Artículo Décimo Primero.-

11.1.- Se establecerá reglamentariamente un procedimiento para restituir a las personas perjudicadas, o en su caso a sus herederos, el dinero incautado por el régimen dictatorial, que conformó el “Fondo de papel moneda puesto en circulación por el enemigo” así como aquél depositado en una cuenta corriente del Banco de España con el título de “Billetes de canje desestimado”, con un valor actualizado al año en curso.

11.2.- Los interesados presentaran una petición ante el Banco de España de devolución de los fondos retenidos, adjuntando la documentación acreditativa del depósito.

11.3.- El ministerio de Economía pondrá a disposición de los interesados una oficina informativa para facilitar los datos y los documentos de que disponga el Estado sobre dichos depósitos, para el caso que los interesados no dispongan de esta documentación.

11.4.- Una comisión creada a tal efecto decidirá sobre la validez de dicha acreditación y, en caso positivo, procederá a su inmediata devolución con un valor actualizado al año en curso.

Artículo Duodécimo.-

12.1.- El Gobierno restituirá a entidades de todo tipo los bienes inmuebles que la dictadura franquista les incautó en base a la Ley de 9 de febrero de 1939 de Responsabilidades Políticas o concordantes, por motivo de su tendencia, política, social o pertenencia a una cultura perseguida por la Dictadura.

12.2.- En caso que no fuera posible la restitución de los bienes incautados se les restituirá el valor que tendrían éstos en la actualidad.
Título VII. Restitución de documentos incautados por las fuerzas represivas durante el franquismo.

Artículo Décimo Tercero.-

13.1.- Serán restituidos a las instituciones públicas, entidades privadas o particulares, los archivos o fondos documentales actualmente conservados en archivos u otras instituciones del estado, que les fueron requisados por este durante la guerra o la dictadura franquista por parte de órganos estatales amparados por esta o a su servicio, con motivo de la guerra o durante la postguerra.

13.2.- En caso que los organismos o personas expoliadas hayan desaparecido, los fondos documentales serán entregados a los que los sucedan en sus funciones o, en todo caso, a las comunidades autónomas del lugar de procedencia. En caso que éstas declinen hacerse cargo de éstos, se restituirán a los ayuntamientos que tengan archivos en condiciones técnicas para la conservación del patrimonio documental, como centros de recuperación de la memoria histórica local. En este último caso, la entrega será realizada en base a un convenio suscrito entre la corporación local y el Ministerio de Cultura.
Título VIII. Preservación de los lugares de la memoria.

Artículo Décimo Cuarto.-

14.1.- Se procederá a la identificación documental, a la conservación y a la recuperación arqueológica de los lugares significativos de la guerra, prisiones, campos de concentración, colonias penitenciarias y otros centros de internamiento de los presos y presas republicanos y de la lucha antifranquista y de la represión realizada por parte de la dictadura.

14.2.- A través del Centro Documental de la Memoria Histórica, se establecerá un censo de las personas que estuvieron internados en estos centros, en los batallones de trabajadores penados o detenidos por las fuerzas de orden público.

14.3.- Se procederá a señalizar los centros penitenciarios, los campos de concentración o centros de detención, estableciendo un plan de protección y museización de los más significativos, con el objetivo que, del mismo modo que los campos de concentración nazis, sean testimonio del horror de la represión franquista.

14.3.1.- En una primera fase, se procederá a la indicación y museización de los siguientes ámbitos monumentales:

14.3.1.1 El Valle de los Caídos museizado como centro de información y divulgación de la memoria represora en general y la de los penados que trabajaron en su construcción en particular, así como de toda la estructura represiva de campos de trabajadores desplegada por la Dictadura.

14.3.1.2 El Campo de Concentración de Miranda de Ebro, donde se expondrá la función de este campo como centro de información del conjunto de campos de concentración franquistas establecidos en la guerra y la posguerra.

14.3.1.3 La Dirección General de Seguridad de la Puerta del Sol, donde se situará un centro de información de las detenciones y torturas llevadas a cabo en aquellas dependencias y en general en los diversos centros de detención y arresto distribuidos por el Estado.

14.3.1.4 En el hospital de mujeres de Saturran de Ondarroa, donde se creará un centro de interpretación del trato dado a las presas políticas y a los hijos de éstas durante la represión franquista.

14.4.- Estos edificios o conjuntos se protegerán de acuerdo con la normativa de patrimonio histórico o cultural del Estado o de las respectivas comunidades autónomas a quienes corresponda.

14.5.- También se señalizará con indicadores y plafones documentales las grandes obras públicas realizadas en la posguerra con el trabajo forzado de los prisioneros.

14.6.- Se procederá a la localización de las fosas comunes, así como a la identificación y, en su caso, a la exhumación de los restos humanos que contengan, atendiendo a un rigor científico y con las máximas garantías de preservación de los derechos, tanto de las víctimas, como de sus familiares, así como de asegurar la conservación de los objetos que se puedan encontrar, por su valor histórico.
Título IX. Obertura de los archivos de la represión.

Artículo Décimo Quinto.-

15.1.- El Ministerio de Cultura establecerá una planificación para que en el plazo de dos años se proceda a la identificación y catalogación de los fondos documentales de las instituciones franquistas, los organismos represivos dependientes de las Fuerzas Armadas, de las distintas fuerzas policiales y de la Secretaria Nacional del Movimiento, Nacional, entre otros, siendo preceptiva su digitalización para su mayor difusión y acceso.

15.2.- Estos fondos serán accesibles al público depositándolos en los archivos de la administración central del Estado o en los archivos respectivos del territorio correspondiente, en lo que se refiera a los órganos periféricos sean del Estado o de las comunidades autónomas de acuerdo con sus respectivos estatutos de autonomía, respetándose la ubicación de las zonas donde se originaron estos archivos o fondos documentales.
Título X. Retirada de los símbolos franquistas de los edificios públicos.

Artículo Décimo Sexto.-

16.1.- Retirar en el plazo de un año los símbolos y referencias franquistas de todos los edificios, calles o instalaciones dependientes de todo tipo de administraciones del Estado, siendo substituidos en su caso por el símbolo actual del Estado o de la administración titular. Igualmente se retiraran estos símbolos de los edificios privados.

16.2.- Estos símbolos permanecerán en el lugar que se considere oportuno en el caso de monumentos legalmente protegidos, de acuerdo con lo que se regula en el artículo décimo tercero, cuando se considere necesario que subsistan en el conjunto monumental como elemento de divulgación de la represión de la dictadura y/o la resistencia antifranquista.
Título XI. Fomento de la investigación y la divulgación de la memoria y los valores democráticos republicanos.

Artículo Décimo Séptimo.-

17.1.- El Ministerio de Cultura establecerá anualmente en su presupuesto partidas para la realización de documentales de carácter histórico sobre la República, la guerra y la dictadura franquista para su exhibición en televisiones públicas y utilización con finalidad educativa.

17.2.- En los planes de enseñanza que corresponda elaborar al Ministerio de Educación y Ciencia, se incorporará, en todos los niveles educativos superiores al infantil, un temario específico sobre la represión política y social, así como sobre el intento de genocidio cultural y lingüístico de las lenguas y culturas vasca, catalana y gallega por parte de la dictadura franquista. De igual manera, deberán fomentarse los valores de la lucha por la libertad, la convivencia y la fraternidad de los pueblos del Estado y sus diversas lenguas y culturas.

Artículo Décimo Octavo.-

18.1.- El Centro de la Memoria Histórica creará en su seno fondos documentales sobre la República la Guerra Civil y el Franquismo, la represión franquista y los colectivos afectados por ésta, la resistencia armada guerrillera y política contra el Franquismo y la resistencia de las culturas catalana, gallega y vasca.
Titulo XII. Exilio.

Artículo Décimo Noveno.-

19.1.- El Ministerio de Cultura realizará en el plazo de un año iniciará un inventario de los fondos documentales relacionados con el exilio republicano y antifranquista depositados en archivos e instituciones extranjeros, con el objeto de evaluar y valorar el alcance del coste humano que comportó la Dictadura.

19.2.- El Estado procederá a la reparación de los honores que correspondan y establecerá aquellas reparaciones económicas que se derivaran.

19.3.- El Estado procederá a reparar moral, jurídica y economicamente a los supervivientes, cónyuges, parejas de hecho o hijos que sufrieron internamiento en los campos de concentración del Estado Francés, con motivo de la retirada republicana.
Título XIII. Las víctimas del fascismo i nazismo internacionales.

Artículo Veinte.-

El Estado procederá a reparar moral, jurídica y económicamente a los supervivientes o descendientes de las víctimas de los centros de trabajo forzado al servicio de los estados extranjeros y de los campos de exterminio nazis, durante la Segunda Guera Mundial.
Título XIV. La solidaridad internacional.

Artículo Veintiuno.-

El Estado reconocerá la labor ejercida por los Estados, organizaciones internacionales y personas significadas que contribuyeron a paliar los efectos del sufrimiento de los ciudadanos victimas de la Dictadura.
Diposiciones adicionales.

Disposición adicional Primera.-

En el plazo de un mes desde la aprobación de esta ley, se constituirá la Comisión de la Memoria Histórica formada por el Ministerios de Cultura y Justicia y las diversas Comunidades Autónomas para proceder al seguimiento de su desarrollo, de acuerdo con sus respectivas competencias.

Disposición Adicional Segunda.-

Atendida la evolución del derecho penal internacional en el sentido de la imprescribilidad de los Crímenes contra la Humanidad, y por la misma actuación de los tribunales españoles en la persecución de éstos referidos a diversos países, el Gobierno dará apoyo a las reclamaciones que por este motivo formulen ciudadanos, entidades o instituciones por los delitos cometidos durante la dictadura franquista.

Disposición Adicional Tercera.-

El Estado restituirá a las comunidades autónomas los fondos que estas han destinado a indemnizar a los represaliados por el franquismo, cónyuges, parejas de hecho o sus descendientes, completando lo establecido en la Disposición Adicional Decimoctava de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el 1990.

Disposición Adicional Cuarta.-

Por parte de las instituciones públicas, se procederá en el plazo de un año a revisar e invalidar todas las distinciones, nombramientos, títulos honoríficos y demás formas de exaltación de personajes ligados al régimen franquista, procediéndose en dicho plazo a realizar las diligencias oportunas que lo certifiquen, así como a la retirada de placas y todo tipo de referencias a la concesión de dichas distinciones.

Disposición Adicional Quinta.-

Igualmente se procederá por las diferentes instituciones públicas a la realización de actuaciones públicas en homenaje del funcionariado represaliado por el franquismo.

Disposición Adicional Sexta.-

La Iglesia católica retirará de ligares públicos aquellas lápidas o símbolos que discriminen las víctimas de la guerra civil entre vencedores y vencidos.

Disposición Adicional Séptima.

En el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de la Ley, se nombrará una comisión técnica independiente que realizará una investigación sobre la desaparición de fondos documentales del Estado durante la Transición. Las conclusiones de esta investigación serán públicas y, en su caso, se trasladarán a la fiscalía del Estado por si hubiere responsabilidad penal.

Disposición Adicional Octava.-

En el plazo de un año se trasladarán a Burgos los sumarios de los consejos de guerra correspondientes a la Capitanía General de Burgos, los cuales se trasladaron a las dependencias militares de O Ferrol.

Disposición Adicional Novena.-

El Gobierno, a través de un convenio con la Generalitat de Catalunya, procederá a la museización de las dependencias de la Jefatura de Policia de Barcelona de la Vía Laietana de Barcelona, atendiendo a su significación como centro de detención y tortura de los presos políticos de Catalunya. La gestión de este centro será transferida a la Generalitat de acuerdo con el artículo 11.7 del Estatuto de Autonomia de Catalunya. De igual modo, el Gobierno promoverá convenios similares con otras comunidades autónomas para la museización de otros centros de igual significación.

La financiación de los trabajos de museización se realizaran con cargo a los presupuestos generales del Estado y se transferirá a dichas comunidades autónomas junto con las respectivas instalaciones, para su gestión, de acuerdo con los respectivos estatutos de autonomía.

Disposición Adicional Décima.-

Atendida la trascendencia de los actos de reparación moral y jurídica previstos en esta ley, corresponderá al Jefe del Estado formalizar solemnemente en nombre del Estado español las demandas de perdón a las victimas de las consecuencias del levantamiento militar contra la Constitucion Republicana.


Fuente

Aclaración:

Es curioso, pero, aparte de este anteproyecto, no encuentro la Ley aprobada el viernes, ¿por que será? [noop]
Valnir escribió:Esta ley censura al bando franqusita por antidemocratico y un largo etc. y estas características se dan tambien en el bando republicano ya sea en mayor o menor medida, asi que te vas a tomar el pelo a otro

:-|
A que eso igual va a ser porque unos venian de una sistema democratico y legitimo y los otros terminarian en una dictadura totalitaria en la que se perseguia, asesinaba, torturaba, encacelaba, etc al que no pensara como ellos...
No se si e ledio mal, pero segun eso dices que la republica era antidemocratica?
Curiosidades muy muy curiosas:

Armas NAZIS al servicio de la Republica

Revisión de la república

Constitución de la Republica

Incidentes previos al alzamiento *

* Este enlace proviene de la BIBLIOTECA CATÓLICA DIGITAL, por lo que podría parecer partidista, pero coincide (y mucho) con historiadores tanto actuales como contemporaneos a esos echos. Léase con ojo desinhibido. [ginyo]

EDIT: Mirando la constitución de la II República, fijaos que cosa más curiosa incluye.

Constitución II República escribió:Artículo 4º. El castellano es el idioma oficial de la República.

Todo español tiene obligación de saberlo y derecho de usarlo, sin perjuicio de los derechos que las leyes del Estado reconozcan a las lenguas de las provincias o regiones.

Salvo lo que se disponga en leyes especiales, a nadie se le podrá exigir el conocimiento ni el uso de ninguna lengua regional.
Pero tampoco se puede defender q los republicanos, por llamarlos de alguna forma fueron santos, si la izquierda no se hubiera radicalizado tanto en su postura, el golpe militar habria fracasado. Me sigue pareciendo una hipocresia muy grande q se defienda ahora a la republica, cuando en su dia no la defendio nadie...
927PoWeR escribió:EDIT: Mirando la constitución de la II República, fijaos que cosa más curiosa incluye.



Igual te crees que has descubierto la rueda XD. Los idiomas que no fueran el castellano no tenían ningún reconocimiento oficial, es más, en las escuelas se obligaba por narices a hablar siempre en castellano. Mis abuelos lo pasaron bastante mal en el colegio los primeros años porque apenas sabían hablar español y cuando se les escapaba alguna palabra, zas, reglazo que se llevaban en los nudillos.
Lo que no se hacía era multar o apalizar a los que hablasen esas lenguas en la calle, como sí ocurrió después con Paquito. Lo que sí había era mucho desprecio y miradas por encima del hombro a quienes hablaban euskera (y no sé si ocurriría en más sitios), pues se les consideraba incultos, gentes de baja cuna incapaces de hablar el idioma que ya se hablaba mayoritariamente en las ciudades, el castellano, y que era utilizado principalmente por las clases altas, el euskera era cosa de campesinos, pescadores, ganaderos o pequeños tenderos y eran a menudo motivo de chanzas y burlas por su desconocimiento o mal uso del castellano, que era el idioma "guay" y cosmopolita del momento, y no una jerigonza ininteligible de incultos y gentes de baja condición social. Mis abuelos lo pasaron muy mal con esta actitud, al final no deja de ser una presión psicológica constante que te estén tratando de imbécil, garrulo, idiota y mil apelativos más, no deja de ser un maltrato psicológico que deja huella.
Ese desprecio, no institucional, sino social, sí que existía y ciertamente fue previo al franquismo, y posteriormente muy explotado por éste.
degur escribió:A que eso igual va a ser porque unos venian de una sistema democratico y legitimo y los otros terminarian en una dictadura totalitaria en la que se perseguia, asesinaba, torturaba, encacelaba, etc al que no pensara como ellos...
No se si e ledio mal, pero segun eso dices que la republica era antidemocratica?


el bando republicano SI era antidemocrático.. la república no lo sería.. pero fue una basura.. más democrático fue hitler y nadie lo defiende. [bye]
¡Hola!

Sin ánimo de polemizar:

1 - El franquismo ha sido condenado por el Consejo de Europa, formalmente, en marzo de este año.

2 - El franquismo ha sido igualmente condenado por el Parlamento Europeo, el 4 de julio de este mismo año.

Se considera probado y demostrado que el franquismo violó, desde su inicio hasta 1975, los derechos humanos, lo hizo y ha quedado probado.

3 - Franco NUNCA firmó la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948.

4 - Franco NUNCA firmó el Convenio Europeo de Derechos Humanos de 1950.

5 - Franco NUNCA firmó el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos de 1966.

6 - Franco NUNCA firmó el Pacto Internacional de los Derechos Sociales y Culturales de 1966.

Franco nunca firmó nada que le comprometiese a respetar los más elementales derechos humanos.

Esto es así.

Precisamente por ello, con Franco España no logró entrar en la CEE porque no reunía los requisitos mínimos de respeto a los derechos humanos exigidos. Sólo pudo entrar cuando estuvo ya en Democracia.

Las condenas del franquismo me parece que han llegado demasiado tarde, desgraciadamente.

La Ley de la Memoria Histórica, tanto si es un acierto como si no, llega demasiado tarde para la mayor parte de los fusilados / represaliados / exiliados.

Es mi opinión.

Saludos
Valnir escribió:el bando republicano SI era antidemocrático.. la república no lo sería.. pero fue una basura.. más democrático fue hitler y nadie lo defiende. [bye]

Es que en lo que es la guerra en si, nadie es democratico porque solo se matan unos a otros. Pero si puede ser democratico o antidemocratico lo que defiende y representa cada bando.
Espero, y lo digo de verdad, que tengas un sentido de la ironia muy sutil y yo no haya sido capaz de captarlo, porque sino lo de hitler es simplemente inaceptable.

Quintiliano si tienes razon llaga tarde, pero mejor tarde que nunca. Oye aora que as dicho lo de que la condena de franquismo, habia oido que tambien pensaban poner el 18 de julio dia en condena del franquismo o algo asi, eso tambien lo an aprovado??
Valnir escribió:
el bando republicano SI era antidemocrático.. la república no lo sería.. pero fue una basura.. más democrático fue hitler y nadie lo defiende. [bye]

la republica si fue democratica, te recuerdo q hubo elecciones y q se alternaron la izquierda y la derecha en el poder

otra cosa esq no les gustara a los de derecha perder el poder y se sublebaran
927PoWeR escribió:Veamos:
Esto es lo que he encontrado sobre esta Ley de la Memoria Histórica.
Fuente
Pues eso no vale de nada, porque eso es una proposicion de ley que presento ERC y que el Gobierno rechazo por ser una ley de maximos (aunque oficialmente es por aquello de que estaban preparando una propia).

Es curioso, pero, aparte de este anteproyecto, no encuentro la Ley aprobada el viernes, ¿por que será? [noop]
Pues porque has buscado fatal, power, porque era tan facil como darle a "Pagina de inicio", al final de tu link, y ver el comunicado del anteproyecto. Eso o ir a la web de la moncloa. [url]Aqui[/url] esta la referencia, y pego:
RECONOCIMIENTO Y AMPLIACIÓN DE DERECHOS Y ESTABLECIMIENTO DE MEDIDAS A FAVOR DE QUIENES PADECIERON PERSECUCIÓN OVIOLENCIA DURANTE LA GUERRA CIVIL Y LA DICTADURA

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la Dictadura, se promueve su reparación moral y la recuperación de su memoria personal y familiar, y se adoptan medidas complementarias destinadas a suprimir elementos de división entre los ciudadanos, todo ello con el fin de fomentar la cohesión y solidaridad entre las diversas generaciones de españoles en torno a los principios, valores y libertades constitucionales.

Reconocimiento general y reparación y reconocimiento personal

El reconocimiento general y la posibilidad de una reparación y reconocimiento singular constituyen el principal objetivo de esta norma. Desde esta perspectiva, el Proyecto de Ley recoge un reconocimiento general y solemne, por medio de la Ley, que sea expresión del derecho de todos los ciudadanos a esta reparación de su memoria personal y familiar, y que proclame la injusticia de las condenas, sanciones y cualquier forma de violencia personal producidas por razones políticas o ideológicas, durante la Guerra Civil, cualquiera que fuera el bando o la zona en que se encontraron quienes las padecieron, así como las sufridas por las mismas causas durante la dictadura.

Como complemento de la declaración general, el Proyecto de Ley prevé un procedimiento específico que permita obtener una declaración personal, de reconocimiento y reparación, que se abre como un derecho a todos los perjudicados y que podrán ejercer ellos mismos, sus familiares o determinadas instituciones a las que hubieran estado vinculados.

Colectivos específicos afectados

Existe una serie de colectivos cuya situación no ha sido tratada específicamente por las diferentes normas que desde la Transición se han ocupado de reparar en lo posible la situación de los afectados. Una buena parte de las demandas solicita actuaciones para honrar a quienes formaron parte de estos colectivos.

El Proyecto de Ley flexibiliza los requisitos para la concesión de la nacionalidad española a los brigadistas internacionales. Prevé la posibilidad de que se reconozca mediante la concesión de la Gran Cruz del Mérito Civil de tipo colectivo a las asociaciones y entidades de defensa de la dignidad de las víctimas de la violencia política y en la contribución a la recuperación de la memoria histórica. Y concede ayudas económicas a las personas que perdieron la vida realizando actividades en defensa de la democracia entre el 1 de enero de 1968 y el 6 de octubre de 1977.

Pensiones e indemnizaciones

El Proyecto de Ley reconoce diversas mejoras de derechos económicos ya recogidos en nuestro ordenamiento a diferentes colectivos. A lo largo de estos años la Administración del Estado ha resuelto favorablemente cerca de 574.000 expedientes de pensiones o indemnizaciones, lo que arroja un total acumulado hasta 2005 de 16.356 millones de euros, de los cuales 391 millones corresponden a indemnizaciones por tiempo de prisión y el resto, 15.965 millones, a pensiones.

El número de beneficiarios de las pensiones concedidas ha ido disminuyendo progresivamente, por razón de la consolidación del sistema de ayudas y por la edad del colectivo afectado, al que pertenecen. Eran, a fecha de enero de 2006, 95.943 personas.

Después de un análisis pormenorizado de estas pensiones y sus carencias, se establecen las siguientes modificaciones de su actual regulación:

1. Modificación de la Ley de reconocimiento de pensiones, asistencia medico-farmacéutica y asistencia social a favor de las viudas, hijos y demás familiares de los españoles fallecidos como consecuencia o con ocasión de la Guerra Civil de 18 de septiembre de 1979.

Hasta el momento, estas familias sólo tenían derecho a esas prestaciones si la víctima había fallecido en el plazo de dos años tras el fin de la guerra. El Proyecto de Ley elimina ese plazo. De este modo se protege a los deudos de quienes fallecieron como consecuencia de heridas o lesiones de guerra, pero después de los dos años o bien de quienes fueron víctimas, por ejemplo, de bombas abandonadas durante la guerra pero que explotaron años más tarde. También se incluye entre estas víctimas a quienes murieron como consecuencia de actuaciones u opiniones políticas y sindicales siempre que se establezca la relación directa entre la guerra civil y el fallecimiento.

2. Incremento de las pensiones de los huérfanos no incapacitados mayores de 21 años, que estaban congeladas desde 1981.

La nueva pensión se establece en 132,86 euros mensuales, y se le aplicarán los complementos económicos y las revalorizaciones que establezcan las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para cada año.

3. Modificación del ámbito de aplicación de las indemnizaciones a favor de quienes sufrieron prisión en los supuestos contemplados en la Ley de Amnistía.

El proyecto de Ley posibilita la obtención de indemnización por una sola vez a quienes acrediten haber sufrido privación de libertad en Batallones Disciplinarios, en cualquiera de sus modalidades, durante tres o más años, y tuvieran cumplida la edad de sesenta años en 31 de diciembre de 1990. Este colectivo no tenía reconocido hasta el momento el derecho a esta indemnización, que sí podían obtener quienes sufrieron prisión en establecimientos penitenciarios. Esta indemnización tendrá una cuantía de 6.010,12 euros si se ha estado tres o más años en prisión, y 1.202,02 euros adicionales por cada periodo de tres años completos a partir de los tres primeros. También tendrá derecho a la indemnización su cónyuge en la sucesión intestada.

4. Exención del IRPF, con efectos desde el 1 de enero de 2005, a las indemnizaciones previstas en la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas a favor de quienes sufrieron privación de libertad como consecuencia de los supuestos contemplados en la Ley de Amnistía. Para ello se añadirá una nueva letra al artículo 7 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto Legislativo de 5 de marzo de 2004.

5. Ayudas para compensar la carga tributaria de las indemnizaciones percibidas desde el 1 de enero de 1999 por privación de libertad como consecuencia de los supuestos contemplados en la Ley de Amnistía, de 15 de octubre de 1977. De este modo, el Proyecto de Ley compensa a las personas que hubieran tributado por las indemnizaciones percibidas desde el 1 de enero de 1999 hasta el 31 de diciembre de 2004 por el mismo concepto.

Símbolos y monumentos públicos

La Ley establece que los órganos que tengan atribuida la titularidad o la conservación de los monumentos, edificios y lugares de titularidad estatal han de tomar las medidas oportunas para la retirada de los escudos, insignias, placas y otras menciones conmemorativas de la Guerra Civil cuando exalten a uno solo de los bandos enfrentados o se identifiquen con el régimen franquista.

Cuando ello no sea procedente por razones artísticas, arquitectónicas u otras de interés general, se podrá considerar la forma de dar testimonio de homenaje y recuerdo a todas las víctimas de la Guerra Civil.

El Valle de los Caídos

El Proyecto de Ley dedica un artículo específico al Valle de los Caídos. Establece que se regirá estrictamente por las normas aplicables con carácter general a los lugares de culto y a los cementerios públicos, y que en ningún caso podrán llevarse a cabo en su recinto actos de naturaleza política, ni exaltadores de la guerra civil, de sus protagonistas o del franquismo.


Localización de personas ejecutadas

Con carácter general, el Proyecto de Ley establece que las Administraciones Públicas, en el marco de sus competencias, facilitarán las actividades de indagación, localización e identificación de las personas desaparecidas violentamente durante la guerra civil o la represión posterior y cuyo paradero se ignore. Con ese fin, podrán arbitrarse subvenciones para contribuir a sufragar los gastos derivados de estas actividades.

En cuanto a las actividades de prospección y de recuperación de restos enterrados, las Administraciones Públicas las autorizarán, de acuerdo con la normativa sobre patrimonio histórico y establecerán el procedimiento y condiciones en que deban realizarse, bien por parte de los descendientes directos o de las entidades que actúen en su nombre. La exhumación se someterá a autorización administrativa por parte de la autoridad competente, que deberá ponderar especialmente la existencia de oposición por cualquiera de los descendientes directos de las personas cuyos restos deban ser trasladados.

Indemnización a personas fallecidas en defensa de la democracia entre el 1 de enero de 1968 y 6 de octubre de 1977.

Se reconoce una indemnización, con una cuantía de 135.000 euros, por los fallecimientos de personas ocurridos durante el período comprendido entre el 1 de enero de 1968 y el 6 de octubre de 1977, en defensa y reivindicación de las libertades y derechos democráticos.

Actuaciones en materia de archivos

El Proyecto de Ley adopta como primera medida la creación, ya prevista en la Ley de Restitución a la Generalidad de Cataluña de documentos incautados, del Centro Documental de la Memoria Histórica, con sede en la ciudad de Salamanca, con el objetivo de contribuir a la recuperación de la memoria de la Guerra Civil, la dictadura franquista, la resistencia guerrillera contra ella, el exilio, el internamiento de españoles en campos de concentración durante la Segunda Guerra Mundial y la transición.

El Proyecto potencia el Archivo General de la Guerra Civil Española, al establecer que en él se integrarán los documentos originales, o copias fidedignas de los mismos, referidos a la guerra civil de 1936-1939 y a la represión política subsiguiente sitos en Archivos, Museos o Bibliotecas de titularidad estatal.

También, con el fin de integrarlos en el Archivo General, se arbitrarán los medios necesarios para que la Administración General del Estado proceda a la recopilación de testimonios orales sobre esa parte de nuestra Historia.


Igualmente, la Administración General del Estado aprobará cada año un programa de convenios para la adquisición de documentos que obren en archivos públicos o privados, nacionales o extranjeros, ya sean en versión original o a través de cualquier instrumento que permita reproducirlos con fidelidad al original.

Además, todos los documentos relativos a la guerra civil y el franquismo, ya se custodien en archivos públicos o privados, se declaran, a todos los efectos, constitutivos del Patrimonio Documental y Bibliográfico, y el acceso a los mismos estará por tanto sujeto a lo previsto en la Ley del Patrimonio Histórico Español.


Un escandalo revisionista para levantar ampollas, como podeis ver.

Si resulta ser asi, es una ley bastante vergonzosa. Manda huevos que hayamos (hayan) esperado 30 años para que Zapatero nos la intente colar de semejante manera. Ni tan siquiera hablan de la cancelacion de los juicios sumarisimos franquistas. Es una ley tan innocua que da pena.


Valnir escribió:el bando republicano SI era antidemocrático.. la república no lo sería.. pero fue una basura.. más democrático fue hitler y nadie lo defiende
Memez de Oro 2006 para ti.
ElChabaldelPc escribió:la republica si fue democratica, te recuerdo q hubo elecciones y q se alternaron la izquierda y la derecha en el poder

otra cosa esq no les gustara a los de derecha perder el poder y se sublebaran


yo no se si es que no sabeis leer o que os pasa.. donde he puesto que la república no fuera democrática? lo sería, pero algo democrático no tiene porque ser bueno, y por eso he puesto el EJEMPLO de hitler.
La próxima vez pedis un dibujo [tomaaa]
Valnir escribió:
yo no se si es que no sabeis leer o que os pasa.. donde he puesto que la república no fuera democrática? lo sería, pero algo democrático no tiene porque ser bueno, y por eso he puesto el EJEMPLO de hitler.
La próxima vez pedis un dibujo [tomaaa]


Sabemos leer, pero la culpa es tuya que no sabes lo que hablas. Has dicho que el bando republicano es antidemocratico...y al hablar de bando republicano, interpreto, te refieres entre 1936 y 1939 (porque si quieres decir bando republicano para referirte a la izquierda en la republica, es que eres tonto de capirote). Aclaremelo.
Cancerber escribió:Es que me parto el culo leyendo algo asi como que el asesinato de Calvo Sotelo fue con el visto bueno de Prieto (bien porque lo hizo Luis Cuenca -uno de sus guardaespaldas-, bien porque Luis estaba cuando le mato Fernando Condes). Prieto era uno de los socialistas que se contraponia a la violencia, asi que atribuirle conocimiento, permiso o orden del asesinato de Calvo Sotelo ya es dudoso.

Pero es que eso se cae por su propio peso cuando no fueron directamente a por Calvo Sotelo (primero fueron a por Antonio Goicoechea y a por Gil Robles). Eso ya le quita toda la posible premeditacion por parte de Prieto.

Por si fuera poco, esa accion fue como respuesta a la multitud de asesinatos que se estaban produciendo a manos de falangistas y requetes, y en especial a uno de ellos, el de Castillo.

Y ya la repanocha es leer que el asesinato de Calvo Sotelo fue el causante del Golpe de Estado, que aun no lo he leido aqui pero ya vaticino pocos posts para hacerlo, cuando el bueno de Jose, un mes antes, decia que ningun militar se comprometeria con el golpe. Y uno podria pensar, pues estaba equivocado Jose Calvo Sotelo...Pero de equivocado tenia poco, porque el tipo, mientras decia eso (mentia), estaba comprometido con el golpe (desde Mayo, para ser mas concretos, es decir, 2 meses antes)

Es alucinante lo que ha hecho Pio Moa. Presentar a Prieto como instigador del asesinato de Calvo Sotelo, y que la gente se lo crea. Completamente alucinante.

Dos cosas, Cancerber:
- Una, diciendo quiénes lo asesinaron no estoy diciendo que Indalecio Prieto diese su visto bueno (porque no me atrevo a decir tal cosa porque no la sé): era un cabronazo y un ladrón (por el Vita que, ahora que lo nombro, los exiliados "de segunda" en México pueden contar la idea de robar a los ricos para repartir con los pobres que tenía este gente) pero tenía sus cosas y, para mí, es quizás el personaje más interesante de la izquierda en toda la "" república y la guerra. Un ejemplo fue su defensa de José Antonio Primo de Rivera (asesinado por política pura y dura, que ya estaba "sentenciado" mucho antes de empezar la guerra). Lo que digo es que no eran fulanos de la calle, no eran unos que pasaban por allí. Y, llámame lo que quieras pero no creo en las casualidades. Y si ellos lo hicieron, planteémonos que Prieto no lo supiera; pero no me creo que nadie por encima de ellos conociera su plan puesto en práctica poco después de las palabras lapidarias de la Pasionaria.

- De Pío Moa no he leído ni una página como ya dije aquí. Sin embargo, sí he leído varios de sus "Convulsiones de España", publicados por la fundación Indalecio Prieto y Planeta por el 89 además de cartas epistolario suyo por otros libros: mira tú qué cosas ;) (mira que me jode tener que justificar semejantes cosas contigo que ya nos "conocemos", pero bueno).

Por último, a los que hablan de la legitimidad en la Segunda República con tanta alegría: ¿sabíais que se formó el gobierno en el 36 sin esperar a la segund avuelta tal y como marcaba la Constitución? El resultado no iba a variar porque eran sólo unos 20 escaños los que estaban en juego, pero no por ello deja de ser inconstitucional. A día de hoy pasa eso y ese Gobierno el TC se lo cepilla, así de claro. Que sigue siendo el más votado y quien iba a formar Gobierno, pero se cepillan el gobierno anterior y crean el nuevo, entrando a gobernar, antes de lo fijado por la Constitución: por menos de eso hace dos años algún idiota hablaba de golpe de estado (y, como ya veo a alguno venir, no, con esto no justifico un golpe de estado ni una guerra civil ni violencia alguna: lo que pretendo es que se vea TODO para que, de ahí, cada uno forme su opinión, que puede ser la misma que se tiene ahora mismo, no lo dudo; pero, por Dios, una opinión informada).

ElChabaldelPC escribió:la republica si fue democratica, te recuerdo q hubo elecciones y q se alternaron la izquierda y la derecha en el poder

Como, no me cansaré de repetirlo, hizo la izquierda en el 34 cuando el partido más votado decidió formar Gobierno tras la dismisión de Lerroux.

Lo cual, también repito, no justifica nada.

U
n saludo
Amílcar escribió:- Una, diciendo quiénes lo asesinaron no estoy diciendo que Indalecio Prieto diese su visto bueno (porque no me atrevo a decir tal cosa porque no la sé)
Vale, lo he vuelto a leer y debi haberlo malinterpretado; Cuando lei lo de "por mis cojones no era escolta de Blanco (por Prieto)" pensaba que querias decir que estaba al tanto.
Amílcar escribió:Lo que digo es que no eran fulanos de la calle, no eran unos que pasaban por allí. Y, llámame lo que quieras pero no creo en las casualidades. Y si ellos lo hicieron, planteémonos que Prieto no lo supiera; pero no me creo que nadie por encima de ellos conociera su plan puesto en práctica poco después de las palabras lapidarias de la Pasionaria.
Ya, pero es que meter a Ibarruri como causante del asesinato de Calvo Sotelo me parece bastante tendencioso. Cierto que dijo lo que dijo, pero eso no la culpa, por varias razones ademas(que ya he expuesto antes):

-Calvo Sotelo era el tercero en discordia; Primero fueron a por Antonio Goicoechea, y posteriormente a por Gil Robles. Al no encontrar a ninguno de los dos, buscaron a Calvo Sotelo en su casa, le sacaron con una orden de arresto falsa, le metieron en el furgon y le pegaron un tiro en la nuca (no se sabe si fue Luis Cuenca-escolta de Prieto- o Fernando Condes-capitan de la Guardia Civil-). Su primer objetivo no era Calvo Sotelo, luego ya es de imaginar que toda premeditacion queda anulada.

-Pero es que el asesinato de uno de esos tres (al final Calvo Sotelo) fue debido a una ola de asesinatos de los falangistas (que tienen muy mal perder) desde la constitucion del gobierno del Frente Popular. Y no me refiero unicamente a Castillo (que todos sabemos fue el principal causante del asesinato de Calvo Sotelo, esto se estudia hasta en el cole), me refiero al policia Isbert, escolta de Asua -del PSOE-, al magistrado Pedregal (que fue ajusticiado por ejercer como ponente contra el asesino de Isbert), a Juanita Rico (de las juventudes socialistas), a vendedores de Mundo Obrero...Y todo esto lo hacian siguiendo el tristemente famoso lema de Primo de Rivera, "la dialectica del puño y las pistolas".

-Tanto Luis Cuenca como Fernando Condes eran muy amigos de Castillo. El asesinato de este ultimo fue la gota que colmo el vaso, pues ambos eran muy amigos del asesinado. Lo de Calvo Sotelo fue una represalia (injustificable) por la multitud de asesinatos anteriores, en su mayoria a manos falangistas, y por el de Castillo en particular. En ningun caso fue instigado por la Pasionaria (a la que no se porque tienes tantas ganas, que ya has querido decir antes que era ella (y el PCE) quienes cortaban el bacalao), sera porque se presentaba por Asturias XD)



Amílcar escribió:- De Pío Moa no he leído ni una página como ya dije aquí. Sin embargo, sí he leído varios de sus "Convulsiones de España", publicados por la fundación Indalecio Prieto y Planeta por el 89 además de cartas epistolario suyo por otros libros: mira tú qué cosas ;) (mira que me jode tener que justificar semejantes cosas contigo que ya nos "conocemos", pero bueno).
No te justifiques, que la confianza da asco, ya sabes XD Lo decia porque lo que has dicho (bueno, lo que yo te he venido a entender) era lo que cuenta Moa (amen de que dice que el asesinato de Calvo Sotelo fue el originante del Golpe de Estado, ya ves tu).


Amílcar escribió:Como, no me cansaré de repetirlo, hizo la izquierda en el 34 cuando el partido más votado decidió formar Gobierno tras la dismisión de Lerroux.

Lo cual, también repito, no justifica nada.
Tambien lo hizo Sanjurjo en el 32 XD. Y por cierto, lo del 34 tuvo delito, eso si que fue plegarse a los designios de unos tipos que no creian en el sistema, y no lo que hace el PSOE hoy en dia con ERC XD

Algo que, yo tambien me apunto al carro, no justifica nada.

Un saludo.
Cancerber escribió:Ya, pero es que meter a Ibarruri como causante del asesinato de Calvo Sotelo me parece bastante tendencioso.


Joder Cancerber, no me seas inocente, que casualidad que diga eso y al otro lo maten... Evidentemente ella no apretaria el gatillo pero pudo formar parte perfectamente en la organizacion. El ambiente en aquellos años no era precisamente tranquilizador.
Cancerber escribió:En ningun caso fue instigado por la Pasionaria (a la que no se porque tienes tantas ganas, que ya has querido decir antes que era ella (y el PCE) quienes cortaban el bacalao), sera porque se presentaba por Asturias XD)


No recuerdo haber dicho que ella cortase el bacalao, pero sí que participó en la preparación de la Revolución del 34 (o golpe de estado por un lado y separatista por otro, si prefieres :p )

Esa es la razón principal. Y hay alguna más. Entre ellas, en su vida privada, el hecho de que mientras su "marido" (o lo que fuese) estaba en el frente ella se andaba cepillando a un tío que podía ser su hijo.

Lo que sí me encanta decir de ella en plan graciosete es que fue una activista anti-aborto: lo de "Hijos sí, maridos no" tiene mucho posible mensaje detrás... X-D (es la típica mamonada que digo al típico brasas muy de izquierdas a ver qué cara pone y por dónde me sale: porque, aunque parezca lo contrario, fuera de EOL no me gusta demasiado hablar de política; si acaso, comentar alguna cosa, pero no montar estos pitotes. Aunque, claro, ninguno es tan rojazo como vostros X-D

(lo de rojazo tomádmelo a broma)

Cancerber escribió:No te justifiques, que la confianza da asco, ya sabes XD Lo decia porque lo que has dicho (bueno, lo que yo te he venido a entender) era lo que cuenta Moa (amen de que dice que el asesinato de Calvo Sotelo fue el originante del Golpe de Estado, ya ves tu).

No fue el originante (ya se estaba preparando antes), pero sí que lo aceleró. Y lo que no recuerdo ahora es si fue eso lo que decidió a Franco a unirse (porque, recuerdo, no lo montó él). En eso sí que que nadie me haga caso, porque recuerdo que fue una cosa concreta lo que le terminó de decidir pero ahora mismo hablo de memoria. Y, a estas horas, no me apetece buscar :)

Cancerber escribió:Tambien lo hizo Sanjurjo en el 32 XD. Y por cierto, lo del 34 tuvo delito, eso si que fue plegarse a los designios de unos tipos que no creian en el sistema, y no lo que hace el PSOE hoy en dia con ERC XD

Te juro que iba a haber puesto: "y Sanjurjo en el 32". Pero como la contestación era sobre esa cosa concreta, pues lo borré al releer para enviar (ya estaba escrito). [qmparto]

Dios, qué fino hilamos... ;)
keops escribió:Y si os dejais de discusiones estupidas de si un bando u otro, aqui lo que importa es que se equiparen los derechos de las victimas tanto de un bando como de otro, es vergonzoso que despues de mas de 60 años aun haya gente con sus familiares en fosas comunes al borde de una carretera, ya era hora que un gobierno obligue a las administraciones publicas a facilitar la tarea de recuperacion de los cuerpos que aun restan en fosas comunes, y eso que no han tenido huevos a que sea el gobierno el que asuma los gastos y lo tengan que hacer asociaciones y voluntarios, vergonzoso. Si fuera vuestro abuelo el que esta enterrado al borde de una carretera esta ley seguro que no os pareceria una tonteria.


Totalmente de acuerdo.
Y pensar que Franco tenía una frase lapidaria:

Franco escribió:Haga usted como yo: no se meta en política


Pero volviendo al tema.

¿La Ley esta es desde el 36 al 75 ó del 39 al 75?

Si es del 36 en adelante, ¿comprende a ambos bandos o sólo al republicano?

En caso de que sólo afecte al bando nacional, ¿que sucede entonces con los actos cometidos por los republicanos?, ¿que ocurre con Paracuellos, las Checas, el asesinato de NIM, etc...?

En el caso este, ¿no se trataría de una ley injusta y discriminatoria?, puesto que, estoy conforme, en la dictadura (39-75), se produjeron verdaderas atrocidades, pero ¿en la guerra uno de los bandos disparaba con balas de fogueo y no cometió ningún error o abuso?

A ver si logramos desenmarañar este embrollo, por que si esto es así, pienso que esta ley hace aguas por todos lados, y es revanchista e indigna con algunas de las victimas, que, creamoslo o no, tambien eran inocentes...
Tanto discutir tanto discutir para quel uego no leais.
Pusieron hace poco la ley y pone claramente que tratará las barbaries de los dos bandos. Siempre tomando prejuicios sin sentido...



RECONOCIMIENTO Y AMPLIACIÓN DE DERECHOS Y ESTABLECIMIENTO DE MEDIDAS A FAVOR DE QUIENES PADECIERON PERSECUCIÓN OVIOLENCIA DURANTE LA GUERRA CIVIL Y LA DICTADURA

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la Dictadura, se promueve su reparación moral y la recuperación de su memoria personal y familiar, y se adoptan medidas complementarias destinadas a suprimir elementos de división entre los ciudadanos, todo ello con el fin de fomentar la cohesión y solidaridad entre las diversas generaciones de españoles en torno a los principios, valores y libertades constitucionales.

Reconocimiento general y reparación y reconocimiento personal

El reconocimiento general y la posibilidad de una reparación y reconocimiento singular constituyen el principal objetivo de esta norma. Desde esta perspectiva, el Proyecto de Ley recoge un reconocimiento general y solemne, por medio de la Ley, que sea expresión del derecho de todos los ciudadanos a esta reparación de su memoria personal y familiar, y que proclame la injusticia de las condenas, sanciones y cualquier forma de violencia personal producidas por razones políticas o ideológicas, durante la Guerra Civil, cualquiera que fuera el bando o la zona en que se encontraron quienes las padecieron, así como las sufridas por las mismas causas durante la dictadura.

Como complemento de la declaración general, el Proyecto de Ley prevé un procedimiento específico que permita obtener una declaración personal, de reconocimiento y reparación, que se abre como un derecho a todos los perjudicados y que podrán ejercer ellos mismos, sus familiares o determinadas instituciones a las que hubieran estado vinculados.

Colectivos específicos afectados

Existe una serie de colectivos cuya situación no ha sido tratada específicamente por las diferentes normas que desde la Transición se han ocupado de reparar en lo posible la situación de los afectados. Una buena parte de las demandas solicita actuaciones para honrar a quienes formaron parte de estos colectivos.

El Proyecto de Ley flexibiliza los requisitos para la concesión de la nacionalidad española a los brigadistas internacionales. Prevé la posibilidad de que se reconozca mediante la concesión de la Gran Cruz del Mérito Civil de tipo colectivo a las asociaciones y entidades de defensa de la dignidad de las víctimas de la violencia política y en la contribución a la recuperación de la memoria histórica. Y concede ayudas económicas a las personas que perdieron la vida realizando actividades en defensa de la democracia entre el 1 de enero de 1968 y el 6 de octubre de 1977.

Pensiones e indemnizaciones

El Proyecto de Ley reconoce diversas mejoras de derechos económicos ya recogidos en nuestro ordenamiento a diferentes colectivos. A lo largo de estos años la Administración del Estado ha resuelto favorablemente cerca de 574.000 expedientes de pensiones o indemnizaciones, lo que arroja un total acumulado hasta 2005 de 16.356 millones de euros, de los cuales 391 millones corresponden a indemnizaciones por tiempo de prisión y el resto, 15.965 millones, a pensiones.

El número de beneficiarios de las pensiones concedidas ha ido disminuyendo progresivamente, por razón de la consolidación del sistema de ayudas y por la edad del colectivo afectado, al que pertenecen. Eran, a fecha de enero de 2006, 95.943 personas.

Después de un análisis pormenorizado de estas pensiones y sus carencias, se establecen las siguientes modificaciones de su actual regulación:

1. Modificación de la Ley de reconocimiento de pensiones, asistencia medico-farmacéutica y asistencia social a favor de las viudas, hijos y demás familiares de los españoles fallecidos como consecuencia o con ocasión de la Guerra Civil de 18 de septiembre de 1979.

Hasta el momento, estas familias sólo tenían derecho a esas prestaciones si la víctima había fallecido en el plazo de dos años tras el fin de la guerra. El Proyecto de Ley elimina ese plazo. De este modo se protege a los deudos de quienes fallecieron como consecuencia de heridas o lesiones de guerra, pero después de los dos años o bien de quienes fueron víctimas, por ejemplo, de bombas abandonadas durante la guerra pero que explotaron años más tarde. También se incluye entre estas víctimas a quienes murieron como consecuencia de actuaciones u opiniones políticas y sindicales siempre que se establezca la relación directa entre la guerra civil y el fallecimiento.

2. Incremento de las pensiones de los huérfanos no incapacitados mayores de 21 años, que estaban congeladas desde 1981.

La nueva pensión se establece en 132,86 euros mensuales, y se le aplicarán los complementos económicos y las revalorizaciones que establezcan las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para cada año.

3. Modificación del ámbito de aplicación de las indemnizaciones a favor de quienes sufrieron prisión en los supuestos contemplados en la Ley de Amnistía.

El proyecto de Ley posibilita la obtención de indemnización por una sola vez a quienes acrediten haber sufrido privación de libertad en Batallones Disciplinarios, en cualquiera de sus modalidades, durante tres o más años, y tuvieran cumplida la edad de sesenta años en 31 de diciembre de 1990. Este colectivo no tenía reconocido hasta el momento el derecho a esta indemnización, que sí podían obtener quienes sufrieron prisión en establecimientos penitenciarios. Esta indemnización tendrá una cuantía de 6.010,12 euros si se ha estado tres o más años en prisión, y 1.202,02 euros adicionales por cada periodo de tres años completos a partir de los tres primeros. También tendrá derecho a la indemnización su cónyuge en la sucesión intestada.

4. Exención del IRPF, con efectos desde el 1 de enero de 2005, a las indemnizaciones previstas en la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas a favor de quienes sufrieron privación de libertad como consecuencia de los supuestos contemplados en la Ley de Amnistía. Para ello se añadirá una nueva letra al artículo 7 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto Legislativo de 5 de marzo de 2004.

5. Ayudas para compensar la carga tributaria de las indemnizaciones percibidas desde el 1 de enero de 1999 por privación de libertad como consecuencia de los supuestos contemplados en la Ley de Amnistía, de 15 de octubre de 1977. De este modo, el Proyecto de Ley compensa a las personas que hubieran tributado por las indemnizaciones percibidas desde el 1 de enero de 1999 hasta el 31 de diciembre de 2004 por el mismo concepto.

Símbolos y monumentos públicos

La Ley establece que los órganos que tengan atribuida la titularidad o la conservación de los monumentos, edificios y lugares de titularidad estatal han de tomar las medidas oportunas para la retirada de los escudos, insignias, placas y otras menciones conmemorativas de la Guerra Civil cuando exalten a uno solo de los bandos enfrentados o se identifiquen con el régimen franquista.

Cuando ello no sea procedente por razones artísticas, arquitectónicas u otras de interés general, se podrá considerar la forma de dar testimonio de homenaje y recuerdo a todas las víctimas de la Guerra Civil.

El Valle de los Caídos

El Proyecto de Ley dedica un artículo específico al Valle de los Caídos. Establece que se regirá estrictamente por las normas aplicables con carácter general a los lugares de culto y a los cementerios públicos, y que en ningún caso podrán llevarse a cabo en su recinto actos de naturaleza política, ni exaltadores de la guerra civil, de sus protagonistas o del franquismo.


Localización de personas ejecutadas

Con carácter general, el Proyecto de Ley establece que las Administraciones Públicas, en el marco de sus competencias, facilitarán las actividades de indagación, localización e identificación de las personas desaparecidas violentamente durante la guerra civil o la represión posterior y cuyo paradero se ignore. Con ese fin, podrán arbitrarse subvenciones para contribuir a sufragar los gastos derivados de estas actividades.

En cuanto a las actividades de prospección y de recuperación de restos enterrados, las Administraciones Públicas las autorizarán, de acuerdo con la normativa sobre patrimonio histórico y establecerán el procedimiento y condiciones en que deban realizarse, bien por parte de los descendientes directos o de las entidades que actúen en su nombre. La exhumación se someterá a autorización administrativa por parte de la autoridad competente, que deberá ponderar especialmente la existencia de oposición por cualquiera de los descendientes directos de las personas cuyos restos deban ser trasladados.

Indemnización a personas fallecidas en defensa de la democracia entre el 1 de enero de 1968 y 6 de octubre de 1977.

Se reconoce una indemnización, con una cuantía de 135.000 euros, por los fallecimientos de personas ocurridos durante el período comprendido entre el 1 de enero de 1968 y el 6 de octubre de 1977, en defensa y reivindicación de las libertades y derechos democráticos.

Actuaciones en materia de archivos

El Proyecto de Ley adopta como primera medida la creación, ya prevista en la Ley de Restitución a la Generalidad de Cataluña de documentos incautados, del Centro Documental de la Memoria Histórica, con sede en la ciudad de Salamanca, con el objetivo de contribuir a la recuperación de la memoria de la Guerra Civil, la dictadura franquista, la resistencia guerrillera contra ella, el exilio, el internamiento de españoles en campos de concentración durante la Segunda Guerra Mundial y la transición.

El Proyecto potencia el Archivo General de la Guerra Civil Española, al establecer que en él se integrarán los documentos originales, o copias fidedignas de los mismos, referidos a la guerra civil de 1936-1939 y a la represión política subsiguiente sitos en Archivos, Museos o Bibliotecas de titularidad estatal.

También, con el fin de integrarlos en el Archivo General, se arbitrarán los medios necesarios para que la Administración General del Estado proceda a la recopilación de testimonios orales sobre esa parte de nuestra Historia.


Igualmente, la Administración General del Estado aprobará cada año un programa de convenios para la adquisición de documentos que obren en archivos públicos o privados, nacionales o extranjeros, ya sean en versión original o a través de cualquier instrumento que permita reproducirlos con fidelidad al original.

Además, todos los documentos relativos a la guerra civil y el franquismo, ya se custodien en archivos públicos o privados, se declaran, a todos los efectos, constitutivos del Patrimonio Documental y Bibliográfico, y el acceso a los mismos estará por tanto sujeto a lo previsto en la Ley del Patrimonio Histórico Español.
RetroAkira escribió:Si tu padre fue un maketo que sobrevivió a la guerra, y después fue encontrado y asesinado en el franquismo, te gustaría vivir en la "Calle del Generalísimo"/"Calle Primo de Rivera"/"Calle de la estupidez franquista que se te ocurra"?, 30 AÑOS DESPUES DE LA TRANSICIÓN?


Es muy simple, aunque no te gustará la respuesta. Simplemente cabe la posibilidad de que te mudes. Hablo desde el desconocimiento de si el nombre lo pusieron despues de vivir vosotros ahi, o por el contrario ya existia esa calle y os mudasteis despues. Si empezamos a pedir cambiar los nombres de las calles por no nos gusta el nombre o trae malos recuerdos a alguien de nuestra familia...¿te parece sensato?

Por supuesto, si cambian el nombre de calles y quitan estatuas o representaciones que recuerden al bando nacional o incluso al franquismo, deberian cambiar tambien los nombres de las calles y plazas del bando republicano y con el tiempo vendrian las que tuvieran nombre de reyes (para los anarquicos) la calle con nombre de conquistador español de las americas (por aquello de no ofender a los inmigrantes sudamericanos) y los nombres de santos o reyes medievales (para no ofender a los inmigrantes arabes). Ah, y la calle esa con nombre de poetastro que si, sera un genio, pero lo que escribe me parece un ladrillo y no me gusta tambien la quitamos....¿te imaginas?

Una solucion seria que fueran por numeros, y asi nadie se sentiria ofendido, aunque no se yo....

Degur escribió:A mi esta ley me parece muy bien, solo un poco corta encunato al valle de los caidos, que deverian hacerlo para todos los de la guerra civil con todos sus nombres y los que lo construyeron, por supuesto quitar de hay a Franco y Primo de rivera. Personalemnte me parece que se deveria centrar un poco mas en los republicanos, aparte de que les tengo simpatia, porque ellos lucharon por la libertad y por defender un sistema democratico elejido lejitimamente.


Hombre, lo de quitar de ahi a Franco y Rivera, no me parece mal (al fin y al cabo, si hacen las manifestaciones ahi, es porque estan ellos enterrados) pero ¿que es eso de darle mas protagonimo a los republicanos? Tio estas diciendo de que te parece mal que esten unos y luego quieres meter a otros? Es lo mismo que estas criticando...

Degur escribió:Y en el hipotetico caso de la republica no fuera para todos, por lo menos era para la gran mayoria: trabajadores pobres, proletarios. Mientras que el franquismo era para ricos y familias bien, los cuales eran los menos.


La "republica" que queria esta gente, por no englobar, no englobaba ni a toda la izquierda. El "O estas conmigo, o contra mi" aunque te sorprenda, no es exclusivo del PP, solo que éstos últimos (por supuesto) solo lo decian. Digamos que al principio de los años 30, los republicanos tomaban medidas mas serias con los que o bien no comulgaban con sus ideas o bien no les parecian "convenientes".

Degur escribió:Espero, y lo digo de verdad, que tengas un sentido de la ironia muy sutil y yo no haya sido capaz de captarlo, porque sino lo de hitler es simplemente inaceptable


Yo creo que se refiere a que, a diferencia de Paquito, Hitler llego al poder democraticamente. Es como si Zapatero se le fuera (aun mas) la cabeza y le entraran aires de grandeza, "convenciendo" al resto de partidos, para hacerle jefe de Estado

Saludos
malgusto escribió:Joder Cancerber, no me seas inocente, que casualidad que diga eso y al otro lo maten... Evidentemente ella no apretaria el gatillo pero pudo formar parte perfectamente en la organizacion. El ambiente en aquellos años no era precisamente tranquilizador.


Oye que no soy inocente, de verdad XD El asesinato de Calvo Sotelo fue al dia siguiente del de Castillo, y como ya te he dicho, primero fueron a por Goicoechea y a por Gil Robles.

No fue algo premeditado el ir a por Calvo Sotelo. La Pasionaria lo habia dicho (como dijo tantas cosas), pero no fue instigadora del crimen. El asesinato fue una respuesta a la multitud de asesinatos falangistas y requetes, pero especialmente al de Castillo. Esto se estudia en el cole, malgusto XD No es algo que me invente yo o algun escritor sectario. Es algo aceptado por todos los historiadores serios.

Amílcar escribió:(lo de rojazo tomádmelo a broma)
No se no se, estoy por reportarlo XD

Amílcar escribió:No fue el originante (ya se estaba preparando antes), pero sí que lo aceleró. Y lo que no recuerdo ahora es si fue eso lo que decidió a Franco a unirse (porque, recuerdo, no lo montó él). En eso sí que que nadie me haga caso, porque recuerdo que fue una cosa concreta lo que le terminó de decidir pero ahora mismo hablo de memoria
Llevaba preparandose desde la victoria del Frente Popular. Calvo Sotelo lo sabia un mes antes del discurso aquel que solto de "ningun militar en su sano juicio atentaria contra el orden republicano". Seria que pensaba que todos sus amigos golpistas estaban locos. O que mentia como un bellaco.

Y si, dicen que fue lo que termino de convencer a Franco (creo que es Gibson quien lo dice, vamos, poco sospechoso de franquista XD). El golpe estaba planificado para mediados finales de julio, de hecho el Dragon Rapide ya estaba camino de Canarias para traerse a Paquito antes del asesinato de Calvo Sotelo.

Amílcar escribió:Te juro que iba a haber puesto: "y Sanjurjo en el 32". Pero como la contestación era sobre esa cosa concreta, pues lo borré al releer para enviar (ya estaba escrito). [qmparto]

Dios, qué fino hilamos... ;)
Tenia que poner la sanjurjada, sino no me quedaba tranquilo XD


Power, como ya te ha aclarado Aracem, la mierda ley esta es desde el 36 al 75, afecta a todos aquellos que murieron por la guerra civil y el franquismo, ya fuesen de uno u otro bando.

Aracem escribió:Siempre tomando prejuicios sin sentido...
Sin sentido dice...si todos sabemos que Zapatero es un revanchista que quiere ganar la guerra 70 años despues porque los fascistas mataron a su abuelo...Yo se lo he oido a Losantos y a alguno que otro del PP, asi que no puede ser mentira (que mentir es pecado).
Cancerber escribió:Sin sentido dice...si todos sabemos que Zapatero es un revanchista que quiere ganar la guerra 70 años despues porque los fascistas mataron a su abuelo...Yo se lo he oido a Losantos y a alguno que otro del PP, asi que no puede ser mentira (que mentir es pecado).


Sabes, yo tambien he llegado a ser mal pensado y opinar como tú, que es una Ley revanchista.

Ahora, lo que más me jode, es el tener que abrir viejas heridas y estar tocando los "gemelos del sur" al personal prohibiendo a uno u otro bando, aprobando el quitar estatuas, nombres de calles, etc, de uno y otro bando.

De por la red escribió:Hoy es otro día, no debemos olvidar el pasado sobre todo por que alguien nos dijo una vez que todo pueblo que olvida su pasado esta condenado a repetirlo y a nosotros, a muchos de nosotros, no nos gusta este pasado y nos duelen demasiado las muchas heridas que nos ha dejado.
Z_Type escribió:



Yo creo que se refiere a que, a diferencia de Paquito, Hitler llego al poder democraticamente. Es como si Zapatero se le fuera (aun mas) la cabeza y le entraran aires de grandeza, "convenciendo" al resto de partidos, para hacerle jefe de Estado

Saludos


jeje.. simplemente me refiero a que democrático(refiriendome a la república) no es igual a bueno, y para eso uso este ejemplo tan clarificador.

Por cierto.. los republicanos(veo que alguien lo ha mencionado por encima mio) eran bastante dados, siguiendo la costumbre sovietica, a eliminar otras facciones.Los comunistas no eran muy amigos del sector Besteiro, por ejemplo --
Valnir escribió:Por cierto.. los republicanos(veo que alguien lo ha mencionado por encima mio) eran bastante dados, siguiendo la costumbre sovietica, a eliminar otras facciones.Los comunistas no eran muy amigos del sector Besteiro, por ejemplo --


Por ejemplo el caso NIN y el POUM (Partido Obrero de Unificación Marxista)... [snif]

Aquí el POUM

EDITO: Y, lo que es aún un misterio sin resolver, la extraña muerte de Durruti
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