Nueva ley de alquileres: si no pagas, en 10 días fuera.

1, 2, 3
Esto es un arma de doble filo, por un lado una persoa que alquila una vivienda a otra mediante un contrato por una cantidad anual X pagaderas en 12 mesualidades con la cuantia Y , si la persona se retrasa en el pago puntualmente , el propietario no va a dennunciar y en caso de denuncia , con esta ley son 10 dias para que el juez escuche alegaciones ( y ya aviso que ningun juez en en supuesto anterior va a rescindir el contrato.

Por otro lado estan los alquileres clandestinos, bien con contrato privado entre las dos partes pero si darle cuenta a la querida Hacienda, esto es muy tipico aqui e nuestro pais, alquilar la vivienda sin dar parte alguno a hacienda, lo cual me hace pesar que esa nueva ley tambie puede sacar a la superficie numeroros alquileres que no estan regularizados...
yo creo que 10 dias no,pero 2 meses seria lo suyo,si tienes problemas tipo paro,ere, ect ,tardan un tiempo en pagar,pero hablando con el casero y explicandole el asunto esta mas que arreglado

deberia haber mano dura en este sentido,no puede ser que no pagen y dejen las deudas a los caseros,y ellos tan panchos, dejando deudas y pisos destrozados,aunque tarden un año ,10 o 20 deberian abonarlo,asi aprenderian a no joder a la gente y vivir por la jeta,que no nos engañemos son todos unos jetas lo que no pagan y estan partiendose el ojete de la gente que les alquila sus pisos

aun familiar mio le dejaron una deuda en todos los sentidos de un año,vino buscando el nuevo casero a mi familiar preguntando que le debian desde el primer mes y si a ella le pagaron,total que viven por la jeta ,de año en año se cambian de piso y a vivir la vida,eso si deberias ver esa famila de 4 personas como vive la vida ,a tutiplèn no les falta de na ,ni bares que visitar,total como le pagan las facturas los demas y la ley les respalda,pero mi familiar si quiere luz o agua debe pagar la deuda que les dejaron
La verdad es que no lo veo claro, yo creo que deberían dar dos meses de plazo de impago y a la calle, de hecho como mínimo tienes que dejar dos meses por adelantado de fianza al hacer un contrato de alquiler, así que si tu estás al día de pago en verdad siempre vas dos meses adelantado en dicho pago.
El problema es que pasado el tiempo limite el juzgado de turno esta saturado o lo que sea y no ejecuta lo que tiene que ejecutar.
Después está las alegaciones que eso me da risa, porque por ahí pueden meter rollo y alargar la cosa lo que quiera, sin contar que en la red seguro que hay información de como y que tipo de alegaciones hacer para alargar todo lo que puedas.
toloweo escribió:yo creo que 10 dias no,pero 2 meses seria lo suyo,si tienes problemas tipo paro,ere, ect ,tardan un tiempo en pagar,pero hablando con el casero y explicándole el asunto esta mas que arreglado

Cuando vayas a comprar tu explicale eso a la cajera a ver si sacas la compra, lo mismo las facturas, los impuestos o si tienes que pagar a hacienda a ver si son tan flexibles. Por qué el propietario de un piso tiene que hacer de buen samaritano y financiar las desgracias ajenas. Te imaginas que yo propietario tuviese problemas económicos y le dijese a un inquilino mio a ver si me puede pagar un par de recibos por adelantado. Totalmente surrealista ¿no?
Pero la fianza no es concepto de "meses de alquiler de adelanto"

Tengo una conocida, que el inquilino, los dos últimos meses no pagó el alquiler porque "ya los habia pagado en la fianza", cuando se fue, dejó el piso echo una mierda, con arañazos en el suelo, y encima luego llegaron facturas de la luz del periodo que ellos estuvieron, y fue la dueña la que tuvo que pagar desperfectos y la factura de la luz, ya que el dinero de los dos meses de fianza el tio lo habia tomado como pagado por adelantado...

Una fianza es por si el inquilino destroza algo o pasa algo, tener ese dinero para poder asumir ese gasto, no es un pago anticipado de meses de alquiler.

Y en Hacienda, uno si puede pagar mas tarde.... pero te ponen unos bonitos intereses de demora.... cosa que también tendría que hacerse a los inquilinos, que no es normal que no paguen y no pase nada, y si te dan parte de lo que te deben encima uno se siente afortunado....
CrazyJapan escribió:Tengo una conocida, que el inquilino, los dos últimos meses no pagó el alquiler porque "ya los habia pagado en la fianza", cuando se fue, dejó el piso echo una mierda, con arañazos en el suelo, y encima luego llegaron facturas de la luz del periodo que ellos estuvieron, y fue la dueña la que tuvo que pagar desperfectos y la factura de la luz, ya que el dinero de los dos meses de fianza el tio lo habia tomado como pagado por adelantado...


La fianza debe ser como máximo de un mes, así que si tu conocida estaba cobrando dos meses eso es una ilegalidad:
1. A la celebración del contrato será obligatoria la exigencia y prestación de fianza en metálico en cantidad equivalente a una mensualidad de renta en el arrendamiento de viviendas y de dos en el arrendamiento para uso distinto del de vivienda.


http://civil.udg.es/normacivil/estatal/ ... %ADculo_36

Que aquí ahora parece que los malos somos siempre los inquilinos...
Hidekibcn escribió:Yo veo bien que pongan unas garantias para el arrendador, 2 años es abusivo.

Pero tampoco veo para nada normal 10 dias...

Os pongo un ejemplo, mi novia curra en una residencia, las cuales sabéis van de culo, pues ahora rara vez cobra el dia 1, a veces cobra el 10 o así. Pues bien y que pasa si no le pagan al dia y al casero no le sale de los cojones negociar o nos quiere hacer fuera y es su excusa?
Además yo cuando fui de alquiler pague 2 meses de fianza, se puede entender un mes de retraso y negociarlo que para algo tiene dinero nuestro. Si eso se extiende un mes más pues si, a la calle evidentemente, pero 10 dias? estamos locos? ¬_¬


Ahora imagina que ese casero paga la hipoteca de la casa que tú disfrutas con lo que saca de alquiler... ¿cómo va a pagar en la fecha que le corresponde si tú no le pagas? Hay casos y casos..
minmaster escribió:
CrazyJapan escribió:Tengo una conocida, que el inquilino, los dos últimos meses no pagó el alquiler porque "ya los habia pagado en la fianza", cuando se fue, dejó el piso echo una mierda, con arañazos en el suelo, y encima luego llegaron facturas de la luz del periodo que ellos estuvieron, y fue la dueña la que tuvo que pagar desperfectos y la factura de la luz, ya que el dinero de los dos meses de fianza el tio lo habia tomado como pagado por adelantado...


La fianza debe ser como máximo de un mes, así que si tu conocida estaba cobrando dos meses eso es una ilegalidad:
1. A la celebración del contrato será obligatoria la exigencia y prestación de fianza en metálico en cantidad equivalente a una mensualidad de renta en el arrendamiento de viviendas y de dos en el arrendamiento para uso distinto del de vivienda.


http://civil.udg.es/normacivil/estatal/ ... %ADculo_36

Que aquí ahora parece que los malos somos siempre los inquilinos...


Pues mira, mucha gente pedirá mas de un mes, porque si te destrozan el piso, el inquilino se va de rositas.

La reparación del suelo y la factura de la luz, se la ha tenido que comer con patatas ella, y le ha costado mas que una mensualidad, y aparte de todo lo que ha tenido que limpiar porque le han dejado el piso que parecia una pocilga.

Los inquilinos no siempre son los malos, yo no he dicho eso, pero en el tema de los alquileres, es el casero el que está desprotegido ante estas cosas.
CrazyJapan escribió:Pues mira, mucha gente pedirá mas de un mes, porque si te destrozan el piso, el inquilino se va de rositas.

Pues es ilegal así que si haces cosas ilegales no vayas reclamando derechos...

CrazyJapan escribió:Los inquilinos no siempre son los malos, yo no he dicho eso, pero en el tema de los alquileres, es el casero el que está desprotegido ante estas cosas.


El casero no está para nada desprotegido simplemente pagando un seguro del hogar que le cubra todos los desperfectos que cause el inquilino está cubierto, pero claro es más fácil llevarse el dinero limpio a la saca y luego llorar porque tienes daños en la casa, que en la mayoría de los casos son producto del normal uso de la casa.
minmaster escribió:
CrazyJapan escribió:Pues mira, mucha gente pedirá mas de un mes, porque si te destrozan el piso, el inquilino se va de rositas.

Pues es ilegal así que si haces cosas ilegales no vayas reclamando derechos...

CrazyJapan escribió:Los inquilinos no siempre son los malos, yo no he dicho eso, pero en el tema de los alquileres, es el casero el que está desprotegido ante estas cosas.


El casero no está para nada desprotegido simplemente pagando un seguro del hogar que le cubra todos los desperfectos que cause el inquilino está cubierto, pero claro es más fácil llevarse el dinero limpio a la saca y luego llorar porque tienes daños en la casa, que en la mayoría de los casos son producto del normal uso de la casa.


Claro, y dejar de pagar el alquiler es legal, y también que se tiren dos años viviendo de gorra es legal.

Claro, el casero encima de que no le pagan tiene que contratar un seguro para todos los daños que produzca el inquilino.

Y arañazos tan profundos en una tarima no es por un uso normal de la casa, es por hacer el animal y no tener cuidado, porque ese suelo lo tenía desde hace muchos años y estaba perfecto, y fue entrar ese inquilino y destrozarlo, pero claro, por el uso normal.

Si una persona no le da la gana pagar el alquiler y se puede tirar dos años viviendo de gorra, y eso no lo ves como que el dueño está desprotegido... pues apaga y vamonos
CrazyJapan escribió:Si el casero es una persona con dos dedos de frente, y tiene un buen inquilino que se demora un poco en el pago por x circunstancia, pues no tratará de echarle, en cambio, si el inquilino se demora todos los meses en el pago, pues veo perfecto la medida.

Los dueños de los pisos tienen también sus gastos, y no tienen porque soportar tener un inquilino que no paga.


+1, esto no se ha hecho para el inquilino que siempre paga y se retrasa algun mes dos o tres dias; pero para los que siempre se retrasan, es una medida cojonuda y puedes disponer del piso otra vez de manera rapida para poder alquilarlo y no esperar minimo 2 años (donde normalmente no vas a ver un euro) como hasta ahora.


La fianza, esta destinada unica y exclusivamente, para arreglar los desperfectos ocasionados en el inmueble y reponer el mobiliarios/enseres si lo han roto, siempre que los haya (que con estas cosas anda que no hay piratas) y tambien para pagar las deudas contraidas con los servicios, normalmente de agua, electricidad y gas.

Tu no puedes decirle al arrendador que como te vas del piso o no tienes pasta que tire de la fianza, si lo dices y cuela pues de pm; como tambien es obligacion del arrendador devolver la fianza.

Al compañero que comentaba lo de los tiempos para rescindir el contrato, siempre ha existido ambas clausulas, pero por lo que leo, lo que han hecho es acortar los plazos; hablo de memoria, si tu eras el arrendatario y querias dejar el piso, tenias que avisar con tres meses de antelacion.

p.d. Hacienda son flexibles de cojones, eso si te cargan unos intereses muy majos. Lo se porque una compañera tenia que pagar una cantidad a Hacienda y nos decia que menudo sablote por pagar a plazos.
Lo que si es legal es pedir un aval bancario mas el mes de fianza
CrazyJapan escribió:Claro, y dejar de pagar el alquiler es legal, y también que se tiren dos años viviendo de gorra es legal.


¿Quien ha dicho que sea legal??

CrazyJapan escribió:Claro, el casero encima de que no le pagan tiene que contratar un seguro para todos los daños que produzca el inquilino.


Por supuesto que sí al igual que si no quieres que te roben pones una alarma o contratas un seguro antirobo, es lo más normal del mundo.

CrazyJapan escribió:Y arañazos tan profundos en una tarima no es por un uso normal de la casa, es por hacer el animal y no tener cuidado, porque ese suelo lo tenía desde hace muchos años y estaba perfecto, y fue entrar ese inquilino y destrozarlo, pero claro, por el uso normal.


Que parte de LA MAYORÍA DE LOS CASOS no entiendes?? La tarima de mi piso se ralla con sólo mirarla, así que si es de un uso normal...
minmaster escribió:La fianza debe ser como máximo de un mes, así que si tu conocida estaba cobrando dos meses eso es una ilegalidad:
1. A la celebración del contrato será obligatoria la exigencia y prestación de fianza en metálico en cantidad equivalente a una mensualidad de renta en el arrendamiento de viviendas y de dos en el arrendamiento para uso distinto del de vivienda.


http://civil.udg.es/normacivil/estatal/ ... %ADculo_36

Que aquí ahora parece que los malos somos siempre los inquilinos...

Pues todos los sitios que (por desgracia) estuve de inquilino fueron dos meses de fianza y todos, los tramites fueron hechos por administración de fincas, yo jamas traté con la propiedad. Pero eso es lo mismo hoy hay quien pide aval bancario con fianzas mucho más severas
De todas formas, que sea obligatorio tener una fianza de un mes, no implica que de común acuerdo pueda ser de más meses (no veo que sea autoexcluyente, si no que se exige que al menos sea de un mes)
Estwald escribió:De todas formas, que sea obligatorio tener una fianza de un mes, no implica que de común acuerdo pueda ser de más meses (no veo que sea autoexcluyente, si no que se exige que al menos sea de un mes)


Te equivocas, los contratos privados no están por encima de la ley, sino al revés.
minmaster escribió:
Estwald escribió:De todas formas, que sea obligatorio tener una fianza de un mes, no implica que de común acuerdo pueda ser de más meses (no veo que sea autoexcluyente, si no que se exige que al menos sea de un mes)


Te equivocas, los contratos privados no están por encima de la ley, sino al revés.


Pero es que esto no está en contra de la ley: la ley dice que es obligatorio un mes de fianza, no que no se pueda acordar una fianza mayor
He estado buscando, y según leo, es un mes de fianza, pero luego el propietario puede poner mas cantidad en concepto de garantías, siendo algo legal.
CrazyJapan escribió:He estado buscando, y según leo, es un mes de fianza, pero luego el propietario puede poner mas cantidad en concepto de garantías, siendo algo legal.


Link?? O eso también lo vistes en la tele?? :-|

Pero es que esto no está en contra de la ley: la ley dice que es obligatorio un mes de fianza, no que no se pueda acordar una fianza mayor


Osea que según tu la ley regula el mínimo, no el máximo, es decir es ilegal hacer un contrato sin fianza?
minmaster escribió:
Osea que según tu la ley regula el mínimo, no el máximo, es decir es ilegal hacer un contrato sin fianza?


Según yo, no, según lo que dice ese artículo:

1. A la celebración del contrato será obligatoria la exigencia y prestación de fianza en metálico en cantidad equivalente a una mensualidad de renta en el arrendamiento de viviendas y de dos en el arrendamiento para uso distinto del de vivienda.


es obligatorio la exigencia de una mensualidad, pero no dice nada ni limita que de común acuerdo pueda ser mayor (y obviamente, tiene que haber fianza por que es de obligatoria exigencia)

Obviamente si tu firmas el contrato es que estás de acuerdo con las condiciones con lo cual...
minmaster escribió:
CrazyJapan escribió:He estado buscando, y según leo, es un mes de fianza, pero luego el propietario puede poner mas cantidad en concepto de garantías, siendo algo legal.


Link?? O eso también lo vistes en la tele?? :-|

Pero es que esto no está en contra de la ley: la ley dice que es obligatorio un mes de fianza, no que no se pueda acordar una fianza mayor


Osea que según tu la ley regula el mínimo, no el máximo, es decir es ilegal hacer un contrato sin fianza?



http://www.enalquiler.com/comunidad-alq ... _3430.html

Antes de que digas que es un foro y cosas de las tuyas, espero que tu también pongas un link donde diga que solo puede ser un mes, y no se puede poner mas cantidad en otro concepto.
como siempre...la justicia de este pais, de risa.
asi que antes cuando la peña ocupaba casas no se les podia largar ni a patadas, y ahora que la gente esta en paro, les van a echar fácilmente
porque queridos amigos y amantes de la música, aquí echarán a la gente honrada y a los que suden de ley policía y nada, pues a seguir viviendo tan fínamente y ojo como se les ocurra atentar contra sus derechos :S
Me parece excelente que por fin el gobierno haga una cosa buena ya.

Me jode que cuando no puedan pagar los inquilinos. los cabrones se quedan muchos meses y incluso años sin pagar el alquiler. Ya le paso a mi abuela eso. los inquilinos HDP y arabes... aprovechando los 6 meses sin pagar, mientras mi abuelo muy pachucho(en paz descanse) estaba discapacitado de ya tanto estar viejo y sin fuerzas y mi abuela medio ciega y sin ver los obstáculos de la calle que por eso se aprovechaban de no pagar al mes... vamos me hacen eso a mi y cuando el piso este vacio, cojo llamo a la poli y cambio la cerradura del piso. Porque hay un contrato que por obligacion y cada mes debes pagar y sino a la calle.
Ahora solo queda que regulen los precios del alquiler, que en muchos sitios estan por las nubes
CrazyJapan escribió:http://www.enalquiler.com/comunidad-alq ... _3430.html

Antes de que digas que es un foro y cosas de las tuyas, espero que tu también pongas un link donde diga que solo puede ser un mes, y no se puede poner mas cantidad en otro concepto.


Te parece poco la Ley de Arrendamiento Urbano como fuente??

http://civil.udg.es/normacivil/estatal/ ... %ADculo_36

Es más en el mismo foro lo pone claramente:

La LAU 94 establece el requisito de la fianza en metálico obligatoria y habla de 1 mensualidad para los contratos de arrendamiento de vivienda habitual y de 2 para los de uso distinto al de vivienda. No obstante permite a las ccaa el desarrollo de este artículo y así p.ej. en Aragón se establece 1 mensualidad de fianza para los contratos de vivienda habitual sin amueblar y de 2 mensualidades para las viviendas amuebladas.


Solo pueden ampliarlo las comunidades autónomas por lo que habría que ver la ley de tu comunidad al respecto.
Si se ha aprobado hoy la nueva ley en el Consejo de Ministros, ¿ya ha entrado en vigor la normativa? ¿Afecta (supongo que sí) a contratos ya firmados con anterioridad, al menos en el caso de impagos y el procedimiento a seguir para reclamar?

Hay que pensar que cuando un inquilino deja de pagar, el propietario sigue pagando luz, agua, impuestos, etc., y eso vale dinero; si el inquilino puede tirarse meses así, la pérdida para el propietario es muy grande, y puede ser soportable para personas ricas o empresas grandes, pero para pequeños propietarios, genera tensiones económicas (y psíquicas) muy grandes.

Lo que da algo de "miedo" es que si los juzgados van colapsados, que desde que un propietario presente la denuncia hasta que el juez pueda llegar a ella, pase tiempo.
CazadorCampechano escribió:
Cozumel escribió:Pero cuando el piso es mío, quiero que como estén 10 días sin pagarme la renta, que venga la policía y los eche del piso [+risas]


¿Te sorprende? Es el punto cumbre del pensamiento socialista: generosos con la pasta ajena. :p

Hay que joder a los ricos, porque yo no soy rico claro. XD


Ahí está, doble rasero.

Con los bienes y el dinero de los demás, flexibilidad. Con mis bienes y mi dinero, mano dura y la policía echando a patadas a quienes no han pagado la renta de mi piso.

Cuando no pagan a los bancos, son unos pobres parados a los que hay que ayudar durante años. Cuando no me pagan a mí, son unos okupas a los que hay que echar en 10 días.

Valiente hipocresía la de esta sociedad.
caren103 escribió:Si se ha aprobado hoy la nueva ley en el Consejo de Ministros, ¿ya ha entrado en vigor la normativa? ¿Afecta (supongo que sí) a contratos ya firmados con anterioridad, al menos en el caso de impagos y el procedimiento a seguir para reclamar?


No, tiene pasar por el Senado y luego por el Parlamento.

caren103 escribió:Hay que pensar que cuando un inquilino deja de pagar, el propietario sigue pagando luz, agua, impuestos, etc., y eso vale dinero; si el inquilino puede tirarse meses así, la pérdida para el propietario es muy grande, y puede ser soportable para personas ricas o empresas grandes, pero para pequeños propietarios, genera tensiones económicas (y psíquicas) muy grandes.


Nadie dice que no, pero 10 días sin cobrar no genera tantos problemas, y sino que apliquen la misma medida para nóminas y pago a autónomos, que manda narices que la Administración puede tardar 120 días en pagar y tú en 10 días ya estás en la calle.
Cozumel escribió:
CazadorCampechano escribió:
Cozumel escribió:Pero cuando el piso es mío, quiero que como estén 10 días sin pagarme la renta, que venga la policía y los eche del piso [+risas]


¿Te sorprende? Es el punto cumbre del pensamiento socialista: generosos con la pasta ajena. :p

Hay que joder a los ricos, porque yo no soy rico claro. XD


Ahí está, doble rasero.

Con los bienes y el dinero de los demás, flexibilidad. Con mis bienes y mi dinero, mano dura y la policía echando a patadas a quienes no han pagado la renta de mi piso.

Cuando no pagan a los bancos, son unos pobres parados a los que hay que ayudar durante años. Cuando no me pagan a mí, son unos okupas a los que hay que echar en 10 días.

Valiente hipocresía la de esta sociedad.



Algunos tenéis una imaginación desbordante:

- Si hay una casta económicopolítica llena de prebendas, intocable judicialmente de facto, que ha llevado bajo su dirección al país a una situación de emergencia, es normal que los ciudadanos que padecen las consecuencias quieran terminar con esas prebendas y esa impunidad, que al fin y al cabo muestran que NO todos somos iguales ante la Ley, y que NO hay igualdad de oportunidades.

- Toda acción de ciudadanos que vulnere la Ley y sea denunciada, tendrá que ser castigada conforme a la Ley. Otra cosa es si esas acciones, como otras en el pasado, lo que buscan es crear tensión en el sistema de impunidad de la casta que ostenta el poder, y que los ciudadanos que están "pagando el pato" lo apoyen moralmente unos, otros participando.
Lo mejor de la reforma legal es esto:

la reforma incluye un par de cláusulas realmente espantosas. Leed las ventajas fiscales para propietarios al final de la noticia:

Así, se facilita a las empresas acceder al régimen fiscal especial de arrendamiento de viviendas, que permite una bonificación de hasta un 90% en el Impuesto de Sociedades. Para acceder solo se necesitará tener disponible un mínimo de ocho viviendas (diez antes de la reforma) durante tres años (siete anteriormente).

La ley también extiende las exenciones por alquiler de vivienda al Impuesto sobre la Renta de los no Residentes. A partir de ahora, los no residentes en España podrán obtener una exención de hasta un 100% en el impuesto. Esto no se extiende a las entidades residentes en paraísos fiscales.

Pero, sobre todo, el Gobierno quiere fomentar las Sociedades Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario (SOCIMI), una figura jurídica creada en 2009 y cuyo objetivo es la inversión en activos urbanos para su alquiler. La nueva ley exime de impuestos las rentas obtenidas por estas sociedades.


http://politikon.es/2012/08/24/alquiler ... i-decente/
También podrían regular los precios del alquiler, que yo estoy hasta los cojones de caseros que se piensan que tu les tienes que pagar la hipoteca y el coche cada mes.
minmaster escribió:
caren103 escribió:Si se ha aprobado hoy la nueva ley en el Consejo de Ministros, ¿ya ha entrado en vigor la normativa? ¿Afecta (supongo que sí) a contratos ya firmados con anterioridad, al menos en el caso de impagos y el procedimiento a seguir para reclamar?


No, tiene pasar por el Senado y luego por el Parlamento.

caren103 escribió:Hay que pensar que cuando un inquilino deja de pagar, el propietario sigue pagando luz, agua, impuestos, etc., y eso vale dinero; si el inquilino puede tirarse meses así, la pérdida para el propietario es muy grande, y puede ser soportable para personas ricas o empresas grandes, pero para pequeños propietarios, genera tensiones económicas (y psíquicas) muy grandes.


Nadie dice que no, pero 10 días sin cobrar no genera tantos problemas, y sino que apliquen la misma medida para nóminas y pago a autónomos, que manda narices que la Administración puede tardar 120 días en pagar y tú en 10 días ya estás en la calle.


A nadie se le va a echar porque lleve 10 días sin pagar, no dramatices. Son 10 dias desde que se pone la denuncia, pero para que la denuncia pase a trámite tiene que ser aceptada por el secretario del juez (éste solo dicta sentencia a los 10 dias). Por 10 dias sin pagar no se va tramitar la denuncia, para ello el impago ha de ser de al menos 1 ó 2 meses. Así que de "10 días sin pagar y a la calle" de eso nada, como mínimo mínimo será 1 mes más 10 días sin pagar y luego que el inquilino no le presente al juez ni comprobante del pago ni que lleve el dinero al juzgado, entonces sí se le echa, pero si la persona a los 10 días de haberse puesto la denuncia va a ahí con el dinero que debe, nadie lo va a echar a la calle.
verdu8866 está baneado por "clon de usuario baneado"
Ojalá eso suponga que haya menos pisos vacíos.
A ver señores, que esto es muy diferente:

-si no pagas, en 10 días fuera
-si no pagas en 10 días, fuera
minmaster escribió:Os parecerá cojonudo pero resulta que por ley las empresas sí se pueden demorar durante semanas en el pago de las nóminas, o sea que según este despropósito puedes ester meses sin cobrar tu sueldo pero no puedes demorar el pago de tu alquiler más de 10 días...

Al igual que es un despropósito que los morosos puedan permanecer en una casa durante meses, también lo es echar familias a la calle por una demora de 10 días. Esta claro que el PP quiere ver cada vez más mendigos en las calles.

PD: Como se nota que ninguno vivís de alquiler...


Yo vivo de alquiler y la nueva ley no me parece mala del todo, sinceramente. Lo de poderte ir cúando te de la gana es una ventaja enorme en los tiempos que corren. Mucha gente podrá dejar su piso antes del tiempo mínimo del contrato y moverse a otra ciudad para trabajar.

Yo este año estuve buscando piso para solo 6 meses y la gente me cerraba la puerta en la cara porque querían inquilinos para mínimo 1 o 2 años.

También podrían regular los precios del alquiler, que yo estoy hasta los cojones de caseros que se piensan que tu les tienes que pagar la hipoteca y el coche cada mes.


Eso es el mercado libre, yo veo bien que siga así. Ahora mismo es un buen momento para alquilar, han bajado los precios en muchísimos sitios. Pero si que apoyaría que todas las viviendas de protección fueran de alquiler, y hacer competencia en el mercado actual.
Greyfx escribió:
fosfy45 escribió:Diez días quizá es muy poco para alguien que se encuentre con un problema imprevisto ( que no le paguen la nómina, por ejemplo ) pero esta ley es necesaria y nos beneficiará a todos, muchos pisos que ahora están desocupados por miedo a la morosidad saldrán al mercado y eso hará que bajen los precios.


Bueno si es un problema puntual no creo que el casero quiera recurrir a este mecanismo, sobretodo si el tiempo que has estado viviendo ahí has sido un buen inquilino.... otro tema son los que se tiran 3-4 meses sin pagar y luego lo destrozan todo.


No, salvo que quieran quitárselo de encima para meter a otro y cobrarle más, pero tienes razón, hoy en día renunciar a un buen inquilino es matar a la gallina de los huevos de oro.

Saludos.
Iknewthat escribió:Yo vivo de alquiler y la nueva ley no me parece mala del todo, sinceramente. Lo de poderte ir cúando te de la gana es una ventaja enorme en los tiempos que corren. Mucha gente podrá dejar su piso antes del tiempo mínimo del contrato y moverse a otra ciudad para trabajar.


Eso es lo único bueno de esta ley, pero también pasa al revés el propietario te puede echar cuando te de la gana:

Igualmente, la reforma permite que las partes puedan negociar la pérdida del derecho de adquisión preferente del inquilino. "De esta forma, se podría dar el absurdo caso de que un inquilino no sea informado de la venta de la vivienda que habita y se encuentre en la calle sin ninguna posibilidad de recurso pese a tener su contrato en vigor y el pago al corriente, si no se inscribe el contrato de arrendamiento en el Registro de la Propiedad", argumentan las asociaciones.


http://www.elmundo.es/elmundo/2012/08/2 ... 19058.html

Vamos que si el contrato no está registrado en el Registro de la Propiedad -se calcula que actualmente sólo el 10% se registra- el propietario puede vender la casa cuando quiera y echarte de ella.
pena que no se haga una ley para limitar el precio del alquiler y la fianza, hay propietarios que con lo que piden de mensualidad se están buscando que el piso acabe realquilado y/o ocupado con 20 personas, es la unica forma de pagar esa locura de alquileres...

a ver en que queda esta ley realmente, a mi me parece que solo sirve para que los bancos puedan alquilar sus pisos y largar a los inquilinos molestos sin problemas. Al que le okupen la casa me parece que se quedara como hasta ahora.
minmaster escribió:
Iknewthat escribió:Yo vivo de alquiler y la nueva ley no me parece mala del todo, sinceramente. Lo de poderte ir cúando te de la gana es una ventaja enorme en los tiempos que corren. Mucha gente podrá dejar su piso antes del tiempo mínimo del contrato y moverse a otra ciudad para trabajar.


Eso es lo único bueno de esta ley, pero también pasa al revés el propietario te puede echar cuando te de la gana:



Es muy raro que un propietario eche al inquilino de un piso salvo por motivos extremos. Si le pagas el piso mensualmente y no das problemas, eres un tesoro para el inquilino. Tal como está la cosa, en encontrar inquilino nuevo se puede estar tranquilamente 5-6 meses. Y por muy pequeño que sea el alquiler , perder esos meses, ya es un dineral.

seryu escribió:pena que no se haga una ley para limitar el precio del alquiler y la fianza, hay propietarios que con lo que piden de mensualidad se están buscando que el piso acabe realquilado y/o ocupado con 20 personas, es la unica forma de pagar esa locura de alquileres...


Si los pisos se acaban realquilando, la demanda bajará muchísimo, y por consiguiente el precio de los alquileres. No queda otra. Y de hecho, ya está pasando.
me parece que confundes el realquiler con la puesta en el mercado de mas casas para alquilar.

y no, no creo que baje el precio demasiado, solo hay que ver lo poco que ha bajado la vivienda para comprar. encima si tenemos a los bancos deseando alquilar van a hacer monopolio para evitar que el precio del alquiler caiga.
m de marc escribió:Me parece bien


+1

Y al que no, lo más seguro es que en su casa una parte importante de ingresos no entre por alquieleres....
Iknewthat escribió:Es muy raro que un propietario eche al inquilino de un piso salvo por motivos extremos. Si le pagas el piso mensualmente y no das problemas, eres un tesoro para el inquilino. Tal como está la cosa, en encontrar inquilino nuevo se puede estar tranquilamente 5-6 meses. Y por muy pequeño que sea el alquiler , perder esos meses, ya es un dineral.


Pero has leído mi cita? En España el alquiler es la alternativa a la venta en la inmensa mayoría de los casos, casi nadie pone en alquiler por gusto lo hace porque no puede vender. Con la actual ley un propietario no podía vender el piso ya que el inquilino tenía preferencia, con la nueva ley podrá venderlo sin avisarle si el alquiler no está inscrito en el registro de propiedad.
seryu escribió:me parece que confundes el realquiler con la puesta en el mercado de mas casas para alquilar.

y no, no creo que baje el precio demasiado, solo hay que ver lo poco que ha bajado la vivienda para comprar. encima si tenemos a los bancos deseando alquilar van a hacer monopolio para evitar que el precio del alquiler caiga.


No lo confundo, pero a efectos de un mercado libre es lo mismo el aumento de oferta que la bajada de demanda.

Sobre lo segundo, difiero contigo. El precio del alquiler ha bajado bastante en el último año. (Al rededor de un 10-15% en Madrid/Barcelona). Todo lo que sea empujar/facilitar la oferta, hará que bajen aún más los precios.

minmaster escribió:
Iknewthat escribió:Es muy raro que un propietario eche al inquilino de un piso salvo por motivos extremos. Si le pagas el piso mensualmente y no das problemas, eres un tesoro para el inquilino. Tal como está la cosa, en encontrar inquilino nuevo se puede estar tranquilamente 5-6 meses. Y por muy pequeño que sea el alquiler , perder esos meses, ya es un dineral.


Pero has leído mi cita? En España el alquiler es la alternativa a la venta en la inmensa mayoría de los casos, casi nadie pone en alquiler por gusto lo hace porque no puede vender. Con la actual ley un propietario no podía vender el piso ya que el inquilino tenía preferencia, con la nueva ley podrá venderlo sin avisarle si el alquiler no está inscrito en el registro de propiedad.


Difiero bastante en tu afirmación de que el alquiler es la alternativa a la venta. No sé de donde has sacado ese dato, pero me extraña que sea así.

Y te equivocas, con la anterior ley el propietario podía vender el piso perfectamente. El inquilino sólo tenía derecho de tanteo en la negociación por la venta. Un derecho que apenas se suele ejercer.
Iknewthat escribió:Difiero bastante en tu afirmación de que el alquiler es la alternativa a la venta. No sé de donde has sacado ese dato, pero me extraña que sea así.


Lo saco de aquí:

El presidente de Alquiler Seguro, Gustavo Rossi, como informa Europa Press, "aplaude" las medidas "en cuanto a la filosofía de las mismas", aunque las consideran "insuficientes" para la realidad que impera en el mercado. Desde Alquiler Seguro matizan que las medidas son medidas coyunturales, un "alquila hasta que puedas vender". "No hemos contemplado el alquiler como un problema que preocupa a la sociedad ni como un cambio cultural sino como una medida para que los grandes poseedores de viviendas puedan hacer que circule ese activo inmobiliario que tienen", ha explicado Rossi.

http://www.elmundo.es/elmundo/2012/05/1 ... 91314.html

Supongo que ésta gente sabe más que tu y que yo de estos temas...

Iknewthat escribió:Y te equivocas, con la anterior ley el propietario podía vender el piso perfectamente. El inquilino sólo tenía derecho de tanteo en la negociación por la venta. Un derecho que apenas se suele ejercer.


No, no podía venderlo sin ese derecho de tanteo lo que en primera instancia supone que el inquilino esté informado de la venta antes de que se produzca, con la nueva ley no será así podrá venderlo sin que éste lo sepa.
Una pregunta, el casero o en este caso ( mi familia tiene renta antigua ) cada cuanto tiene que comunicarnos el precio de alquiler? es decir eske unos dias el dia 10 otros el 2.. otros el 15, tienen el recibo, Me veo que cojan y hagan que no han pagado por que no tienen un recibo fijo. una fecha.

¿ por ley hay un maximo para que el casero me de el importe total del alquiler?

Es variable por el tema de la escalera, limpieza etc...
caren103 escribió:Hay que pensar que cuando un inquilino deja de pagar, el propietario sigue pagando luz, agua, impuestos, etc., y eso vale dinero; si el inquilino puede tirarse meses así, la pérdida para el propietario es muy grande, y puede ser soportable para personas ricas o empresas grandes, pero para pequeños propietarios, genera tensiones económicas (y psíquicas) muy grandes.

Ya me dirás como. Yo estoy de alquiler y la luz, agua, basuras, etc está a mi nombre.
A ver si con esta ley dejan de pedir aval bancario que es un dinero que me sabla a mi el banco.
Y lo que el propietario diga que necesita la casa para él y que me tengo que ir en dos meses. Como se sabe que la necesita él o es para meter a otra persona cobrandole más.
Cuando oigo a gente desde España quejarse de lo protegido que está el inquilino en España y que así no se puede alquilar no puedo más que partirme el culo de risa. Actualmente resido en un país dónde:

-El comprador de una vivienda alquilada tiene la obligación de mantener al inquilino.
-Ni siquiera residiendo el casero en el mismo piso que el inquilino (p.ej.: dos estudiantes alquilan un piso y dentro de ese piso alquilan una habitación a un tercer estudiante) es fácil echar al inquilino, por mucho que la líe: has de anunciarlo con 6 meses de antelación.
-En caso de que haya algún tipo de desperfecto en el piso, el inquilino puede unilateralmente disminuir el alquiler que paga en la proporción que el estime necesaria: de esta forma estuve yo pagando un 15% menos durante medio año por unas manchas de humedad y luego me dijeron que podría haber apretado algo más.
-El proceso de echar a un inquilino se alarga como mínimo un año con costes que dificilmente bajan de 2000€. En el caso de mi piso por ejemplo hablaríamos de unos 3700€ (puede ser que sean "sólo" 2300€, mirando tablas oficiales de costes judiciales hay un concepto que se me escapa si habría que pagarlo o no). Sin contar los posibles alquileres que te quedarías sin cobrar. Y, aquí viene lo gordo, esto sólo para el tema de costes puramente procesales, luego el tipo que tiene que efectuar el deshaucio (no se el sinónimo en castellano) te cobrará mínimo 2000 (depende del tamaño del piso) como fianza por el deshaucio (que en teoría luego tiene que devolverte el inquilino pero claro...).

Y aún así en mi ciudad, el 90% de los habitantes vivimos en pisos de alquiler.

Alemania.
Parece que por una vez han pensado con la cabeza los que dictaminan leyes en este país...
Yo estoy de acuerdo con la medida, anda que no hay JETAS que viven de abusar el propietario que les ha alquilado la casa.
nicofiro escribió:Cuando oigo a gente desde España quejarse de lo protegido que está el inquilino en España y que así no se puede alquilar no puedo más que partirme el culo de risa. Actualmente resido en un país dónde:

-El comprador de una vivienda alquilada tiene la obligación de mantener al inquilino.
-Ni siquiera residiendo el casero en el mismo piso que el inquilino (p.ej.: dos estudiantes alquilan un piso y dentro de ese piso alquilan una habitación a un tercer estudiante) es fácil echar al inquilino, por mucho que la líe: has de anunciarlo con 6 meses de antelación.
-En caso de que haya algún tipo de desperfecto en el piso, el inquilino puede unilateralmente disminuir el alquiler que paga en la proporción que el estime necesaria: de esta forma estuve yo pagando un 15% menos durante medio año por unas manchas de humedad y luego me dijeron que podría haber apretado algo más.
-El proceso de echar a un inquilino se alarga como mínimo un año con costes que dificilmente bajan de 2000€. En el caso de mi piso por ejemplo hablaríamos de unos 3700€ (puede ser que sean "sólo" 2300€, mirando tablas oficiales de costes judiciales hay un concepto que se me escapa si habría que pagarlo o no). Sin contar los posibles alquileres que te quedarías sin cobrar. Y, aquí viene lo gordo, esto sólo para el tema de costes puramente procesales, luego el tipo que tiene que efectuar el deshaucio (no se el sinónimo en castellano) te cobrará mínimo 2000 (depende del tamaño del piso) como fianza por el deshaucio (que en teoría luego tiene que devolverte el inquilino pero claro...).

Y aún así en mi ciudad, el 90% de los habitantes vivimos en pisos de alquiler.

Alemania.


También sucede que aquí tenemos un SMI que es una mierda y tenemos el 25% de paro, mientras que allí es mucho más alto y la gente emigra para trabajar allí. No creo que sea comparable una cultura de compra/venta a otra de alquiler y obviamente (pese a que yo no esté de acuerdo con ciertas cosas de la reforma) se necesita incentivar donde está atascado el sector por falta de confianza.

En un sitio donde solo el 10% alquila, si el 5% son unos jetas, representa que uno de cada dos posibles inquilinos es un jeta, cuando en el otro caso sería uno de cada dieciocho (esto lo pongo así para mostrar la sensación de desconfianza que puede haber)
Bou escribió:¿Esto quiere decir que por fin los bancos van a entrar en el mercado de alquiler?


Lo que realmente quiere decir que esta ley la usaran lo politicos para sacar mas dinero de dietas como se ha visto con viajes, alquileres, y demas. Si alguien piensa que lo hacen por el propietario esta un poco equivocado, aunque pueden hacerlo para hechar a las hija de zp que estaban de okupas xd. [hallow]
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