adama reconoce que cada cierto tiempo aparece una noticia sobre el linchamiento contra a algun musulman por ejercer su religion.cosas del tipo no queremos una mezquita en el barrio o no queremos una chica vistiendo asi en el colegio.
De los derechos fundamentales y de las libertades públicas
Artículo 15.
Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra.
Artículo 16.
1. Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin mas limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.
2. Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.
3. Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.
supongo que segun el articulo 15 de la constitucion española alguien podria apelar a su prohibicion pk sea denigrante contra esa mujer.pero choca directamente con el articulo 16 pk esa mujer tiene el derecho de llevarlo si quiere.
edit:lo del orden publico es tan voluble.deberiamos aprender a aceptar otras formas de vestir.sobretodo si es por religion.lo de es peligroso pk no se sabe quien va debajo es de risa.cuando hace frio no de pones algo en la cara para taparte?deberiamos d eprohibir los cascos cerrados en moto pk no se ve ni la cara ni las intenciones de ese motorista?