jorcoval escribió:Pues no sé si lo que dices funcionará, pero lo que sé es que nadie ha hablado de quitar propiedades excepto tú.
usufructo.
(Del lat. usufructus).
1. m. Derecho a disfrutar bienes ajenos con la obligación de conservarlos, salvo que la ley autorice otra cosa.
2. m. Utilidades, frutos o provechos que se sacan de cualquier cosa.
llamale x,pero si el piso es DE MI PADRE, mi padre decide QUIEN COJONES VIVE ALLI,pues es suyo.
usufructo lo adquiero yo con mi mujer si me caso ,si no hago separacion de bienes,es regimen de gananciales y lo suyo es mio y viceversa.si hay niños se complica.
si hay separacion...no lo comparto,pero tiene su logica.ahi un usufructo...
pero mi padre con quien coño tiene usufructo.
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es que es descabellado.llame a mi hermano para comentarselo lo que lei aqui y las carcajadas resuenan a modo de sikofonia por la ria.en españa hay derecho a la propiedad privada.esto no es korea.si es tuyo tu tienes una relaccion coyuntural con tu pareja/hijos..pero si es de tu padre...no hay ninguna relacion.es como un alquiler en modo donacion.
como dice mi hermano(abogado provincial)el google fabrica abogados en masa con menos idea que lionel hutz.
de hecho tg un conocido que su mujer lo corneaba,y el tio puso todo a nombre de "papito" pidio la separacion y la tia quedo con un palmo,y "solo" se llevo la pension.ni 2 casas,ni uno de los 4 coches...ni ningun tipo de participacion retribucion dineraria de la empresa maderera del colega.