alberdi escribió:
podrías citar la resolución judicial que demuestre lo que acabas de decir?
MIRA una de ellas:
mas claro AGUA
http://www.gara.net/dokumentuak/fitxategiak/20060315_olano.pdf
y encima te pongo lo mas evidente (aunke lee la sentencia q hay mas):
HECHOS
PRIMERO.- En el día de la fecha se ha recibido declaración en
calidad de imputado a Juan María OLANO OLANO.
Celebrada comparecencia del art. 505 de la L.E.Crim., con el
resultado que obra en auto y del tenor literal siguiente:
«Ante el MAGISTRADO-JUEZ de Instrucción y de mi, el Secretario Judicial, Fiscal
y Letrado que ha asistido al imputado en la precedente declaración, así como el letrado de la acusación
particular; comparece la persona arriba identificada, con el fin de celebrar la audiencia que establece el
artículo 505 de la L.E.Cr.:
Por S.Sa se concede a la Asociación Víctimas del Terrorismo, y se solicita el ingreso en
prisión del Sr. Olano, por entender que es inductor de los hechos acontecidos en la jornada de
09.03.06. y por entender que ha entrado en la órbita de la estrategia de la organización ETA-
BATASUNA-KAS, siendo evidente un riesgo de fuga ya que se encuentra imputado en otra
causa y por la que hubo de ser extraditado para ponerle a disposición de la Justicia, teniendo en
cuenta además que se produce aquí una reiteración delictiva y por todo ello, se solicita su ingreso en
prisión.
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ves???eta-batasuna-kas........
SALU2