http://www.antisemitism.org.il/spa/LEGI ... HOLOCAUSTO"
EspañaEn España existe una ley desde el año 1996 que prohíbe la negación del Holocausto (sección 607 del nuevo código penal). La negación de un genocidio constituye una ofensa penal que se castiga con una sentencia de entre uno a dos años de prisión.
Artículo 607: [ 15]
(2) La propagación por cualquier medio de ideas o doctrinas que niegan o justifican los crímenes tipificados en la sección anterior de éste artículo, o que pretenden la rehabilitación de regimenes o instituciones que los promueven…""
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AlemaniaEn Alemania existe una legislación vigente contra la negación del Holocausto desde el año 1985, y en el año 1994 esa ley fue corregida.
La ley del año 1985 (artículo de ley 194, 21) determina que la negación del Holocausto constituye un perjuicio de la dignidad humana, y la define cómo una ofensa. A pesar de ello, para presentar una acusación al respecto se requiere del consentimiento del lado perjudicado.
La ley del año 1994 (Amendment to article 130) determina que la negación del Holocausto es una ofensa penal según la ley contra el incitamiento. Además, ésta ley expande la prohibición definida en la ley anterior, e incluye también el uso de símbolos y lemas nazis.
Artículo 130: [ 13]
(3) "Aquel que niega, minimiza o aprueba públicamente, o en el marco de una sesión, de un hecho cometido por el regimen nacional socialista, del tipo descrito en el artículo 220ª, parágrafo 2, de una manera que es probable que disturbe el orden público…"
El castigo según la ley:
La ley del año 1985 – hasta un año en prisión o una multa.
La ley del año 1994 – hasta cinco años en prisión o una multa."