obmultimedia escribió:@Raincloud guantes y botas de seguridad mientras estes en zona de carga dentro de la nave de Amazon.
Botas de agua y chubasquero en dias de inclemencia metereologica, ropa de trabajo adecuada para cada estacion del año ( pantalon y camiseta corta para verano y pantalon largo y jersey para invierno), estas 2 ultimas cosas se las pasan por el arco del triunfo.
las botas de seguridad, los guantes para ciertos tipos de riesgo (electrico, biologico...), gafas de proteccion, casco... son EPIs (equipos de proteccion individual).
el chubasquero, el jersey, los pantalones, son ropa de trabajo, no EPIs
las empresas estan obligadas por legislacion de seguridad e higiene laboral a procurar los EPIs necesarios para el ejercicio de la labor profesional, asi como a que en el centro de trabajo haya botiquin, extintores... todo ello en consonancia con las reglamentaciones vigentes.
la uniformidad no esta obligada y las empresas no tienen obligaciones al respecto. y generalmente esas cuestiones sobre uniformidad, las empresas que las tienen (voy a poner ejemplos como telefonica y vodafone) las tienen a nivel de reglamentacion interna y por cuestion de politica de imagen de marca, no por seguridad e higiene laboral.
en otras palabras: si vodafone obliga a su personal externo a que lleve puesto polo de vodafone, gorra o visera con logo de vodafone y correita al cuello con cutre-identificacion de vodafone, lo hace por cuestion de imagen de marca, no porque tenga que seguir una reglamentacion o ley al respecto ni por la proteccion de la salud o de la seguridad del empleado. (como ya digo, esto es un ejemplo).
asi que, sin conocer la posible reglamentacion interna que pueda tener amazon al respecto... yo dudo mucho que amazon o las empresas subcontratadas por ella, tengan que proporcionar vestuario tal como botas de agua, chubasquero, pantalones cortos para verano o jersey para invierno.
yo he trabajado habitualmente en otros sectores, y una de dos, o no se me ha proporcionado ninguna prenda de vestuario (o como mucho, alguna identificativa tipo polo) y lo demas se ha dejado a mi albedrio y sin toma alguna de responsabilidad por parte de la empresa, o la empresa, cuando ha establecido una uniformidad, la proporciona completa. pero no lo hace por cuestiones de seguridad e higiene, sino por imagen de marca o de negocio.
me parece que confundes cosas.
nota: en mi opinion la empresa si debe proporcionar esa uniformidad por criterio de eficiencia laboral cuando la exige o la da por asumida, y voy a poner de nuevo el ejemplo de la subcontrata de vodafone para la que trabajé. ellos te exigen que desde el dia 1 cumplas una agenda de tareas, que incluye "premio" por hacerla y "castigo" por no hacerla. pero no te proporcionan utiles y uniformidad IMPRESCINDIBLES para hacerla, como por ejemplo era en mi caso, herramientas o escalera (aunque respecto a la escalera, se supone que yo no tenia que tocar CTO's ... HAHA) o como pudiera ser pantalones de trabajo, guantes para riesgo electrico o botas de seguridad. lo que no exige la reglamentacion no lo proporcionan.
por eso aunque puedo estar de acuerdo contigo en que en la empresa en cuestion fueran unos ñapas contigo lanzandote a trabajar en un dia que llovia a cubos sin darte un misero chubasquero, tambien te digo que, ley / reglamentaciones en la mano, me parece poco probable que estuvieran obligados a proporcionarte ese material.
ademas en las empresas españolas se estila mucho el "partete los cuernos tu", "buscate la vida tu" y "tus problemas no son cosa mia".
por eso recalco el tema de leyes / reglamentacion en contraposicion al digamos "sentido comun" o a lo que dictaria la logica o lo que el trabajador pueda estimar mas conveniente. y en este ultimo punto, las empresas son muy ratas y en la diaspora subcontratadora, de manera flagrante. literalmente no se gastan en el trabajador media peseta si no estan obligados a ello "por la fuerza" (de la ley o alguna otra
con poder) y una de las manifestaciones de esto, es lo comentado acerca de ropa y medios necesarios para el trabajo. pero de exigir que cumplas con lo asignado de eso no se olvidan.
pd. lo de las referencias, ya he dicho mi opinion pero voy a ser mas explicito: en mi opinion la unica fuente de referencias (mas alla de las voluntariamente proporcionadas por el candidato) deberia ser la administracion publica (SEPE o TGSS). igual que es legal ponerte una oferta laboral y no detallar la empresa, los trabajadores deberiamos poder omitir las empresas donde hemos trabajado si es nuestra voluntad hacerlo (aunque como ya digo, la informacion que proporcione por ejemplo TGSS si "es publica" y en la vida laboral se detalla el nombre de la empresa).
pero en mi opinion, el cruce de referencias entre empresas acerca de los empleados me parece al limite de lo permisible, y mas aun cuando se utiliza como herramienta de filtro para descartar / rechazar.
pd. como ha quedado lo del sepe?