Amos a ver:
La LEY no tendría caracter retroactivo, no podría, ya que el heredero al trono, usease, el Felipe ya está reconocido como tal por la Constitución, por lo que se aplicaría a partir de la descendencia de Felipe y Letizia.
¿A que es un lío?, pos la cosa puede liarse más.
Lo que va a pasar...
Vamos a ponernos en el caso de que nazca una ninia:
1º.- El Gobierno presentaría la modificación del caracter sucesorio
2º.- Si esta reforma es aprobada, y, puesto que afecta a la Constitución, se llevaría al Congreso en donde debería ser aprobada por los 2/3 de la cámara
3º.- Si es aprobada en el congreso, se llevaría al Senado y debería ser aprobada por los 2/3 de la cámara
4º.- Si es aprobada, el Gobierno disolvería las cortes y se producirían unas elecciones generales
5º.- Una vez elegido el nuevo Gobierno, se elevaría un Referendum para que el Pueblo ratifique la modificación de la Constitución
6º.- Una vez el obtenido el resultado, si es favorable, sería trasladado al Consejo de Estado para que lo presentase al Rey y que este refrendase el mismo
7º.- Y ya podría reinar la ninia.
Poco problematico pal ZP, ¿no?