@SchwefelgelbHe estado leyendo lo que pusiste.
El nuevo pacto europeo de migración y asilo que se aplica desde 3 meses permite procedimientos fronterizos acelerados y en determinados casos concretos que una persona no tenga derecho a permanecer
durante determinadas fases del recurso. Pero no establecen una exoneración completa de las obligaciones en materia de asilo, esa frase que has dicho es falsa. El Reglamento 2024/1348 que se aplica hoy mantiene como regla el derecho del solicitante a permanecer y establece excepciones muy concretas en las que sigue existiendo exigencia de garantías judiciales y sigue siendo obligatorio respetar el principio de no devolución.
Entiendo que a la excepción que te refieres es a la que habla de que el solicitante represente un peligro para el orden público o la seguridad nacional, pero aquí hay que aclarar que aunque el gobierno considerase que la situación global en Ceuta constituye una amenaza para la seguridad nacional, eso no convertiría automáticamente a todos los solicitantes de asilo presentes allí en personas que individualmente constituyan un peligro para la seguridad nacional.
En el artículo 10.1 de ese reglamento 2024/1348 dice: "Los solicitantes tendrán derecho a permanecer hasta que la autoridad decisoria dicte una resolución sobre la solicitud". Por tanto, la regla general no es expulsar primero y estudiar después la primera solicitud de asilo.
El artículo 56 permite retirar el derecho de permanencia cuando alguien presenta una primera solicitud posterior (es decir, no su primera solicitud de asilo) con el único propósito de retrasar o impedir una expulsión inmediata y concurren las condiciones establecidas por el Reglamento. Eso es muy distinto de coger a una persona que acaba de entrar en Ceuta y hacer petición de asilo y como consideras que la hace para evitar la expulsión lo mandas ipso facto a Marruecos. No es eso lo que establece ni lo que ampara el artículo 56.
La regla del artículo 68.2 sigue siendo favorable a la permanencia. La persona puede quedarse hasta que venza el plazo para presentar el recurso judicial y si lo presenta dentro de plazo hasta que se resuelva ese recurso de primera instancia. Simplificando: Entra, hace solicitud, se gestiona, hay resolución negativa, a partir de ahí se pueden establecer recursos. Es ahí cuando cumpliendo determinados requisitos ahora se permitiría quitarle a esa persona el derecho de permanencia mientras se gestiona el resto del proceso. Es decir, en ningún caso, va a permitir las expulsiones en caliente que la gente espera.
Aparte de que hay que esperar a llegar a cierto punto del proceso y cumplir una serie de requisitos como el ya comentado antes de suponer un peligro para la seguridad nacional, ahí no queda la cosa puesto que el artículo 68.4 y 68.5 introduce intervención judicial. El solicitante dispone de al menos cinco días desde la notificación de la resolución para pedir judicialmente que se le permita permanecer. Un juez deberá decidir si permite al solicitante permanecer mientras resuelve el recurso. Durante todo ese proceso no podrá ser expulsado.
Por cierto, claro que una ley española puede modificarse. El tema es qué leyes es necesario modificar para conseguir lo que la gente aquí pide (básicamente expulsar ipso facto a todo el que entre) y qué se necesita para modificar esas leyes. Hace tiempo ya puse un comentario extenso sobre esto diciendo cuales eran esas leyes y qué se necesitaba para cambiar cada una, a nivel nacional y europeo. Resumiendo, no era nada fácil ni rápido. Si así fuese, ¿creéis que los países de la UE llevarían años desesperados buscando soluciones imposibles para poner coto a la inmigración? Pues no, no es tan fácil como pensáis. Hay y ha habido gobiernos en Europa radicalmente anti-inmigración y por mucho que han querido no han conseguido parar esto.
También analicé en su momento una por una todas las propuestas que en otros países se habían hecho para acabar con esto y demostré que no eran más que brindis al sol que no iban a ningún lado. Como la famosa solución de Meloni de externalizar el problema en hubs construidos en terceros países. Porque mandar físicamente al inmigrante a Albania no significa que Albania pase a ser responsable de él. Los centros son financiados por Italia, funcionan bajo jurisdicción italiana, se aplica la legislación italiana y europea y son las autoridades italianas las que tramitan los procedimientos y se encargan de los traslados. Italia presupuestó inicialmente unos 670 millones de euros solo para cinco años y ya hay polémica porque los costes reales superan por mucho esa cifra. Y después de todo ese gasto sigues teniendo que resolver el mismo problema fundamental (que, de nuevo, ya he explicado en otros post largo y tendido las dificultades que tiene esto, no me quiero alargar aquí, quien quiera que lo busque pero el resumen es que los países europeos hoy por hoy están maniatados y tienen muy difícil "deshacerse", dicho feamente, de estas personas). Has pagado centros, personal, custodia, mantenimiento y traslados para externalizar físicamente parte del procedimiento, pero Italia continúa teniendo que resolver qué hace con las personas cuyo retorno no puede ejecutar. Te cuesta más caro todo eso que regularizar al inmigrante. Quien crea que hay soluciones fáciles y rápidas para esto vive en los mundos de yuppie y se deja engañar por políticos populistas de extrema derecha.
Yo ya digo, quiero ver ese decreto porque me huelo que va a ser una simple adaptación del procedimiento español al nuevo procedimiento europeo de hace 3 meses. Y eso ya hemos visto que no supone una vía legal para devolver ipso facto a la gente. Te venderán lo que te quieran vender, para calmar aguas, pero a efectos prácticos la gente va a seguir diciendo "¿Pero porque siguen estos aquí? ¿Por qué no los echan nada más pisar territorio español?". Y va a seguir siendo así porque lo que nadie con dos dedos de frente quiere tocar son los derechos fundamentales que nos protegen a todos (y que por suerte no es fácil modificarlos).
Y esto ya sería meterse en otro debate que considero muy necesario pero que no me quiero alargar más aquí, pero esto merecería incluso un hilo propio porque de verdad que la ceguera que estoy viendo en la gente al respecto de esto es muy preocupante. Me refiero a los derechos humanos. Se ha puesto de moda burlarse de ellos y llamar buenista a quien los defiende o de vivir en mundos de yuppie. En mundos de yuppie vive quien no se da cuenta de que esos derechos existen para protegerte A TI. No se crearon pensando en los de fuera, se crearon pensando en los de dentro. La gente suelta orangutanadas proponiendo abrir un agujero en el casco del barco para ahogar a los del nivel inferior y se jacta de ello sin pensar en cuando les llegará a ellos el agua al cuello. Abrir el agujero de quitarle garantías procesales a unos, es abrir el agujero de quitarte garantías procesales a ti. Pero vamos, tampoco me sorprende viendo que hay gente que dice que en una dictadura se vive mejor que en una democracia. Claro, mientras al diferente que se ataca es a otro. ¿Qué pasará cuando el diferente seas tú? ¿Qué pasará cuando hayas abierto ese agujero en el casco y el que mande mueva la portería y tu te quedes en fuera de juego? Ahí vendrán los lloros. Pero eso la gente ni se lo plantea.