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El juez dicta una orden de alejamiento para la profesora de La Garriga (Barcelona) denunciada por agresión sexual
06 MAR 2025
Un juez de Granollers (Barcelona) ha impuesto a la profesora denunciada por los Mossos d’Esquadra por presuntamente haber acosado y agredido sexualmente a un alumno menor de edad en La Garriga (Barcelona) la prohibición de comunicarse o acercarse al joven. Según ha informado este jueves el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), el titular del juzgado de instrucción número 4 de Granollers le ha impedido de forma cautelar acercarse a menos de 1.000 metros del alumno y comunicarse con él por cualquier vía.
Fuentes cercanas al caso explicaron ayer que la docente presuntamente fue manipulando al joven durante años para que cuando cumpliera los 16, momento en que si hay consentimiento no se considera agresión sexual, aceptara mantener relaciones sexuales con ella. No obstante, han añadido que el consentimiento del menor, como consecuencia del trabajo de supuesto acoso llevado a cabo en los años previos por la docente, estaba viciado y, por lo tanto, es inválido.
https://elpais.com/espana/catalunya/2025-03-06/el-juez-dicta-una-orden-de-alejamiento-para-la-profesora-de-la-garriga-barcelona-denunciada-por-agresion-sexual.html
mrbastante escribió:Es una noticia algo antigua pero no la he visto por aquí y me ha llamado la atención.El juez dicta una orden de alejamiento para la profesora de La Garriga (Barcelona) denunciada por agresión sexual
06 MAR 2025
Un juez de Granollers (Barcelona) ha impuesto a la profesora denunciada por los Mossos d’Esquadra por presuntamente haber acosado y agredido sexualmente a un alumno menor de edad en La Garriga (Barcelona) la prohibición de comunicarse o acercarse al joven. Según ha informado este jueves el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), el titular del juzgado de instrucción número 4 de Granollers le ha impedido de forma cautelar acercarse a menos de 1.000 metros del alumno y comunicarse con él por cualquier vía.
Fuentes cercanas al caso explicaron ayer que la docente presuntamente fue manipulando al joven durante años para que cuando cumpliera los 16, momento en que si hay consentimiento no se considera agresión sexual, aceptara mantener relaciones sexuales con ella. No obstante, han añadido que el consentimiento del menor, como consecuencia del trabajo de supuesto acoso llevado a cabo en los años previos por la docente, estaba viciado y, por lo tanto, es inválido.
https://elpais.com/espana/catalunya/2025-03-06/el-juez-dicta-una-orden-de-alejamiento-para-la-profesora-de-la-garriga-barcelona-denunciada-por-agresion-sexual.html
Me llama la atención que hubo consentimiento y que él era mayor de edad cuando tuvieron relaciones sexuales pero en la sentencia interpretan que hubo manipulación previa cuando todavía era menor y por tanto consideran que no fue una relación consentida.
mrbastante escribió:Me refería a que tenía edad de consentimiento. El "comer el coco" supongo que también se podría aplicar en otros casos. Por ejemplo, el feminismo consiguió que se eliminase el Síndrome de alienación parental, que es cuando un progenitor (casi siempre la madre) manipula a los hijos para que odien al padre.
Cuando interesa, se tiene en cuenta la manipulación y cuando interesa no.
AMSWORLD escribió: @GXY la noticia no dice que sea mayor de edad.
mrbastante escribió:He corregido el primer mensaje para evitar confusión (y discusión).
@Dudeman Guymanington No tengo permisos para comentar en el hilo de discriminación contra los hombres (hace falta tener muchos mensajes para comentar ahí). De todas formas no intentaba ni intento que este hilo trate sobre esto, sino que sinceramente me llamó la atención que la profesora se esperó a que él tuviera edad legal para tener sexo y el accedió voluntariamente a tenerlo con ella y aun así se considera que ella abusó de él.
mrbastante escribió:He corregido el primer mensaje para evitar confusión (y discusión).
@Dudeman Guymanington No tengo permisos para comentar en el hilo de discriminación contra los hombres (hace falta tener muchos mensajes para comentar ahí). De todas formas no intentaba ni intento que este hilo trate sobre esto, sino que sinceramente me llamó la atención que la profesora se esperó a que él tuviera edad legal para tener sexo y el accedió voluntariamente a tenerlo con ella y aun así se considera que ella abusó de él.
mrbastante escribió:@Dudeman Guymanington y @Ashdrugal lo que me llama la atención es que no la han condenado (o dictado orden de alejamiento) por el hecho de tener sexo con su alumno sino por el hecho de convencerle cuando aún era menor para tener sexo a los 16.
mrbastante escribió:@Dudeman Guymanington y @Ashdrugal lo que me llama la atención es que no la han condenado (o dictado orden de alejamiento) por el hecho de tener sexo con su alumno sino por el hecho de convencerle cuando aún era menor para tener sexo a los 16.
Ashdrugal escribió:mrbastante escribió:@Dudeman Guymanington y @Ashdrugal lo que me llama la atención es que no la han condenado (o dictado orden de alejamiento) por el hecho de tener sexo con su alumno sino por el hecho de convencerle cuando aún era menor para tener sexo a los 16.
Claro, es que no hay ninguna norma que diga que no puedes tener sexo con un alumno.
AMSWORLD escribió:Ashdrugal escribió:mrbastante escribió:@Dudeman Guymanington y @Ashdrugal lo que me llama la atención es que no la han condenado (o dictado orden de alejamiento) por el hecho de tener sexo con su alumno sino por el hecho de convencerle cuando aún era menor para tener sexo a los 16.
Claro, es que no hay ninguna norma que diga que no puedes tener sexo con un alumno.
Código penal art. 180.1 5.ª Cuando, para la ejecución del delito, la persona responsable se hubiera prevalido de una situación o relación de convivencia o de parentesco o de una relación de superioridad con respecto a la víctima.
y también:
Artículo 183 bis
Salvo en los casos en que concurra alguna de las circunstancias previstas en el apartado segundo del artículo 178, el libre consentimiento del menor de dieciséis años excluirá la responsabilidad penal por los delitos previstos en este capítulo cuando el autor sea una persona próxima al menor por edad y grado de desarrollo o madurez física y psicológica.
Y el artículo 178 dice:
2. Se consideran en todo caso agresión sexual los actos de contenido sexual que se realicen empleando violencia, intimidación o abuso de una situación de superioridad o de vulnerabilidad de la víctima, así como los que se ejecuten sobre personas que se hallen privadas de sentido o de cuya situación mental se abusare y los que se realicen cuando la víctima tenga anulada por cualquier causa su voluntad.
Por si misma la relación sexual con un alumno no es delito, pero en estos casos lo que se interpreta es que por ser su profesora, hay situación de superioridad. De ahí que la cosa vaya al juzgado.
AMSWORLD escribió:@Ashdrugal con superioridad no se refieren solo al chantaje de "si te acuestas conmigo, te apruebo". También se usa en el sentido de tener una posición de autoridad o cargo. En este caso basta con ser su profesora.
Lammothh escribió:Si la profesora está cañón y el chaval se puso burro, kiki y au. Ninguno se va a traumatizar.
AMSWORLD escribió:Lammothh escribió:Si la profesora está cañón y el chaval se puso burro, kiki y au. Ninguno se va a traumatizar.
Si el profesor estaba cañón y la chavala se puso cachonda, kiki y au. Ninguno se va a traumatizar.
De verdad te parece bien?
GXY escribió:creo que es una de las directrices "tecnicas". que la acusacion, y/o las directrices dadas al juez, tienen mayor constancia del consentimiento del acto que el propio consentidor.
a mi me que expliquen qué amenaza constituye en un acto asi la que ella pueda ejercer frente a "no mira, mejor no la meto aunque quieras / me lo pidas". ¿a quien se supone que va a acudir la amenazante para cumplir su amenaza basada en "no me has hecho el acto" ¿al director del centro? ¿a una autoridad administrativa como consejeria o ministerio? ¿a la policia? ¿a los padres?
¿alguien me explica a cual de estas instancias... si, el chico lo va a pasar fatal, le van a cerrar las puertas, whatever... porque ella confiese que el no quiso f#llarsela ¿?
lo siento, pero en estas situaciones no entiendo el concepto de "amenaza" por el cual se verifica que el chico lo hace bajo condicionamiento.
quiero decir (porque ya me veo confusiones y gente mesandose la cabeza) no estoy negando el posible hecho de que ella le condicione al chico, o le intente manipular de algun modo, or whatever.. pero a lo que voy es que "si lo consigue" -> y el chico lo hace quien puede estar cometiendo un acto deshonesto y sancionable segun leyes (dependiendo de circunstancias) es ella, no el. y "si no lo consigue" -> y el chico no lo hace, la unica persona que puede ser perjudicada socialmente, administrativamente y legalmente (dependiendo de circunstancias) es ella, no el. ... asi que como ya digo, lo siento, yo ahi puedo ver condicionamiento, puedo ver manipulacion, pero NO amenaza, porque siempre que ella consienta, no veo nada que pueda constituir "amenaza" en base a la cual se infiera que él este cometiendo o participando en un delito.
cualquier conocimiento del "no_hecho" a quien perjudica es a ella, no a el ¿alguien me lo explica ¿?
edit. @AMSWORLD no pasa nada. solo que me hace gracia como me llevo yo los cuestionamientos en muchos hilos solo diciendo lo mismo que ya ha escrito otro forero. es que no es la primera vez ni la segunda ni la ciento vigesima.
pero ya digo, por mi parte, ningun problema contigo.
AxelStone escribió:Voy a darle otro enfoque al debate. Se habla mucho del consentimiento o no consentimiento, de si hubo delito, de lo que dicen las leyes... pero aquí donde veo realmente el problema es en el ámbito personal. Un profesor / profesora es una persona que tiene en sus manos cada día decenas de jóvenes. Debe tener una moral intachable y si le llega a venir impulso hacia un estudiante / estudianta, te lo guardas para ti y cuando vuelvas a casa te pegas el homenaje con tu pareja, que además te lo agradecerá.
No sé qué protocolos adoptará el centro o la Consejería, pero está claro que no es una persona apta para el puesto. Vamos a olvidarnos incluso de la manipulación previa, el mero hecho de follarse al crío tal cuál cumplió los 16 años deja claro que estuvo en la parrilla de salida esperando el momento para zasca.
Esa manipulación podía incluir gestos, ropa provocativa...no todo son palabras. Y a esa edad los chicos y chicas son bombas hormonales, te viene una profesora enseñando cacho y te lo pone fácil pues pasa lo que pasa.
mrbastante escribió:Me refería a que tenía edad de consentimiento. El "comer el coco" supongo que también se podría aplicar en otros casos. Por ejemplo, el feminismo consiguió que se eliminase el Síndrome de alienación parental, que es cuando un progenitor (casi siempre la madre) manipula a los hijos para que odien al padre.
Cuando interesa, se tiene en cuenta la manipulación y cuando interesa no.