Thalandor escribió:654321 escribió:@Thalandor en ese caso el tio se acojono, y acepto 2 años ... habría que ver que pasa si no pacta.
Y tambien habría que ver si en algun momento amenazo con difundirlo, o alguna otra cosa, o si solamente grabó.
? Que es lo que habria que ver? No te pueden condenar por un delito que no existe y lo que estamos discutiendo es la existencia del delito en si
654321 escribió:Thalandor escribió:654321 escribió:@Thalandor en ese caso el tio se acojono, y acepto 2 años ... habría que ver que pasa si no pacta.
Y tambien habría que ver si en algun momento amenazo con difundirlo, o alguna otra cosa, o si solamente grabó.
? Que es lo que habria que ver? No te pueden condenar por un delito que no existe y lo que estamos discutiendo es la existencia del delito en si
Claro, pero te pueden condenar por un delito que existe y tu no has cometido, si te acusan de ello, y en vez de defenderte pactas por miedo, o pq te aconseja mal tu abobado.
akiestoy escribió:@mrbastante Gracias por el enlace, no tengo Twitter/X, muy buen análisis del compañero.
Thalandor escribió:sino de la existencia del delito en el código penal.
654321 escribió:Thalandor escribió:sino de la existencia del delito en el código penal.
Eso es lo que he preguntado, y nadie me ha respondido, donde pone que eso sea delito en el codigo penal ?
Artículo 197
1. El que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales, intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.
[...]
5. Igualmente, cuando los hechos descritos en los apartados anteriores afecten a datos de carácter personal que revelen la ideología, religión, creencias, salud, origen racial o vida sexual, o la víctima fuere un menor de edad o una persona con discapacidad necesitada de especial protección, se impondrán las penas previstas en su mitad superior.
EMaDeLoC escribió:1. El que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales, intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.
EMaDeLoC escribió:No hay medias tintas en el artículo: si es un acto íntimo y no hay consentimiento, la grabación es ilegal, participe o no en el acto la persona que graba.
Schwefelgelb escribió:Pero en privado también, porque se supone que si estás teniendo sexo es que la otra persona acepta mostrar su intimidad contigo, por lo que mientras no se publiquen, no es raro que se exonere.
Schwefelgelb escribió:Evidentemente hay controversia, porque hay quien dice que el mero hecho de grabarte en la calle ya atentaría contra ti intimidad.
Schwefelgelb escribió:Así que al final es lo de siempre, la justícia es tremendamente arbitraria y dependes de lo que le parezca al juez.
654321 escribió:Eso es muy interpretable, si en la grabación estás tu. Si lo haces para poder defenderte en caso de falsa denuncia, no es para discubrir secretos o vulnerar la intimidad ... con un buen abogado, yo creo que no te cae nada.
No veo ahi que tipifique que si es algo de indole sexual sea diferente que si grabas una conversación tuya donde por ejemplo alguien te propone robar un banco.EMaDeLoC escribió:No hay medias tintas en el artículo: si es un acto íntimo y no hay consentimiento, la grabación es ilegal, participe o no en el acto la persona que graba.
Eso lo dices tú, ese es el mismo parrafo que aplica para conversaciones, y siempre se interpreta que no puedes grabar a otros, pero si las tuyas.
5. Igualmente, cuando los hechos descritos en los apartados anteriores afecten a datos de carácter personal que revelen la ideología, religión, creencias, salud, origen racial o vida sexual, o la víctima fuere un menor de edad o una persona con discapacidad necesitada de especial protección, se impondrán las penas previstas en su mitad superior.
Kaidrik escribió:Yo leo esto y se me cae el alma a los pies.
https://www.msn.com/es-es/noticias/espa ... bd63&ei=26
La de hombres que han terminado pactando porque tenian todo en su contra y les han aconsejado que acepten las culpas y con esto se cierra, que solo es un mero tramite. Y ahi no se acaba...
654321 escribió:Una cosa es "vulnerar la intimidad" de alguien, y otra cosa que esa persona comparta su intimidad contigo y tu lo grabes. Mientras no lo difundas, yo no veo ninguna vulneración, solo te estas cubriendo.
654321 escribió:Según eso, si estas grabando a una persona por ciertos temas que si puedes, y menciona religión, ala, ya es todo ilegal y si confiesa algún delito no puedes usar esa grabación para acusarle.
654321 escribió:Cuando es una intimidad compartida, no veo pq no puedes grabarla para que luego no puedan acusarte de delitos dentro de esa intimidad. Es que es de traca, te pueden denunciar sin pruebas, y luego te quieren denegar el derecho a defenderte con pruebas. Pues si nos quieren quitar ese derecho, al menos que lo legislen claramente, y que ponga bien clarito que aunque grabes tu intimidad, si hay alguien mas en esas intimidad es delito.
654321 escribió:Y mientras tanto muchas victimas de porno robado les cuesta conseguir que empresas se lucren con ese porno, que mal está la justicia.
Schwefelgelb escribió:La jurisprudencia en España no es fuente de derecho y por lo tanto no es vinculante, los jueces sólo se deben a la ley. Pero aún así como digo hay jurisprudencia que defiende grabar, si se entiende que la otra parte estaba dispuesta a compartir su intimidad.
EMaDeLoC escribió:Es otro tema, pero así de rápido: esas empresas tienen su sede en paises con nula garantía jurídica, o que están detras de varias empresas pantalla o fantasma y es muy difícil localizar a los responsables. Son casos muy complicados de gente que se mueve en los vacíos del derecho internacional.
La pesadilla de un asturiano que estuvo cuatro años sin ver a su hijo: su mujer le denunció por malos tratos, le pusieron una orden de alejamiento y ahora... absuelto.
Cuando el pequeño cumplió los catorce años, la mujer interpuso una denuncia por malos tratos psicológicos contra su compañero y decidió dejarle. La mujer, le atribuía un delito de maltrato habitual por el que pedia tres años de cárcel y la prohibición de comunicarse y acercarse a ella durante cinco años.
En la denuncia esta mujer describía al investigado como una persona "machista" que la obligaba a "trabajar en la huerta", que para todo debía "pedirle permiso" y que tenía "un bastón" que exhibía con frecuencia advirtiéndole que "era el bastón el que mandaba en casa si no le obedecía". Esto desembocó en una orden de alejamiento hacia su expareja pero también hacia su hijo. Y eso a pesar de que el niño solicitó varias veces, sin éxito, tener contacto con su padre. Es más, el niño llegó a dejar de vivir con su madre, se estableció con su novia y tuvieron un hijo. El procesado, fruto de las medidas cautelares, tardó en poder conocer a su nieto.
La sentencia fue absolutoria debido a la "ausencia de toda corroboracion objetiva" en el relato que hacía la denunciante. Ninguno de los testigos que declararon apreciaron nunca "ninguna expresión insultante ni amenazante" por parte del investigado.
https://www.lne.es/gijon/2025/11/24/pesadilla-padre-asturiano-estuvo-cuatro-124044912.html
654321 escribió:Pamplinas, pero esas empresas luego pueden cobrar a tarjetas de credito con sede en paises normales, sería muy facil cortarles los pagos, como han hecho con steam, y oblicarles a quitar todo el contenido ilegal, pero no interesa.
654321 escribió:Vamos, doble rasero, algunos no podemos ni grabar para defendernos, y otros pueden grabar y difundir lucrandose.
654321 escribió:Si esa gente que se lucra se le persiguiese con todo el peso de la ley, pues todavía podria entender lo otro, pero estando como está la cosa, me parece normal que casos como el de los portugueses se admitan las pruebas, y espero que cada vez haya mas casos asi, que ese "algo que lo permita" esté mas veces.
Si para proteger a las mujeres admiten que por los genitales tengas menos credibiliadd, pues que nos dejen grabar para compensar la presunción de inocencia perdida. Y si noi, al menos que se molesten en ponerlo bien claro en la ley.
EMaDeLoC escribió:Porque como te descubra la chica o la policía que grabaste todo el tiempo, igual te caen 4 o 5 años de carcel. Y si no te la admiten por no tener el consentimiento, tampoco te quejes.
chuckyflame escribió:Hoy en el metro he visto un cartel de igualdad que decia en catalan (creo que es de alguna conselleria de feminismo de Catalunya)...
"Si parece violencia machista, ES violencia machista"
Entiendo el concepto con el que quiere sensibilizar pero ese mensaje da alas a ciertos comportamientos y a mis ojos refuerza el mensaje de que si te denuncian eres directamente culpable.
Da bastante miedo esa manera de pensar
Soy muy consciente de la lacra de la violencia contra la mujer a erradicar totalmente, pero una cosa no quita la otra.
chuckyflame escribió:También vi una entrevista a una mujer en la tele catalana que creo que era la presidenta del instituto contra la violencia machista o algo asi, no recuerdo. Entre otras cosas recuerdo que comentaba lo del porno y su impacto en la vida sexoafectiva. La de veces que se dice que el porno rollo grupal, gangbang etc donde solo participa una mujer...da alas a las violaciones y demas.
Yo siempre quiero destacar que se distinga videos donde se humilla y se hace simular que se abusa de una mujer sin voluntad..y videos donde disfruta y prácticamente manda en la actividad.
Absuelto un arousano del delito de agresión sexual a una menor
La Audiencia provincial de Pontevedra ha absuelto a un arousano del presunto delito continuado de abuso sexual a una menor de 16 años, una acusación que le enfrentaba a doce años de prisión y una indemnización de 10.000 euros.
El tribunal considera que no existe prueba de cargo contra el acusado, primero, en el relato de la menor realizado cuando se le tomó declaración, «inconexo y con algunas contradicciones», y segundo, porque «una valoración conjunta de la prueba practicada, teniendo en cuenta la conducta procesal de la presunta víctima (no compareció al juicio hasta en tres ocasiones), que ha demostrado no querer comparecer, e incluso, le comentó a una amiga que no tenía intención de hacerlo porque era todo mentira».
Una amiga de la menor reconoce que, unos días antes de celebrarse una de las sesiones, se encontró con la víctima y que esta le dijo que «no pensaba comparecer porque era todo mentira y que pasaba de todo». El resto de testigos aportaron todavía menos para avalar la existencia del delito por lo que se aplica la presunción de inocencia al no existir elementos de prueba.
https://www.farodevigo.es/arousa/2025/11/07/absuelto-arousano-delito-agresion-sexual-123445778.html
Vdevendettas escribió:Nombre y apellidos, profesión, etc… sin juicio ni condena:
https://www.elmundo.es/cultura/2025/11/ ... b4585.html
¿Para qué denunciar a la policía si se puede denunciar en el periódico y no esperar al juicio para señalar y condenar al acusado?
P.D: No conozco a este hombre y si es un depredador que caiga todo el peso de la ley, pero como no sea, vida destrozada así sin vaselina.
«Es una historia que se repite», replica una alumna, «pero el procedimiento burocrático es tan intrincado que el miedo sigue pudiendo con nosotras».
EMaDeLoC escribió:Hombre, vas a comparar a mafias que actuan internacionalmente y tienen muchísimos recursos para moverse por el mercado negro de forma invisible, al pobre pringao de Manolo que creyó que estaba ligando y le hicieron una encerrona.
Un hombre lleva diez meses sin ver a sus hijas en Almería pese a haber sido absuelto de la denuncia por amenazas que interpuso la madre.
La defensa del padre ha acreditado que Sebastián ha sido absuelto sistemáticamente de anteriores procedimientos iniciados por la madre o su entorno. En septiembre de 2022, se archivó una denuncia por malos tratos al no acreditarse los hechos, en noviembre de 2022, fue absuelto de un delito de quebrantamiento de condena y en julio de 2024 resultó absuelto de un delito de lesiones agravadas del que le acusaba la actual pareja de la madre. En el procedimiento actual, el pasado 29 de abril, el Juzgado de lo Penal número 6 de Almería dictó nueva sentencia absolutoria, en la que el magistrado destacó la existencia de un "claro móvil espurio" por parte de la madre para paralizar la custodia compartida recién ganada. La sentencia ordenó el "cese de todas las medidas cautelares".
Los informes del PEF de mayo de 2025 constatan la negativa de la madre a cumplir los mandatos judiciales. Tanto el Juzgado de Familia como la Fiscalía han emitido resoluciones instando a la progenitora a cumplir el régimen de visitas "en todos sus términos", sin éxito hasta la fecha.
http://larazon.es/andalucia/almeria/hombre-lleva-diez-meses-ver-sus-hijas-almeria-pese-haber-sido-absuelto-denuncia-amenazas-que-interpuso-madre_2025112869295e009261f37ec733cfe5.html
mrbastante escribió:Un hombre lleva diez meses sin ver a sus hijas en Almería pese a haber sido absuelto de la denuncia por amenazas que interpuso la madre.
La defensa del padre ha acreditado que Sebastián ha sido absuelto sistemáticamente de anteriores procedimientos iniciados por la madre o su entorno. En septiembre de 2022, se archivó una denuncia por malos tratos al no acreditarse los hechos, en noviembre de 2022, fue absuelto de un delito de quebrantamiento de condena y en julio de 2024 resultó absuelto de un delito de lesiones agravadas del que le acusaba la actual pareja de la madre. En el procedimiento actual, el pasado 29 de abril, el Juzgado de lo Penal número 6 de Almería dictó nueva sentencia absolutoria, en la que el magistrado destacó la existencia de un "claro móvil espurio" por parte de la madre para paralizar la custodia compartida recién ganada. La sentencia ordenó el "cese de todas las medidas cautelares".
Los informes del PEF de mayo de 2025 constatan la negativa de la madre a cumplir los mandatos judiciales. Tanto el Juzgado de Familia como la Fiscalía han emitido resoluciones instando a la progenitora a cumplir el régimen de visitas "en todos sus términos", sin éxito hasta la fecha.
http://larazon.es/andalucia/almeria/hombre-lleva-diez-meses-ver-sus-hijas-almeria-pese-haber-sido-absuelto-denuncia-amenazas-que-interpuso-madre_2025112869295e009261f37ec733cfe5.html
exitfor escribió:mrbastante escribió:Un hombre lleva diez meses sin ver a sus hijas en Almería pese a haber sido absuelto de la denuncia por amenazas que interpuso la madre.
La defensa del padre ha acreditado que Sebastián ha sido absuelto sistemáticamente de anteriores procedimientos iniciados por la madre o su entorno. En septiembre de 2022, se archivó una denuncia por malos tratos al no acreditarse los hechos, en noviembre de 2022, fue absuelto de un delito de quebrantamiento de condena y en julio de 2024 resultó absuelto de un delito de lesiones agravadas del que le acusaba la actual pareja de la madre. En el procedimiento actual, el pasado 29 de abril, el Juzgado de lo Penal número 6 de Almería dictó nueva sentencia absolutoria, en la que el magistrado destacó la existencia de un "claro móvil espurio" por parte de la madre para paralizar la custodia compartida recién ganada. La sentencia ordenó el "cese de todas las medidas cautelares".
Los informes del PEF de mayo de 2025 constatan la negativa de la madre a cumplir los mandatos judiciales. Tanto el Juzgado de Familia como la Fiscalía han emitido resoluciones instando a la progenitora a cumplir el régimen de visitas "en todos sus términos", sin éxito hasta la fecha.
http://larazon.es/andalucia/almeria/hombre-lleva-diez-meses-ver-sus-hijas-almeria-pese-haber-sido-absuelto-denuncia-amenazas-que-interpuso-madre_2025112869295e009261f37ec733cfe5.html
Denuncias falsas, incumplimiento de su parte y no pasa nada con esa señora?
El juzgado archiva la denuncia de la mujer apuñalada en Las Quemadas
La mujer había presentado una denuncia por malos tratos contra su pareja el día anterior, lo que derivó en una orden de alejamiento provisional que el detenido habría incumplido, atendiendo a su relato. La mujer que aseguró que fue apuñalada por su pareja en el polígono de Las Quemadas.
La mujer ha reconocido en sede judicial que las heridas que presentaba habían sido autoinfligidas, según ha avanzado ABC Córdoba. Es por ello, que el juzgado ha archivado la causa.
https://www.eldiadecordoba.es/cordoba/juzgado-archiva-denuncia-mujer-apunalada-quemadas_0_2005315821.html
mrbastante escribió:Un hombre lleva diez meses sin ver a sus hijas en Almería pese a haber sido absuelto de la denuncia por amenazas que interpuso la madre.
La defensa del padre ha acreditado que Sebastián ha sido absuelto sistemáticamente de anteriores procedimientos iniciados por la madre o su entorno. En septiembre de 2022, se archivó una denuncia por malos tratos al no acreditarse los hechos, en noviembre de 2022, fue absuelto de un delito de quebrantamiento de condena y en julio de 2024 resultó absuelto de un delito de lesiones agravadas del que le acusaba la actual pareja de la madre. En el procedimiento actual, el pasado 29 de abril, el Juzgado de lo Penal número 6 de Almería dictó nueva sentencia absolutoria, en la que el magistrado destacó la existencia de un "claro móvil espurio" por parte de la madre para paralizar la custodia compartida recién ganada. La sentencia ordenó el "cese de todas las medidas cautelares".
Los informes del PEF de mayo de 2025 constatan la negativa de la madre a cumplir los mandatos judiciales. Tanto el Juzgado de Familia como la Fiscalía han emitido resoluciones instando a la progenitora a cumplir el régimen de visitas "en todos sus términos", sin éxito hasta la fecha.
http://larazon.es/andalucia/almeria/hombre-lleva-diez-meses-ver-sus-hijas-almeria-pese-haber-sido-absuelto-denuncia-amenazas-que-interpuso-madre_2025112869295e009261f37ec733cfe5.html
Además, según han trasladado fuentes de la defensa a EFE, la actual pareja de la madre y conviviente habitual —aunque actualmente en prisión— tiene una orden de alejamiento en vigor respecto a la hija mayor de Sebastián por un episodio previo de agresiones.
Schwefelgelb escribió:En el borrador de la ley de violencia vicaria introducen un apartado (artículo 39i) que pena hasta con veinte años la difusión de cualquier información sobre un caso de violencia vicaria, es decir, lo que hacemos aquí o el propio libro de Juan Soto Ivars.
Quieren dejar atado y bien atado los casos Juana Rivas.
mrbastante escribió:Schwefelgelb escribió:En el borrador de la ley de violencia vicaria introducen un apartado (artículo 39i) que pena hasta con veinte años la difusión de cualquier información sobre un caso de violencia vicaria, es decir, lo que hacemos aquí o el propio libro de Juan Soto Ivars.
Quieren dejar atado y bien atado los casos Juana Rivas.
Según lo que leo, no es que castiguen con penas de cárcel de 20 años la difusión de estos casos sino que, citando el caso de José Bretón, no dejarán difundir información sobre el caso que pueda generar dinero para el asesino y hacer sufrir a la mujer durante mínimo 5 y máximo 20 años. Esto si lo hiceran tanto para hombre como para mujer es algo en lo que todos ibamos a estar de acuerdo.
Eso sí, seguramente lo que acabará pasado es lo que dices. Será un "no se puede hablar de casos en que la mujer sea la asesina (enferma mental/madre protectora) porque esto genera misogínia".