(EFE). La reforma de la Ley de Tráfico, que este jueves aprobarán definitivamente las Cortes, incluye importantes novedades en materia de seguridad vial y abre la puerta a otras que se incluirán en el futuro Reglamento de Circulación, que previsiblemente entrará en vigor en junio.
Estas son las veinte novedades más importantes, que entrarán en vigor en un mes, a excepción de la modificación de los límites de velocidad y las medidas relativas a los sistemas de retención infantil, que lo harán cuando se apruebe el Reglamento:
Ciclistas
1.- Los menores de 16 años tendrán que llevar casco de bici cuando circulen por ciudad. Este elemento es obligatorio en carretera para todas las edades.
2.- Las bicicletas no podrán ser inmovilizadas, aunque su conductor sea multado por alguna infracción que, en el caso de los vehículos a motor, conllevaría esa inmovilización.
3.- Se permite a los ciclistas circular por debajo de los límites mínimos de velocidad.
Velocidad
4.- La reforma de la Ley abre la puerta al incremento hasta los 130 kilómetros por hora del límite máximo en determinados tramos de autovías y autopistas y a reducir en 10 km/h la velocidad máxima en las carreteras secundarias, así como a la creación de zonas 20 y 30 en las ciudades. No entrará en vigor hasta que se apruebe el Reglamento.
5.- Se prohíben los detectores de radar o de cinemómetros. Su uso será multado con 200 euros y la detracción de 3 puntos del carné. (Los inhibidores ya están prohibidos y multados con 6.000 euros y 6 puntos).
Niños
6.- Se sustituye el peso y la edad por la talla a la ahora de obligar a utilizar los sistemas de retención infantil (SRI), que serán preceptivos para los menores que midan hasta 1,35 metros. En cualquier caso, no podrán viajar en los asientos delanteros aunque utilicen un SRI, salvo que todos los traseros estén ocupados por otros menores.
7.- Se podrá inmovilizar el vehículo si no se hace uso del dispositivo de retención infantil.
Alcohol y drogas
8.- Se prohíbe conducir con presencia de drogas ilegales en el organismo, a excepción de las que se utilicen por prescripción facultativa y con una finalidad terapéutica (por ejemplo metadona). Conducir bajo sus efectos será multado con 1.000 euros.
9.- Se mantiene la multa de 500 euros para el consumo de alcohol, aunque será de 1.000 si la tasa duplica el máximo permitido o en caso de reincidencia en un año.
Infracciones nuevas
Serán infracciones:
10.- Realizar obras en la vía sin comunicación previa a la autorización previa a la autoridad responsable de la gestión del tráfico.
11.- La caía de la carga de un vehículo en la vía, creando grave peligro para el resto de usuarios.
12.- Causar daños a la infraestructura de la vía o alteraciones a la circulación debidos a la masa y dimensiones del vehículo.
Animales
13.- En los accidentes de tráfico ocasionados por atropello a especies cinegéticas será responsable de los daños el conductor del vehículo, sin que pueda reclamarse por el valor de los animales.
El titular de la vía sólo será responsable si no ha reparado el cerramiento o no ha señalizado que existen animales sueltos.
Extranjeros
14.- Se obliga a matricular definitivamente en España a los vehículos que se utilicen en territorio nacional por residentes extranjeros o por titulares de establecimientos.
15.- Se establece el procedimiento para el intercambio transfronterizo de información sobre infracciones de tráfico cuando se cometan con un vehículo matriculado en un Estado de la UE en otro país distinto. En definitiva, se facilita el acceso a los registros
Otros
16.- Aumentan a 20 días los plazos para presentar alegaciones y para pagar de forma voluntaria las multas, que ahora es de 15 días.
17.- Se permite no parar e identificar al infractor cuando el agente denunciante se encuentre realizando labores de vigilancia y control del tráfico y carezca de medios para proceder a la persecución del vehículo.
18.- Se recoge la posibilidad de restringir el acceso o la circulación por las vías a determinados vehículos por motivos medioambientales.
19.- Las grúas que acudan a realizar un servicio de auxilio en carretera tienen prioridad de paso.
20.- Se crea la Conferencia Sectorial de Tráfico y se modifica el Consejo Superior de Tráfico para, entre otras cosas, introducir nuevos miembros, como las asociaciones de víctimas. EFE
DemonR escribió:Lo de los animales no me parece del todo mal. Asi la gente ira mas despacio y le dara tiempo a frenar. Imaginate que en vez de un animal es una persona.
DemonR escribió:Lo de los animales no me parece del todo mal. Asi la gente ira mas despacio y le dara tiempo a frenar. Imaginate que en vez de un animal es una persona.
DemonR escribió:Lo de los animales no me parece del todo mal. Asi la gente ira mas despacio y le dara tiempo a frenar. Imaginate que en vez de un animal es una persona.
KAISER-77 escribió:17.- Se permite no parar e identificar al infractor cuando el agente denunciante se encuentre realizando labores de vigilancia y control del tráfico y carezca de medios para proceder a la persecución del vehículo.
Hispalense escribió:Aumentando la velocidad por autopistas y autovías y reduciendo la velocidad de las carreteras secundarias.
Sabéis qué significa esto, ¿no?
DemonR escribió:Lo de los animales no me parece del todo mal. Asi la gente ira mas despacio y le dara tiempo a frenar. Imaginate que en vez de un animal es una persona.
minmaster escribió:DemonR escribió:Lo de los animales no me parece del todo mal. Asi la gente ira mas despacio y le dara tiempo a frenar. Imaginate que en vez de un animal es una persona.
Veo que no te has enterado, da igual si vas más lento o más rápido, la culpa siempre la tendrás tú. Este punto de la ley está hecho exclusivamente para quitar responsabilidad a los responsables de cotos de caza y además para ahorrarse de poner vallas para evitar que los animales crucen las carreteras. Vamos una barbaridad, aumentarán los atropellos de animales y encima los conductores serán responsables de ellos.
dark_hunter escribió:Hispalense escribió:Aumentando la velocidad por autopistas y autovías y reduciendo la velocidad de las carreteras secundarias.
Sabéis qué significa esto, ¿no?
Recaudar.
KAISER-77 escribió:(EFE).
6.- Se sustituye el peso y la edad por la talla a la ahora de obligar a utilizar los sistemas de retención infantil (SRI), que serán preceptivos para los menores que midan hasta 1,35 metros. En cualquier caso, no podrán viajar en los asientos delanteros aunque utilicen un SRI, salvo que todos los traseros estén ocupados por otros menores.
Thierry Henry escribió:Me imagino que lo dice porque si vas mas lento ya no chocarás y asi nadie tiene la culpa, o sea que no dará igual ir más lento que más rápido , ya que más rápido más probabilidades tienes de chocar.
Thierry Henry escribió:Si antes chocabas con un jabalí quien se tenia que hacer cargo de los daños? el ayuntamiento de la zona?
hal9000 escribió:KAISER-77 escribió:(EFE).
6.- Se sustituye el peso y la edad por la talla a la ahora de obligar a utilizar los sistemas de retención infantil (SRI), que serán preceptivos para los menores que midan hasta 1,35 metros. En cualquier caso, no podrán viajar en los asientos delanteros aunque utilicen un SRI, salvo que todos los traseros estén ocupados por otros menores.
A ver, ese en cualquier caso, se refiere a que un menor no puede viajar en los asientos delanteros aunque mida mas de 1,35? o se refiere que si mide menos y aunque tengas el SRI no puede ir en los asientos delanteros?
amchacon escribió:Hay algunos puntos polémicos pero no todo es malo. Como los puntos 3,4,16

Si se te cruza un jabalí ya puedes ir a 20 por hora que te destroza el coche a parte de matar al animal...
8.- Se prohíbe conducir con la mera presencia de drogas ilegales en el organismo, a excepción de las que se utilicen por prescripción facultativa y con una finalidad terapéutica (por ejemplo metadona). Conducir bajo sus efectos será multado con 1.000 euros.
DemonR escribió:Y de todas formas, ya que decis que no es culpa del conductor... de quien es la culpa? del animal (es como el rey, irresponsable)? de Dios?
Si vas a 20, frenas y terminas en 0. Y en 0 no chocais a no ser que el jabali te embista como un toro xD
No puede ser, simplemente y como suele pasar la mayoría de veces, se te cruce justo delante cuando ibas a pasar aunque fueras a 20 km/h. Que por otro lado ya me dirás porque tienes que ir a 20 en una carretera en la que se puede ir, por ejemplo, a 60. Lazlow escribió:hal9000 escribió:KAISER-77 escribió:(EFE).
6.- Se sustituye el peso y la edad por la talla a la ahora de obligar a utilizar los sistemas de retención infantil (SRI), que serán preceptivos para los menores que midan hasta 1,35 metros. En cualquier caso, no podrán viajar en los asientos delanteros aunque utilicen un SRI, salvo que todos los traseros estén ocupados por otros menores.
A ver, ese en cualquier caso, se refiere a que un menor no puede viajar en los asientos delanteros aunque mida mas de 1,35? o se refiere que si mide menos y aunque tengas el SRI no puede ir en los asientos delanteros?
lo que entiendo yo, es que si van los asientos traseros vacíos, no puede viajar en el delantero.
dark_hunter escribió:Hispalense escribió:Aumentando la velocidad por autopistas y autovías y reduciendo la velocidad de las carreteras secundarias.
Sabéis qué significa esto, ¿no?
Recaudar.
Lazlow escribió:hal9000 escribió:KAISER-77 escribió:(EFE).
6.- Se sustituye el peso y la edad por la talla a la ahora de obligar a utilizar los sistemas de retención infantil (SRI), que serán preceptivos para los menores que midan hasta 1,35 metros. En cualquier caso, no podrán viajar en los asientos delanteros aunque utilicen un SRI, salvo que todos los traseros estén ocupados por otros menores.
A ver, ese en cualquier caso, se refiere a que un menor no puede viajar en los asientos delanteros aunque mida mas de 1,35? o se refiere que si mide menos y aunque tengas el SRI no puede ir en los asientos delanteros?
lo que entiendo yo, es que si van los asientos traseros vacíos, no puede viajar en el delantero.
hal9000 escribió:KAISER-77 escribió:(EFE).
6.- Se sustituye el peso y la edad por la talla a la ahora de obligar a utilizar los sistemas de retención infantil (SRI), que serán preceptivos para los menores que midan hasta 1,35 metros. En cualquier caso, no podrán viajar en los asientos delanteros aunque utilicen un SRI, salvo que todos los traseros estén ocupados por otros menores.
Cojonudo, mi hijo de 16 años, 1,77 y ~ 70 kilos viajando atras....![]()
DemonR escribió:Lo de los animales no me parece del todo mal. Asi la gente ira mas despacio y le dara tiempo a frenar. Imaginate que en vez de un animal es una persona.