¿Alguien trabaja en alguna empresa pública y sabe algo sobre la extra de Navidad?

Buenas, pues nada, ayer me comentaron la posibilidad de que a los empleados de las empresas públicas también les afecte este hachazo de Marianico (el corto). Hoy hemos estado hablando unos compañeros y yo sobre si esto es posible o no y la verdad es que yo al menos no lo tengo nada claro. Espero que no, porque yo no cobro ni de lejos lo que un funcionario...

¿Sabe alguien algo al respecto?.

Saludos
En principio no se sabe nada pero al igual que nos les afectó lo del 5% pues en principio esto tampoco, lo que si que puede ser es que las empresas públicas el año que viene no existan o se fusionen o ....y puede ser que la paga de navidad sea más cojonuda todavía.
morpheo81 escribió:En principio no se sabe nada pero al igual que nos les afectó lo del 5% pues en principio esto tampoco, lo que si que puede ser es que las empresas públicas el año que viene no existan o se fusionen o ....y puede ser que la paga de navidad sea más cojonuda todavía.


Ya, la cosa es que mi novia está de coordinadora de formación en una escuela taller y le llamó ayer el jefe que seguramente les toque el recorte (el del 5% no les afecto)... dicen que va a ser a todo empleado público... espero que no...
Según la información que me ha llegado, si, afecta. Afecta porque por lo visto la medida especifica la inclusión de ese colectivo.
También he oído algo de que si tenías 12 pagas lo que te comes es una bajada del 14% en el sueldo, para compensar, pero las cosas no están nada claras.
Si tienes dudas, mírate el BOE a ver si encuentras algo.
Yo conozco y sí, adios paga de navidad a los funcionarios.
Dicen que se devolverá a partir de 2015 si hay dinero, me río.
E·sto es lo que dice el BOE y no aclara nada, creo que ni Rajoy y sus ministros lo saben todavía...

Se suprime durante el año 2012 la paga extraordinaria del mes de diciembre y la paga adicional de complemento específico o pagas adicionales equivalentes del mes de diciembre. Las cantidades derivadas de esa supresión podrán destinarse en ejercicios futuros a realizar aportaciones a planes de pensiones o contratos de seguro colectivo que incluyan la contingencia de jubilación, siempre que se prevea el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria establecidos en la Ley Orgánica 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera y en los términos y con el alcance que se determine en las correspondientes leyes de presupuestos.

En el año 2012 el personal del sector público definido en el artículo 22. Uno de la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado, verá reducida sus retribuciones en las cuantías que corresponda percibir en el mes de diciembre como consecuencia de la supresión tanto de la paga extraordinaria como de la paga adicional de complemento específico o pagas adicionales equivalentes de dicho mes.


Pero no encuentro nada en el artículo 22, seguiremos informando...
josemurcia escribió:Yo conozco y sí, adios paga de navidad a los funcionarios.
Dicen que se devolverá a partir de 2015 si hay dinero, me río.


sí nos afecta...

todo lo que sea para mal, a los empleados públicos nos afecta igual que a los funcionarios, aunque para lo bueno no :(
clamatac escribió:
josemurcia escribió:Yo conozco y sí, adios paga de navidad a los funcionarios.
Dicen que se devolverá a partir de 2015 si hay dinero, me río.


sí nos afecta...

todo lo que sea para mal, a los empleados públicos nos afecta igual que a los funcionarios, aunque para lo bueno no :(

Si perdón, eso quería decir. Tanto a funcionarios como a subcontratados por empresas publicas, a ambos les afecta igual.
Parece que es esto:

a) La Administración General del Estado, sus Organismos autónomos y Agencias
estatales y las Universidades de su competencia.
b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas, los Organismos de ellas
dependientes y las Universidades de su competencia.
c) Las Corporaciones locales y Organismos de ellas dependientes.
d) Las Entidades gestoras y Servicios comunes de la Seguridad Social.
e) Los órganos constitucionales del Estado, sin perjuicio de lo establecido en el
artículo 72.1 de la Constitución.
f) Las sociedades mercantiles públicas.
g) Las entidades públicas empresariales y el resto de los organismos públicos y
entes del sector público estatal, autonómico y local.


Vamos que afecta a todo el que se englobe dentro de estos términos.
Mi tia es profesora de catalan, logicamente de la publica.

Le dare un toque y os contare algo si quereis.
Puedo confirmar que en caso de pagas prorrateadas, 12 pagas en lugar en 14, TE QUITAN EL 14%, no el 7%, de las mensualidades que quedan hasta fin de año. No sé si esto será en todos los casos pero en el que tengo conocimiento esto es así. Hablando siempre de empleados de empresa pública, no de funcionarios.
Park Chu Young escribió:Puedo confirmar que en caso de pagas prorrateadas, 12 pagas en lugar en 14, TE QUITAN EL 14%, no el 7%, de las mensualidades que quedan hasta fin de año. No sé si esto será en todos los casos pero en el que tengo conocimiento esto es así. Hablando siempre de empleados de empresa pública, no de funcionarios.



El 14% del sueldo..., vaya engaño.
skelzer escribió:
Park Chu Young escribió:Puedo confirmar que en caso de pagas prorrateadas, 12 pagas en lugar en 14, TE QUITAN EL 14%, no el 7%, de las mensualidades que quedan hasta fin de año. No sé si esto será en todos los casos pero en el que tengo conocimiento esto es así. Hablando siempre de empleados de empresa pública, no de funcionarios.



El 14% del sueldo..., vaya engaño.


Me río por no llorar, de verdad... de momento el comité de empresa no sabe si nos afecta o no, no está clara la cosa...
Se supone que NO os debería de afectar... y visto como fue el 5% casi seguro que no.
KAISER-77 escribió:Se supone que os debería de afectar... y visto como fue el 5% casi seguro que no.


Yo ya no sé que se supone, pero me toca los cojones regirme por el estatuto de los trabajadores para todo y ahora me afectan los recortes públicos también... tengo lo peor de ambos mundos...
El razonamiento a seguir para lo del 14% es el siguiente, quitar la paga extra supone un 7% del total anual, si tenemos 12 pagas hemos cobrado ya 6 sin la reducción del 7% por lo que para compensar es necesario doblar la reducción lo que queda de año. En el caso que conozco, esto son aproximadamente 150 euros menos cada mes.
Insisto en que esto parece estar confirmado, si tenéis las mismas condiciones no veo como no os va a pasar lo mismo.

Lo gracioso del tema es que la clase política tiene igualmente 12 pagas, pero por lo visto no se ha bajado el 14%, sino el 7%, así que nos la cuelan incluso cuando se bajan el sueldo, lo cual me parece meritorio e incluso digno de cierta admiración, se necesita estar hecho de una pasta diferente para poder idear estas cosas, no lo hace cualquiera. No sé cual es la situación de la casa real pero podría ocurrir exactamente lo mismo.

PD: Ahora la duda que tengo es que ocurrirá con esta reducción después de diciembre. Yo la verdad es que ya no me fío y no creo que nada de lo que quiten vaya a volver ya, por otra parte, si las condiciones de este tipo de empleados son las que creo que son es posible que muchos de ellos no vayan a sufrir ya más reducciones, porque en enero estarán en la calle.
raul_sanchez1 escribió:
morpheo81 escribió:En principio no se sabe nada pero al igual que nos les afectó lo del 5% pues en principio esto tampoco, lo que si que puede ser es que las empresas públicas el año que viene no existan o se fusionen o ....y puede ser que la paga de navidad sea más cojonuda todavía.


Ya, la cosa es que mi novia está de coordinadora de formación en una escuela taller y le llamó ayer el jefe que seguramente les toque el recorte (el del 5% no les afecto)... dicen que va a ser a todo empleado público... espero que no...


Yo te digo que he sido PDI laboral y me bajaron el sueldo un 5% igual que todo el mundo.

raul_sanchez1 escribió:
KAISER-77 escribió:Se supone que os debería de afectar... y visto como fue el 5% casi seguro que no.


Yo ya no sé que se supone, pero me toca los cojones regirme por el estatuto de los trabajadores para todo y ahora me afectan los recortes públicos también... tengo lo peor de ambos mundos...


Pensé lo mismo. Para lo malo somos funcionarios, para lo bueno no.
Me he comido el NO, sorry.
Creo que he encontrado algo:

Artículo 2. Paga extraordinaria del mes de diciembre de 2012 del personal del sector público.

1. En el año 2012 el personal del sector público definido en el artículo 22. Uno de la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado, verá reducida sus retribuciones en las cuantías que corresponda percibir en el mes de diciembre como consecuencia de la supresión tanto de la paga extraordinaria como de la paga adicional de complemento específico o pagas adicionales equivalentes de dicho mes.

2. Para hacer efectivo lo dispuesto en el apartado anterior, se adoptarán las siguientes medidas:

2.1 El personal funcionario no percibirá en el mes de diciembre las cantidades a que se refiere el artículo 22.Cinco.2 de la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012 en concepto de sueldo y trienios.

Tampoco se percibirá las cuantías correspondientes al resto de los conceptos retributivos que integran tanto la paga extraordinaria como la paga adicional de complemento específico o pagas adicionales equivalentes del mes de diciembre, pudiendo, en este caso, acordarse por cada Administración competente que dicha reducción se ejecute de forma prorrateada entre las nóminas pendientes de percibir en el presente ejercicio a partir de la entrada en vigor de este Real Decreto-ley.

2.2 El personal laboral no percibirá las cantidades en concepto de gratificación extraordinaria con ocasión de las fiestas de Navidad o paga extraordinaria o equivalente del mes de diciembre del año 2012. Esta reducción comprenderá la de todos los conceptos retributivos que forman parte de dicha paga de acuerdo con los convenios colectivos que resulten de aplicación.

La aplicación directa de esta medida se realizará en la nómina del mes de diciembre de 2012, sin perjuicio de que pueda alterarse la distribución definitiva de la reducción en los ámbitos correspondientes mediante la negociación colectiva, pudiendo, en este caso, acordarse que dicha reducción se ejecute de forma prorrateada entre las nóminas pendientes de percibir en el presente ejercicio a partir de la entrada en vigor de este Real Decreto-ley.

La reducción retributiva establecida en el apartado 1 de este artículo será también de aplicación al personal laboral de alta dirección, al personal con contrato mercantil y al no acogido a convenio colectivo que no tenga la consideración de alto cargo.

3. La reducción retributiva contenida en los apartados anteriores será de aplicación, asimismo, al personal de las fundaciones del sector público y de los consorcios participados mayoritariamente por las Administraciones que integran el sector público, así como al del Banco de España y personal directivo y resto de personal de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social y de sus entidades y centros mancomunados.

4. Las cantidades derivadas de la supresión de la paga extraordinaria y de las pagas adicionales de complemento específico o pagas adicionales equivalentes de acuerdo con lo dispuesto en este artículo se destinarán en ejercicios futuros a realizar aportaciones a planes de pensiones o contratos de seguro colectivo que incluyan la cobertura de la contingencia de jubilación, con sujeción a lo establecido en la Ley Orgánica 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera y en los términos y con el alcance que se determine en las correspondientes leyes de presupuestos.

5. En aquellos casos en que no se contemple expresamente en su régimen retributivo la percepción de pagas extraordinarias o se perciban más de dos al año se reducirá una catorceava parte de las retribuciones totales anuales excluidos incentivos al rendimiento. Dicha reducción se prorrateará entre las nóminas pendientes de percibir en el presente ejercicio a partir de la entrada en vigor de este Real Decreto-ley.

6. Lo dispuesto en los apartados anteriores no será de aplicación a aquellos empleados públicos cuyas retribuciones por jornada completa, excluidos incentivos al rendimiento, no alcancen en cómputo anual 1,5 veces el salario mínimo interprofesional establecido en el Real Decreto 1888/2011, de 30 de diciembre.

7. El presente artículo tiene carácter básico dictándose al amparo de lo dispuesto en los artículos 149.1.13.ª y 156.1 de la Constitución.


Pone que en caso de estar las pagas prorrateadas, se hará 1/14 del total, es decir un 7% total, prorrateado entre las pagas que queden por cobrar este año. Es decir, que sube el porcentaje en cuanto menos meses queden.

Yo tengo un contrato normal y corriente, como el de una empresa privada. ¿Eso es un contrato mercantil o ese es el de tipo autónomo?.

Vaya tela marinera...
(mensaje borrado)
Como bien habeis puesto si afecta porque la ley que habla del recorte dice sector publico y el sector publico engloba al personal laboral.

raul_sanchez1 escribió:Yo tengo un contrato normal y corriente, como el de una empresa privada. ¿Eso es un contrato mercantil o ese es el de tipo autónomo?.
Tienes un contrato laboral, pero en vez de con una empresa con el estado.

Y la legislacion que se te aplica es el el tercer convenio unico
y en bastantes años ¿que han tenido de bueno los funcionarios?, porque que yo sepa llevan mas de un 30 por ciento perdido de poder adquisitivo, años y años congelados, bajadas de sueldo, de bueno no se que les ha pillado, cuando un peon de albañil ganaba 3000 euros sin saber hacer ni la mezcla el funcionario congelado.

don pelayo escribió:
Pensé lo mismo. Para lo malo somos funcionarios, para lo bueno no.
jmillora escribió:y en bastantes años ¿que han tenido de bueno los funcionarios?, porque que yo sepa llevan mas de un 30 por ciento perdido de poder adquisitivo, años y años congelados, bajadas de sueldo, de bueno no se que les ha pillado, cuando un peon de albañil ganaba 3000 euros sin saber hacer ni la mezcla el funcionario congelado.

don pelayo escribió:
Pensé lo mismo. Para lo malo somos funcionarios, para lo bueno no.


Estabilidad laboral. Y aún sí es una gran pregunta. XD
jmillora escribió:y en bastantes años ¿que han tenido de bueno los funcionarios?, porque que yo sepa llevan mas de un 30 por ciento perdido de poder adquisitivo, años y años congelados, bajadas de sueldo, de bueno no se que les ha pillado, cuando un peon de albañil ganaba 3000 euros sin saber hacer ni la mezcla el funcionario congelado.

don pelayo escribió:
Pensé lo mismo. Para lo malo somos funcionarios, para lo bueno no.
Lo unico bueno que han tenido los funcionarios es que lo trabajadores por cuenta ajena han perdido aun mas.

Pero eso no e sculpa d elos funcionarios.

don pelayo escribió:Estabilidad laboral. Y aún sí es una gran pregunta. XD
Antes el empleo privado tb era estable salvo que la empresa quebrase, mirar a la gente de 50-60 años y vereis que muchos llevan decadas trabajando en la misma empresa.

La precariedad empezo con Aznar y ya no se ha ido.
don pelayo escribió:
jmillora escribió:y en bastantes años ¿que han tenido de bueno los funcionarios?, porque que yo sepa llevan mas de un 30 por ciento perdido de poder adquisitivo, años y años congelados, bajadas de sueldo, de bueno no se que les ha pillado, cuando un peon de albañil ganaba 3000 euros sin saber hacer ni la mezcla el funcionario congelado.

don pelayo escribió:
Pensé lo mismo. Para lo malo somos funcionarios, para lo bueno no.


Estabilidad laboral. Y aún sí es una gran pregunta. XD

Puedes ser funcionario y no tener una plaza fija. Y quienes la tienen es porque se han currado en sacarse una oposición con buena nota.
jas1 escribió:La precariedad empezo con Aznar y ya no se ha ido.


Hace años que se quedo. Ya sólo esta intentado acabar con la competencia.

Yo he escuchado que si os afecta, y que en muchas empresas privadas (que no tiene que acabar con lo público) la han quitado porque "se lo han quitado a los funcionarios y no hay dinero".
Ponisito escribió:Puedes ser funcionario y no tener una plaza fija. Y quienes la tienen es porque se han currado en sacarse una oposición con buena nota.



Sabes que hay muchos empleados públicos laborales que también sacaron una oposición ,no???
maponk escribió:
Ponisito escribió:Puedes ser funcionario y no tener una plaza fija. Y quienes la tienen es porque se han currado en sacarse una oposición con buena nota.



Sabes que hay muchos empleados públicos laborales que también sacaron una oposición ,no???


Yo me apuesto contigo un céntimo a que no tienen huevos de echar a la calle a un laboral con oposición pasada en algo que NO sea de un ayuntamiento.
Les afecta a todos. A todos menos a los alcaldes y a los concejales. Y no estoy de broma aunque empiece a sonar a chiste ya toda esta comedia.
KAISER-77 escribió:
maponk escribió:
Ponisito escribió:Puedes ser funcionario y no tener una plaza fija. Y quienes la tienen es porque se han currado en sacarse una oposición con buena nota.



Sabes que hay muchos empleados públicos laborales que también sacaron una oposición ,no???


Yo me apuesto contigo un céntimo a que no tienen huevos de echar a la calle a un laboral con oposición pasada en algo que NO sea de un ayuntamiento.



Ni en un ayuntamiento,anda que no hay contratados,interinos,por horas,becarios que tienen que irse antes...como justificas que despides a uno con plaza mientras haya un interino o contratado parcial???
La justificación es tan clara como macabra.
Un funcionario no cotiza a desempleo, por lo que se le compensa en razón de los años de servicio y no cobra paro, pero uno que está eventual o laboral fijo hay que pagarle en función de los años de servicio y además después cobra el paro.

Cual es más barato para la administración pública si hay que despedir ?
El que se le compensa por los años servidos solamente o el que se le compensa por años servidos y encima cobra el paro ?
maponk escribió:Ni en un ayuntamiento,anda que no hay contratados,interinos,por horas,becarios que tienen que irse antes...como justificas que despides a uno con plaza mientras haya un interino o contratado parcial???


¿Realmente hace falta contestar a eso?

PD: Creo que has pillado mal mi mensaje.
Hospital publico de barcelona y sin paga extra, y eso que no somos funcionarios :-|
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