Ruidos entre vecinos - Dudas técnicas y legales

Estamos teniendo problemas, como muchas otras familias con los vecinos por tema de ruidos y demás historias que no vienen a cuento en offtopic y tengo varias dudas que si alguien supiera aclarar no estaría de más.

- En nuestra vivienda adosada por un garaje a la del vecino, realizaron una medición de niveles sonoros y ruidos con sus respectivos informes acústicos y resultados de ensayos en función de si es ruido de impacto o aereo.

Del informe se llegan a un par de conclusiones que a mí en concreto me lían por demás y son los puntos:

1.3. Exigencias de legislación vigente (Decreto Foral 135/89 de 8 de Junio).
1.4. Exigencias de legislación vigente Real Decreto 1367/2007 De 19 de Octubre).

- En el primero de los casos, en el Decreto Foral de Navarra, INCUMPLE los máximos permitidos, allá donde se realizó la medición del nivel sonoro, según el artículo 16 del mismo.

- Sin embargo, en el segundo de los casos y ya me imagino no aplicado a Navarra sino a todas las comunidades, CUMPLE los máximos permitidos, allá donde se realizó la medición del nivel sonoro, según el Real Decreto.

No pretendemos denunciar a los vecinos sino al ayuntamiento oportuno, constructora.. o a quien corresponda. Pero esas conclusiones me llevan a confusión. No sabemos qué implicación tiene que en el Decreto Foral se incumpla y en el Real Decreto no.

Si necesitáis que os pase las tablas de medición de ruido/sonora os las paso, eso o cualquier otra información. ¿A qué nos podemos agarrar para realizar la correspondiente denuncia?

Y repito, esto no tiene nada que ver con los vecinos ni es una protesta ni nada parecido, es una duda técnica que tenemos con el informe para luego poder actuar de una u otra forma.

Un saludo
¿La vivienda es nueva? ¿Cuántos años tiene? ¿Esas mediciones son de poner en tu casa un medidor cuando el vecino hace ruido o de poner un emisor acústico en la casa del vecino y medir en la tuya?

Al ayuntamiento poco le vas a poder sacar denunciando, porque no es competencia suya si la pared no aisla lo suficiente o si no quieres denunciar a tu vecino si hace mucho ruido.

Si el problema es que la pared no aisla lo suficiente, tienes que denunciar al constructor. Si la pared aisla lo que debe pero el vecino es ruidoso, al vecino.
La vivienda tiene 2 años. Es nueva... las mediciones las ha realizado una empresa especializada haciendo "ruido", emisor acústico, desde casa del vecino y se ha medido en la mía, sí.

El ayuntamiento es quien da el OK a la construcción, creo que es quien otorga la licencia de construcción en función de si cumple o no con la legalidad lo que se proyecta. ¿No se le podría denunciar?

¿Sabes el tema del Real Decreto y Decreto Foral? o en qué forma se afectan el uno con el otro...

El tema de denunciar al vecino ya va a ser muy escamoso, suele ser complicado coincidir con la ruidera o no sé qué formas hay de que la denuncia esté contrastada.. yo puedo decir que hacen ruido que se soporta mal en mi casa y sin pruebas...

A ver si me podéis decir.

Saludos y gracias
El ayuntamiento no da el visto bueno a que cumpla con la legalidad total, sino que comprueba que aparentemente se ha construido lo que se ha dicho que se va a construir. Son los técnicos directores de la obra y la constructora los que se supone se responsabilizan de que la obra está correctamente realizada.

En principio, se deben cumplir las dos normas, pues no son excluyentes, sino complementarias (si no me equivoco).

Lo de demostrar los ruidos si no los hace a menudo es complicado. Se supone que tú llamas a la policía y la policía va con un sonómetro a medir. Pero depende de cada sitio. Lo mejor es que te acerques a la policía local o al ayuntamiento y preguntes el procedimiento a seguir,
MaxVB escribió:En principio, se deben cumplir las dos normas, pues no son excluyentes, sino complementarias (si no me equivoco).


¿Significa que si incumple la una no se puede decir nada porque no afecta a la otra?
Tiene que cumplir la dos. Así que si no se cumple con el decreto foral, se supone que no cumple. De todos modos, ¿Seguro que no hay un decreto foral posterior? 22 años sin cambiar la normativa de ruidos, con todo lo que ha salido a nivel nacional me parece raro. Acércate al ayuntamiento y que te asesoren.

Por curiosidad: ¿De qué nivel de ruido de partida hicieron el ensayo? ¿Y qué nivel de recepción tenías en casa?
MaxVB escribió:Tiene que cumplir la dos. Así que si no se cumple con el decreto foral, se supone que no cumple. De todos modos, ¿Seguro que no hay un decreto foral posterior? 22 años sin cambiar la normativa de ruidos, con todo lo que ha salido a nivel nacional me parece raro. Acércate al ayuntamiento y que te asesoren.

Por curiosidad: ¿De qué nivel de ruido de partida hicieron el ensayo? ¿Y qué nivel de recepción tenías en casa?


En el informe acústico que nos pasaron ponía que el Decreto Foral es el vigente.. digo yo que no habrá habido ninguna revisión posterior. A mí también me parece raro. Miraré a ver lo de ayto.

Los niveles de recepción obtenidos indican lo siguiente:

R.F. (dBA)
Salón en el Decreto Foral 18,8 y en el Real Decreto 18,6.
Habitación en el Decreto Foral 18,8 y en el Real Decreto 18,7.

N.S.I.. (dBA)
Salón en el Decreto Foral 33,4 y en el Real Decreto 33,2.
Habitación en el Decreto Foral 30,1 y Real Decreto 30,0.

LAeq (dBA)
Salón en el Decreto Foral 33,4 > RF+5 y en el Real Decreto 33,2 < 40+5
Habitación en el Decreto Foral 30,1 > RF+5 y en el Real Decreto 29,8 < 35+5

El ruido de partida fue un "aparato" que usan en la otra casa y el cual entre otras cosas... molesta.

Me gustaría hacer hincapié en eso de que si no cumple una no cumple. No hay decreto foral posterior. Si es cierto (necesitaría confirmarlo) que ha de cumplir las dos dónde y a quién he de poner la denuncia. ¿A la constructora? Porque me temo que la constructora quebró. ¿A la promotora?

Saludos y gracias de nuevo.
Perdona, pero no entiendo bien los valores que pones, seguramente porque estoy acostumbrado a las nomenclaturas de aquí. Confírmame qué significa RF, NSI y LAeq. ¿Y por qué hay aparentemente dos valores? ¿Porque han medido dos veces con dos métodos distintos para cumplir escrupulosamente el sistma de medición indicado en cada una de las normativas?

Porque por lo que veo en el Decreto foral (me ha entrado curiosidad y lo he descargado), el ruido máximo que puedes recibir en el interior de tu vivienda son 35 dB(A) de día y 30 dB(A) de noche (al igual que la normativa autonómica que tenemos aquí).

¿El ruido te lo hace el vecino de día o de noche? Porque si te lo hace de día y lo que recibes son los 33,4 y 30,1 dB(A), resulta que sí que se cumple el Decreto foral. Si es de noche sí que sobrepasa los 30 dB(A).
MaxVB escribió:Perdona, pero no entiendo bien los valores que pones, seguramente porque estoy acostumbrado a las nomenclaturas de aquí. Confírmame qué significa RF, NSI y LAeq. ¿Y por qué hay aparentemente dos valores? ¿Porque han medido dos veces con dos métodos distintos para cumplir escrupulosamente el sistma de medición indicado en cada una de las normativas?

Porque por lo que veo en el Decreto foral (me ha entrado curiosidad y lo he descargado), el ruido máximo que puedes recibir en el interior de tu vivienda son 35 dB(A) de día y 30 dB(A) de noche (al igual que la normativa autonómica que tenemos aquí).

¿El ruido te lo hace el vecino de día o de noche? Porque si te lo hace de día y lo que recibes son los 33,4 y 30,1 dB(A), resulta que sí que se cumple el Decreto foral. Si es de noche sí que sobrepasa los 30 dB(A).


N.S.I = Nivel Sonoro Interior
R.F = Radio Frecuencia (imagino, porque en el rsultado de los ensayos sale la frecuencia a la que meterán el sonido me imagino y la cantidad de dbs que genera)
LAeq(T) = Nivel de presión sonora continuo equivalente.
Expresa la media de la energía sonora percibida por un individuo en un intervalo de tiempo, es
decir, representa el nivel de presión que habría sido producido por un ruido constante con la
misma energía que el ruido realmente percibido, durante el mismo intervalo de tiempo. El nivel
de presión sonora equivalente debe ir acompañado siempre de la indicación del período de
tiempo al que se refiere. S

Así que me imagino que R.F será la emisión y N.S.I lo que se obtenía en casa.

Hay dos valores por el tema de los dos decretos, el real y el foral. La emisión de ruidos se hizo desde un mismo sitio y se obtuvo la recepción desde el salón y el dormitorio. Las medidas se han adecuado según los decretos, sí.

El ruido el vecino lo ha llegado a hacer a la 1 de la noche. Pero ahora lo hace desde las 12:00 hasta que le dé la gana en intervalos cortos de tiempo... pero igualmente molestos. Me refiero a 30 mins, 15 mins... esos tiempos.

Yo ya tengo un lío bestial.

Agradezco mucho tu ayuda e interés.
Es que si el origen del ruido, es algo "anormal" no se imcumpliria la normativa.

Lo que creo que dicen las normas, (hace mucho que lo estudie ein? ), es que las paredes deben de disminuir el nivel sonoro en Xdb, dependiendo si es de dia o de noche.

El oido humano no escucha por debajo de 30db, en un uso normal hay un ruido de 60-70db, que disminuye las paredes.

Te puedo asegurar que los materiales cumplen con la normativa. El problema de tu caso es que el origen es un ruido demasiado alto, por lo que las paredes no lo amortigua.

Seria muy facil rebatir la norma delante de un juez en tu caso, ya que si el vecino pone una maquina que emita 100db, no creo que legalmente el constructor o dirección facultativa tenga responsabilidad.
Tal como te dicen, también puede que ser que la pared esté bien hecha, pero que la máquina haga demadiado ruido. En esas lecturas falta el nivel de emisión de la máquina. ¿Qué máquina es? Sin saber cuánto emite no podemos saber si la pared aisla lo que tiene que aislar.

Quiero deducir que RF es "Ruido de fondo", que es el ruido que había en las estancias antes de activar la máquina y medir.

Por otro lado, no estoy especializado en acústica, pero creo que el desarrollo de la Ley del ruido que te han dicho que es de aplicación, no lo es. No me he estudiado en profundidad la norma, pero por lo que he visto, es una norma sobre el ruido que se emite a la calle y el que se recibe dentro de los recintos desde la calle. Así que en principio no es de aplicación. Y si lo fuera, habla de 25 dB(A) máximos de inmisión en dormitorios en horario de noche, así que el ruido que recibes sobrepasa claramente este valor.

Acércate al ayuntamiento y que te digan qué puedes hacer. En cualquier caso, si el vecino tiene una máquina que molesta, tarde o temprano te vas a tener que "pelear" con él.
No es una máquina. Es un futbolín... y se oyen auténticos golpes por toda la casa. Pero no es que creamos que son tonterías de golpes. Esque son unos golpes que yo creo que se oyen más en nuestra casa que en la suya. Arrastran el mueble, juegan a cualquier hora del día...

La estructura del garaje (donde juegan) está unida en las dos casas. ¿Esto es legal también? Tampoco es lo mismo un golpe de impacto que ruido aéreo. El aéreo lo quitarán en mayor o menor medida las paredes, pero el de impacto.. por poner un ejemplo, yo oigo los taconazos de la vecina estando ella en su dormitorio y yo en el mío, cuando están lo más separado posible entre casa y casa. Y no son golpecitos.. no, son auténticos golpes que te despiertan o te ponen al final nervioso.. oírlos una vez está bien, oírlos a cualquier hora del día con toda la jeta del mundo... pero bueno, es caso aparte.

Siendo el origen éste futbolín, ¿es anormal?
mientras sea dentro de las horas diurnas como si quieren poner radio martillo hidráulico.
bpSz escribió:mientras sea dentro de las horas diurnas como si quieren poner radio martillo hidráulico.


Esa afirmación es incorrecta. En cualquier horario, uno no puede meterle al vecino más ruido que el máximo fijado por ley.

Si los ruidos te vienen por impacto, la cosa es jodida. Aunque le puden poner unos buenos calzos de goma a la mesa.

Ah, y es legal que dos casas contiguas compartan estructura.
MaxVB escribió:
bpSz escribió:mientras sea dentro de las horas diurnas como si quieren poner radio martillo hidráulico.


Esa afirmación es incorrecta. En cualquier horario, uno no puede meterle al vecino más ruido que el máximo fijado por ley.

Si los ruidos te vienen por impacto, la cosa es jodida. Aunque le puden poner unos buenos calzos de goma a la mesa.

Ah, y es legal que dos casas contiguas compartan estructura.


Ya sé que le pueden poner unos buenos calzos.. pero la cosa ya no está para bromas. El terreno es más pantanoso ahora mismo aunque ya es otro tema...

...siempre pienso que éstas cosas se solucionan hablando pero ya no sé cómo hacerlo con ésta gente.

Y también, lo que me faltaba tener que aguantar cualquier ruido durante el día por ser eso, día. Eso ya sé que no es así.

No quiero ni pensar en ponerles una denuncia porque además de complicado va a haber más enfrentamiento y vivimos a 1 metro. Pero parece que además de intentar hablarlo es la única solución. Por lo menos tengo un estudio donde figura que están tocando los cojones sobremanera.

¿También es normal que en una casa adosada por el garaje oiga lo que dicen los vecinos en su casa desde el baño? Yo esque alucino...

En fin, MaxVB y semerjet. Muchas gracias. Si sé algo más os lo comentaré.
Desgraciadamente no es inusual escuchar a los vecinos. Otra cosa es que eso no debiera ocurrir salvo que uno se pusiera a pegar voces, pero hay mil cosas que hacen que el aislamiento acústico falle. Debe diseñarse muy bien y ejecutarse igual, y desgraciadamente, ni lo uno ni lo otro.
PreOoZ escribió:No es una máquina. Es un futbolín... y se oyen auténticos golpes por toda la casa. Pero no es que creamos que son tonterías de golpes. Esque son unos golpes que yo creo que se oyen más en nuestra casa que en la suya. Arrastran el mueble, juegan a cualquier hora del día...

La estructura del garaje (donde juegan) está unida en las dos casas. ¿Esto es legal también? Tampoco es lo mismo un golpe de impacto que ruido aéreo. El aéreo lo quitarán en mayor o menor medida las paredes, pero el de impacto.. por poner un ejemplo, yo oigo los taconazos de la vecina estando ella en su dormitorio y yo en el mío, cuando están lo más separado posible entre casa y casa. Y no son golpecitos.. no, son auténticos golpes que te despiertan o te ponen al final nervioso.. oírlos una vez está bien, oírlos a cualquier hora del día con toda la jeta del mundo... pero bueno, es caso aparte.

Siendo el origen éste futbolín, ¿es anormal?


Es que la medicion que te han hecho no tiene nada que ver con un ruido de impacto....
Efectivamente, pero aún así su parte de ruido aéreo parece que ya sobrepasa los límites.
semerjet escribió:Es que la medicion que te han hecho no tiene nada que ver con un ruido de impacto....


También tengo mediciones de impacto.
18 respuestas