Buenas noches compañero, paz hay
![brindis [beer]](/images/smilies/nuevos2/brindando.gif)
y te acepto la cerveza encantado jeje, pero no te puedo dar la razón, tenemos posturas muy alejadas y siento decirte, aunque parezca pedante por mi parte, que no llevas razón en lo más fundamental, el conocimiento de la ley de propiedad intelectual y la copia privada. Voy a ir citando poco a poco lo más importante que comentas en el hilo, para ir aclarando algunas cosas; empezaré por tu resumen, que es el punto clave de este "debate" jeje.
Según las leyes españolas (por ahora), sólo hay delito si existe ÁNIMO DE LUCRO. Por lo tanto llama PIRATA al que venda cosas.. pero a mí no, por favor.
Compañero, sencillamente o no te conoces la ley o la llevas a tu terreno y entiendes lo que quieres entender, y confundes el pirateo con el ánimo de lucro y la venta. Lo que dices en esa afirmación es, rotundamente, falso, se llama "pirata" al que utilice derechos de autor sin permiso y sin ser copia privada, además de al que se lucra; y paso a explicarte por qué:
Tu no puedes descargar
nada de internet que no autorizan legalmente sus dueños (aunque tengas el original,
no es copia privada porque la copia debes hacerla TÚ y no otro; si la descargas de internet, participas en la "utilización colectiva" de un copista. Y no hablemos ya si no dispones del original). Cuando los dueños de contenidos autorizan la descarga gratuita, sí es legal (Itunes, etc). Si la descarga no está autorizada por los titulares de los derechos, tiene lugar una infracción de la propiedad intelectual. En consecuencia, los dueños de esos contenidos pueden acudir a los tribunales ejerciendo acciones civiles, que pueden obligar al infractor al pago de daños y perjuicios.
Y tu confusión viene en la mala interpretación que haces de "copia privada". Te pego íntegramente la definición de la ley de copia privada:
"Según la Ley de Propiedad Intelectual una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni lucrativa. Por tanto, un usuario particular no tiene que solicitar autorización del autor/es de una obra musical o audiovisual cada vez que graba la misma para su propio uso, y sin que vaya a ser objeto de negocio.".
Como verás, te he marcado en negrita las frase más importante de esta ley, y las que llevan a equívocos a favor de la ilegalidad. USO PRIVADO DEL COPISTA: esto es, tienes derecho a copiar
tú todo lo que poseas adquirido legalmente, si no tienes ánimos de lucro en ello y no lo difundirás. Pero cuando te descargas algo de internet sin la autorización de sus propietarios lo haces a través de una persona (el verdadero copista, ya que tú no lo eres) que ha colgado dicha obra sin autorización, por lo que él sí
está haciendo una utilización colectiva de lo que ha copiado, y el que lo descarga, además de no poder hacerlo de por sí, está participando en un
ciclo ilegal de difusión colectiva de una obra privada.
Ejemplo sencillo: una rom que quieres descargarte la ha copiado un copista que está haciendo un uso colectivo de su copia privada. Con lo cuál, el infringe la ley de copia privada y tú también, porque la copia no es tuya, es suya.
Asi que, aunque no se venda, se es pirata realizando dichas acciones. Puedes leer cuando quieras la ley actual de ESPAÑA en este sentido en la web del Ministerio de Cultura (la tienes en un pdf bastante tedioso

), en la web de la Sociedad General de Autores o en la web "si eres legal eres legal" promovida por el ministerio; yo, desgraciadamente y por cuestiones personales, me la conozco muy bien, así que yo también te invito a que conozcas dicha ley antes de decir afirmaciones inciertas.
Lo de las imágenes de Disney mejor no hablarlo; las imágenes incluídas en los libros, evidentemente, están más que autorizadas, y encima la utilización de propiedad intelectual en medios educativos tiene algunos puntos propios que permiten el uso de algunos contenidos. En cuanto a las imágenes de internet, la ausencia del símbolo de copyrigh no indica que el contenido es de utilización libre. Para que así sea el titular lo ha tenido que hacer constar expresamente. En las webs que te mencioné antes también puedes informarte de ello.
Más puntos, me comentas que los juegos vienen con el mando, en un cd; si los fabricantes de dicho mando no poseen las licencias de dichos juegos, y estan distribuyendo así el cd, pronto podrás ver como lo eliminan de la web donde lo venden. Al tiempo. Ah, y lo de las 24 horas no es un bulo, es ley de propiedad intelectual en ALGUNOS PAISES extranjeros, NO EN ESPAÑA (aquí si es falso, por eso te lo comenté).
Lo de que dispongo de tiempo libre y husmeo: decirte que no es mi intención husmear, y menos tus asuntos (si fueran de Angelina Jolie todavía me lo pensaba

), simplemente vengo siguiendo ese hilo desde que se abrió (y algún otro de dicho aparato), ya que he pedido hace unos días el mando-emulador a la tienda en cuestión

. Y sí, dispongo de mucho tiempo libre, tengo suerte a día de hoy de gastarlo en aficiones, como leer este foro.
Y no pretendo defenderme de nada, ya he dicho que no me arrepiento de lo que he dicho, simplemente no tolero algunos conceptos equivocados de la gente sobre la piratería y la hipocresía. Y no te preocupes por pagarlo conmigo hombre jeje, si tienes una postura clara es digno defenderla claro que sí, y siento si te ofendí, pero ya te comento que mi postura es otra, y encima me da la razón la ley que tú confundes. Y como nunca vamos a estar de acuerdo jeje, lo mejor es que sigamos hablando de videojuegos, en este caso de Dreamcast, que es algo que nos une a los dos. Venga un saludo tio y otro tocho más

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