kengiro escribió:pues entonces la opcion que me pones Butters y que me parece mas provable es un final de obra aunque no se si lo puede hacer..... aunque tenia entendido que una vez se me acababa el contrato para hacerme otro contrato de otro tipo me tenia que mandar al paro. gracias por la informacion
No te tienen que mandar al paro en ningún momento... otra cosa es que te quiera hacer indefinido y necesite que te des de alta previamente como demandante de empleo para trincar las bonificaciones de la Seguridad Social, si se dan las condiciones.
Si lo que piensas que va a hacer es ofrecerte un contrato por obra y servicio, lo que tienes que saber es que, en principio, este tipo de contratos debe indicar claramente en sus clásulas en qué obra o servicio vas a desarrollar tus funciones, que este servicio debe existir realmente y que debe ser algo diferenciado del resto de las actividades de la empresa.
El ejemplo más claro está en la construcción: se utilizan los contratos de obra para construir un edificio... cuando se acaba la obra, se acaba el contrato.
Otro ejemplo está en las empresas de seguridad... se contrata a alguien para vigilar en una nave, y cuando se termina el contrato entre los dueños de la nave y la empresa de seguridad, se acaba el contrato por obra.
Luego están los contratos al límite de la legalidad... por ejemplo, en hostelería muchas veces se hacen contratos por obra y servicio para reforzar las temporadas de verano o de Navidad, cuando claramente deberían ser contratos por circunstancias de la producción...
De todas formas, si es lo que se te ofrece y tú quieres continuar trabajando, yo no pondría muchos problemas... siempre hay tiempo para discutir cuando pretendan prescindir de tus servicios, y estudiar si el contrato está en fraude de Ley.