¿Apostasía? Misión Imposible

SEGÚN LA AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS
Las diócesis de Valencia y Madrid deniegan el 100% de las peticiones de apostasía

* Alegan acuerdos entre el Estado y la Santa Sede firmados en los años 70

MADRID.- Las diócesis de Valencia y Madrid han rechazado, según la Agencia Española de Protección de Datos, el 100% de las peticiones de apostasía que se han tramitado a través de dicha agencia.

El procemiento habitual a la hora de solicitar la apostasía —negación de la fe cristiana— pasa por solicitar a la diócesis correspondiente que elimine de su base de datos la información personal del 'ex cristiano'.

Si deniegan la solicitud, aún queda la posibilidad de recurrir a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Pero, ¿y si también a ella se lo rechazan?

En esta tesitura se encuentran 79 solicitudes enviadas a las sedes de Valencia —67 peticiones— y Madrid —12— . Las diócesis de estas dos ciudades han vetado el 100% de las solicitudes de apostasía tramitadas, ya como segunda opción, a través de la AEPD.

Según la agencia, la Iglesia alega acuerdos concretados entre el Estado y la Santa Sede en 1979 y el carácter histórico de los datos que tienen en su poder para negarse a conceder la apostasía a quienes la piden.

Frente a esta situación, la Agencia de Protección de Datos ha pedido a las diócesis una anotación al margen en los libros de registros eclesiásticos en la que se especifique que la persona interesada no quiere pertenecer a la Iglesia. Las sedes sin embargo no lo han cumplido.


Ole, con dos cojones. No me da la gana cumplir la ley y no pasa nada.
Así me gusta, las diócesis de valencia y madrid y su particular vision de la libertad de las personas..
Flipante. La manipulación y el ansia de poder de la Iglesia no tienen límites. No sé que les costará perder a menos de 100 feligreses, quizás es que se ven faltos de nuevos ingresos.
Orbatos_II está baneado del subforo por "Flames y faltas de respeto"
Simplemente no te "dan de baja", no veo que vayan a cobrarte nada, en todo caso dicen que tienen "fieles"... lo mismo que podrían decir que tienen ladillas.

Una gilipochez administrativa en todo caso
Orbatos_II escribió:Simplemente no te "dan de baja", no veo que vayan a cobrarte nada, en todo caso dicen que tienen "fieles"... lo mismo que podrían decir que tienen ladillas.

Una gilipochez administrativa en todo caso


No, no es una "gilipochez administrativa"... en cualquier otra empresa se están jugando una multa del copón.

Y el no dar de baja a nadie sirve para seguir chupando del bote diciendo "es que somos tantos" cuando en realidad son "tantos - n"
Me parece una tontería lo de apostasia, pero me parece increible que por cojones se lo nieguen a la gente que quiere.
Ahora, que las operadoras de telefonía e internet se apunten a lo mismo porque son "datos históricos".
Me niegan a mí eso, y corro a casa, me hago 50 kilos de termita y reviento la iglesia entera.

Me viene a la mente ese vídeo en el que estaban bautizando a un crío, y llega el representante de un partido político a ficharlo de por vida [triston]
Pero, y pregunto...... A la Iglesia Catolica no se le da un dinero de las arcas del Estado por el numero de fieles? No me refiero a X euros por fiel, sino por el global.
Es que si es asi, creo que si que importa que te des de baja o no. Y esos "datos de importancia historica" lo eran cuando la parroquia era lo unico que habia. Hoy dia hay algo llamado Registro Civil.....
una actitud sectaria, sin duda.
Esto me recuerda a una anecdota de mi viejo que debió recorrererse media españa para hacer la jodida apostasia y al final, por pesao, se la concedieron. Si es que son como una secta [tadoramo]
Scatsy escribió:Me parece una tontería lo de apostasia, pero me parece increible que por cojones se lo nieguen a la gente que quiere.


No veo que sea una tontería ejercer tus derechos en ese tema. Aplaudo la actitud de toda esa gente que quiere borrar su nombre de la lista de una secta en la que sus padres les hicieron ingresar cuando aún no tenían ni voz ni voto.
Preguntita de ignorancia pura. Yo sé que la ley habla de datos informatizados, pero ¿datos de papel y lápiz? ¿Cómo se puede borrar algo de un registro en el que está tu nombre con cien más? ¿Con tipex?
Pues bien pueden hacerlo con tippex si no son fichas individuales. La cuestión es que según Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal están obligados a ello:

Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal escribió: Artículo 2. Ámbito de aplicación.

1. La presente Ley Orgánica será de aplicación a los datos de carácter personal registrados en soporte físico, que los haga susceptibles de tratamiento, y a toda modalidad de uso posterior de estos datos por los sectores público y privado.

Se regirá por la presente Ley Orgánica todo tratamiento de datos de carácter personal:

a) Cuando el tratamiento sea efectuado en territorio español en el marco de las actividades de un establecimiento del responsable del tratamiento.

b) Cuando al responsable del tratamiento no establecido en territorio español, le sea de aplicación la legislación española en aplicación de normas de Derecho Internacional público.

c) Cuando el responsable del tratamiento no esté establecido en territorio de la Unión Europea y utilice en el tratamiento de datos medios situados en territorio español, salvo que tales medios se utilicen únicamente con fines de tránsito.

2. El régimen de protección de los datos de carácter personal que se establece en la presente Ley Orgánica no será de aplicación:

a) A los ficheros mantenidos por personas físicas en el ejercicio de actividades exclusivamente personales o domésticas.

b) A los ficheros sometidos a la normativa sobre protección de materias clasificadas.

c) A los ficheros establecidos para la investigación del terrorismo y de formas graves de delincuencia organizada.

No obstante, en estos supuestos el responsable del fichero comunicará previamente la existencia del mismo, sus características generales y su finalidad a la Agencia de Protección de Datos.

3. Se regirán por sus disposiciones específicas, y por lo especialmente previsto, en su caso, por esta Ley Orgánica los siguientes tratamientos de datos personales:

a) Los ficheros regulados por la legislación de régimen electoral.

b) Los que sirvan a fines exclusivamente estadísticos, y estén amparados por la legislación estatal o autonómica sobre la función estadística pública.

c) Los que tengan por objeto el almacenamiento de los datos contenidos en los informes personales de calificación a que se refiere la legislación del régimen del personal de las Fuerzas Armadas.

d) Los derivados del Registro Civil y del Registro Central de penados y rebeldes.

e) Los procedentes de imágenes y sonidos obtenidos mediante la utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, de conformidad con la legislación sobre la materia.


En la página de www.apostasia.es explican los pasos que hay que dar para hacerlo (espero que no se considere spam, es una página de información sobre el tema sólo) y tienen cartas de ejemplo para su envío. En este FAQ explican que el trámite se puede hacer desde internet con el servicio burofax de la página de correos.

EDITO: Igual con tippex sólo no vale y lo que hacen es borrarlo con tippex, fotocopiarlo y eliminar el original... es una suposición nada más porque lo desconozco.
eraser escribió:
Si deniegan la solicitud, aún queda la posibilidad de recurrir a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Pero, ¿y si también a ella se lo rechazan?


Según una "Quo" que tengo por aquí (Nº138, Marzo 2007, página 108) llegados a este punto hay que ir a los tribunales. Y ninguna de las dos partes tiene asegurado el fallo a su favor.
LadyStarlight escribió:Preguntita de ignorancia pura. Yo sé que la ley habla de datos informatizados, pero ¿datos de papel y lápiz? ¿Cómo se puede borrar algo de un registro en el que está tu nombre con cien más? ¿Con tipex?



El método importa bien poco; estás en tu derecho de apostasía. Si les cuesta por el medio físico en el que están escritos esos datos, es problema suyo.



Salu2!!
LadyStarlight escribió:Preguntita de ignorancia pura. Yo sé que la ley habla de datos informatizados, pero ¿datos de papel y lápiz? ¿Cómo se puede borrar algo de un registro en el que está tu nombre con cien más? ¿Con tipex?


Por lo que he leído en la noticia, la última medida "desesperada" fue pedir que anotaran al margen que esa persona estaba dada de baja. También han pasado.
Orbatos_II está baneado del subforo por "Flames y faltas de respeto"
Siendo "crudo" dire que me parece una tontería.

Vale, la iglesia de "nosedonde" pone en un papelíto que que dice que soy "catolico, apostolico, romano", y yo digo que eso no se lo creen ni hartos de anís del mono.

Por mucho que ponga ese "papelito", no me harán ir a misa, ni a confesarme, ni mil chorradas mas, no estoy obligado A NADA, no tengo porque darles un puto duro, etc... me gustaría saber que repercusiones REALES tiene para mi, que aparezca un NOMBRE (porque ni dirección ni datos aparte de esos) en una lista que dice "este es de los nuestros"

Si me pagaran algo por ello... aun, pero vamos... la solución al final esta en que los padres no "apunten" porque si a los crios... y santas pascuas.

Este es uno de esos temas que preocupa mucho... pero no se porque, a la postre no influye en la realidad
Orbatos_II escribió:Siendo "crudo" dire que me parece una tontería.

Vale, la iglesia de "nosedonde" pone en un papelíto que que dice que soy "catolico, apostolico, romano", y yo digo que eso no se lo creen ni hartos de anís del mono.

Por mucho que ponga ese "papelito", no me harán ir a misa, ni a confesarme, ni mil chorradas mas, no estoy obligado A NADA, no tengo porque darles un puto duro, etc... me gustaría saber que repercusiones REALES tiene para mi, que aparezca un NOMBRE (porque ni dirección ni datos aparte de esos) en una lista que dice "este es de los nuestros"

Si me pagaran algo por ello... aun, pero vamos... la solución al final esta en que los padres no "apunten" porque si a los crios... y santas pascuas.

Este es uno de esos temas que preocupa mucho... pero no se porque, a la postre no influye en la realidad


El problema es que utilizarán tus datos para poder trincar un año más el 0'7% del IRPF que hayas pagado ese año, alegando que son X fieles, cuando en realidad son menos.

Y la verdad, creo que de paso deberían quitar la casilla ésa de la declaración de la renta.
Orbatos_II está baneado del subforo por "Flames y faltas de respeto"
Ese 0.7 % se les asignara si yo marco la casilla correspondiente, de hecho el "por defecto" es que vaya a "otros fines de interes social", asi que no me cuentes cosas que no son ciertas.

Y la verdad, no me parece bien que se vaya a la iglesia ese 0.7%, pero que vaya a "oenegetas" progretillas que se lo meten en el bolsillo tampoco me parece bien. Si me dieran a elegir A MI a donde va ese 0.7% aun... pero el gobierno lo reparte entre sus amigotes, o se lo da a los malvados curas... total, dinero que va al retrete.
marcus escribió:El problema es que utilizarán tus datos para poder trincar un año más el 0'7% del IRPF que hayas pagado ese año, alegando que son X fieles, cuando en realidad son menos.

Y la verdad, creo que de paso deberían quitar la casilla ésa de la declaración de la renta.

Yo creo que mezcláis churras con merinas.

Vamos a ver, los datos están protegidos por la ley, hasta ahí bien.

Pero eso no tiene relación con la casilla del IRPF. En la declaración de la renta cada contribuyente elige el destino de un porcentaje de lo que paga de impuestos (que si mal no recuerdo no es el 0,7%, esa es otra historia). El destino puede ser el sostenimiento de la iglesia, fines sociales, ambos o ninguno. Si es ninguno se lo queda el Estado.

Entonces esa cantidad que la gente libremente destina a la Iglesia es la que se paga a la Iglesia. Es completamente independiente del número de personas que tengan las parroquias anotadas como bautizadas. Habrá muchos bautizados que consten como tal y que no marquen la casilla.

Si ese número se utiliza para otros fines, yo ya no lo sé. Pero desde luego no se emplea para recaudar esa parte del IRPF.

Ahora bien, lo que yo entiendo que ocurre en este caso es que la Iglesia tiene un registro de personas bautizadas. Y es que esto es un hecho irreversible. Si te bautizaron, te bautizaron, por mucho que tú intentes cambiarlo eso es así. Supongo que en eso se basan para negarse.

Lo que ya no sé es qué dice la ley en caso de que una entidad se niegue a borrar esos datos, o si se podría considerar que son datos de uso privado.
Visto lo visto hoy dia aún no me creo que a la iglesia no le llegue de vez en cuando un maletín con el mismo sello que el de los paquetes de tabaco...
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