Aquí eso sería ilegal, e invalidaría la sentencia (o no sería aceptado como prueba). En España sólo las fuerzas de seguridad del Estado pueden intervenir las comunicaciones tanto convencionales (correo, teléfono) como de nuevas tecnologías (e-mail, SMS).
Creo que se puede sin embargo presentar un registro de una comunicación como prueba SOLO si se ha tomado parte en él. Por ejemplo, puedes presentar una grabación telefónica, e-mail o un log de MSN como prueba ante un juez si alguien te acosa y amenaza por estos medios, pero no puedes usar por ejemplo una conversación telefónica como prueba si no has participado en ella (es ilegal).
No soy ningún experto legal, pero me creo bien informado. Que alguien me corrija si me equivoco.
Saludos