Tengo que hacemer Autónomo, ¿cómo?

Pues eso, que me tengo que hacer autónomo para un trabajo que me ha salido, primariamente voy a cobrar muy poco, por lo que no se ni cuanto hay que pagar, ni todos los trámites que hay que hacer, nada!
GAROU_DEN está baneado por "acumulación de infracciones... no digas que no avisamos"
Me interesa, que tengo que cobrar unos trabajos fotográficos por mi cuenta ya que ahora no puedo hacerlo a través del estudio.
Pues te tienes que dar de alta en hacienda y en la seguridad social. Pagar depende de la base de cotización que elijas y la actividad que realices y demás, el mínimo creo que rondaba los 250 €..
Si es para cosas puntuales no era necesario pagar la cuota creo.
los hombres menores de 30 años tienen un 30% descuento en los 250 mensuales, para darte de alta básicamente tienes q hacer dos cosas, ir a hacienda, rellenar el formulario, q te lo sellen, ir a la tesoreria de la seguridad social con el formulario sellado, domiciliar los pagos, q te lo sellen.... y a casa
bienvenidos al club muajajaja
Los trámites te los digo otro día, que ya hace un año y no me acuerdo exactamente del modelo.
Pero básicamente es darse de alta en la seguridad social y en hacienda. Lo mejor que puedes hacer es ir a una Ventanilla Única Empresarial. En un día estas dado de alta como autónomo.

A partir de ahí empieza lo bueno. Como autónomo eliges una base de cotización a las SS entre 800-3000€ (maomenos las cifras no las recuerdo) Tomando la base de cotización como ídem, tendrás que pagar un 19% aproximadamente. Si tienes <30 años, o -si eres mujer- <35, tienes un descuento del 30%.
Resumiendo, si coges la mínima base de cotización, tienes que pagar MENSUALMENTE 250 euros aproximadamente (190 si tienes el descuente). Todos los meses, sin importar si llueva, haga frío, calor, ingreses pasta o no.
Cotizar a la seguridad social te da derecho a asistencia sanitaria y a la pensión. Si tienes baja por enfermedad tienes ayudas económicas a partir del 4º día.

Y luego cada tres meses:

- Declarar el IVA. Amigo, eres un recaudador para Hacienda, así que de cada factura que hagas y una vez aplicacado el 16% (18% en breves) del IVA, guarda ese 18% porque lo tendrás que declarar y devolver a hacienda cada tres meses. Puedes desgravar gastos. Ejemplo, si te compras un ordenador para trabajar que te cuesta 1160 euros, puedes desgravar 160 euros ese trimestre, que es lo que corresponde al IVA del ordenador (un gasto)

- IRPF. Hay que aplicar retenciones al IRPF de la factura. Del 15%. Vamos, que sumas el IVA y restas el IRPF, y cada tres meses hay que entregar un modelo a hacienda. No se cuál es por que hay truco: si el 70% de tus facturaciones son a empresas no tienes que hacerlo.
Puedes aplicar una retención del 7% no se si durante el primer año. Yo no lo hice porque venía de tener dos pagadores y luego me metí a autónomo en el mismo año, así que tenía miedo de que hacienda me crujiera.

Por último, en la declaración de la renta anual, declaras el 20% de beneficios. Beneficios = ingresos - gastos, así que pide factura PARA TODO lo que gastes (y que sea aplicable a tu trabajo claro). Yo tengo hasta las facturas y tickets de 2€ de pinchos que me como por ahí.

Ejemplos simplificados

Haces una factura de 1000€
16% IVA = 160€
15% IRPF = 150 €
1000 + 160 - 150= 1010 que te tienen que pagar.
Pero OJO, a los tres meses tienes que devolver los 160 de IVA, así que en realidad estás cobrando 840 euros reales para tu uso y disfrute. No estoy contando gastos que puedas desgravar.

Al cabo de un año has facturado 12000 euros (1000 por mes)
Supongamos que tuviste 2000 euros de gasto, por lo que el beneficio es de 10000, el 20% de 10000 = 2000 leuros
Has retenido en total 1800 euros de IRPF

2000 -1800 = 200 euros que tienes que pagar a hacienda.


Es un ejemplo MUY simplificado (para empezar no hay gastos, que siempre tienes)
atheneo escribió:los hombres menores de 30 años tienen un 30% descuento en los 250 mensuales, para darte de alta básicamente tienes q hacer dos cosas, ir a hacienda, rellenar el formulario, q te lo sellen, ir a la tesoreria de la seguridad social con el formulario sellado, domiciliar los pagos, q te lo sellen.... y a casa

No hay que pagar nada si no es habitual.

Impuesto de Actividades Económicas (IAE)

A partir del 1 de enero de 2003 están exentos del pago de este impuesto, las personas físicas y las sociedades mercantiles, que tengan un importe neto de la cifra de negocios inferior a 1.000.000 de euros. No obstante, sigue siendo obligatorio el alta en el impuesto.
más cada trimestre declarar IVA, al año también, etc, etc, etc

Pero el IVA que te gastes comprando algo para el negocio te lo devuelven !!!!!!!!!!!! http://i39.tinypic.com/ioiwpy.png
Johny27 escribió:No hay que pagar nada.

Si hay que pagar. No por que te lo hagan, pero todos los meses si. Y si te das de alta el día 31, el día 1 te cobran el mes entero.

Jhonny, el IAE no se paga. Pero esos 250 euros son de Seguridad Social.

Y si no es habitual PUEDES no pagar nada, pero DEBERIAS. Es decir, Hacienda PUEDE meterte el palo, pero NO lo suele hacer si son cantidades realmente puntuales y bajas.
Una mañana en hacienda y a correr. Menores de 35 años durante 8 meses pagareis 185€ de autónomos si pides la ayuda. Y ojito con equivocaros con las IAE, que luego vienen los palos por hacer actividades que no son vuestras.
SI vas a facturar poco (creo que hasta 3000 euros), y no tienes "fijo" tu carrera como autónomo, puedes facturar como persona física y te dejas de lios.

Saludos
zheo escribió:
Johny27 escribió:No hay que pagar nada.

Si hay que pagar. No por que te lo hagan, pero todos los meses si. Y si te das de alta el día 31, el día 1 te cobran el mes entero.

Según he consultado no hay que pagar el IAe ya. Eso lo tengo claro desde hace unos días que fui a una organización que prepara a jóvenes para "emprender".

Edito: zheo, es que tu estás hablando de actividad habitual y él de actividad ocasional. Para ocasional no hay que pagar taaaanto.
Johny27 escribió:
zheo escribió:
Johny27 escribió:No hay que pagar nada.

Si hay que pagar. No por que te lo hagan, pero todos los meses si. Y si te das de alta el día 31, el día 1 te cobran el mes entero.

Según he consultado no hay que pagar el IAe ya. Eso lo tengo claro desde hace unos días que fui a una organización que prepara a jóvenes para "emprender".

Te lo puse arriba. El IAE no se paga. Pero la Seguridad Social si. Y son 250 machacantes mínimo todos los meses si o si. Sobre lo otro también te comenté arriba.

Parece un chat esto xD
Johny27 escribió:
zheo escribió:
Johny27 escribió:No hay que pagar nada.

Si hay que pagar. No por que te lo hagan, pero todos los meses si. Y si te das de alta el día 31, el día 1 te cobran el mes entero.

Según he consultado no hay que pagar el IAe ya. Eso lo tengo claro desde hace unos días que fui a una organización que prepara a jóvenes para "emprender".


Y es así por yo tengo en mi SL 4000 IAE y no he pagado un duro. Como dices eso se quito.
zheo escribió:Te lo puse arriba. El IAE no se paga. Pero la Seguridad Social si.

Pero para ocasional no es tanto, sino mi exjefe habría perdido MUCHO dinero conmigo.
Johny27 escribió:
zheo escribió:Te lo puse arriba. El IAE no se paga. Pero la Seguridad Social si.

Pero para ocasional no es tanto, sino mi exjefe habría perdido MUCHO dinero conmigo.

A ver, si te das de alta en la SS pagas eso siempre.
Otra cosa es que sólo te des de alta en Hacienda en una actividad profesional, que es otro cantar. Para eso lo mejor es ir a la administración y que te lo digan porque puedes tener problemas. Ser autónomo implica darse de alta en la SS para constar como trabajador y en Hacienda para poder emitir facturas como persona física.
Lo de "ocasional" en realidad no existe, pero se levanta la mano si los ingresos no son habituales, y si no superan el SMI, por lo que puedes hacer la jugada de sólo darte de alta en Hacienda (esto si es requisito mínimo, si no no pudes facturar). El problema aquí es definir 'habitual' y que en realidad eso no esta legislado.
Dicho de otro modo, si a la TGSS le da por pedirte explicaciones de por qué has facturado 400 euros como persona física en el último medio año sin estar dado de alta con ellos, pueden hacerlo. El caso es que no suelen, porque la verdad son 400 euros de na.

Ejemplos de ingresos así podrían ser pequeños ingresos por publicidad de una web.
haber, que voy primero a la SS o a Hacienda (no tengo numero de SS).
Luego, el tema dle IVA, por mi profesión no se paga IVA (los sanitarios estamos exentos, entonces si me compro algo, me devuelven el IVA), si por ejemplo me compro un coche para desplazarme al curro, me devuelven el IVA ??? XD XD XD XD

La cosa es que voy a currar de momento un dia y medio a la semana, luego me van a ir ampliando...
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