Tema laboral. Lo que se entiende por "Jornada laboral". Dudas.

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Buenas.

Trabajo como limpiador a tiempo parcial, es decir, 4 horas al día durante 5 días a la semana. Así lo dice mi contrato de trabajo.

Antes de seguir, sé que el tema de limpieza es MUY SUBJETIVO, correcto, pero tampoco voy a hacer más que otros siendo que los demás hacen menos y lo que haga yo ni me lo valoran ni nada.

Resulta que como: ni hago "descansillos", "paraditas", "cafelitos" y "ni me pongo a hablar por el móvil", pues de normal hago mi jornada laboral entre 2 horas y 45 minutos y 3 horas y 15 minutos. En otras palabras, prácticamente NUNCA hago las 4 horas.

Peeeeero mi puesto de trabajo está a 35 minutos IDA y luego 35 minutos VUELTA, con lo cual son 1 hora y 10 minutos TEÓRICOS DE JORNADA LABORAL.

Y digo teóricos porque a mí me enseñaron algo sencillo, desde el momento que sales de tu domicilio y te diriges hasta tu puesto de trabajo, permaneces en él y luego vuelves a tu domicilio de nuevo, SE CONSIDERA JORNADA LABORAL.

Esto me lo comentaron a 16 años un profesor de FOL (Formación y Orientación Laboral) pero no especificó la norma específica al respecto, es decir, me lo comentó "de oídas" y lo máximo que se conoce de esa circunsntacia se le llama IN ITINERE.

Ayer tuve una discusión con mi superior por exactamente este motivo y mi superior "flipaba en colores" de lo que le estaba comentando, "que yo tenía que hacer las 4 horas sí o sí porque es lo que dice mi contrato... y no hay más que hablar, ¡que el desplazamiento no cuenta!". Yo le comenté simplemente que tampoco cuando he hecho más tiempo del reglamentario, tampoco he ido pidiendo "horas extra".

Mi superior me comenta que sino hago las "paraditas" o "almuerzos"... que ESO NO TIENE NADA QUE VER :-? .


Para terminar, mis compañeras de trabajo...

- La que no se pone a charlar con otros, se va con uno a tomarse un café.
- La que también hace lo anterior y encima, fuma.
- Otra se pone a hablar por el móvil y cuando no, se queda sentada mirando las musarañas para hacer tiempo.


Y todo esto lo digo que no son 10 minutos... son 20 E INCLUSO 30 MINUTOS DE "PARADA". Lo sabe la empresa esto último pero como que hacen cierta "vista gorda"



Así que me gustaría que me dijéseis lo siguiente:

- ¿Donde está la normativa del IN ITINERE?
- ¿Quién lleva la razón, yo o mi superior sabiendo que este último se guía "por el sentido común y lógica"?
- ¿Qué debería de hacer?, ¿seguir yéndome a las 3 horas o quedarme 1 hora demás mirando las musarañas o en su defecto jugando a la DSI?



Por ahora he ganado que trabaje 6 días a la semana "para compensar", pero si veo el abuso, exigiré que me hagan fichar para entrar y para salir (sí, no ficho para trabajar).



Gracias.


EDITO: He entregado un escrito especificando las horas que debo (20 horas = 5 jornadas) y que pueden ellos disponer de esas jornadas de manera libre. Al menos por mi parte que no quede que no quiera subsanar el problema. Obviamente voy a salir perdiendo porque el desplazamiento de esos 5 días van a correr APARTE de lo que ya me estoy gastando de por sí PEEEEEEEEEEEERO APARTE he solicitado que me den una FICHA o me hagan registrar mi entrada o salida, soy puta, sí, pero al menos que pongan la cama.

Ya que las demás hacen lo que les sale de las narices y "nadie les controla", pues por lo menos tengan la obligación de fichar cojones y luego que sigan disfrutando de sus cafés y leches.
Quedare una hora mirando a las musarañas, a casi todos los empresarios les interesa mas el que estés ahí a que estés haciendo algo de calidad, es como si les diera repelus que hagas un trabajo de forma efectiva
El In Itinere se tiene en cuenta para el tema de los accidentes laborales, pero tu jornada efectiva empieza cuando entras por la puerta a no ser que el convenio de la empresa o el sector indique otra cosa
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Scatsy escribió:Quedare una hora mirando a las musarañas, a casi todos los empresarios les interesa mas el que estés ahí a que estés haciendo algo de calidad, es como si les diera repelus que hagas un trabajo de forma efectiva

¿Y no podría el empresario hacer una falta/infracción por "incumplimiento de mi trabajo"?.

Es que es lo primero que se me ocurre pero vamos, que a nadie le gusta ver a alguien sentado en un sitio no haciendo NADA todo por decir, "tengo que hacer 4 horas sí o sí".

ERASER, ¿podrías ponerme LEY de lo que acabas de comentar?
Se considera jornada laboral, por norma general, el tiempo que pasas en tu puesto de trabajo desarrollando tus funciones.

Que para llegar a tu puesto de trabajo tengas que echar diez minutos o cinco horas es totalmente indiferente para la empresa, es tu problema, no el de ellos.

Lo que sí es cierto es que, en caso de que tengas un accidente que provoque una baja médica en el trayecto de ida o vuelta al trabajo, sí que se considera como accidente de trabajo, es para lo que se aplica el concepto "in itinere", no para el cómputo de jornada laboral. Si tu profesor te ha dicho otra cosa diferente, debería cuestionarse lo que está enseñando a sus alumnos, que luego vienen los problemas de este tipo.

Evidentemente, la persona encargada de organizar las tareas debe ajustar éstas al tiempo de trabajo y personal del que dispone. Si te está sobrando tiempo todos los días, estás teniendo suerte, ya que te están pagando por un tiempo que no es necesario. Al igual que si no te da tiempo, es problema de tu superior el saber qué hacer con esas horas extras, que tú no tienes por qué hacer sin compensación adecuada.

Por otro lado, con una jornada continuada de cuatro horas, a no ser que tu convenio colectivo estipule lo contrario, no te corresponde ningún tipo de descanso. Lo que hagan tus compañeros no es problema tuyo, sino de ellos y su superior.
Yo también trabajo en el sector de limpieza. Para saber lo relativo a tu jornada laboral busca en internet el convenio colectivo de limpieza de tu comunidad autónoma, en él debería poner lo que buscas. Es algo que varía de una comunidad a otra.
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Pues mira la frasecita "de marras" del profesor. Menudo lío que tuve ayer... espero que no se tomen represalias... repito, espero aunque no me veo jubilándome en esa empresa, tócate los huevos que me echaran a la puta calle... y todo por una "frase de marras".

Por ahora no se lo ha tomado mal, pero ya os lo digo, voy a estar una temporadita trabajando "findes" por culpa de "las horas que me faltan".
eraser escribió:El In Itinere se tiene en cuenta para el tema de los accidentes laborales, pero tu jornada efectiva empieza cuando entras por la puerta a no ser que el convenio de la empresa o el sector indique otra cosa

Butters escribió:Se considera jornada laboral, por norma general, el tiempo que pasas en tu puesto de trabajo desarrollando tus funciones.

Que para llegar a tu puesto de trabajo tengas que echar diez minutos o cinco horas es totalmente indiferente para la empresa, es tu problema, no el de ellos.

Lo que sí es cierto es que, en caso de que tengas un accidente que provoque una baja médica en el trayecto de ida o vuelta al trabajo, sí que se considera como accidente de trabajo, es para lo que se aplica el concepto "in itinere", no para el cómputo de jornada laboral. Si tu profesor te ha dicho otra cosa diferente, debería cuestionarse lo que está enseñando a sus alumnos, que luego vienen los problemas de este tipo.


Je, es que es así y ya. Normal que tu encargado flipara en colores. Yo le digo a mi jefe, que la hora (media pa ir media pa volver) que me lleva al día ir al curro, me la tomo libre, y no me despide, me pega una hostia que pa qué [+risas] [+risas]

Si no, me iba a vivir a Valencia, que es más barato. Así 4h ida, 4h vuelta, y no curro na!!

Edit: To esto que te digo no quita para que tu jefe sea un gilipuáker.

Me dieron una vez un consejo que me ha servido muy mucho: A donde fueres, haz lo que vieres.
Como te han dicho, las 4 horas son las que tienes que estar en tu puesto de trabajo, lo que te lleve llegar o volver es indiferente.
En mi caso es diferente, pues trabajo en un servicio técnico y paso casi todo el día desplazándome, apenas pasando por la oficina (de hecho paso muchos más días sin ir por la oficina que pasando por ella). Evidentemente, los desplazamientos son para atender incidencias de clientes y eso cuenta en mi jornada laboral, si empiezo a las 9:30 y llego a las 11:00 a atender al cliente, pues ya son una hora y media de mi jornada que se esfuman por el desplazamiento. De hecho los días que atiendo a clientes lejanos apenas "trabajo" (aunque la empresa cobra los desplazamientos a precio de oro)
Lo que buscas es el Estatuto de los Trabajadores y dice así:

http://www.estatutodelostrabajadores.com/a34-jornada/
http://noticias.juridicas.com/base_dato ... -1995.html


Sección 5ª. Tiempo de trabajo.

Artículo 34. Jornada.

......

5. El tiempo de trabajo se computará de modo que tanto al comienzo como al final de la jornada diaria el trabajador se encuentre en su puesto de trabajo.
En mi curro tengo que fichar con el dedo en el lector de huellas. Cuando entras te pone la hora entrada y cuando sales, te pone la de salida. Entonces las horas que trabajo, quedan ahí registradas, y son esas horas lo que es mi jornada laboral.
Lo del itinere es por si me pasa algo de camino a casa con el coche, pero la empresa, evidentemente, no me va a pagar esos 30 minutos que me gasto para ir/volver del curre.

Lo que te haría sería cubrirte lo del accidente, pero sólo si es el camino más corto del trabajo a casa y viceversa. Si de camino paras a recoger algo o a alguien, ya no te cuenta. Por lo menos es así en donde trabajo y creo que en todos lados, corregidme si me equivoco.
Gorkexo escribió:Lo que te haría sería cubrirte lo del accidente, pero sólo si es el camino más corto del trabajo a casa y viceversa. Si de camino paras a recoger algo o a alguien, ya no te cuenta. Por lo menos es así en donde trabajo y creo que en todos lados, corregidme si me equivoco.


Te corrijo, porque en cada empresa es un mundo. En la mía por ejemplo, es media hora a contar antes de entrar al trabajo y media después de salir. Si tú te das la ostia en el minuto 29 da igual que hayas parado a comprar el pan o que hayas dado 2 kilómetros de rodeo, es un accidente laboral in itinere. Lo mismo si te ostias en el minuto 31 pero ibas todo recto a tu casa y sin paradas. Te jodes y ya no cuenta como accidente laboral.
Obviamente el viaje hacia el trabajo no cuenta.

En lo que si tienes razón es que en determinados trabajos se tendría que trabajar por objetivos y no por horas, si ya has terminado no deberías seguir allí, ya has cumplido tu trabajo.


Saludos
Obviamente, tu desplazamiento al trabajo no cuenta. Sino dices que vives en la otra punta de España y punto, por esa regla de tres no hace falta que vayas a currar. En cuanto a lo de las 4 horas, si en tu contrato viene que tienes que estar 4 horas, tu trabajo consta de 4 horas, no puedes hacer 3:30 porque no hagas descanso. En cuanto a lo del descanso, sólo te corresponden 20 minutos de descanso en jornadas de 5 horas consecutivas o superiores. Si trabajas delante de una pantalla de visualización de datos (no es tu caso) tienes 5 minutos adicionales de descanso por cada hora. Independiente de que tengas descanso o no, NUNCA puedes irte antes del trabajo. Si tu convenio te lo permite, puedes cogerte el descanso la ultima parte del horario (imaginemos que te corresponden 20 minutos, pues puedes cogerlos al final de tu jornada... que no es lo mismo que poder irte 20 minutos antes, puedes descansar esos últimos 20 minutos, pero sin ausentarte de él). En cuanto a lo de pararte una hora mirando a las musarañas, lógicamente puede provocar en un despido procedente, ya que no estás realizando tu trabajo.

Saludos
si te sobrq tiempo tienes dos opciones, o buscar algo que hacer, o ir mas lento y relajado., pero tus 4 horas te las tienes que pegar alli, tu tranquilo dile al jefe que te sobra tiempo y ya veras como te busca mas trabajo.
dark_hunter escribió:Obviamente el viaje hacia el trabajo no cuenta.

En lo que si tienes razón es que en determinados trabajos se tendría que trabajar por objetivos y no por horas, si ya has terminado no deberías seguir allí, ya has cumplido tu trabajo.


Saludos


Claro pero a los empresaurios españoles quieren que trabajemosmpor horas pero cobremos por objetivos.

Quieren una mezcla cogiendo lo MALO de cada modelo.

Yo estuve trabajndo en una empresa de seugros y pese a que en mi cntrato ponia que era un agente externo y que la jornda me l aponia yo, era imposible irse antes d elas 15:00 y antes de 20:30.

Auqnue no tuvieses visitas yaunque hubeses cumplido el objetivo semanal el mismo lunes.

Cuando me tenia que quedar en la oficina me quedaba 2 o 3 horas sin hacer nada.

Por ejemplom cunado te fallaban 2 o 3 visitas seguidas, no podias irte a casa.
jas1 escribió:
dark_hunter escribió:Obviamente el viaje hacia el trabajo no cuenta.

En lo que si tienes razón es que en determinados trabajos se tendría que trabajar por objetivos y no por horas, si ya has terminado no deberías seguir allí, ya has cumplido tu trabajo.


Saludos


Claro pero a los empresaurios españoles quieren que trabajemosmpor horas pero cobremos por objetivos.

Quieren una mezcla cogiendo lo MALO de cada modelo.



es tan sencillo, como que cada vez que llegues, te suban los objetivos, y vuelta a empezar
Israperrillo escribió:
eraser escribió:El In Itinere se tiene en cuenta para el tema de los accidentes laborales, pero tu jornada efectiva empieza cuando entras por la puerta a no ser que el convenio de la empresa o el sector indique otra cosa

Butters escribió:Se considera jornada laboral, por norma general, el tiempo que pasas en tu puesto de trabajo desarrollando tus funciones.

Que para llegar a tu puesto de trabajo tengas que echar diez minutos o cinco horas es totalmente indiferente para la empresa, es tu problema, no el de ellos.

Lo que sí es cierto es que, en caso de que tengas un accidente que provoque una baja médica en el trayecto de ida o vuelta al trabajo, sí que se considera como accidente de trabajo, es para lo que se aplica el concepto "in itinere", no para el cómputo de jornada laboral. Si tu profesor te ha dicho otra cosa diferente, debería cuestionarse lo que está enseñando a sus alumnos, que luego vienen los problemas de este tipo.


Je, es que es así y ya. Normal que tu encargado flipara en colores. Yo le digo a mi jefe, que la hora (media pa ir media pa volver) que me lleva al día ir al curro, me la tomo libre, y no me despide, me pega una hostia que pa qué [+risas] [+risas]

Si no, me iba a vivir a Valencia, que es más barato. Así 4h ida, 4h vuelta, y no curro na!!


This.

Macho es que vamos yo soy tu encargado y se me queda la cara a cuadros.
Zorronoxo escribió:Macho es que vamos yo soy tu encargado y se me queda la cara a cuadros.


La verdad es que la cara que se le tiene que haber quedado al hombre es curiosa.

Tu dí que sí, de hecho yo reclamaría también el tiempo que tardas en desayunar y vestirte, al fin y al cabo es tiempo que pierdes para prepararte para ir al trabajo. Y si después de currar te tomas un par de birras con los colegas cerca del curro lo mismo, que lo descuente también! [looco] [looco]

Saludos
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La jornada laboral es desde que empiezas a currar hasta que acabas. Si en medio de tu jornada laboral hay desplazamientos, esos desplazamientos cuentan como jornada laboral, pero no antes ni después. En tu caso, si vas directo a la empresa destino, allí empieza tu jornada laboral. Si antes tienes que pasar por tu empresa, ahí es donde empieza tu jornada laboral.
elde escribió:
jas1 escribió:
dark_hunter escribió:Obviamente el viaje hacia el trabajo no cuenta.

En lo que si tienes razón es que en determinados trabajos se tendría que trabajar por objetivos y no por horas, si ya has terminado no deberías seguir allí, ya has cumplido tu trabajo.


Saludos


Claro pero a los empresaurios españoles quieren que trabajemosmpor horas pero cobremos por objetivos.

Quieren una mezcla cogiendo lo MALO de cada modelo.



es tan sencillo, como que cada vez que llegues, te suban los objetivos, y vuelta a empezar
Tambien lo hacian.

Donde yo estaba cuando entré me explicaron que habia unos objetivos mensuales que debias cumplir sino puerta.

Yo el primer mes los cumpli la primera semana.

Al cumplirlos me salieron con que habia objetivos nuevos, me dijeorn que no solo habia que llegar a una cantidad de dinero sino tb de polizas (en su dia no me lo dijeron y eso que pregunte si era gfacil llegar la objetivo ya que si no llegas NO cobras), y yo a la segunda no llegaba, una vez que llegue, me dijeron que no solo estaba el objetivo mensual sino tb hay un objetivo semanal.

Y cuando lo cumplias te salian con cosas nuevas.

Conclusion: entre pitos y flautas de 10 horas diaria no bajabas nunca, ni al principio de mes, ni el ultimo dia aunque hubieses triplicado los objetivos que te dijeron en su dia.

Al estar como autonomo el mes de vacaciones NO cobraba porque era imposible cumplir los objetivos.

AUnque no duere tanto me largue cuando vi el pampaneo.
Y digo teóricos porque a mí me enseñaron algo sencillo, desde el momento que sales de tu domicilio y te diriges hasta tu puesto de trabajo, permaneces en él y luego vuelves a tu domicilio de nuevo, SE CONSIDERA JORNADA LABORAL.


Pues te lo enseñaron mal. Qué tendrá que ver lo que tardes tú en llegar a trabajar? Crees que la empresa te paga por el tiempo que pasas fuera de casa? La empresa te paga por trabajar. Si vives a 100 km del puesto de trabajo y tardas 1h45min en ir y lo mismo en volver, solo curras media hora o qué? :-|

En fin, normal que tu jefe flipara cuando le discutiste esto.

Otra cosa muy distinta es que tú rindas mucho y hagas tu trabajo en menos tiempo que tus compañeros. En ese caso, te aconsejo que hables con tu jefe y negocies que te de más faena y te suba el sueldo. O eso, o que te lo tomes con más calma o hagas alguna parada durante la jornada. Pero que sepas que el no cumplir con tu jornada laboral, cosa que estás haciendo, es causa de despido objetivo. Te pueden poner en la calle sin pagarte un duro. Tú verás lo que haces.
Cuanto tiempo llevas trabajando ahí y fumándote un cuarto de tu jornada?

Lo que ha comentado otro forero de que "lo que hagan tus compañeros es problema de ellos y de el supervisor" me parece muy acertado, se ven muchos ejemplos de gente que se queja de los compañeros y dice "como este no curra, yo tampoco lo voy a hacer" pues mira, cuando el jefe acabe hasta las narices, en vez de uno a la calle, ya se van dos.
Has tenido una suerte de que no te echen...
IN ITINERE se denomina a la cobertura del seguro por si tienes un accidente yendo o viniendo del trabajo.

Una jornada laboral empieza, no cuando llegas al vestuario a cambiarte de ropa y prepararte para trabajar, sino cuando sales con el uniforme (en caso de ser necesario) y empiezas a trabajar.

El trabajo no consiste en que hagas en menos de 4 horas lo que te mandan, se trata de que planifiques lo que tienes que hacer y ocupar esas 4 horas. Hay una frase celebre que dice: "Para tener exito no hay que hacer cosas extraordinarias, simplemente hacer extraordinariamente bien las cosas ordinarias".

Que te quiero decir, que si te sobra tiempo, en vez de hacerte pajas mentales de horarios para trabajar menos e irte antes, pienses en que puedes mejorar, que puedes hacer mejor, o que hay extra que puedas hacer para ayudar.
La solución es sencilla. Si tu jornada laboral es de digamos 10:00 a 14:00 eso es lo que tienes que trabajar. Lo que comentas de 35 minutos en el camino es para el tema del seguro, por si te pasara algo mientras vas o vuelves del trabajo para considerarlo accidente laboral.
La verdad que yo flipo.... Normal que haya gente que dure 1 dia en el curro o que este el paro de menores de 25 al 50%
Bueno lo unico que puedes reclamarle a la empresa es x dinero por kilometro de distancia al curro a partir de 25 km creo. A mi me daban hace mucho 25 ptas km, ahora de autonomo me jodo y me lo pago yo. Saludos.
jazzrabbit escribió:La verdad que yo flipo.... Normal que haya gente que dure 1 dia en el curro o que este el paro de menores de 25 al 50%
Bueno lo unico que puedes reclamarle a la empresa es x dinero por kilometro de distancia al curro a partir de 25 km creo. A mi me daban hace mucho 25 ptas km, ahora de autonomo me jodo y me lo pago yo. Saludos.


tú flipas y luego sueltas esto?? yo es que alucino con la gente. que tu empresa o tu convenio digan eso no quiere decir que sea lo que aplica para todo el mundo.


raul_sanchez1 escribió:Obviamente, tu desplazamiento al trabajo no cuenta. Sino dices que vives en la otra punta de España y punto, por esa regla de tres no hace falta que vayas a currar. En cuanto a lo de las 4 horas, si en tu contrato viene que tienes que estar 4 horas, tu trabajo consta de 4 horas, no puedes hacer 3:30 porque no hagas descanso. En cuanto a lo del descanso, sólo te corresponden 20 minutos de descanso en jornadas de 5 horas consecutivas o superiores. Si trabajas delante de una pantalla de visualización de datos (no es tu caso) tienes 5 minutos adicionales de descanso por cada hora. Independiente de que tengas descanso o no, NUNCA puedes irte antes del trabajo. Si tu convenio te lo permite, puedes cogerte el descanso la ultima parte del horario (imaginemos que te corresponden 20 minutos, pues puedes cogerlos al final de tu jornada... que no es lo mismo que poder irte 20 minutos antes, puedes descansar esos últimos 20 minutos, pero sin ausentarte de él). En cuanto a lo de pararte una hora mirando a las musarañas, lógicamente puede provocar en un despido procedente, ya que no estás realizando tu trabajo.

Saludos


otro más... por favor, no generaliceis con cosas que os aplican a vosotros en vuestra empresa/convenio. esto es lo que pone el artículo 34.4 del Estatuto de los Trabajadores (que es el mínimo que se nos aplica a todos, modificable por cada convenio colectivo o acuerdo de empresa):

Estatudo de los Trabajadores 34.4 escribió:Siempre que la duración de la jornada diaria continuada exceda de seis horas, deberá establecerse un período de descanso durante la misma de duración no inferior a quince minutos. Este período de descanso se considerará tiempo de trabajo efectivo cuando así esté establecido o se establezca por convenio colectivo o contrato de trabajo.


o sea, que estarías obligado a descansar como mínimo 15 minutos y ese descanso será a cargo tuyo o de tu empresa según convenio.

POR FAVOR NO GENERALICEMOS COMO UNIVERSALES CON "DERECHOS" U "OBLIGACIONES" DE CADA EMPRESA/CONVENIO, que luego pasa lo que le pasó al compañero...
¿Pero quien coño a dicho a todo el mundo? Mendorro yo es que alucino con la gente... casi todos los convenios paga plus de transporte y estamos hablando de el y su empresa.
Aparte si te tienes que desplazar dentro del horario de trabajo ya se paga alrededor de 40 centimos km. No vayas de listo. El es limpiador y en su caso se aplica LISTILLO.
kokosone escribió:Cuanto tiempo llevas trabajando ahí y fumándote un cuarto de tu jornada?

Lo que ha comentado otro forero de que "lo que hagan tus compañeros es problema de ellos y de el supervisor" me parece muy acertado, se ven muchos ejemplos de gente que se queja de los compañeros y dice "como este no curra, yo tampoco lo voy a hacer" pues mira, cuando el jefe acabe hasta las narices, en vez de uno a la calle, ya se van dos.


Y encima es muy probable que sea "anti-capitalista", esa gente piensa únicamente en que "los demás no se beneficien más que yo" en vez de cumplir sus propios deberes.
Claro y le dices al jefe, tío pille el metro a las 9 que aquí lo pone el ticket y llegue a las 10, así que salgo una hora antes XD
jazzrabbit escribió:¿Pero quien coño a dicho a todo el mundo? Mendorro yo es que alucino con la gente... casi todos los convenios paga plus de transporte y estamos hablando de el y su empresa.
Aparte si te tienes que desplazar dentro del horario de trabajo ya se paga alrededor de 40 centimos km. No vayas de listo. El es limpiador y en su caso se aplica LISTILLO.


"Bueno lo unico que puedes reclamarle a la empresa es x dinero por kilometro de distancia al curro a partir de 25 km creo."

ahí se lo dices como si aplicara a todo el mundo. eso dependerá del convenio, así que decirlo sin saber que convenio tiene ni donde vive y visto como empezó el problema es "provocar" que le vaya con el cuento al jefe sin tener razón.

casi todos los convenios paga plus de transporte y estamos hablando de el y su empresa.

No he visto todos los convenios colectivos de este pais como parece que tú si has hecho, pero en el sector metal/automoción de mi provincia (me he visto más de 20) el plus de transporte es muy minoritario, así que más de lo mismo, si no sabes exactamente que convenio tiene no puedes asegurar eso por las buenas.

si te tienes que desplazar dentro del horario de trabajo ya se paga alrededor de 40 centimos km

te digo lo mismo, depende de donde. en los convenios que yo conozco no se paga más de 30 céntimos en el mejor caso. que los habrá mejores seguro, pero dudo mucho que sea en el sector de limpieza, que no creo que sea un sector con mucha presión, aunque puedo estar equivocado.
además, ese kilometraje es suponiendo que lleve su propio coche. según que tipo de trabajo es posible que use (o no) coche de empresa o que ni siquiera se tenga que desplazar en coche durante su jornada.

yo simplemente doy datos objetivos y aplicables a todo el mundo (ET) mejorables según el convenio que le aplique.
tú te pones en un caso concreto que no sabes si es el suyo o no y hablas de pasta por kilómetro y de pluses de transporte que no tienes ni idea de si le aplican por su convenio.

a los insultos paso de contestar porque yo lo que quiero es ayudar al compañero, no desinformarle para que meta más la pata.
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Giacomo Agostin escribió:Como te han dicho, las 4 horas son las que tienes que estar en tu puesto de trabajo, lo que te lleve llegar o volver es indiferente.
En mi caso es diferente, pues trabajo en un servicio técnico y paso casi todo el día desplazándome, apenas pasando por la oficina (de hecho paso muchos más días sin ir por la oficina que pasando por ella). Evidentemente, los desplazamientos son para atender incidencias de clientes y eso cuenta en mi jornada laboral, si empiezo a las 9:30 y llego a las 11:00 a atender al cliente, pues ya son una hora y media de mi jornada que se esfuman por el desplazamiento. De hecho los días que atiendo a clientes lejanos apenas "trabajo" (aunque la empresa cobra los desplazamientos a precio de oro)

Eso es distinto, una cosa son los desplazamientos que ocasione tu trabajo y otra bien distinta es el desplazamiento a tu centro de trabajo.

De todas formas, ya me había quedado bien claro.


Finalmente añadir que sigo acabando antes mi jornada y me quedo sentado mirando las musarañas... ¿como podría "defenderme" si me hiciese una visita mi superior y me viese sentado sin hacer nada?
Haz tu trabajo mas lento o si lo prefieres que te asignen mas trabajo.
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Scatsy escribió:Haz tu trabajo mas lento o si lo prefieres que te asignen mas trabajo.

No, ya lo hago, me toca ir más lento... ves a ver.
Y visto que vas a tener que quedarte hasta tu hora de salir, no seria mejor que te toques los huevos a lo largo del trabajo, con descanso y todo? Si te ven sentado mirando a las musarañas ya puedes tener la mejor "defensa" del mundo, que no te va a servir.
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