654321 escribió:Si grabas un video de alguien con una conversación y lo difundes, creo que te pueden meter doble marrón, uno por el derecho a la imagen, y otro por la conversación en si ...
Pero carcel no creo, imagino que sería multa aunque vaya por lo penal.
Depende, si esa situación es susceptible de ser considerada acoso , se entra en prisión. Conozco algunos casos ,además que trazar el recorrido de los videos es relativamente fácil incluso aunque hayan borrado los mismos o cambiado el terminal ya que el IMEI les permite trazar el recorrido y en los juzgados es prueba válida.
No es una tontería, he conocido condenas de personas acosadas durante años, a nivel de destruirles sus vidas, auténticos casos de acoso en diferentes ámbitos, y mucho ojo porque si la persona es vulnerable entonces el fiscal y juez van absolutamente a saco .
También por estos asuntos he conocido venganzas de la propia víctima , que suele ser gente “débil” y cuando pasan esas cosas como que se les olvida esa debilidad y pueden convertirse en personas sin freno inhibitorio alguno , aunque si bien lo que hay que hacer es respetar ya no las normas sino al prójimo, quien hace cosas como esa tampoco me da ninguna pena que todo le vuelva multiplicado por 1000… pero las normas es lo que nos define como una sociedad cívica.
Este tipo de conductas suelen realizarse en grupo , y quienes la realizan además de ser escoria cuentan con la aprobación del entorno social que los protege… Claro hasta que llegan al juzgado y entonces todos esos que se enteraron por “Juan” o “Alberto” empiezan a cantar el grupito de marras que da gusto, que si les tenían miedo , que si sino querían problemas…. Al final te tienes que reír de la cantidad de escoria que hay suelta.
Vamos, yo no le haría eso en mi vida a nadie ,pero ya no por no acabar en prisión, sino porque lo que se busca con esas conductas es aislar a la víctima y que se suicide , y hacerle algo así a alguien no entra en mi cabeza.