Mi duda viene por lo que dice ziber: sé que si uno está de baja y lo despiden, sigue cobrando de la SS hasta que el médico le da el alta. Lo que yo no sé es si la empresa tiene que seguir corriendo con los gastos de la SS del trabajador durante ese tiempo.
Es decir, el famoso bulo de "Estando de baja no se puede despedir al trabajador" sé que es falso, pero tengo entendido que se basa en que a la empresa no le sale rentable y por eso no se acostumbra a hacerlo. Lo que no sé es si no se hace porque hay que seguir pagando SS o porque lo que no se puede hacer es despedir a alguien por estar enfermo.
Lo cual, aclaro, no es el caso. No se la despide por su enfermedad, sino porque no están contentos con su labor de un tiempo a esta parte.
F. Greyback escribió:asthar, creo que aqui se esta hablando de una limpiadora en particular que no esta vinculada a empresa.
Exacto, está contratada directamente por la comunidad de vecinos.
F. Greyback escribió:lady, depende del tipo de contrato que tenga, en principio son 45 dias por año trabajado, pero ya te digo que depende del tipo de contrato, de su antigüedad, de si es a tiampo parcial o total, etc...
de todas formas eso seria si se demostrase la improcedencia del despido.
Simplemente no están contentos con ella y quieren despedirla, aceptando despido improcedente y pagando lo que corresponda.
¿Sigue siendo la indemnización 45 días por año trabajado entonces? Yo sé que antes era así, pero como estas cosas cambian cada dos por tres, quería asegurarme.
Y una pregunta más, aunque no creo que se llegue a dar la situación: ¿puede un trabajador rechazar la indemnización y exigir que se le devuelva el puesto de trabajo?